Podcast
Questions and Answers
El contrato de construcción se rige principalmente por las regulaciones del derecho laboral debido a la naturaleza de la mano de obra involucrada.
El contrato de construcción se rige principalmente por las regulaciones del derecho laboral debido a la naturaleza de la mano de obra involucrada.
False (B)
El constructor, al ejecutar la obra, mantiene una relación de subordinación directa con el comitente, quien le imparte órdenes detalladas sobre cómo realizar cada tarea.
El constructor, al ejecutar la obra, mantiene una relación de subordinación directa con el comitente, quien le imparte órdenes detalladas sobre cómo realizar cada tarea.
False (B)
El proyectista se compromete a proporcionar los planos que deben satisfacer las expectativas del cliente y también es responsable de la ejecución material de la construcción.
El proyectista se compromete a proporcionar los planos que deben satisfacer las expectativas del cliente y también es responsable de la ejecución material de la construcción.
False (B)
El director de obra, aunque es un profesional, debe ser un empleado del comitente.
El director de obra, aunque es un profesional, debe ser un empleado del comitente.
La modificación de la ley 24.240 por la ley 26.361 excluyó al 'mercado inmobiliario' de su ámbito de aplicación.
La modificación de la ley 24.240 por la ley 26.361 excluyó al 'mercado inmobiliario' de su ámbito de aplicación.
En las obligaciones de resultado, el factor de atribución se basa en alcanzar un objetivo específico, sin importar la diligencia empleada.
En las obligaciones de resultado, el factor de atribución se basa en alcanzar un objetivo específico, sin importar la diligencia empleada.
Si la destrucción de la obra ocurre por caso fortuito antes de la recepción, y el contratista proveyó los materiales en un inmueble del comitente, el contratista solo tiene derecho al valor de los materiales, sin compensación por la tarea efectuada.
Si la destrucción de la obra ocurre por caso fortuito antes de la recepción, y el contratista proveyó los materiales en un inmueble del comitente, el contratista solo tiene derecho al valor de los materiales, sin compensación por la tarea efectuada.
Cuando la causa de la destrucción de la obra es la mala calidad de los materiales, el contratista, incluso habiendo advertido al comitente, tiene derecho a la remuneración pactada si el comitente decide continuar con el uso de esos materiales.
Cuando la causa de la destrucción de la obra es la mala calidad de los materiales, el contratista, incluso habiendo advertido al comitente, tiene derecho a la remuneración pactada si el comitente decide continuar con el uso de esos materiales.
Si la ejecución de una obra se vuelve imposible por causas imputables a ambas partes, el contrato no se extingue y se deben renegociar los términos.
Si la ejecución de una obra se vuelve imposible por causas imputables a ambas partes, el contrato no se extingue y se deben renegociar los términos.
En edificios destinados a larga duración, el constructor solo responde ante el comitente original, no ante los adquirentes posteriores, por daños que comprometan la solidez de la obra.
En edificios destinados a larga duración, el constructor solo responde ante el comitente original, no ante los adquirentes posteriores, por daños que comprometan la solidez de la obra.
El constructor se libera de responsabilidad por ruina de la obra si prueba que el vicio del suelo fue la causa, especialmente si el terreno no le pertenece.
El constructor se libera de responsabilidad por ruina de la obra si prueba que el vicio del suelo fue la causa, especialmente si el terreno no le pertenece.
Un subcontratista nunca puede ser considerado responsable por daños en una obra, ya que su relación contractual es solo con el contratista principal.
Un subcontratista nunca puede ser considerado responsable por daños en una obra, ya que su relación contractual es solo con el contratista principal.
Las cláusulas que limitan la responsabilidad por daños que comprometen la solidez de una obra destinada a larga duración son válidas si están expresamente aceptadas por ambas partes.
Las cláusulas que limitan la responsabilidad por daños que comprometen la solidez de una obra destinada a larga duración son válidas si están expresamente aceptadas por ambas partes.
Si no se pactó un plazo de garantía ni es de uso otorgarlo, una vez aceptada la obra, el contratista queda libre de responsabilidad por todos los vicios, tanto aparentes como ocultos.
Si no se pactó un plazo de garantía ni es de uso otorgarlo, una vez aceptada la obra, el contratista queda libre de responsabilidad por todos los vicios, tanto aparentes como ocultos.
La responsabilidad por defectos ocultos en cosas inmuebles caduca a los cinco años desde que se recibió la cosa, independientemente de cualquier acuerdo convencional.
La responsabilidad por defectos ocultos en cosas inmuebles caduca a los cinco años desde que se recibió la cosa, independientemente de cualquier acuerdo convencional.
Flashcards
Marco Jurídico de la Construcción
Marco Jurídico de la Construcción
Marco legal que regula la construcción, desde el contrato de obras y servicios hasta las normas municipales y derechos del consumidor.
Comitente
Comitente
Persona que encarga la construcción y paga por ella.
Constructor/Contratista
Constructor/Contratista
Persona o empresa que ejecuta la obra, asumiendo el riesgo técnico.
Proyectista
Proyectista
Signup and view all the flashcards
Director de Obra
Director de Obra
Signup and view all the flashcards
Factor de atribución (obligación de resultado)
Factor de atribución (obligación de resultado)
Signup and view all the flashcards
Destrucción parcial de la obra
Destrucción parcial de la obra
Signup and view all the flashcards
Contratista provee materiales (destrucción)
Contratista provee materiales (destrucción)
Signup and view all the flashcards
Mala calidad de materiales
Mala calidad de materiales
Signup and view all the flashcards
Mora del comitente en la recepción
Mora del comitente en la recepción
Signup and view all the flashcards
Responsabilidad por ruina (edificios)
Responsabilidad por ruina (edificios)
Signup and view all the flashcards
Responsabilidad extendida al vendedor
Responsabilidad extendida al vendedor
Signup and view all the flashcards
Legitimados activos (reclamo)
Legitimados activos (reclamo)
Signup and view all the flashcards
Plazo de caducidad (daños)
Plazo de caducidad (daños)
Signup and view all the flashcards
Daños a terceros
Daños a terceros
Signup and view all the flashcards
Study Notes
- El marco jurídico de la construcción se basa en el contrato de obras y servicios (arts. 1251 y ss. CCyC), con regulación específica para las obras (arts. 1262 a 1277 CCyC).
- El contrato de construcción tiene un notable interés público debido al peligro de daños a la sociedad; el Estado interviene con normas de orden público y reglamentarias, especialmente a nivel municipal (códigos de edificación).
- Los derechos del consumidor son relevantes, tras la modificación de la Ley 24.240 por la Ley 26.361, que incluyó al "mercado inmobiliario" en su ámbito de aplicación.
Multiplicidad de Sujetos
- Comitente: Encarga la construcción y paga el precio.
- Constructor/Contratista: Ejecuta la obra, asume el riesgo técnico y está obligado a un resultado material, sin subordinación al comitente.
- Proyectista: Profesional liberal (ingeniero o arquitecto) que entrega los planos.
- Director de la Obra: Profesional que controla, asesora y dirige la obra para que se ajuste al proyecto, sin ser dependiente del comitente.
- Intervinientes en la Comercialización: Promotores, aseguradoras, controladores técnicos.
- Adquirente: Un consumidor, si es diferente del comitente.
Factor de Atribución
- Las obligaciones son de resultado (objetivo).
- La destrucción o deterioro importante de la obra por caso fortuito antes de la recepción permite extinguir el contrato.
Efectos de la Destrucción o Deterioro
- Si el contratista aporta los materiales y la obra está en el inmueble del comitente, el contratista tiene derecho al valor de los materiales y una compensación equitativa por su tarea.
- Si la causa es la mala calidad o inadecuación de los materiales, no se debe remuneración, incluso si el contratista lo advirtió al comitente.
- Si el comitente está en mora en la recepción al momento del daño, debe la remuneración pactada.
Imposibilidad de Ejecución
- Si la ejecución se hace imposible por causa no imputable a ninguna parte, el contrato se extingue y el contratista tiene derecho a una compensación equitativa por su tarea.
Responsabilidad por Ruina
- El constructor de una obra en inmueble destinada a larga duración responde al comitente y al adquirente por daños que comprometen su solidez o la hacen impropia para su destino.
- El constructor solo se libera probando una causa ajena; no lo son el vicio del suelo ni de los materiales.
Extensión de la Responsabilidad
-
La responsabilidad se extiende concurrentemente a:
- Toda persona que vende una obra que construyó o hizo construir si hace de esto su profesión habitual. - Quien, como mandatario del dueño de la obra, cumple una misión semejante a la de un contratista. - Según la causa del daño, al subcontratista, al proyectista, al director de la obra y a cualquier otro profesional ligado al comitente por un contrato de obra de construcción referido a la obra dañada o a cualquiera de sus partes.
Legitimados Activos
- Comitente de la obra y el adquirente (art. 1273 CCyC).
Plazo de Caducidad
- El daño debe producirse dentro de los diez años de aceptada la obra; este es un plazo de caducidad.
Nulidad de Cláusulas de Dispensa
- Es nula toda cláusula que dispensa o limita la responsabilidad por daños que comprometen la solidez de una obra destinada a larga duración o la hacen impropia para su destino, especialmente en casos de conductas dolosas.
Responsabilidad por Ruina en Edificios NO Destinados a Larga Duración y por Vicios
- Si se acuerda un plazo de garantía, la recepción se considera provisional.
- En vicios que no afectan la solidez, aceptada la obra, el contratista queda libre de responsabilidad por vicios aparentes, pero responde por los no ostensibles al momento de la recepción.
Daños a Terceros
- El art. 1277 del CCyC establece que el constructor, subcontratistas y profesionales deben observar las normas administrativas y son responsables, incluso frente a terceros, por daños causados por el incumplimiento de tales disposiciones.
Daños Durante la Ejecución
- El empresario y el director responden como guardianes y como principales por los daños causados por las personas que tienen a su cargo.
Caducidad de la Garantía por Defectos Ocultos (Art. 1055)
-
La responsabilidad por defectos ocultos caduca:
- A los tres años si es inmueble. - A los seis meses si es mueble. - Los plazos pueden ser aumentados convencionalmente. - La prescripción de la acción está sujeta a lo dispuesto en el Libro.
Ruina
- Se refiere a daños que comprometen la solidez, seguridad y habitabilidad de un inmueble (vicios de construcción, suelo y materiales).
Studying That Suits You
Use AI to generate personalized quizzes and flashcards to suit your learning preferences.
Description
Este cuestionario examina el contrato de construcción, su regulación por el derecho laboral, y las responsabilidades del constructor, proyectista y director de obra. Analiza las obligaciones de resultado y la ley 24.240 modificada por la ley 26.361 en el contexto del mercado inmobiliario. Evalúa los riesgos y responsabilidades en caso de destrucción de la obra.