Comercio y Derecho Comercial
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Questions and Answers

¿Qué es el derecho comercial?

Conjunto de normas que regulan parte de las actividades económicas desarrolladas en el mercado, el intercambio de bienes y servicios.

¿Qué implica el comercio en sentido estricto?

El intercambio de bienes y servicios, lucrando con la diferencia del precio de reventa.

¿Cuál es la definición de una empresa?

Organización de actividades, capital, bienes, etc., para producir bienes o servicios con un fin que puede ser o no de lucro.

¿Cuáles son fuentes del derecho comercial?

<p>Principios Informantes</p> Signup and view all the answers

¿Qué constituye la buena fe en el derecho comercial?

<p>Honradez, honestidad y lealtad en el mercado</p> Signup and view all the answers

Asocia las normas con su descripción:

<p>Ley General de Sociedades = Regula la creación y funcionamiento de sociedades Ley de Mercado de Capitales = Comisión Nacional de Valores Ley de Inspección General de Justicia = Registro público de Comercio Ley de Apoyo al Capital Emprendedor = Financiamiento para PYMES y emprendimientos</p> Signup and view all the answers

La persona jurídica puede ser pública o privada.

<p>True</p> Signup and view all the answers

La sociedad unipersonal es una declaración unilateral de la ______.

<p>voluntad</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la finalidad de las sociedades?

<p>Explotación económica de la empresa para obtener ganancias para sus socios.</p> Signup and view all the answers

Study Notes

Comercio y Derecho Comercial

  • El comercio en sentido estricto se refiere al intercambio de bienes y servicios para obtener ganancias a través de la diferencia de precio de reventa.
  • El comercio en sentido lato abarca todas las actividades económicas, incluyendo la producción y comercialización, como la actividad industrial.
  • El mercado es el espacio físico o virtual donde se intercambian bienes y servicios, donde se encuentran la oferta y la demanda.
  • La actividad empresarial desarrollada implica la acumulación de capitales y la producción de bienes y servicios.
  • El Derecho Comercial regula parte de las actividades económicas desarrolladas en el mercado, incluyendo el intercambio de bienes y servicios.

Empresa

  • Una empresa es una organización que utiliza capital, bienes y recursos para producir bienes o servicios con un fin determinado, que puede ser lucrativo o no.
  • La empresa es la actividad en sí misma.
  • El empresario es el sujeto individual o colectivo que lleva a cabo la actividad empresarial.
  • La hacienda empresarial se refiere a los recursos utilizados por la empresa.

Fuentes del Derecho Comercial

  • El Derecho Comercial se basa en una combinación de fuentes:

    Ley

      - Constitución Nacional
      - Tratados Internacionales
      - Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN)
      - Leyes Especiales
    

    Costumbre

      - La costumbre debe ser frecuente, constante, uniforme, general y respaldada por usos, prácticas y costumbres que aseguren la agilidad del mercado.
      - La costumbre debe ser conforme a la ley (según la ley) y no contra legem (contra la ley).
      - La costumbre se puede aplicar al margen de la ley.
      - Es necesario probar la existencia de la costumbre.
    

    Principios Informantes del Derecho Comercial

      - **Profesionalidad y habitualidad**: El empresario asume responsabilidad y riesgo en la producción en masa.
      - **Presunción de onerosidad**:  El empresario busca obtener lucro mercantil.
      - **Buena fe**: Se espera honestidad, lealtad y honradez en el mercado.
      - **Informalismo**: Se permite la libertad en las formas y la prueba para agilizar el comercio.
      - **Celeridad en los negocios**: El comercio debe ser dinámico, permitiendo la contratación en masa o en serie.
      - **Principio de apariencia**: Se le da validez aparente a actos regulares, incluso sin verificar si hay poder para realizarlos.
      - **Protección de la confianza**: Se busca proteger la confianza recíproca, aplicando la doctrina de los actos propios.
      - **Continuación de la empresa**: Se protege la actividad empresarial.
      - **Abuso del Derecho**: Se prohíbe actuar en contra de los fines del Derecho o exceder los límites legales.
      - **Abuso de la posición dominante en el mercado**: Se prohíbe imponer condiciones comerciales excesivas.
    

Persona Jurídica y Sociedades

  • Las sociedades surgen como una respuesta para no arriesgar todo el patrimonio propio en el desarrollo de una actividad empresarial.
  • Las sociedades son empresarios colectivos.
  • La persona jurídica puede ser pública o privada.
    • Pública: EN, Provincias, CABA, Municipios, Estados Extranjeros, Iglesia Católica.
    • Privada: Asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones, iglesias (no católicas), mutuales, cooperativas, consorcio ph, cualquier otra persona (LEY).
  • La persona jurídica siempre tiene una finalidad lucrativa.
  • Su objetivo principal es la explotación económica de la empresa para obtener ganancias para sus socios.
  • La persona jurídica es la personalidad jurídica que más se aplica en el Derecho Comercial
  • Se aplica en un marco normativo extenso.

Marco Normativo Societario

  • Normativa que regula las sociedades:
    • Constitución Nacional, Arts. 14 y 17 (Industria lícita, comercio y propiedad).
    • Ley General de Sociedades 19.550 (modificada por el CCCN).
    • Ley de Apoyo al Capital Emprendedor - 27.349 (Financiamiento para PYMES y emprendimientos, SAS).
    • Ley de Mercado de Capitales - 26.831 (CNV: Comisión Nacional de Valores, organiza sociedades que cotizan en bolsa).
    • Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas Privadas - 27.401.
    • Ley de Inspección General de Justicia - 22.315 (IGJ)→ Registro Público de Comercio - Órgano de contralor de las sociedades, todas se inscriben ahí.
    • Resoluciones de la CNV y de la IGJ.
    • CCCN (Código Civil y Comercial de la Nación) se aplica de manera supletoria.

Sociedades: Naturaleza Jurídica

  • Las sociedades tienen una naturaleza dual:
    • Contrato asociativo: Entre determinadas personas que acuerdan desarrollar una actividad económica.
    • Nacimiento de una persona jurídica.
  • La sociedad unipersonal se forma mediante una declaración unilateral de la voluntad.
  • La sociedad debe estar registrada en la IGJ para ser oponible a terceros.

Elementos Generales y Específicos del Contrato de Sociedad

  • Elementos generales:

    • Consentimiento: Expresión de la voluntad.
    • Capacidad: Para obligarse.
    • Objeto: LÍCITO, POSIBLE Y DETERMINADO (diferente al objeto social).
    • Causa: Fin inmediato autorizado por la ley.
    • Forma: Vehículo de la manifestación del acto jurídico.
  • Características del Contrato de sociedad:

    • Cantidad de personas:
      • Unipersonal
      • Pluripersonal
    • Forma:
      • Organizada: Actúa a través de sus órganos.
        • Órgano de Gobierno: Adopta las decisiones más importantes (reunión de socios o asamblea de socios).
        • Administración y representación: Actos que hacen al día a día de la sociedad (Dirección o gerencia).
        • Fiscalización: Controla el funcionamiento de los demás órganos en protección de los socios.

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Description

Este cuestionario explora los conceptos fundamentales del comercio y el derecho comercial. Aborda desde el significado del comercio, tanto en sentido estricto como lato, hasta la definición y función de una empresa en el mercado. Ideal para estudiantes interesados en la economía y las leyes comerciales.

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