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Questions and Answers
Verdadero o falso: La entrada en vigor de los reglamentos requiere su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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Verdadero o falso: Durante el proceso de elaboración de un reglamento, se deben recabar los informes y dictámenes necesarios para garantizar la legalidad de la disposición.
Verdadero o falso: Durante el proceso de elaboración de un reglamento, se deben recabar los informes y dictámenes necesarios para garantizar la legalidad de la disposición.
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Verdadero o falso: Cuando una disposición afecta los derechos e intereses de la ciudadanía, se le dará audiencia durante un plazo no inferior a quince días hábiles.
Verdadero o falso: Cuando una disposición afecta los derechos e intereses de la ciudadanía, se le dará audiencia durante un plazo no inferior a quince días hábiles.
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Verdadero o falso: La iniciación del procedimiento de elaboración de un reglamento se lleva a cabo por la Secretaría General Técnica respectiva.
Verdadero o falso: La iniciación del procedimiento de elaboración de un reglamento se lleva a cabo por la Secretaría General Técnica respectiva.
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Verdadero o falso: Los proyectos de reglamentos deben ser informados por los ciudadanos a través de la Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Verdadero o falso: Los proyectos de reglamentos deben ser informados por los ciudadanos a través de la Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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Verdadero o falso: Durante el proceso de elaboración de un reglamento, se deben conservar en el expediente todos los estudios y consultas evacuados y demás actuaciones practicadas.
Verdadero o falso: Durante el proceso de elaboración de un reglamento, se deben conservar en el expediente todos los estudios y consultas evacuados y demás actuaciones practicadas.
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Study Notes
Entrada en Vigor de Reglamentos
- La entrada en vigor de los reglamentos requiere su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Elaboración de Reglamentos
- Durante el proceso de elaboración, se deben recabar los informes y dictámenes necesarios para garantizar la legalidad de la disposición.
- La iniciación del procedimiento se lleva a cabo por la Secretaría General Técnica respectiva.
- Cuando una disposición afecta los derechos e intereses de la ciudadanía, se le dará audiencia durante un plazo no inferior a quince días hábiles.
Proyectos de Reglamentos
- Los proyectos de reglamentos no deben ser informados por los ciudadanos a través de la Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Documentación del Proceso
- Durante el proceso de elaboración, se deben conservar en el expediente todos los estudios y consultas evacuados y demás actuaciones practicadas.
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Description
- Los proyectos de reglamentos deberán ser informados por la Secretaría General Técnica respectiva. La entrada en vigor de los reglamentos requiere su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La elaboración de los reglamentos se ajustará al siguiente procedimiento:
- La iniciación del procedimiento de elaboración de un reglamento se llevará a cabo por el centro directivo competente mediante la elaboración del correspondiente proyecto junto con un informe sobre la necesidad y oportunidad.
- A lo largo del proceso de elaboración deberán recabarse, además de los informes, dictámenes y aprobaciones preceptivos, cuantos estudios y consultas se estimen convenientes para garantizar el acierto y la legalidad de la disposición.
- Cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley. Junto a la memoria o informe sucintos que inician el procedimiento de elaboración del reglamento se conservarán en el expediente todos los estudios y consultas evacuados y demás actuaciones practicadas.