Novena Lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social PDF
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T.H. Marshall
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Summary
This document summarizes the development of citizenship up to the late 19th century, particularly focusing on the rights, institutions, and social factors involved. The author, T.H. Marshall analyzes the historical evolution of different components of citizenship: civil, political, and social rights. The analysis is relevant to understanding social, political and economic institutions and policies.
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26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social Este material de apoyo académico se reproduce para uso exclusivo de los alumnos de la Universidad de Lima y en concordancia con lo dispuesto por la legisla...
26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social Este material de apoyo académico se reproduce para uso exclusivo de los alumnos de la Universidad de Lima y en concordancia con lo dispuesto por la legislación sobre los derechos de autor: Decreto Legislativo 822. CIUDADANA Y CLASE SOCIAL1 T.H. Marshall El desarrollo de la ciudadanía hasta finales del siglo XIX A riesgo de parecer un sociólogo típico, comenzaré proponiendo una división de la ciudadanía en tres partes, pero el análisis no lo impone, en este caso, la lógica, sino la historia. Llamaré a cada una de estas tres partes o elementos, civil, política y social. El elemento civil se compone de los derechos necesarios para la libertad individual: libertad de la persona, de expresión, de pensamiento y religión, derecho a la propiedad y a establecer contratos válidos y derecho a la justicia. Este último es de índole distinta a los restantes porque se trata del derecho a defender y hacer valer el conjunto de los derechos de una persona en igualdad con los demás, mediante los debidos procedimientos legales. Esto nos enseña que las instituciones directamente relacionadas con los derechos civiles son los tribunales de justicia. Por elemento político entiendo el derecho a participar en el ejercicio del poder político como miembro de un cuerpo investido de autoridad política, o como elector de sus miembros. Las instituciones correspondientes son el parlamento y las juntas del gobierno local. El elemento social abarca todo el espectro, desde el derecho a la seguridad y a un mínimo bienestar económico al de compartir plenamente la herencia social y vivir la vida de un ser civilizado conforme a los estándares predominantes en la sociedad. Las instituciones directamente relacionadas son, en este caso, el sistema educativo y los servicios sociales.2 En otros tiempos fueron tres hilos de la misma hebra. Los derechos se entremezclaban porque las instituciones se amalgamaban. En palabras de Maitland: 1 Fragmentos seleccionados del texto Ciudadanía y Clase Social, Madrid: Alianza Editorial, 1998, pp. 22-69. Es un ensayo originalmente publicado en 1950, bajo el título “ Citizenship and Social Class ” y estuvo basado en una ponencia ofrecida el año anterior en la Universidad de Cambridge. El impacto del ensayo de Marshall es importante, ya que después de su presentación es común dividir la ciudadanía en los componentes sugeridos en el ensayo: civil, política y social. Es importante remarcar que Marshall hacía referencia al desarrollo y evolución de los derechos, la ciudadanía y el capitalismo en Inglaterra y, por ello, algunos analistas consideran que el proceso evolutivo que expone no corresponde totalmente a otras realidades. Asimismo, el texto fue escrito mucho antes de que existiera conciencia sobre el lenguaje inclusivo y algunas apreciaciones sobre la cultura y la civilización no reflejan las definiciones y usos actuales. 2 Con esta terminología, lo que los economistas llaman a veces la renta de los derechos civiles» debería llamarse «renta de los derechos sociales”, Cf. H. Dalton, Some Aspects of the Inequatity of Incomes in Modern Communities, 3.’ parte, caps. 3 y 4. 1 about:blank 1/9 26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social “Cuanto más retrocedemos en la historia, más difícil resulta establecer unas líneas estrictas de demarcación entre las funciones estatales: la misma institución es una asamblea legislativa, un consejo de ministros y un tribunal [...]. Al pasar de lo antiguo a lo moderno, en todas partes encontramos lo que la filosofía de moda llama diferenciación”.3 Maitland se refiere aquí a la fusión de las instituciones y los derechos políticos y civiles. Pero los derechos sociales de una persona formaban parte de la misma amalgama, y dependían del estatus que también determinaba qué tipo de justicia disfrutaba y dónde podía encontrarla, y el modo de participar en la administración de los asuntos de la comunidad a la que pertenecía. Sin embargo, no se trataba de un estatus de ciudadanía en el sentido moderno. El estatus de la sociedad feudal era el sello de clase y la medida de la desigualdad. No existía un conjunto uniforme de derechos y obligaciones para todos —nobles y plebeyos, libres y siervos—, en virtud de su pertenencia a la sociedad. En ese sentido, no se disponía de un principio de igualdad de los ciudadanos para contrarrestar el principio de desigualdad de las clases. Por otra parte, en las ciudades medievales se podían encontrar ejemplos de ciudadanía auténtica e igual, pero mientras que sus deberes y obligaciones característicos eran estrictamente locales, la ciudadanía cuya historia quisiera trazar aquí es nacional por definición. *** La temprana influencia de la ciudadanía en la clase social *** Hasta aquí, mi objetivo ha sido trazar a grandes rasgos el desarrollo de la ciudadanía en Inglaterra hasta acabar el siglo XIX. Con este propósito, he dividido la ciudadanía en tres elementos: civil, político y social. He intentado demostrar que los derechos civiles aparecieron en primer lugar, y fueron establecidos casi en su forma moderna antes de que se aprobara en 1832 la primera Reform Act. Los derechos políticos llegaron a continuación, y su extensión constituyó uno de los aspectos sobresalientes del siglo XIX, aunque el principio de la ciudadanía política universal no se reconoció hasta 1918. Los derechos sociales, por otra parte, disminuyeron hasta casi desaparecer en el siglo XVIII y principios del XIX, pero, con el desarrollo de la educación elemental pública, comenzó su resurgimiento, pero no fue sino 3 F. Maitland, Constitutional History of England, p. 105. 2 about:blank 2/9 26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social hasta el siglo XX que gozaría igual contraparte con los otros dos elementos de la ciudadanía. *** La ciudadanía es aquel estatus que se concede a todos los miembros de pleno derecho de una comunidad. Sus beneficiarios son iguales en cuanto a los derechos y obligaciones que implica. Aunque no existe un principio universal que determine cuáles son los derechos y obligaciones, las sociedades en las cuales la ciudadanía es una institución en desarrollo crean la imagen de una ciudadanía ideal que sirve para calcular el éxito y es objeto de las aspiraciones. Las conquistas que se producen en la dirección así trazada proporcionan una medida más acabada de la igualdad, un enriquecimiento del contenido de ese estatus y un aumento del número de los que disfrutan de él. Por el contrario, la clase social es un sistema de desigualdad que, al igual que a ciudadanía, puede basarse en un cuerpo de ideales, creencias y valores. Parece, pues, razonable que el influjo de la ciudadanía en la clase social pueda manifestarse en la forma de un conflicto entre principios opuestos. Y si acierto al afirmar que la ciudadanía se desarrolló como institución en Inglaterra al menos desde la segunda mitad del siglo XVII, es evidente que su evolución coincide con el auge del capitalismo, que no es un sistema de igualdad, sino de desigualdad. Aquí se impone una explicación más detallada. ¿Cómo es posible que estos principios opuestos puedan crecer y progresar en un mismo territorio? ¿Qué fue lo que permitió que se reconciliaran y llegaran a ser, al menos durante cierto tiempo, aliados en vez de antagonistas? La pregunta es pertinente, porque sabemos que durante el siglo XX la ciudadanía y el sistema de clases del capitalismo se han hecho la guerra. *** Con todo, es cierto que, incluso en aquellas formas tempranas, la ciudadanía supuso un principio de igualdad, y que durante ese periodo se desarrolló como institución. Partiendo de que todos los hombres eran libres y, en teoría, capaces de disfrutar de derechos, se enriqueció el cuerpo de los derechos que podían disfrutar. Pero no hubo conflicto con las desigualdades de la sociedad capitalista; por el contrario, los derechos eran necesarios para conservar esa forma concreta de desigualdad, lo que se explica porque el núcleo de la ciudadanía en aquella fase estaba compuesto de derechos civiles, y los derechos civiles resultaban indispensables para la economía competitiva de mercado, porque daban a cada 3 about:blank 3/9 26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social persona, como parte de su estatus individual, la capacidad de implicarse como unidad independiente en la lucha económica, y hacían posible que se le denegara la protección social con la excusa de que existían medios para que se protegiera ella sola. La famosa sentencia de Maine de que “las sociedades progresistas se han movido hasta ahora del estatus al contrato”4, expresa una verdad profunda que otros sociólogos han elaborado en términos distintos, pero requiere una matización, porque tanto el uno como el otro están presentes en casi todas las sociedades primitivas. El propio Maine lo admitió más adelante en la misma obra al escribir que las primeras comunidades feudales, a diferencia de sus arcaicas predecesoras, “no estaban vinculadas simplemente por los sentimientos, y la pertenencia a ellas no se basaba en una ficción. El vínculo que las unía era el contrato”.5 Pero el elemento contractual del feudalismo coexistía con un sistema de clases basado en el estatus y, como contrato consolidado en la costumbre, contribuía a perpetuar el estatus de clase. La costumbre conservó la forma de los compromisos mutuos, pero no la realidad de un acuerdo libre. El contrato moderno no nació del contrato feudal, sino que marcó un nuevo desarrollo para cuyo progreso el feudalismo constituía un obstáculo que debía superar. El contrato moderno es esencialmente un acuerdo entre hombres libres e iguales en estatus, aunque no necesariamente en poder. El estatus no quedó eliminado del sistema social. El estatus diferencial, vinculado a la clase, la función y la familia, fue sustituido por el estatus simple y uniforme de la ciudadanía, que proporcionó un cimiento de igualdad sobre el cual se podía construir una estructura de desigualdad. *** Ese estatus era claramente una ayuda, no una amenaza, para el capitalismo y la economía de libre mercado, porque estaba dominado por los derechos civiles, que confieren capacidad legal para luchar por las cosas que se querrían poseer, pero que no garantizan la posesión de ninguna de ellas. Un derecho de propiedad no es un derecho a poseer la propiedad, sino un derecho a adquirirla cuando se puede, y a protegerla cuando se tiene. Pero si utilizáramos estos argumentos para explicar a un pobre que sus derechos de propiedad son idénticos a los de un millonario, probablemente nos tacharía de demagogos. De igual modo, el derecho a la libertad de palabra carece de sustancia cuando, por falta de educación, no se 4 H. S. Maine, Ancient Law (1878), p. 170 5 Ibid. p. 365. 4 about:blank 4/9 26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social puede decir nada que merezca la pena o no se tienen medios para hacerse oír. Sin embargo, estas desigualdades no se deben a un defecto de los derechos civiles, sino a la falta de derechos sociales, y, a mediados del siglo XIX, éstos no estaban desarrollados. La Poor Law fue una ayuda, no una amenaza, para el capitalismo, porque liberó a la industria de toda responsabilidad social fuera del contrato de empleo, al tiempo que aumentaba la competencia en el mercado de trabajo. La escolarización elemental sirvió también de ayuda porque aumentó el valor del trabajador sin educarle por encima de su posición social. *** *** Así, aunque la ciudadanía, incluso a finales del siglo XIX, había hecho poco por reducir la desigualdad social, sí había ayudado al guiar el progreso a través del sendero que conducía hacia las políticas igualitarias del siglo XX. También tuvo un efecto integrador o, al menos, fue un elemento importante del proceso de integración. *** La ciudadanía requiere *** un sentimiento directo de pertenencia a la comunidad basada en la lealtad a una civilización que se percibe como patrimonio común. Es una lealtad de hombres libres, dotados de derechos y protegidos por un derecho común. Su desarrollo se ve estimulado por la lucha por ganar esos derechos y disfrutados una vez obtenidos, como se aprecia claramente en el siglo XVIII, que asistió no sólo al nacimiento de los derechos civiles modernos, sino también al de la conciencia nacional moderna. Las clases altas diseñaron los instrumentos de la democracia moderna que conocemos, y luego los transmitieron, paso a paso, a las bajas: al periodismo político para la intelectualidad le siguieron los periódicos para todos los que sabían leer, las reuniones, las campañas de propaganda y el asociacionismo para la defensa de causas públicas. Ni las medidas represivas ni los impuestos pudieron detener esa corriente, y con ella llegó un nacionalismo patriótico que expresaba la unidad subyacente a esos estallidos. *** Esa conciencia nacional en desarrollo, ese despertar de la opinión pública, y esas primeras sensaciones de pertenencia a una comunidad y a un patrimonio común no surtieron efectos materiales en la estructura de clases y la desigualdad social por la sencilla y evidente razón de que, incluso a finales del siglo XIX, la masa de los obreros carecía de poder político efectivo. En aquella época el sufragio se había ampliado considerablemente, pero los que acababan de recibir el derecho al 5 about:blank 5/9 26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social voto aún no habían aprendido a utilizarlo. Los derechos políticos de la ciudadanía, a diferencia de los civiles, representaban una amenaza potencial para el sistema capitalista, aunque probablemente los que los extendían cautelosamente hacia abajo en la escala social no comprendían la enormidad del peligro. No hubiera sido lógico esperar que previeran los inmensos cambios que se derivarían del empleo pacífico del poder político sin necesidad de una revolución violenta y sanguinaria. La sociedad planificada y el Estado del bienestar aún no se asomaban al horizonte ni estaban en la mente de los políticos. La solidez de los fundamentos de la economía de mercado y el sistema contractual parecía capaz de resistir cualquier ataque. De hecho, según ciertos indicios se podía esperar que las clases trabajadoras, una vez educadas, aceptaran los principios básicos del sistema y estuvieran satisfechas al confiar su protección y su progreso a los derechos civiles de la ciudadanía, que no parecían peligrosos para el capitalismo competitivo. Esta forma de ver las cosas se vio estimulada por el hecho de que uno de los principales logros del poder político a finales del siglo XIX fue el reconocimiento del derecho a la negociación colectiva, lo que significaba que el progreso social se alcanzaba ampliando los derechos civiles, no creando derechos sociales, es decir, a través del uso del contrato en el mercado abierto, no de la fijación de un salario mínimo y una seguridad social. Pero esa interpretación subestima el significado de la ampliación de los derechos civiles en la esfera económica, porque los derechos civiles eran en origen profundamente individuales; por eso se adecuaron a la fase individualista del capitalismo. Con el mecanismo de la incorporación, los grupos actuaron legalmente como individuos. Esta importante evolución no se produjo sin retos, hasta el punto de que la limitación de la responsabilidad se denunció como una transgresión de la responsabilidad individual. Pero la posición de los sindicatos fue mucho más anómala, porque ni siquiera buscaron o consiguieron la incorporación; ellos pueden ejercer de forma colectiva los derechos civiles en nombre de sus miembros sin responsabilidad colectiva formal, mientras la responsabilidad individual de los obreros en relación con el contrato es inexigible en gran medida. Para los obreros, estos derechos civiles se convirtieron en un medio de elevar su estatus económico y social, es decir, de establecer la aspiración de que ellos, en tanto que ciudadanos, disfrutaban de ciertos derechos sociales. Pero los derechos sociales se establecen en el ejercicio del derecho político, porque aquéllos implican un derecho absoluto a cierto nivel de civilización que sólo depende de que se cumplan los deberes 6 about:blank 6/9 26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social generales de la ciudadanía. Su contenido no depende del valor económico del reclamante individual; por tanto, hay una diferencia significativa entre una negociación colectiva genuina, por la que las fuerzas en un mercado libre buscan el equilibrio, y el empleo de los derechos civiles colectivos para plantear requerimientos básicos relativos a la justicia social. Así, la aceptación de la negociación colectiva no fue una mera ampliación natural de los derechos civiles, porque representó la transferencia de un importante proceso desde la esfera política de la ciudadanía a su esfera civil. Pero «transferencia” es, quizás, un término equívoco, porque cuando esto ocurría los trabajadores ni poseían ni aún habían aprendido a utilizar el derecho político del sufragio. Desde entonces lo han obtenido y lo han utilizado plenamente. Así pues, el sindicalismo ha creado un sistema secundario de ciudadanía industrial paralelo al sistema de ciudadanía política, y complementario de él. *** Los derechos sociales en el siglo XX El periodo que he tratado hasta ahora se caracterizó porque el crecimiento de la ciudadanía, aunque sustancial e impresionante, tuvo escasos efectos directos en la desigualdad social. Los derechos civiles conferían poderes legales cuya utilización quedaba drásticamente limitada por los prejuicios de clase y la falta de oportunidades económicas. Los poderes políticos proporcionaban un poder potencial cuyo ejercicio exigía experiencia, organización y un cambio de ideas respecto a las funciones adecuadas de un gobierno. Y este desarrollo necesitaba tiempo, porque los derechos sociales eran mínimos y no estaban integrados en el edificio de la ciudadanía. El objetivo común del esfuerzo legal y voluntario era aliviar la molestia de la pobreza sin alterar el modelo de desigualdad, del que la pobreza era el resultado más obviamente desagradable. A finales del siglo XIX se abrió un nuevo periodo convenientemente marcado por el estudio de Booth, Life and Labour of the People in London y la Royal Commission on the Aged Poor, donde se mostraba el primer gran avance en materia de derechos sociales, y este hecho fue vital para cambiar los principios igualitarios expresados en la ciudadanía. Pero también había otras fuerzas en marcha. Un aumento de las rentas monetarias distribuido desigualmente entre las clases sociales alteró la distancia económica que las separaba, disminuyendo la 7 about:blank 7/9 26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social separación entre la mano de obra cualificada y la no cualificada, y entre aquélla y los trabajadores no manuales, mientras que el continuo aumento del pequeño ahorro borraba la distinción de clase entre el capitalista y el proletario carente de propiedades. En segundo lugar, un sistema de impuestos directos cada vez más escalonado comprimía la escala total de las rentas disponibles. En tercer lugar, la producción masiva para abastecer el mercado nacional y el creciente interés de la industria por los gustos y necesidades de la gente común permitió a los menos favorecidos disfrutar de una civilización material que se distinguía de la de los ricos menos que en cualquier otra época anterior. Todo esto alteró en profundidad el escenario donde se desarrollaba el progreso de la ciudadanía. La integración social se extendió de la esfera del sentimiento y el patriotismo a la del disfrute material. Los componentes de una vida culta y civilizada, antes monopolio de unos cuantos, se pusieron paulatinamente a disposición de las masas, que de ese modo se sentían estimuladas a extender las manos hacia quienes aún se negaban a estrechárselas. Al reducirse la desigualdad aumentaron los requerimientos de su abolición, al menos en lo relativo al bienestar social. Estas aspiraciones se han visto satisfechas en parte con la incorporación de los derechos sociales al estatus de la ciudadanía, lo que creó el derecho universal a una renta real que no está en proporción con el valor de mercado de quien lo disfruta. La reducción de las diferencias de clase es aún la meta de los derechos sociales, pero ha adquirido un nuevo significado, porque no se trata sólo de acabar con la miseria obviamente desagradable de los estratos más bajos de la sociedad, sino que se ha transformado en un conjunto de actos que modifican el modelo global de la desigualdad social. Ya no basta con elevar el nivel más bajo del edificio social, dejando intacta la superestructura. Ahora se ha comenzado a remodelar todo el edificio, y podría ser que el rascacielos se convirtiera en un chalé. Así pues, importa mucho considerar si una meta final de esa naturaleza está implícita en ese desarrollo, o sí, como he señalado al principio, existen unas limitaciones naturales para la tendencia contemporánea a una mayor igualdad económica y social.*** *** Ya he señalado que, en el siglo XX, la ciudadanía y el sistema de clases del capitalismo se han hecho la guerra. La frase es quizás demasiado dura, pero está bastante claro que la primera ha impuesto modificaciones en el segundo. No estaría, sin embargo, justificado asumir que, aunque el estatus es un principio en conflicto 8 about:blank 8/9 26/10/24, 23:53 Novena lectura Marshall Ciudadana Y Clase Social con el contrato, el sistema estratificado de estatus que se introduce imperceptiblemente en la ciudadanía es un elemento extraño en el mundo económico exterior. Los derechos sociales en su forma moderna suponen una invasión del contrato al estatus, la subordinación del precio de mercado a la justicia social, la sustitución de la libre negociación por la declaración de derechos.*** *** 9 about:blank 9/9