Ley de Derechos de los Niños (PDF)

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Summary

Este documento detalla los derechos de los niños. Explica los diferentes artículos que cubren áreas como salud, educación e integridad. La ley establece una serie de normas y responsabilidades para proteger los derechos de cada niño.

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Artículo 1. Finalidad Derechos garantizados: Proteger los derechos de los niños. Ley prioritaria: Esta ley tiene prioridad sobre otras.. Artículo 3. Sujetos de derechos Aplica a todos hasta los 18 años Artículo 4. Delimitación de la Primera Infancia, niñez y adolescencia. Niñez: Desde la conce...

Artículo 1. Finalidad Derechos garantizados: Proteger los derechos de los niños. Ley prioritaria: Esta ley tiene prioridad sobre otras.. Artículo 3. Sujetos de derechos Aplica a todos hasta los 18 años Artículo 4. Delimitación de la Primera Infancia, niñez y adolescencia. Niñez: Desde la concepción hasta los 12 años. Adolescencia: Desde los 12 hasta los 18 años. Artículo 5. Presunción de niñez y adolescencia Edad dudosa: Si hay dudas, se presume que es niño o adolescente. Artículo 6. Ámbito de aplicación Ley general: Aplica a todos los niños en el territorio nacional y extranjero. Artículo 7. Sujetos obligados Responsables: Padres, Estado, y sociedad deben cumplir la ley.. Artículo 8. Deberes del Estado Garantía de derechos: El Estado debe tomar todas las medidas necesarias para proteger a los niños Artículo 9. Principio del rol primario y fundamental de la familia Rol central: La familia es clave para el desarrollo y protección de los niños. Artículo 10. Principio de ejercicio progresivo de las facultades Programas públicos: Desarrollar actividades que protejan y eduquen a los niños sobre sus derechos Artículo 11. Principio de igualdad, no discriminación y equidad No discriminación: Todos los niños son iguales ante la ley Artículo 12. Principio del interés superior de la niña, niño y adolescente Decisiones: Priorizar siempre el bienestar físico y emocional del niño Artículo 13. Principio de corresponsabilidad Ambiente favorable: Familia, sociedad y Estado deben asegurar un ambiente adecuado para el desarrollo. Artículo 14. Principio de prioridad absoluta Derechos prioritarios: Los derechos de los niños deben ser considerados en todas las políticas públicas. Artículo 15. Naturaleza de los derechos y garantías Indivisibles: Los derechos no pueden ser cedidos ni eliminados. Artículo 16. Derecho a la vida Protección de la vida: Desde la concepción, los niños tienen derecho a vivir dignamente. Artículo 17. Condiciones para garantizar el derecho a la vida Cobertura total: Salud, prevención de enfermedades y cuidado garantizado. Artículo 18. Derecho a la protección de las personas por nacer Cuidados prenatales: Salud y educación para asegurar el bienestar desde el embarazo. Artículo 19. Medidas para la salvaguarda del derecho a la vida en situaciones de emergencia Atención inmediata: En emergencias, los servicios de salud deben atender a los niños sin costo. Artículo 20. Prohibición de experimentación y prácticas que atenten contra la vida, la dignidad y la integridad No experimentación: Prohibido cualquier tipo de práctica que dañe la vida o dignidad de los niños. Artículo 21. Derecho a una vida digna Derecho a una vida plena: Los niños deben tener condiciones que garanticen su bienestar. Artículo 22. Derecho a la salud Bienestar: Salud física, mental y social garantizada. Artículo 23. Atención integral en salud Bienestar máximo: Atender todas las necesidades para asegurar su desarrollo Artículo 24. Derechos de las niñas, niños y adolescentes usuarios de los servicios de salud Confidencialidad: Derecho a la privacidad en los servicios médicos. Artículo 25. Gratuidad de los servicios de salud Servicios gratuitos: Todo servicio de salud debe ser gratuito para los niños. Artículo 26. Embarazo en niñas y adolescentes Atención prioritaria: Prevención y atención especializada para adolescentes embarazadas. Artículo 27 - Obligaciones del sistema de salud Cobertura completa: Desde el embarazo hasta la adolescencia, garantizar atención médica y apoyo. Artículo 28. Responsabilidades de la familia frente al derecho a la salud Salud garantizada: Padres deben asegurar la inscripción y atención médica de sus hijos. Artículo 30. Derecho a la lactancia materna Derecho a lactancia: Protección y promoción de la lactancia materna. Artículo 31. Promoción de la salud y atenciones preventivas para la niñez Estilos de vida: Desarrollar programas para fomentar hábitos saludables. Artículo 32. Salud mental Atención especializada: Priorizar la atención mental en programas educativos y de protección. Artículo 33. Educación integral de la sexualidad y salud sexual y reproductiva Educación integral: Todos los niños tienen derecho a recibir educación sexual y salud reproductiva Artículo 34. Prohibición de venta, distribución de material y sustancias que puedan generar daño a la salud mental y física No venta: Prohibida la venta de materiales o sustancias dañinas para los niños. Artículo 35. Atención integral en salud para niñas, niños y adolescentes con discapacidad Atención especial: Garantizar la atención de salud integral para niños con discapacidad. Artículo 36. Niñas, niños y adolescentes con VIH-SIDA Atención especializada: Proveer tratamiento y apoyo a niños con VIH/SIDA. Artículo 37. Derecho a servicios de salud como parte de la seguridad social Servicios de salud: Acceso a servicios de salud como parte de la seguridad social. Artículo 38. Derecho a un ambiente sano Derecho ecológico: Derecho a vivir en un ambiente limpio y seguro. Artículo 39. Derecho al libre desarrollo de la personalidad Libre desarrollo: Derecho al pleno desarrollo de su personalidad. Artículo 40. Derecho a la identidad Derecho a identidad: Todos los niños tienen derecho a un nombre, nacionalidad y conocer su origen. Artículo 41. Registro del nacimiento en las instituciones del Sistema Nacional Integrado de Salud Registro obligatorio: Todos los nacimientos deben ser registrados para garantizar los derechos. Artículo 42. Derecho a la inscripción del nacimiento Inscripción gratuita: El Estado debe garantizar el registro inmediato y gratuito. Artículo 43. Procedimientos para captura de datos e inscripción de la persona recién nacida Datos exactos: Registrar correctamente los datos del recién nacido. Artículo 44. Derecho a la identificación Documento de identidad: Derecho a obtener un documento de identidad desde el nacimiento. Artículo 45. Derecho a conocer a su madre o padre y a mantener relaciones personales con ellos Derecho a la familia: Los niños tienen derecho a conocer a sus padres y mantener una relación personal con ellos. Artículo 46. Derecho a crecer y desarrollarse en familia Desarrollo familiar: Derecho a crecer con su familia, siempre que sea en su mejor interés. Artículo 47. Derecho a la educación Educación de calidad: Todos los niños tienen derecho a una educación inclusiva y de calidad Artículo 48. Educación gratuita y obligatoria Educación: Gratuita y obligatoria para todos los niños en niveles básicos. Artículo 49. Acceso a la educación Acceso universal: El Estado debe asegurar la educación para todos los niños, sin discriminación. Artículo 50. Modelo de atención integral a la Primera Infancia Atención integral: Garantizar atención de calidad desde la primera infancia. Artículo 51. Atención educativa para niñas, niños y adolescentes con discapacidad Inclusión: Acceso universal e inclusivo para niños con discapacidad. Artículo 52. Atención de niñas, niños y adolescentes con necesidades específicas de apoyo educativo Adaptación: Atención educativa adaptada para niños con necesidades especiales. Artículo 53. Abordaje de la violencia en la comunidad educativa Entorno seguro: Crear un ambiente escolar libre de violencia. Artículo 54. Responsabilidad del Estado en materia de educación Programas: Implementar salud, alimentación escolar, y fomentar la ciencia y cultura. Artículo 55. Responsabilidad de las madres, padres, representantes o responsables en materia de educación Padres: Inscribir a los niños en la escuela y asegurar su asistencia. Artículo 56. Responsabilidad de las instituciones educativas Deserción escolar: Las escuelas deben informar sobre casos de inasistencia y deserción. Artículo 57. Convivencia escolar positiva Respeto: Los niños tienen derecho a ser respetados en el ámbito escolar. Artículo 58. Derecho a la cultura, a participar en la vida cultural y en las artes Respetar los valores culturales y existir participación cultural Artículo 59. Derecho a la identidad cultural Preservación cultural: Derecho a conocer y desarrollar su identidad cultural. Artículo 60. Derecho al descanso, recreación, esparcimiento, juego y deporte Recreación: Derecho al juego, esparcimiento y descanso, acorde a su edad Artículo 61. Espacios e instalaciones para el descanso, recreación, esparcimiento, juego y deporte Espacios públicos: El Estado debe garantizar áreas de recreación accesibles Artículo 62. Derecho a la integridad personal Protección integral: Derecho a la protección física, emocional, y sexual. Artículo 63. Derecho al buen trato Buen trato: Derecho a recibir un trato digno y respetuoso. Artículo 64. Protección frente al maltrato Prevención del maltrato: El Estado debe prevenir y erradicar todas las formas de maltrato infantil. Artículo 65. Protección frente a la tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes Protección total: Prohibido cualquier trato cruel, inhumano o degradante. Artículo 66. Protección frente a la violencia sexual Protección especial: El Estado debe crear programas para prevenir la violencia sexual. Artículo 67. Protección frente a la privación de libertad, internamiento e institucionalización arbitraria o ilegal No detención arbitraria: Derecho a no ser privados de libertad sin razón legal. Artículo 68. Derecho de niñas, niños y adolescentes a denunciar y realizar peticiones Denuncias: Los niños pueden denunciar cualquier violación a sus derechos. Artículo 69. Protección frente a la trata de niñas, niños y adolescentes Protección frente a la trata: El Estado debe proteger a los niños de la trata y explotación. Artículo 70. Libertad de tránsito y movilidad personal Moverse libremente: Derecho a moverse libremente por todo el país. Artículo 71. Protección especial frente al traslado y retención ilícitos Prohibición de secuestro: Se prohíbe el traslado ilícito de niños. Artículo 72. Viajes fuera del país Permiso de viaje: Se necesita autorización para que los niños viajen con uno solo de los padres. Artículo 73. Derechos de refugio y asilo Refugio: Protección y asistencia legal para niños extranjeros. Artículo 74. Derecho de reunificación familiar Familia: Derecho de los niños extranjeros a que su familia viva con ellos en el país Artículo 75. Protección de las hijas e hijos de las personas privadas de libertad Derechos garantizados: Protección especial para hijos de personas privadas de libertad Artículo 76. Obligaciones del Estado frente a situaciones de vulnerabilidad Vulnerabilidad: El Estado debe atender a los niños en situaciones vulnerables como migración, calle o violencia. Artículo 77 - Derechos al honor, imagen, vida privada e intimidad Privacidad: Protección de la imagen, reputación y privacidad de los niños. Articulo 78. Prohibiciones específicas frente a la utilización de la imagen y afectación de la intimidad personal de niñas, niños y adolescentes Protección de imagen: Prohibido usar la imagen de niños para fines inadecuados o sin consentimiento. Artículo 79. Derecho de rectificación o respuesta Rectificación: Derecho a exigir una corrección si se vulnera su imagen o privacidad. Artículo 80. Defensa material de sus derechos Autodefensa: Derecho a usar los medios legales para defender sus derechos. Artículo 81. Derecho de acceso a la justicia Acceso justo: Facilitar la participación de los niños en sus procesos judiciales. Artículo 82. De las condiciones de la prueba testimonial de niñas, niños y adolescentes Protección al testimonio: Testificar debe ser una medida excepcional para los niños. Artículo 83. Derecho al debido proceso Derecho legal: Todos los niños tienen derecho a un proceso justo. Artículo 84. Garantía de reserva Confidencialidad: Protección de la identidad y datos en procesos judiciales. Artículo 85. Protección en situaciones de emergencia, desastre o conflictos Protección especial: En situaciones de desastre, el Estado debe proteger los derechos de los niños. Artículo 86. Protección contra otras formas de explotación Prohibición: El Estado prohíbe la venta, tráfico y explotación de niños. Artículo 87. Edad mínima para el trabajo 14 años: Edad mínima para trabajar, con excepciones que garanticen su educación. Artículo 88. Protección frente al trabajo Protección en el trabajo: Los adolescentes tienen derecho a condiciones laborales seguras Artículo 89. Derecho a la protección en el trabajo Derechos laborales: Los adolescentes deben recibir los mismos beneficios que los adultos. Artículo 90. Jornada de trabajo 6 horas diarias: No más de 6 horas de trabajo al día para menores de 16 años. Artículo 91. Relación del trabajo con la educación Formación profesional: Integrar la educación con la formación técnica y laboral. Artículo 92. Aprendizaje y formación técnico profesional Formación técnica: Derecho a acceder a programas de formación técnica. Artículo 93. Previsión y seguridad social Seguro social: Todos los adolescentes que trabajan deben estar cubiertos por la seguridad social. Artículo 94. Trabajo doméstico Trabajo doméstico: Los adolescentes mayores de 16 años pueden trabajar en servicios domésticos, con derechos garantizados. Artículo 95. Discapacidad y trabajo Inclusión: Facilitar el acceso al empleo para adolescentes con discapacidad Artículo 96. Registro de adolescentes trabajadores Registro oficial: Los adolescentes trabajadores deben estar registrados a) Nombre completo. b) Fotografía. c) Fecha de nacimiento. d) Lugar de residencia. e) Escuela, grado de escolaridad y horario escolar. f) Nombre de responsables. g) Lugar, tipo y horario de trabajo. h) Fecha de ingreso al trabajo. Artículo 97. Evaluación médica Chequeo médico: Requisito para trabajar es un examen de salud. Artículo 98. Derecho de petición y respuesta Petición y respuesta: Derecho a hacer peticiones a las autoridades y recibir respuestas. Artículo 99. Derecho a la libertad de expresión Opinión libre: Derecho a expresarse libremente en temas que les afecten. Artículo 100. Derecho a opinar y ser escuchado Ser escuchados: Los niños deben ser escuchados en los asuntos que les conciernen. Artículo 101. Derecho de acceso a la información Información: Derecho a acceder a información adecuada. Artículo 102. Protección frente a información nociva o inadecuada Protección: Protección frente a información perjudicial para los niños. Artículo 103. Protección frente a información nociva o inadecuada en los entornos virtuales Protección online: Proteger a los niños de información dañina en internet. Artículo 104. Obligación de los medios de comunicación Responsabilidad: Los medios deben proteger la imagen y derechos de los niños. Artículo 105. Libertad de pensamiento, conciencia y religión Creencias: Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Artículo 106. Libertad de reunión Reuniones pacíficas: Derecho a reunirse de manera lícita y pacífica. Artículo 107. Libertad de asociación Asociaciones: Derecho a formar parte de asociaciones con fines lícitos. Artículo 109. Deberes de las niñas, niños y adolescentes Respetar y cuidar: Cumplir con deberes escolares, respetar a los demás y cuidar el ambiente. a) Conocer, ejercer y defender sus derechos. b) Respetar a todas las personas c) Respetar y obedecer a su autoridad. d) Cuidar y respetar su propio cuerpo. e) Participar de actividades que favorezcan su bienestar físico y mental. f) No consumir ni proporcionar a otros, sustancias g) Respetar las opiniones y costumbres de los demás. h) Cumplir con las obligaciones y deberes escolares y familiares. i) Cuidar y proteger el medio ambiente y hacer uso racional de los recursos naturales. j) Respetar y cumplir la Constitución y Leyes de la República. k) Conocer y respetar la historia, la cultura nacional y los símbolos patrios. l) Cualquier otro deber que se establezca en esta Ley y otras Leyes.

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