Historia de Chile: Resumen de Conciencia Nacional y Canciones Nacionales
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Universidad de los Andes
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This document provides an overview of Chilean national consciousness, particularly focusing on historical events and discussions. It also touches upon national songs. It details the development of national identity in Chile.
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Conciencia Nacional [Conciencia nacional] - - Si entendemos la nación como un conjunto de individuos que están unidos por distintos factores, ya sea el territorio, la cultura, la lengua, de manera que este conjunto forme una entidad distinta. La soberanía reside en la nación, la cu...
Conciencia Nacional [Conciencia nacional] - - Si entendemos la nación como un conjunto de individuos que están unidos por distintos factores, ya sea el territorio, la cultura, la lengua, de manera que este conjunto forme una entidad distinta. La soberanía reside en la nación, la cual tiene cierta conciencia nacional. Cuando afirmamos esto, sabemos que, ese grupo de personas tiene también una voluntad política (en términos amplios, no solo elecciones, y gobierno, y congreso, etc) - - - *Manuel de Salas* - - - - - - - 1. - - - - - - - - - - 2. - - - - - 3. - - - - ***No fue raro para los chilenos la creación del estado chileno, porque ya tenían en la cabeza la conciencia de ser algo distinto*** **Canciones e himnos nacionales:** - 1. 2. - - - - - - - **Himno nacional de chile:** - - - - - - - - - **Fiestas civicas:** - - 1. 2. 3. - - - - - - - - ***Razones:*** - - - ***¿Por qué el 18? (no todos estaban de acuerdo con esto):*** - - - - \"patria nueva\" y ensayos constitucionales [1817-1833:] - - [Patria nueva O\'Higgins:] siempre fue de la idea que la clave del proceso fue la libertad política, el valoraba lo que ocurría en las distintas repúblicas especialmente por la libertad que se estaba viviendo. También era super pragmático y al encabezar un gobierno que estaba todavía invadido y luego una nación recién naciente lo lleva a impulsar un gobierno fuerte **Ideas:** - - - **Constitución provisoria de 1818:** - \- había límites al director supremo \- elabora normas provisorias \- puede abolir normas que son incompatibles con la constitución \-\-\--\> si hay un orden de prelación se utiliza las normas de la constitución, pero si la constitución no resuelve entonces se pasa a las normas españolas \- prestar aprobación para las cosas que el director supremo quería hacer (ej: declarar la guerra, tratados internacionales, etc) - - - **Constitución de 1822:** considerada como la primera constitución - - - ***Asume freire se deja sin efecto la de 1822, por lo que empieza a regir la de 1818 y las actas de unión de las provincias*** **Reformas progresistas:** buscaban alcanzar la idea de sociedad moderna, civilización, etc. - - ***Mayorazgo:*** es una vinculación civil en la que el fundador, generalmente por concesión real, vincula ciertos bienes bajo la condición de que se conserven íntegros en la familia a perpetuidad - - - - - La institución del mayorazgo era criticada porque había una masa de bienes los cuales no se podían vender. También había críticas de los mismos primogénitos por lo anterior, por los hermanos que no estaban dentro del mayorazgo, etc. El decreto de O\'Higgins fue dictado el 5 de junio de 1818, y declaró abolidos los mayorazgos. Este decreto no tuvo efecto alguno ya que el senado lo dejó sin efecto - - **Monarquía o república:** - - - - - - [Juan Egaña (1823-1824):] **Contexto:** la abolición de O\'Higgins el 28 de enero de 1823, condujo al desmembramiento (se separan las tres principales provincias porque están en conflicto) de las provincias de chile (Santiago, concepción y coquimbo) - **Constitución de 1823: (29/12/1823):** desde hace tiempo venía con la idea de crear un proyecto constitucional porque el anterior no le funcionó. Sus ideas se fundaron mucho en la constitución de 1818. la forma de fundar la moralidad era a través de la educación, y muchos decían que tenían que hacerlo a través de la constitución y ese fue Egaña - - - - - - A pesar de las críticas se le dio a favor la estructura que tenía el poder judicial, lo otro que se mantuvo también fue que se mantuvo el voto censitario El golpe final que se le dio a la constitución fue que freire tuvo que viajar a Chiloé a tratar de recuperar Chiloé, no lo logra, y se da cuenta de que estaba la escoba con la constitución, y dice que se da cuenta de que hay que reformarla porque nadie la entiende. Mariano Egaña se va a Londres como representante de Chile y Juan Egaña se queda solo tratando de defender la constitución, y finalmente un año después de su promulgación, la constitución fue declarada como nula y sin efecto. A diferencia de la de O\'Higgins que fue un problema más de fuerza, la de Egaña se declara nula por lo que los efectos se retrotraen al estado anterior. Los efectos de la nulidad eran raros, porque en primer lugar ya de por sí era raro que un congreso lo declarara nulo y en segundo lugar que no se sabía qué significaba esta nulidad (se estaba en duda que norma se aplicaba) **Moralidad, virtud y costumbre:** - - - - - - - - - **Prescripciones constitucionales:** - - - - **El fracaso de la utopía de Egaña:** - - - - [Federalismo y liberalismo (1824-1829):] **Contexto:** declarada nula la constitución de 1823, los nuevos diputados no lograron descubrir una fórmula apropiada para reemplazarla - - **Ensayo federal:** auge de ideas federalistas desde 1824 - - - - - 1. 2. 3. - - - - - Principalmente aquellos que estaban a favor del federalismo decían que, en primer lugar, era la única forma verdadera de asegurar los derechos de las provincias, por otro lado, también decían que era el mejor medio para poder implementar y proteger la libertad individual de los ciudadanos. Gran parte del éxito que había tenido EEUU estaba directamente relacionado con el sistema federal, entonces se decía que si adoptamos el mismo sistema en chile íbamos a tener los mismos resultados - ***Se relaciona mucho esta idea de la unidad en Chile con la materia de conciencia nacional, con esas características especiales a nivel territorial, del chileno propiamente tal, etc. Se relaciona directamente con esto. El sistema federal no iba con la realidad chilena*** **Criticas:** - - **Época pipiola y liberalismo:** francisco Antonio pinto se convierte en Pdte. en mayo de 1827 Contexto: ambiente político, lo que había que hacer era sacar a chile del gobierno federal, había que volver al modelo unitario. En agosto se comienzan a suspender las leyes federales. Para finales del 27 ya no había rastro de las leyes federales. Antes de esta época no había realmente grupos políticos, ya que estos se comenzaron a formar a finales de 1850. pero acá se distingue entre los pipiolos (consolidar derechos y libertades individuales, buscar un sistema más equilibrado) y los pelucones (gente vinculada a la tierra, eran parte de la aristocracia, querían un gobierno más fuerte, etc.), también los \"estanqueros\" donde estaba portales también. Se manda a llamar un nuevo congreso constituyente A propósito del nuevo congreso que se reúne para el nuevo proyecto constitucional, había una mayoría pipiola - - **Constitución de 1828:** primera constitución que refleja de forma redondita la separación de poderes. Quería llegar a un punto medio entre el autoritarismo presidencial y el extremo federalismo - - ***Constitución de 1828 (8/8):*** - - - - - - Art 22: El ejercicio de la soberanía, delegados por la nación en las autoridades que ella constituye, se divide en tres poderes, que son: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, los cuales se ejercerán separadamente, no debiendo reunirse en ningún caso. **La revolución de 1829:** - - - Consolidación de la república (1833 - 1920): - - [Diego portales:] se dedicaba al comercio y se les concede a portales un monopolio (sobre el tabaco (la contraprestación es ir pagando el crédito que tenía Chile con Inglaterra, no cumplió y le quitaron el estanco), naipes, te, licores extranjeros). Se enoja con el contexto por lo que se vuelve un crítico a través de la prensa y comienza a tener más atracción con un grupo que se llama los estanqueros. Portales asume como ministro de relaciones exteriores, de guerra, etc. Tenía mucho poder. Es fusilado en 1837 **perfil historiográfico y \"mito portaliano\":** se decía que cuando portales estuvo a cargo de alguno de estos ministerios, hubo muchos cambios en la república, como la constitución de 1833, se disminuye el poder de los militares, se realizan reformas desde un punto de vista económico. Todos los cambios se les atribuyen a portales, pero una vez cuando se muere se comienza a crear el mito. Se trata de resolver cuál fue el verdadero rol que tuvo portales en las distintas cosas que hubo en la época **El pensamiento político de portales y su grupo** - - - - - **Obra política de portales y su grupo** - - [Punto inicial: constitución de 1833:] **Contexto constitucional:** constitución 1828 y su artículo 133 sobre la reforma constitucional (no se puede modificar hasta 8 años después). Muchos no estaban de acuerdo con esto, especialmente los que ganaron la guerra civil. Decían que tenía un presidencialismo muy débil y no calza con sus ideas de presidencialismo fuerte. - - **Comisión de estudio de la reforma constitucional:** Mariano Egaña y Manuel José Gandarillas (los más relevantes). Representaban tendencias constitucionalmente diferente a la hora de redactar o de crear una nueva constitución - - - - 1. 2. 3. 4. - **Contenidos propiamente tal:** - - - - - Poder legislativo: cámara de diputados y senado. Autorizar uso de facultades extraordinarias (le da por un periodo determinado para hacer algo determinado por el mismo congreso. Legislar por la vida reglamentaria. Existe una especie de delegación de facultades legislativas al Pdte. \-\-\--\> ej: \"leyes marianas\"), aprobación de \"leyes periódicas\"(Deben aprobarse periódicamente en el congreso como la ley de presupuesto. También la ley de la fijación de las fuerzas de mar y tierra (determinar el volumen. Por último, la ley de autorización para el cobro de contribuciones), \"acusación es constitucionales\" (acusa la cámara de diputados y resuelve o juzga el senado. NO se puede acusar al Pdte. en ejercicio). El parlamento funcionaba un rato, a lo más 4 o 5 meses al año, y en los perdidos en los que el parlamento entra en receso había una comisión conservadora que eran 7 senadores designados por el mismo senado, que lo que tenían que hacer era velar a que la constitución se cumpliera Poder ejecutivo: 5+5 años. Jefe de la nación. Patronato eclesiástico, estado de sitio, veto absoluto a un proyecto de ley (si se vetaba un proyecto de ley no se podía volver a discutir sobre este sino hasta un año después). Consejo de estado (organismo consultivo que eran todos designados por el ejecutivo) \-\-\--\> el Pdte. puede declarar estado de sitio. Que se declare en algún lugar de la república significaba que en el territorio se suspende el imperio de la constitución. El estado de sitio se dictaba cuando existía una amenaza exterior con acuerdo del consejo de estado, pero si es por amenaza interna, el Pdte. para poder declarar estado de sitio requería acuerdo del congreso (si el congreso estaba en receso era el consejo quien debía aprobar la autorización del Pdte.). El Pdte. puede nombrar y remover a sus ministros Poder judicial: jerarquizado (CS, CA, JL). Miembros CS, elegidos por el PDR de terna del CE **Evaluaciones y críticas:** régimen de gobierno sui generis, con elementos del sistema presidencial y del parlamentario. Había un predominio del régimen presidencial con matices de parlamentarismo; pero el germen de este último estaba implantado desde el inicio (parlamentarios podían ser ministros, lo que es una forma clara de parlamentarismo) - [Formación del derecho nacional:] **Fuentes jurídicas:** el derecho español nos siguió rigiendo y existe nueva legislación que lo complementa, lo corrige o lo deja sin efecto - - - -