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ÍNDICE 1. Unidad 1: Derecho Turístico y Fomento del Turismo...........................................3 Tema 1: El derecho y la legislación turística................................................................. 3 Objetivo...

ÍNDICE 1. Unidad 1: Derecho Turístico y Fomento del Turismo...........................................3 Tema 1: El derecho y la legislación turística................................................................. 3 Objetivo:........................................................................................................................ 3 Introducción:................................................................................................................. 3 2. Información de los subtemas.............................................................................4 2.1 Subtema 1: Origen, fundamentos e importancia del derecho turístico............. 4 2.2 Subtema 2: Conceptualización de derecho turístico........................................ 10 2.3 Subtema 3: Ley especial del desarrollo turístico.............................................. 14 2.4 Subtema 4: Ordenamiento jurídico para el desarrollo del turismo................. 18 3. Preguntas de Comprensión de la Unidad..........................................................22 4. Material Complementario................................................................................24 5. Bibliografía......................................................................................................25 2 El derecho y la legislación turística 1. Unidad 1: Derecho Turístico y Fomento del Turismo. Tema 1: El derecho y la legislación turística. Objetivo: Conocer el derecho y legislación turística, mediante estudio teórico y análisis jurídico a la Ley especial de desarrollo turístico, con la finalidad de identificar el ámbito regulación, actuación y sanción a la operación de actividades turísticas. Introducción: El turismo constituye uno de los sectores principales para el desarrollo económico, social y cultural del país, por lo cual esta actividad vincula a diversas normas, leyes y reglamentos relacionada a la actividad turística; en la presente temática estudiaremos los siguientes subtemas: origen, fundamentos e importancia del derecho turístico, conceptualización de derecho turístico, Ley especial del desarrollo turístico y ordenamiento jurídico para el desarrollo del turismo. El objetivo del estudio es conocer y analizar los fundamentos de legislación turística y el ámbito regulación, actuación y sanción a la operación de actividades turísticas, con el propósito de proporciona competencias idóneas a los estudiantes de turismo para cumplir el ordenamiento jurídico vigente en materia turística. La importancia de estudiar el derecho y la legislación turística, aportan que los futuros profesionales de turismo desarrollen habilidades y destrezas en aplicación, actuación y cumplimiento a la legislación normativa turística vigentes, cuyos conocimientos es una © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI necesidad primordial que requieren las empresas y establecimientos turísticos para fortalecer su gestión en conexo a las normativas vigentes. FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 3 El derecho y la legislación turística 2. Informacion de los subtemas 2.1 Subtema 1: Origen, fundamentos e importancia del derecho turístico. El turismo es una actividad que se inicia en el siglo XX, y en particular se desarrolla en la segunda mitad del mismo. Desde entonces su crecimiento a nivel mundial ha sido espectacular, y este es considerado hoy como una de las actividades socio-económicas más importantes y dinámicas de la era postindustrial ((OMT)., 1983). En esta unidad temática analizaremos: 1.1 Origen, fundamentos e importancia del derecho turístico, 1.2 Conceptualización de derecho turístico, 1.3 Ley especial del desarrollo turístico y 1.4 Ordenamiento jurídico para el desarrollo del turismo. 1.1 Origen, fundamentos e importancia del derecho turístico Evolución del turismo Los cambios que se ha dado en la demanda turística y en la oferta turística en el contexto de la sociedad postindustrial han propiciado, a finales del siglo XX y principios del XXI, la aparición de un nuevo escenario turístico que se conceptualiza como nuevo paradigma turístico, al tiempo que han cuestionado la hegemonía del modelo convencional y de los espacios turísticos tradicionales (Fernández, 2004). Por lo tanto, el turismo ha estado presente desde que comenzó la historia de la humanidad, desde cuando hablamos de los seres humanos nómadas o sedentarios, hablamos de los primeros turistas; por lo que el turismo ha ido cambiando junto con el hombre, de acuerdo a sus necesidades y características, y es esto lo que provoca que el turismo incremente cada vez más su importancia mundial. En la Grecia clásica se daba gran importancia al ocio, y el tiempo libre lo dedicaban a la cultura, diversiones, religión y deporte. Durante el imperio romano los romanos frecuentaban aguas termales eran asiduos de grandes espectáculos, como los teatros, y realizaban desplazamientos habituales hacia la costa el enorme aumento del turismo © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI desde finales del siglo XX ha llevado a que algunos observadores lo hayan calificado como turismo de masas. Se popularizó entre los años 1950 y 1970 cuando los turistas internacionales doblaban en número cada siete años. (Deprest., 1997): estos cambios sociales y principalmente tecnológicos tienen su incidencia en el turismo de masas de los años ochenta y por ende, en el estudio de la Sociología turística, aunque sus conclusiones no se hacen públicas hasta el inicio de los años noventa (Urry, 1990). Evolución de la Legislación turística en Ecuador FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 4 El derecho y la legislación turística En Ecuador se presentan diferentes hitos que marcan una referencia para la actual Ley Especial de Desarrollo Turístico, promulgada en el Registro Oficial 118 del 28 de enero de 1997 , actualizada puesto que el Plan de Competitividad Turística planteó esta necesidad, reincorporando importantes disposiciones de la Ley Especial de Desarrollo Turístico, que no han perdido vigencia en el tiempo a fin de atraer la inversión e inyectar divisas a nuestra economía; Con Decreto Ejecutivo 1424, publicado en el Registro Oficial 309 de 19 de abril del 2001 , declaró como Política Prioritaria de Estado el desarrollo del turismo en el país; y, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales. Ilustración 1 Origen de la LT Gabriel Garcia Isidro Ayora en 1930 Moreno y Eloy Alfaro se creo un reglamento que encargaron de traer las facilitaba el ingreso de vías del tren. viajeros al país. Gral.Alberto Enrique 1934 y 1936 el gobierno Gallo, creo la ley de toma como reserva a exterior denominada ley especies de flora y fauna turismo, entregaba una de Galápagos ID al turista. Fuente: (Caiza, 2012) Elaborado por: Bacilio Pomaina El acelerado proceso de globalización en sus múltiples dimensiones y expresiones conduce a la dependencia cada vez más agresiva entre economías y sociedades del © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI mundo. En este escenario, el turismo se erige como parte del modelo capitalista idóneo para transferir capitales a cualquier región del planeta, donde se garantice la obtención de la máxima ganancia, convirtiendo en medio propicio para el tránsito de estas regiones hacia la inclusión en los circuitos globales. En el año 2017, se celebró el Año Internacional del Turismo Sostenible para el Desarrollo, suceso que merece una especial atención en la búsqueda de nuevas y variadas opciones con el fin de concienciar a los estados nacionales, a los destinos y viajeros que se deben concertar esfuerzos para lograr un desarrollo de turismo sostenible que proteja el medio ambiente, conserve el patrimonio cultural de los destinos, fomente el respeto de las FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 5 El derecho y la legislación turística comunidades locales en todo el mundo y propicie la articulación de éstas a los beneficios de la actividad turística, dentro de la economía global. La situación anteriormente reseñada, lleva a la reflexión obligada para explorar alternativas que, desde las potencialidades de los territorios, hagan posible el aprovechamiento de las oportunidades que origina el proceso de globalización, sin agudizar las contradicciones intrínsecas del mismo. Es así que en oposición al modelo turístico fordista - asociado al turismo de masas-, surge el turismo alternativo asociado al postfordismo, desde el paradigma de sostenibilidad en los años 90, a raíz del Informe Brundtland (ONU, 1987) que tenía como objetivo primordial encontrar medios prácticos para revertir los problemas ambientales y de desarrollo del mundo. Según la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, el nuevo proyecto político instituido desde el año 2007 en el Ecuador, presenta “la transición de un modelo extractivista, dependiente y desordenado a nivel territorial, a un modelo de aprovechamiento moderado sostenible, utilizando de manera inteligente los espacios disponibles, asegurando la soberanía alimentaria, considerando el crecimiento poblacional, protegiendo el ambiente, evaluando los riesgos por eventos naturales, para poder dar medidas de precaución y mitigación” (Desarrollo., 2009)Los principios de sostenibilidad hacen referencia a la dimensión medioambiental, económica y sociocultural del desarrollo turístico, debiéndose alcanzar un equilibrio adecuado entre estas tres dimensiones (Turismo O. M., 2012). De acuerdo a Gudinas “la nueva Constitución ecuatoriana recoge varios artículos que de manera directa o indirecta asumen el paradigma del desarrollo sostenible. Además, se articula un innovador aporte a la visión de sostenibilidad ambiental a través de los Derechos de la Naturaleza que supone un giro biocentrista y plantea nuevas formas de valoración ambiental y articulación de saberes indígenas” (Gudinas, 2009). En la última década el Ecuador ha transitado por un proceso de cambio político y social, fundamentado en el marco legal vigente, tomando como base la Constitución. En este contexto legal que armoniza una convivencia de preservación y respeto al ser humano y su ecosistema, emerge la propuesta del turismo consciente, enmarcado en el © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI paradigma del Desarrollo Sostenible, desde otra mirada; que motiva la reflexión de que otro turismo es posible en el contexto del nuevo modelo económico, referido en la Constitución de 2008, el Plan Nacional del Buen Vivir y en la Nueva Matriz Productiva. Fundamentos del derecho turístico La Ley especial del desarrollo turístico de Ecuador (Registro Oficial Suplemento 733 de 27-dic.-2002), se constituye como el instrumento normativo de la actividad turística en el país, que de acuerdo al artículo 1 de la misma, tiene por objeto “Determinar el marco legal que regirá para la promoción, el desarrollo y la regulación del sector turístico; las potestades del Estado y las obligaciones y derechos de los prestadores y de los usuarios”. FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 6 El derecho y la legislación turística La Ley y las normativas vigente de la legislación turística ecuatoriano define varios elementos que son comunes a todas las leyes de ordenación turística en el ámbito territorial: El recurso turístico. - bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas. Sujeto turístico. - conjunto de personas físicas o jurídicas que, como prestadoras de servicios, promotoras, trabajadoras o usuarias, tienen una relación directa con el sector turístico. Administraciones turísticas. - los entes u órganos públicos con competencias sobre la actividad y los servicios turísticos, así como los organismos que estén adscritos a aquéllos. Actividad turística. - los servicios y actuaciones dirigidas a los usuarios turísticos y el conjunto de actuaciones públicas y privadas de ordenación y promoción del trismo. Servicios turísticos. - los servicios dirigidos a atender las demandas de los usuarios turísticos. El Convenio de Nueva York, de 4 de Junio de 1954, definió al turista como toda persona, sin distinción de raza, sexo, lengua o religión, que entre en un territorio de un Estado contratante, distinto de aquel en que cada persona tiene su residencia habitual y permanezca en él veinticuatro horas, cuando menos, y no más de seis meses, en cualquier período de doce meses con fines de turismo, recreo, deporte, salud, asuntos familiares, estudios, peregrinaciones religiosas o negocios sin propósito de inmigración. En la Conferencia de Naciones Unidas de 1963 se definió al visitante como la persona que visita un país diferente de aquel en el cual tiene de ordinario su residencia, con fines distintos del de ejercer una ocupación remunerada en el mismo país que se visita. Los fundamentos del derecho turístico ecuatoriano se basan en los elementos de ordenación turística en el ámbito territorial y también en función de tres objetivos de la © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI Declaración de la Haya de 1989. FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 7 El derecho y la legislación turística Ilustración 2 Elementos de la legislación turística El recurso turístico. Servicios Sujeto turístico. turísticos. Actividad Administraciones turística. turísticas. Fuente: (Haya, 1987) Elaborado por: Bacilio Pomaina Objetivos e importancia del derecho turístico La declaración de Manila sobre el Turismo Mundial aprobada por la Conferencia de Turismo, celebrada del 27 de septiembre al 10 de octubre de 1980, fijaría toda una serie de criterios que permitieron situar al turista en su vertiente profundamente humana como la persona que accede al descanso recreativo y a las vacaciones y a su libertad de viaje, en el marco del tiempo libre y del ocio. Lo califica, pues como un derecho fundamental del ser humano: el derecho al descanso y al ocio. La Declaración de la Haya de 1989 ofreció pautas de ordenación del turismo, aunque sin definirlo de forma © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI concreta, señalando que la legislación turística debe articularse en función de tres. FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 8 El derecho y la legislación turística Ilustración 3 Objetivos del Derecho Turístico Fomentar el turismo. Proteger al país contra los problemas que puede causar el Proteger al Turista. turismo, especialmente en el entorno y en la identidad cultural. Fuente: (Haya, 1987) Elaborado por: Bacilio Pomaina En la conferencia Internacional de Turismo celebrada en Otawa, Canadá, en 1991, se acoge como fundamento el elemento de la movilidad, defiendo al turismo de forma más minuciosa como el conjunto de actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias en lugares distintos al de su entorno habitual, por un período de tiempo consecutivo inferior a un año con fines de ocio, por negocios y otros motivos; debe haber un desplazamiento o viaje de la persona a un lugar distinto al de su entorno habitual (salvo en los desplazamientos cotidianos o regulares), el lugar visitado no debe ser superior a doce meses consecutivos. Importancia del derecho turístico La noción de Derecho está ligada a la existencia del ser humano moderno. A lo largo de los años han ido adecuando especializaciones para cada rama, en el caso del Turismo ha surgido de la necesidad imperante de que, a través de este se regulen las relaciones que nacen del desplazamiento de los turistas a lugares distintos a los de su residencia habitual, con todas las relaciones que ello implica. © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI Ahora podemos decir que el derecho turístico es de gran importancia y fundamental porque conlleva a una relación directa entre el prestador de servicio, el turista y otros servicios que se ofrece alrededor de los demás; por lo tanto, las relaciones están normadas y reguladas. Nos permite identificar las normas jurídicas que regulan los procesos, actividades y consecuencias que surgen de las relaciones e interacciones entre turistas, proveedores de servicios, gobiernos comunidades locales, y entornos que se involucran en la atracción y recibimiento de visitantes. También permite interpretar las normas jurídicas que regulan la relación que hay entre el turista, el prestador de servicios y el estado (Derecho Administrativo del Turismo , 2018). FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 9 El derecho y la legislación turística 2.2 Subtema 2: Conceptualización de derecho turístico 1.2 Conceptualización de derecho turístico Definición del Derecho El derecho es el conjunto de normas que tienen como objetivo regular las relaciones entre sujetos y ser un mecanismo para ejercer control social sobre un grupo humano y lo entenderemos no solo como la norma expedida por una autoridad estatal que tiene competencia para ello, sino como un componente importante de la institucionalidad que tiene relación directa con la cultura, con la política y con la moral dominante. El derecho, entonces es algo vivo, creador, interrelacionado y modificable. Derecho Turístico La noción del Derecho del Turismo es relativamente nueva. Surgió por la necesidad de dotar de un marco jurídico de referencia a la actividad turística que se había desarrollado de forma muy extensa en España y Francia. En estos países, los nombres de Adolfo Aurioles y Pierre Py, respectivamente, forjaron el inicio de esta especialidad de las Ciencia Jurídicas. Paulatinamente el desarrollo del Derecho Turístico, se ha extendido a todo el mundo. Iberoamérica ha contribuido con importantes estudios y teoría, especialmente en Brasil y Argentina, en donde se han fundado organizaciones especializadas. En el primer caso. El Instituto Brasilero de Ciencia y Derecho Turístico y en el segundo caso la Asociación Argentina de Derecho Turístico, instituciones pioneras en el tratamiento del tema en las Américas. En Ecuador, el Derecho del Turismo está en vías de consolidación, sobre todo, por la escasa producción de normas, doctrina y jurisprudencia; situación que pone a los estudiosos de esta rama en un estado muy interesante, pues hay mucho por construir (Durán). Conceptos de Derecho Turístico Folchi define al Derecho Turístico como: "El conjunto de principios y normas de Derecho © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI Público y Privado, de orden interno e internacional, que rigen las instituciones y relaciones jurídicas nacidas del turismo y modificadas por él" (FolchiI, 1919). Para García Noriega el Derecho Turístico es aquel conjunto de normas y principios de orden público y privado que están encaminadas a establecer los derechos y obligaciones de aquellas personas que se desplazan libremente fuera de su domicilio habitual por más de 24 horas y con un máximo de 6 meses, en el cual invierten recursos que provienen del lugar de su procedencia y regula las relaciones que se establezcan con las personas naturales o jurídicas que ejercen profesionalmente esta actividad. (García M. ) FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 10 El derecho y la legislación turística Finalmente, desde Francia, Pierre Py, siguiendo la tesis del concepto de Derecho del Turismo, frente al Derecho Turístico, lo conceptúa como “el conjunto de las instituciones y reglas de derecho del cual el fenómeno ha provocado el nacimiento o ha inspirado el contenido. Dicho de otra manera, el Derecho del Turismo es el conjunto de las instituciones y reglas jurídicas para las cuales el objetivo turístico es determinante, sea porque se trata de desarrollar la actividad turística, sea porque estas reglas tienen por finalidad proteger al consumidor o a la profesión turística, sea porque tienen como meta conciliar turismo y orden público “ (E. Roca Roca, 2007). Ramas del derecho El derecho se ha dividido en las categorías de Derecho público y de Derecho privado. No obstante, esta división ha sido ampliamente criticada y en la actualidad no tiene tanta vigencia, ante la aparición de parcelas del Ordenamiento jurídico en las que las diferencias entre lo público y lo privado no son tan evidentes. Actualmente se aprecia una tendencia a una clasificación por sectores de la realidad social, optándose así por un enfoque multidisciplinar (Instituto Roche, 2021). El ámbito de Derecho Público, se define en las siguientes ramas: Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Laboral y Derecho Tributario. Por otra parte, el Derecho Privado comprende básicamente el Derecho Civil y el Derecho Comercial. El Derecho administrativo es el conjunto de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración pública en sus relaciones con los particulares y con otras Administraciones Públicas (personificadas en una diversidad de órganos). Por ejemplo, los requisitos para pedir una licencia de obras o de caza, los modos de acceder a la función pública, las exigencias para solicitar una subvención, etc. El Derecho constitucional (también denominado Derecho político) se ocupa del análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. De esta manera, es materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos, incluyendo tanto las relaciones © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI entre poderes públicos, como las relaciones entre los poderes públicos y los ciudadanos. El Derecho Penal es el conjunto de normas que recogen los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad. Se da el nombre de delitos a ciertas acciones antisociales prohibidas por la ley, cuya comisión hace acreedor al delincuente a determinadas sanciones conocidas con el nombre específico de penas. El Derecho Procesal es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales. FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 11 El derecho y la legislación turística El Derecho laboral (también llamado Derecho del trabajo) es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena. El Derecho Civil, regula las relaciones entre particulares, ya sean personas físicas o jurídicas. Es la más utilizada entre las ramas del derecho ya que comprende las relaciones patrimoniales, personales, de vecindad, de familia, de derecho sucesorio, etc. El Derecho Comercial, o Mercantil, se encarga de regular la actividad de los comerciantes, y sus relaciones comerciales, denominadas actos de comercio. El Derecho Internacional Privado trata de la regulación de las relaciones entre particulares, con domicilios en diferentes países, o hechos acaecidos en diferentes estados. El Derecho Internacional Público, rige las relaciones entre distintos estados u organizaciones internacionales (Instituto Roche, 2021). Derecho, Turismo y Desarrollo La contribución del desarrollo turístico al desarrollo nacional, regional o local, también se ha asumido durante mucho tiempo como una relación causal y en consecuencia la hipótesis subyacente de la planificación turística ha sido a mayor desarrollo turístico, mayor contribución al desarrollo de las comunidades receptoras. Actualmente, esta línea de análisis parece continuar en relación al imperativo que marca la globalización: ser competitivo, asumiendo también de manera tácita que a mayor competitividad mayor nivel de desarrollo. El desarrollo turístico puede definirse específicamente como la provisión y el mejoramiento de las instalaciones y servicios idóneos para satisfacer las necesidades del turista y definido de ora manera más general, puede también incluir los efectos asociados, tales como la creación de empleos o generación de ingresos. Esta definición, puede dividirse en dos partes: la primera hace referencia a la estructura socio- productiva que en los centros receptores hace posible que el visitante disfrute de los © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI recursos que han motivado su desplazamiento. La segunda parte se refiera al impacto económico de la actividad turística, que genera ingresos económicos provenientes de los centros emisores de turismo y empleo (Pearce, 1991). Derecho de la competencia en el sector turístico El Derecho de la competencia que regula la actividad de los operadores en el mercado tiene una importancia significativa en la medida en que permite regular la forma de actuación de los distintos competidores. Este derecho cobra una especial importancia en el sector turístico y, muy particularmente, en la actividad que desarrollan los distintos operadores turísticos en el mercado. FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 12 El derecho y la legislación turística En este sentido se muestra oportuno poner de manifiesto las principales conductas realizadas por los empresarios turísticos que pueden quedar afectadas por el Derecho de la competencia. Se muestra como especialmente importante en este ámbito la irrupción de nuevos sistemas de alojamiento y transporte que han resultado afectados en la actualidad por lo que se denomina “economía compartida”. Esta circunstancia ha ocasionado que desde numerosos sectores se haya considerado que nos encontramos ante prácticas que deben ser calificadas como competencia desleal (García P. , 2016). © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 13 El derecho y la legislación turística 2.3 Subtema 3: Ley especial del desarrollo turístico 1.3 Ley especial del desarrollo turístico El concepto de ley proviene del latín lex y dentro del ámbito jurídico puede ser definido como aquellas normas generales y de carácter obligatorio que han sido dictaminadas por el poder correspondiente con el objetivo de establecer órganos que permitan alcanzar determinadas metas o para la regulación de las conductas humanas. En caso de que las leyes no sean cumplidas, la fuerza pública tiene el deber y obligación de sancionar a la persona o institución correspondiente. Por lo tanto, las leyes son normas generalmente obligatorias de interés común, a continuación, las funciones de la Ley. Ilustración 2 Funciones de las leyes PROHÍBE, esto es limita MANDA, esto es PERMITE, que da da órdenes libertad de acción Fuente: (Martín, 2005) © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI Elaborado por: Bacilio Pomaina FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 14 El derecho y la legislación turística Las leyes, también se clasifican en tres clases: Ilustración 3 Clases de leyes Clases de Leyes Prescriptivas, que son Constitucionales, que aquellas que tienen Orgánicas, que son las son aquellas que detallan como objetivo la creadas por instituciones o explayan algún regulación de de derecho. precepto de carácter determinadas conductas. constitucional. Fuente: (Martín, 2005) Elaborado por: Bacilio Pomaina Características de las leyes Algunas características propias del término ley, dentro del derecho, son su obligatoriedad, impersonalidad, abstracción, permanencia y generalidad. Con respecto a su obligatoriedad, esto implica que todas y cada una de las personas deben respetar y cumplir las leyes, incluso cuando éstas estén en contra de su propia voluntad. Son impersonales por el simple hecho de que las leyes no son creadas para aplicarse a una determinada persona, sino a un número indeterminado de estas. Se dice que las leyes son abstractas porque se aplican a todos aquellos casos que recaigan sobre los supuestos determinados en las normas, lo que implica un número de casos no establecidos ni particularizados. La permanencia, es otra cualidad de las leyes, lo cual alude a que estas son formuladas © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI con carácter indefinido y permanente. Sólo dejan de tener vigencia cuando son subrogadas, abrogadas o derogadas a partir de leyes posteriores; otra característica de las leyes son su generalidad, esto implica que son aplicables a todos aquellos individuos que presenten las condiciones determinadas en ellas mismas. Además, hay que tener en cuenta dos aspectos a la hora de hablar de leyes. Por un lado, se ubica el aspecto formal, que alude a aquella norma que ha sido formulada por el propio poder legislativo. Por otro lado, el aspecto material, que implica la norma obligatoria, abstracta y general que tiene como objetivo la regulación de las conductas del hombre (Raffino, 2020). FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 15 El derecho y la legislación turística Ley especial del desarrollo turístico La presente Ley tiene por objeto determinar el marco legal que regirá para la promoción, el desarrollo y la regulación del sector turístico; las potestades del Estado y las obligaciones y derechos de los prestadores y de los usuarios. Ilustración 4 Ley de Turismo Capítulo 1: Capítulo 8: De los Capítulo 9: Patrimonio Generalidades; del Art.1 comites de Turismo; del Autónomo; del Art.39 al al Art.4 Art.38 Art.41 Capítulo 10: Protección al Capítulo 2: : De las Capítulo 7: De los consumidor de Servicios actividades turísticas y de incentivos y beneficios en Turísticos Del Ministerio quienes las ejercen; del general; del Art.26 al de Turismo; del Art.42 al Art.5 al Art.12 Art.37 Art.52 Capítulo 11: De los Capítulo 3: Del consejo Capítulo 6: Áreal delitos contra la consultivo de turismo; Turísticas Protegidas; del seguridad pública; del del Art.13 al Art.14 Art.20 al Art.25 Art.53 Capítulo 4: Del Ministerio Capítulo 5: De las de Turismo; del Art.15 al categorías; del Art.19 Art.18 Fuente: (Turismo L. d., 2014) Elaborado por: Bacilio Pomaina © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI La Ley especial del desarrollo turístico vigente de acuerdo a la función mencionada en la ilustración N° 2 de las funciones de leyes, la presenta Ley promueve lo siguiente; a continuación, un ejemplo analítico: PROHÍBE, MANDA y PERMITE: PROHÍBE: Art. 37.- Los bienes importados bajo el amparo de esta Ley no podrán ser vendidos, arrendados, donados ni cedidos a terceros bajo cualquier otra modalidad, antes del período de depreciación contable del bien. El quebrantamiento de esta norma será sancionado con el triple del valor de los derechos arancelarios que fueron objeto FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 16 El derecho y la legislación turística de exoneración. OBSERVANCIA: prohibido la venta de bienes importados exonerados que no cumplan el fin de esta ley. MANDA: Art. 2.- Turismo es el ejercicio de todas las actividades asociadas con el desplazamiento de personas hacia lugares distintos al de su residencia habitual; sin ánimo de radicarse permanentemente en ellos. OBSERVANCIA: Esta permitido realizar actividades asociadas con el desplazamiento sin permanencia indefinido. PERMITE: Art. 26.- Las personas naturales o jurídicas que presenten proyectos turísticos y que sean aprobados por el Ministerio de Turismo, gozarán de los incentivos. OBSERVANCIA: personas naturales o jurídicas que cumplan y están registrados en Ministerio de Turismo, tienen derechos a los incentivos. © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 17 El derecho y la legislación turística 2.4 Subtema 4: Ordenamiento jurídico para el desarrollo del turismo 1.4 Ordenamiento jurídico para el desarrollo del turismo. El ordenamiento jurídico es el conjunto sistemático de leyes y normas que componen jurídicamente a un Estado. Es decir, el total de las normas con que un Estado o una nación se rigen en un momento dado de la historia, serán su ordenamiento jurídico (Raffino, Conceptos de ordenamiento jurídico, 2020) Todo ordenamiento jurídico se estructura en base a un criterio jerárquico en las leyes. Así se construye un sistema de predominancia entre las de más amplio rango sobre las más locales o específicas. Dicha jerarquía se comprende a partir de la llamada Pirámide de Kelsen, una forma de representación gráfica que organiza los distintos tipos de leyes y normativas del ordenamiento jurídico. (Raffino, Conceptos de ordenamiento jurídico, 2020). Jerarquía de las normas jurídicas en el Ecuador Art. 424.- La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica. La Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público. Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos. En caso de conflicto entre normas de distinta © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior. La jerarquía normativa considerará, en lo que corresponda, el principio de competencia, en especial la titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados. En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior. FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 18 El derecho y la legislación turística La jerarquía normativa considerará, en lo que corresponda, el principio de competencia, en especial la titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados”. A continuación, una ilustración de un estilo de la pirámide Kelsiana, la jerarquía de las leyes en nuestro país, según la Constitución del 2008. Ilustración 4 Estructura de las leyes de turismo Fuente: Pirámide de Kelsen Elaborado por: Bacilio Pomaina ¿Qué estudia la legislación turística? La Legislación turística se enfoca en el estudio de los conceptos, principios, leyes y normas fundamentales que regulan el ámbito turístico, ambiental, cultural y comercio en el marco de las operaciones de turismo. Está orientada a examinar la normativa, la Legislación Turística, la Legislación Ambiental, Legislación Cultural, Legislación Empresarial, así como la normativa vigente en el país que regula las actividades turísticas, lo cual resulta imprescindible en la formación profesional. © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI Ordenamiento jurídico y normativa vigente de materia turística en el Ecuador La Constitución Art. 25. - El Estado de conformidad con los artículos 13 y 271 de la Constitución Política de la República, garantiza la inversión nacional y extranjera en cualquiera de las actividades turísticas, gozando los extranjeros de los mismos derechos y obligaciones que los nacionales. FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 19 El derecho y la legislación turística Tratados y Convenios Internacionales Convención Marco Sobre Ética del Turismo Código Ético Mundial para El Turismo Acuerdo para La Promoción Turística de América del Sur Decisión 463 Régimen para El Desarrollo e Integración del Turismo en la Comunidad Andina Ley de Turismo Ley Especial de Desarrollo Turístico Leyes conexas orgánicas Ley orgánica de régimen especial de la provincia de Galápagos Ley orgánica de transporte terrestre tránsito y seguridad vial Ley orgánica incentivos producción y prevención fraude fiscal Ley orgánica de economía popular y solidaria Ley orgánica de defensa del consumidor Código orgánico de organización territorial, Cootad Código orgánico del ambiente Leyes Conexas Ordinarias Ley de Gestión Ambiental, codificación Ley de Patrimonio Cultural Ley Orgánica de Cultura Decretos Recaudación de propinas en hoteles, bares y restaurantes Designa al Cantón Puerto López Manabí Área Turística Protegida Reglamentos Reglamento General a la Ley de Turismo Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI Reglamento General de Actividades Turísticas Reglamento de Alojamiento Turístico Reglamento de Alojamiento Turístico Provincia de Galápagos Reglamento Turístico de Alimentos y Bebidas Reglamento de Guanca Turística para Régimen Especial de Galápagos Reglamento de Guanca Turística Reglamento de Operación Turística de Aventura Reglamento de Operación E Intermediación Turística Reglamento para los Centros Turísticos Comunitarios Reglamento de Transporte Terrestre Turístico FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 20 El derecho y la legislación turística Reglamento para Funcionamiento Compañías de Renta Alquiler Vehículos Reglamento Embarcaciones Transporte Turístico Marítimo en Galápagos Acuerdos Ministeriales Acuerdo Ministerial 24: Instructivo para registro de Centros Turísticos Comunitarios Acuerdo Ministerial 58: Requisitos para certificaciones a Modalidades Turísticas de Aventura Mas De 50 Acuerdos Ministeriales Vigentes Acuerdos Interministeriales Acuerdo Ministerial 2: Reglamento Control Baterías Sanitarias Establecimientos Turísticos Acuerdo Ministerial 2: Permiso De Funcionamiento En Establecimientos De Actividad Turística Acuerdo Ministerial 19: Tasas Por Establecimientos Turísticos Y Permisos De Funcionamiento Mas De 10 Acuerdos Interministeriales Vigente Resoluciones Resolución 1: Facultades a Gobiernos Autónomos desarrollo actividades turísticas (Plan Nacional de Turismo, 2019) © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 21 El derecho y la legislación turística 3. Preguntas de Comprension de la Unidad Pregunta de comprensión Nro. 1 ¿Cuáles son los presidentes del Ecuador que marcaron hitos históricos para la promulgación de la ley de turismo en Ecuador? Gabriel García Moreno y Eloy Alfaro se encargaron de traer las vías del tren. Isidro Ayora en 1930 creo un reglamento que facilitaba el ingreso de viajeros al país. 1934 y 1936 el gobierno toma como reserva a especies de flora y fauna de Galápagos Gral. Alberto Enrique Gallo, creo la ley de exterior denominada ley turismo, entregaba una ID al turista. Pregunta de comprensión Nro. 2 ¿La Ley Especial de Desarrollo Turístico vigente, fue promulgada en el Registro Oficial 118 del 28 de enero de 1997? Verdadero. Pregunta de comprensión Nro. 3: ¿Cuáles son los elementos de la legislación turística? El recurso turístico; Sujeto turístico; Administraciones turísticas; Actividad turística; Servicios turísticos. Pregunta de comprensión Nro. 4: ¿El autor Folchi define al Derecho Turístico cómo? "El conjunto de principios y normas de Derecho Público y Privado, de orden interno e internacional, que rigen las instituciones y relaciones jurídicas nacidas del turismo y modificadas por él". Pregunta de comprensión Nro. 5: ¿Cómo se clasifican las ramas del Derecho? Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Laboral y Derecho Tributario, Derecho Civil y el Derecho Comercial. Pregunta de comprensión Nro. 6: ¿Cuáles son las tres funciones de la una Ley? © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI Prohíbe Manda Permite Pregunta de comprensión Nro. 7: ¿Cuáles son las tres clases de Leyes? Leyes prescriptivas Leyes orgánicas Leyes constitucionales FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 22 El derecho y la legislación turística Pregunta de comprensión Nro. 8: ¿En qué capitulo y artículos de la Ley Especial de Desarrollo Turístico, especifica las actividades turísticas y de quienes las ejercen? Capítulo 2: De las actividades turísticas y de quienes las ejercen; del Art.5 al Art.12 Pregunta de comprensión Nro. 9: Ponga en orden de jerarquía las leyes, según ordenamiento jurídico del Ecuador. Constitución Tratados y convenios internacionales Leyes orgánicas Leyes ordinarias Normas regionales y ordenanzas distritales Decretos y reglamentos Ordenanzas Los acuerdos y las resoluciones Demás actos y decisiones de los poderes públicos Pregunta de comprensión Nro. 10: ¿Que estudia la Legislación turística? En el estudio de los conceptos, principios, leyes y normas fundamentales que regulan el ámbito turístico, ambiental y cultural, en el marco de las operaciones de turismo. © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 23 El derecho y la legislación turística 4. Material Complementario Los siguientes recursos complementarios son sugerencias para que se pueda ampliar la información sobre el tema trabajado, como parte de su proceso de aprendizaje autónomo: Videos de apoyo: S1: Introducción al derecho turístico: https://www.youtube.com/watch?v=JvjXC3ZCLl4 S2: Sector turístico y hotelero tras COVID 19: Informalidad, créditos, exoneración de impuestos y turismo 2021: https://www.youtube.com/watch?v=yvNwLotRL5A S3: Ramas del derecho: https://www.youtube.com/watch?v=gCKGhyOsS2g Links de apoyo: Constitución de la Republica del Ecuador. https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/ec/ec030es.pdf Ley especial de desarrollo turístico. https://www.turismo.gob.ec/wp-content/uploads/2016/03/LEY-DE- TURISMO.pdf Ministerio de Turismo Ecuador. Biblioteca documentos legales vigentes. https://www.turismo.gob.ec/biblioteca/ç Derecho, turismo y desarrollo. http://dspace.ucuenca.edu.ec/bitstream/123456789/30105/1/Derecho%2C%2 0turismo%20y%20desarrollo.pdf Análisis histórico de la evolución del turismo en el territorio ecuatoriano. © Universidad Estatal de Milagro – UNEMI https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:tI60JI9lvvsJ:https:// dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4180961.pdf+&cd=1&hl=es- 419&ct=clnk&gl=ec FORMATO CONTROLADO: FR0018/ v1.0 / 18-11-2019 24 El derecho y la legislación turística 5. Bibliografía » (OMT)., O. M. (1983). Ensayo para determinar las actividades turísticas. » Asanza, M. (2006). » Asunción, M., & Segovia , E. (2009). La Educación Ambiental No Formal. Obtenido de Educación Ambiental: https://jmarcano.com/educa/curso/eanoformal.html » Caiza, R. (26 de Octubre de 2012). Analisis Historico de la Evolución del Turismo en el Ecuador. » De Las Heras, M. P. (2004). Manual de Turismo Sostenible. 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Emilio José Vivas Urdánigo Objetivo Identificar las definiciones de derecho y legislación turística mediante el análisis de varios autores con la finalidad de comprender la importancia que poseen en el ámbito turístico. Imagen subtema 1 Subtemas Subtema 1: Origen, fundamentos e importancia del derecho turístico Subtema 2: Conceptualización de derecho turístico Imagen subtema 2 Introducción Para (Estrella Durán, 2008) el Derecho Turístico es relativamente nuevo y nace de las relaciones entre: Relaciones del Derecho Turístico Gráfico elaborado por: Emilio Vivas Urdánigo 4 ACTIVIDAD DE INICIO » Ingrese al foro propuesto en la S1 y participe activamente. Lea las siguientes instrucciones antes de empezar: Reflexione y escriba en 50 palabras, ¿Cuál es el propósito de las leyes en turismo? Subtema 1: Origen, fundamentos e importancia del derecho turístico marco jurídico con el que debe regirse Su estudio es relativamente nuevo las actividades turísticas (Estrella Durán, 2008). Antecedentes del derecho turístico El turismo es una actividad que se inicia en el siglo XX, y en particular se desarrolla en la segunda mitad del mismo, y es considerado hoy como una de las actividades socio-económicas más importantes y dinámicas de la era postindustrial ((OMT)., 1983). El turismo se ha convertido en un multiplicador económico Permite la redistribución geográfica de la renta Generador de divisas nacional Motivador Apertura de los Mejora la calidad de vida (Folchi, de pueblos 2013) impuestos Fenómeno Acontecimiento Produce Trascenden Desarrollo masivo. internacional movilidad cia social económico Gráfico elaborado por: Lic. Carolina Barros Gavino, Mgs. 4.000 a.C., hasta 2001 hasta 2100 476 d.C 1492 hasta 1789 2.500.000 años a.C. 476 d.C a 1492 hasta 3.500 años a.C. 1789 hasta actualidad Origen de la Ley de Turismo Gabriel Garcia Isidro Ayora en 1930 Moreno y Eloy Alfaro se creo un reglamento que encargaron de traer las facilitaba el ingreso de vías del tren. viajeros al país. Gral.Alberto Enrique 1934 y 1936 el gobierno Gallo, creo la ley de toma como reserva a exterior denominada ley especies de flora y fauna turismo, entregaba una de Galápagos ID al turista. En el año 2017, se celebró el Año Internacional del Turismo Sostenible para el Desarrollo En Ecuador se presentan diferentes hitos que marcan una referencia para la actual Ley Evolución de la Legislación Especial de Desarrollo Turístico, promulgada en el Registro Oficial 118 del 28 de enero de 1997 , actualizada puesto que el Plan de Competitividad Turística. turística en Ecuador Planteó esta necesidad, reincorporando importantes disposiciones de la Ley Especial de Desarrollo Turístico, que no han perdido vigencia en el tiempo a fin de atraer la inversión e inyectar divisas a nuestra economía. Con Decreto Ejecutivo 1424, publicado en el Registro Oficial 309 de 19 de abril del 2001 , declaró como Política Prioritaria de Estado el desarrollo del turismo en el país; y, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales. Elementos de la legislación turística El recurso turístico. Servicios Sujeto turístico. turísticos. Actividad Administraciones turística. turísticas. Fundamentos del derecho turístico La Ley y las normativas vigente de la legislación turística ecuatoriano define varios elementos que son comunes a todas las leyes de ordenación turística en el ámbito territorial: El recurso turístico. - bienes materiales e inmateriales y manifestaciones de la realidad física, social, histórica y cultural que puedan generar o incrementar las corrientes turísticas. Sujeto turístico. - conjunto de personas físicas o jurídicas que, como prestadoras de servicios, promotoras, trabajadoras o usuarias, tienen una relación directa con el sector turístico. Administraciones turísticas. - los entes u órganos públicos con competencias sobre la actividad y los servicios turísticos, así como los organismos que estén adscritos a aquéllos. Actividad turística. - los servicios y actuaciones dirigidas a los usuarios turísticos y el conjunto de actuaciones públicas y privadas de ordenación y promoción del trismo. Servicios turísticos. - los servicios dirigidos a atender las demandas de los usuarios turísticos. Fundamentos del Derecho Turístico Intervención del Estado y la Supervisión general del sector. Situación del turista frente al prestador de los servicios. https://images.app.goo.gl/QSRk7zZzQf7rff9P6 Reglamentos especiales de carácter personal, real y mixto. La novedad de ciertas situaciones. La determinación de una teoría general. Gráfico elaborado por: Lic. Carolina Barros Gavino, Mgs. https://images.app.goo.gl/wJaH9dDgJnBvhvKv5 Objetivos e importancia del Derecho Turístico Fomentar el turismo. La Declaración de la Haya de 1989 ofreció pautas Proteger al país de ordenación del turismo, aunque sin definirlo contra los de forma concreta, señalando que la legislación problemas que turística debe articularse en función de tres. puede causar Proteger al el turismo, Turista. especialmente en el entorno y en la identidad cultural. Importancia del derecho turístico La noción de Derecho está ligada a la existencia del ser humano moderno. A lo largo de los años han ido adecuando especializaciones para cada rama. En el caso del Turismo ha surgido de la necesidad imperante de que, a través de este se regulen las relaciones que nacen del desplazamiento de los turistas a lugares distintos a los de su residencia habitual, con todas las relaciones que ello implica. Ahora podemos decir que el derecho turístico es de gran importancia y fundamental porque conlleva a una relación directa entre el prestador de servicio, el turista y otros servicios que se ofrece alrededor de los demás. SUBTEMA 2: Conceptualización de derecho turístico Primer autor en utilizar el Jurista italiano término Belloti Derecho Turístico “El conjunto de principios y normas de Derecho Público y Folchi, 2013 Privado, de orden interno e internacional, que rigen las instituciones y relaciones jurídicas nacidas del turismo y modificada por él” (Villa-García, 1986). Gráfico elaborado por: Lic. Carolina Barros Gavino, Mgs. https://images.app.goo.gl/gusTueKPsiDhc1xr8 Los profesores Franceschelli & Morandi (2003) lo dividen en cuatro secciones: Secciones del Derecho Turístico Fuentes e instituciones La actividad turística, en del turismo sea interno especial las estructuras o internacional. receptivas. Los diferentes contratos Los sujetos (agentes de donde se concreta la viajes y profesiones) 17 actividad turística. Gráfico elaborado por: Lic. Carolina Barros Gavino, Mgs. Por otra parte (Benítez, 2010) señala la definición de Derecho Turístico, del jurista Francés Pierre Py como https://images.app.goo.gl/i1iTsWZjVnho4hhV8 “aquel que trata de desarrollar las normas que tiene por objeto proteger al consumidor o la profesión turística, conciliando turismo y orden público, reglamentando la oferta de alojamiento en su conjunto y a los prestadores directos e indirectos” https://images.app.goo.gl/5QnpoZbxyoiaE17E9 Gráfico elaborado por: Lic. Carolina Barros Gavino, Mgs. Para (Estrella Durán, 2008) el Derecho Turístico es relativamente nuevo y nace de las relaciones entre: Relaciones del Derecho Turístico Gráfico elaborado por: Lic. Carolina Barros Gavino, Mgs. Derecho, Turismo y Desarrollo El desarrollo turístico puede definirse específicamente como la provisión y el mejoramiento de las instalaciones y servicios idóneos para satisfacer las necesidades del turista y definido de ora manera más general, puede también incluir los efectos asociados, tales como la creación de empleos o generación de ingresos. Esta definición, puede dividirse en dos partes: La primera hace referencia a la estructura socio-productiva que en los centros receptores hace posible que el visitante disfrute de los recursos que han motivado su desplazamiento. La segunda parte se refiera al impacto económico de la actividad turística, que genera ingresos económicos provenientes de los centros emisores de turismo y empleo (Pearce, 1991). Derecho de la competencia en el sector turístico El Derecho de la competencia que regula la actividad de los operadores en el mercado tiene una importancia significativa en la medida en que permite regular la forma de actuación de los distintos competidores. Este derecho cobra una especial importancia en el sector turístico y, muy particularmente, en la actividad que desarrollan los distintos operadores turísticos en el mercado. BIBLIOGRAFÍA Benítez, D. (2010). Derecho del turismo iberoamericano. LibrosEnRed. Obtenido de http://www.utntyh.com/wp-content/uploads/2011/10/Derecho-de-turismo-iberoamericano.pdf Estrella Durán, M. (2008). Derecho, Turismo y Desarrollo. Obtenido de http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/30105. Folchi, M. O. (2013). La aeronáutica civil y el turismo. Argentina: Tratado de Derecho Aeronáutico y Política de la Aeronáutica Civil. Franceschelli, V., & Morandi, F. (2003). Manuale di Diritto del Turismo. Turín. Ley de Turismo. (2002). 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El grupo deberá abordar los artículos y aspe

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