Manual de Análisis de Casos Prácticos PDF

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2020

Dra. Julia Sáenz

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legal analysis criminal law case studies law

Summary

This manual provides a structured analysis of legal case studies in criminal law.  It is aimed at students of law, and covers considerations for analyzing cases, including practice, practical applications and theoretical questions.

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Panamá. Manual de análisis de casos prácticos autora Julia Sáenz 1ra. ed. --Ediciones Doctora Julia Sáenz 2020 34 p.; 24 cm., ISBN 978-9962-13-429-9 1. DERECHO 2. DERECHO PENAL ÍNDICE INTRODUCCIÓN I. CONSIDERACIONES GENERALES.............. 3 II. CASO PRÁCTICO...

Panamá. Manual de análisis de casos prácticos autora Julia Sáenz 1ra. ed. --Ediciones Doctora Julia Sáenz 2020 34 p.; 24 cm., ISBN 978-9962-13-429-9 1. DERECHO 2. DERECHO PENAL ÍNDICE INTRODUCCIÓN I. CONSIDERACIONES GENERALES.............. 3 II. CASO PRÁCTICO.......................................... 5 III. ANÁLISIS DEL CASO.................................... 6 IV. PRÁCTICA FORENSE.................................. 10 V. CUESTIONARIO TEÓRICO.......................... 20 BIBLIOGRAFÍA Doctora Julia Sáenz 1 INTRODUCCIÓN El presente Manual de Análisis de Casos Prácticos consiste en un instructivo que le ayudará a los estudiantes del curso virtual de Derecho Penal Especial ha desarrollar la competencia laboral de análisis de situaciones jurídicas en concreto, tan necesaria para todo abogad@, en cualquier área dentro de la cual se desempeñe. Este texto académico, está estructurada en cinco partes, dentro de las cuales podemos mencionar las siguientes: a. una primera parte, en la cual establecemos en qué consiste el análisis de casos y cómo puede llevarse a cabo; b. una segunda parte, en la cual se hace la presentación de un problema o caso práctico; c. una tercera parte, en la que se plantea el modelo a seguir en el análisis de un caso práctico, haciendo del problema presentado en la segunda parte del manual; d. una cuarta parte, denominada Práctica Forense, mediante la cual le planteo al estudiante; y e. una quinta parte, identificada como Cuestionario Teórico, en la cual presentamos al estudiante del curso veintidós (22) preguntas de carácter teórico, a través de la cual pretendemos que el futuro profesional del Derecho, afiance los conceptos planteados en el análisis de los problemas al momento de identificar las figuras delictivas. Doctora Julia Sáenz 2 VI. CONSIDERACIONES GENERALES El estudiante de la carrera de licenciatura en Derecho y futuro abogado debe desarrollar entre otras competencias laborales, el tener la capacidad de analizar los casos que lleguen a su oficina, a través de un diagnóstico previo que le permita identificar con mayor eficacia lo que realmente sucede. De tal manera, que pueda advertir el problema jurídico real y demás, situaciones jurídicas, derivadas de esta. Esto le ayudará a diseñar una hoja de ruta a seguir con respecto al diseño del conjunto de posibles alternativas de solución jurídica al caso que los ocupa. Las razones antes expuestas, constituyen el fundamento del presente modelo de análisis de un caso práctico, aunque el tema es Derecho Penal, este puede ser utilizado, pero, ajustado a las necesidades que el caso implique, a cualquier otra área de las Ciencias Jurídicas. El análisis jurídico que presentamos en este manual consta de siete (7) pasos, dentro de los cuales se encuentran los siguientes: a. Paso # 1: Se debe realizar minuciosamente (varias veces) la lectura del problema. De tal manera, sugerimos que enumere los hechos más relevantes del caso y que en un momento dado, le puedan conducir a la identificación de la presencia de un delito. b. Paso # 2: El estudiante deberá tratar de precisar si existe o no, alguna figura delictiva en el problema, lo cual Doctora Julia Sáenz 3 fundamentará mediante la identificación de los elementos constitutivos del delito. Para lo cual recomendamos tomar presente los aspectos siguientes: conducta, tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad, culpabilidad, y punibilidad. c. Paso # 3: Una vez identificado los elementos constitutivos del delito, el estudiante ya está en la posibilidad de señalar la tipificación del o los hechos punibles presentes en el problema. Es decir, ya podrá denominar el nombre del delito. En síntesis, este paso corresponde a la denominación de las figuras delictivas del problema. d. Paso # 4: Ahora, el estudiante debe identificar a los sujetos activos que se encuentran descritos en el problema, para de esta forma poder identificar la responsabilidad penal del o los agentes. Esto debe incluir tanto al autor (directo e indirecto) como a los partícipes (cómplice primario y cómplice secundario). e. Paso # 5: Luego de haber determinado el delito y la responsabilidad penal de los sujetos que intervienen en la comisión del mismo, el estudiante debe señalar que situaciones jurídicas pueden derivarse, con respecto al sujeto activo, del delito cometido. Por ejemplo: si el agente, victimario o sujeto activo en el delito de violencia doméstica, tenía la guarda y crianza de sus hijos. Del delito de violencia doméstica se deriva como situación jurídica, la pérdida de la guarda y crianza de estos. f. Paso # 6: Es importante comprender que es el Derecho Penal lo que hace que surja el Derecho Procesal Penal. Es decir, si no existe un delito, no se puede activar la Doctora Julia Sáenz 4 maquinaria de la Administración de Justicia. Es por esta razón, que, en este parte, el estudiante tendrá que auxiliarse del Código procesal penal para identificar qué tipo de acción penal es necesaria interponer para el inicio del proceso penal acusatorio. Es decir, aquí, el estudiante deberá citar el artículo del código procesal penal que indica la acción penal que se debe interponer; también, indicar cómo (el señalamiento de los medios de prueba a utilizar). g. Paso # 7: Una vez el estudiante haya concluido con el análisis del caso (luego de realizar los seis primeros pasos antes señalados), deberá redactar una respuesta ya sea en uno o varios párrafos, a través de la cual explique en forma coordinada el contenido de cada uno de los pasos realizados en su análisis. El desarrollo del paso 7, es muy importante puesto que implica la respuesta al problema y si se tratase de un abogado litigante, esta respuesta sería la hoja de ruta a seguir como estrategia de solución al problema legal que confronta su cliente. Doctora Julia Sáenz 5 VII. CASO PRÁCTICO Historia del Caso: El señor A, se encuentra durmiendo en su domicilio, con su familia, alrededor de las 3:00 a.m., cuando escucha que alguien entró a la casa, se levanta inmediatamente de la cama y se dirige hacia la recámara de sus hijas y se percata que ambas están profundamente dormidas, por lo que decide regresar a su habitación ,busca el arma calibre 38 que tiene guardada bajo llave (con el permiso vigente para portarla), en su mesita de noche, despierta a su esposa y le indica que se vaya a la recámara de las niñas, cierre la puerta con llave y que no salga de allí. La casa del señor A es un dúplex de dos pisos ;él estaba escuchando que en el piso de abajo alguien entró y está recorriendo la casa, al bajar las escaleras se percata que hay un hombre de aproximadamente 1.80 m, de estatura, mientras que él solamente mide 1.50 m. El ladrón ,a quien identificaremos como señor B, tenía en su poder una bolsa llena de cosas de valor que estaba tomando de la casa del señor A, y, además ,llevaba una metralleta corta en la mano. Al ver todo esto, el señor A, le dice al señor B, en voz alta : ¡“CABALLERO ¡ ,!POR FAVOR ¡ ,!SUELTE TODO LO QUE LLEVA EN LAS MANOS.”!Al escuchar estas palabras y darse cuenta que lo habían sorprendido, el delincuente suelta una ráfaga de fuego, con su metralleta corta, hiriendo al señor A en Doctora Julia Sáenz 6 el brazo izquierdo (misma que le ocasiona una incapacidad para trabajar por cuarenta y cinco días). Es por ello, que el señor A, le hace un disparo (con su arma calibre 38), al señor B, siendo el tiro certero, le cayó directamente en el corazón produciéndole una muerte instantánea. Con posterioridad el señor A, llama a la policía y cuando esta llega, la esposa del señor A, junto a sus dos hijas, salen de la habitación en la cual se encontraban. Doctora Julia Sáenz 7 VIII. ANÁLISIS DEL CASO PASO # 1: Enumeración de los hechos relevantes en el problema 1. A las 3:00 a.m., entra en la casa del señor A, un ladrón (el señor B) 2. El señor A, toma su arma calibre 38 (con permiso vigente para portarla) 3. El señor A, sorprende al señor B, en su casa con una bolsa que tenía objetos de valor de la casa, pidiéndole que la suelte. 4. El señor B, le suelta una ráfaga de fuego, hiriendo en el brazo izquierdo al señor A. 5. El señor A, le apunta y dispara al corazón al señor B, y este muere de forma instantánea. 6. El señor A, una vez ocurrido los hechos llama a la policía 7. El señor A, mide 1.50 m de estatura 8. El señor B, mide 1.80 m de estatura PASO # 2: Identificar los elementos constitutivos del delito 1. Conducta: a. El señor B entra a las 3:00 a.m., en la casa del señor A. b. El señor B porta una metralleta corta c. El señor B hiere en el brazo izquierdo al señor A d. El señor A mata al señor B Doctora Julia Sáenz 8 2. Tipicidad: a. Hurto agravado (Art. 214 numeral 5; Capítulo I: Hurto; Título VI: Delitos contra el patrimonio económico.) b. Delito de posesión y tráfico de armas y explosivos (Art. 333 numeral 2; Capítulo IX: Posesión y Tráfico de Armas y Explosivos; Título IX: Delitos contra la Seguridad Colectiva), en concordancia con el artículo 15, numerales 2 y 3, de la ley 57 de 27 de mayo de 2011, sobre armas de fuego, municiones y materiales relacionados. c. Delito de lesiones personales (Art. 136, Sección 2a (Lesiones Personales); Capítulo I (Delitos contra la vida humana); Título I (Delitos contra la vida y la integridad personal). d. Delito de homicidio (Art. 131, Sección 1a (Homicidio); Capítulo I (Delitos contra la vida humana); Título I (Delitos contra la vida y la integridad personal) 3. Antijuridicidad: Técnicamente se afectaron los bienes jurídicos identificados como la vida y la integridad personal; el patrimonio económico; y, la seguridad colectiva. Sin embargo, está presente la causa de justificación relacionada a la legítima defensa (art. 32 del código penal panameño), situación ésta que afecta la antijuridicidad de los actos realizados por el Señor A en perjuicio del Señor B. Doctora Julia Sáenz 9 4. Imputabilidad: Se presume la imputabilidad de los señores A y B, según los lineamientos que al respecto establece el segundo párrafo del artículo 35, del código penal panameño. 5. Culpabilidad: Se actuó con dolo directo, por parte del señor B, según el artículo 27 del código penal panameño. 6. Punibilidad: Las penas oscilan entre pena de prisión que va de diez a veinte años (delito de homicidio); pena de prisión de cuatro a seis años (delito de lesiones personales); pena de prisión de cinco a diez años (hurto agravado). PASO # 3: Señalar con precisión la o las figuras delictivas presentes en el problema Entre las figuras delictivas presentes en el problema, desde el punto de vista técnico jurídico, se encuentran las siguientes: homicidio, lesiones personales y, hurto agravado. Doctora Julia Sáenz 10 PASO # 4: Determinar la responsabilidad penal del agente o sujeto activo En el presente problema se advierten desde el punto de vista técnico jurídico dos sujetos activos que son: el Señor B y el Señor A; sin embargo, la responsabilidad en ambos sujetos opera de diferente manera. Por ejemplo: el Señor B, es responsable penalmente por el delito de hurto agravado; el delito de lesiones personales y, delito de posesión y tráfico de armas y explosivos. Sin embargo, debido a que el Señor B fallece se extingue cualquier tipo de acción penal que se pueda interponer en su contra y, por consiguiente, aunque se identifique el grado de responsabilidad penal del mismo, al fallecer es imposible que se le pueda instaurar proceso penal alguno. Pero, la importancia de determinar que es el responsable de los delitos antes descritos consiste en que esto explica la necesidad del actuar delictivo del Señor A. En este mismo orden de ideas, el Señor A priva de la vida al Señor B, pero debido a que su comportamiento ilícito está amparado por una causa de justificación, conocida como legítima defensa, ésta elimina el injusto jurídico y, por ende, afecta la antijuridicidad del acto llevado a cabo por él. PASO # 5: Plantear las situaciones jurídicas, en caso que lo hubiese, de naturaleza distinta a la penal, presentes en el problema y que son consecuencias del delito. En el caso en cuestión no existe ninguna. Doctora Julia Sáenz 11 PASO # 6: Indicar los aspectos de procedibilidad que surgen a raíz de la posible comisión de un hecho punible. El delito de homicidio, tanto en el sistema acusatorio como en el sistema mixto, es perseguible de oficio. El código procesal penal que rige el sistema acusatorio, plantea que en aquellos casos en que concurra la existencia de una causa de justificación, no procese la imposición de una medida cautelar. (art. 223 del código procesal penal); de igual manera opera para el sistema mixto, regido por el libro III, del código judicial, que en su artículo 2126, hace los mismos señalamientos, al indicar que “…..Nadie será sometido a medidas cautelares si no existen graves indicios de responsabilidad en su contra. Tampoco podrán ser aplicadas si concurrieren causas de justificación, ……..”. PASO # 7: Estructure la respuesta del problema. El problema analizado en párrafos anteriores plantea la realización de un hurto agravado, mismo que se lleva a cabo en horas de la madrugada en el domicilio del señor A, situación ésta que le orilla a utilizar su arma calibre 38 (con permiso vigente para portarla), en perjuicio del señor B, quien fallece por el impacto de bala de recibido. Doctora Julia Sáenz 12 El señor A, actúa amparado por la causa de justificación identificada como legítima defensa, ya que él estaba defendiendo a su familia y su persona. En este mismo orden de ideas, el señor B, utilizaba un arma de fuego que no era permitida para uso de carácter civil; es decir, para particulares. Con esta arma de fuego le hace la primera detonación al señor A, hiriéndole en el brazo, a lo que el señor A, se defiende. Es importante mencionar que el señor B, le aventajaba en estatura por aproximadamente por treinta centímetros y era de contextura corpulenta, situación contraria al señor A. En atención a que el señor B fallece, la acción penal en su contra se extingue y, por ende, no se sigue un proceso penal en su contra. (art. 115, numeral 1, del código procesal penal panameño; art. 1968-A, numeral 1, del libro III, del Código Judicial Panameño.) Por último, es importante indicar que independientemente que el señor A, actuó amparado por una causa de justificación y no se le aplica una medida cautelar, se le seguirá un proceso penal en el cual se deberá comprobar que efectivamente fue así y que no hubo un exceso de su parte en el uso de la legítima defensa. Es decir, su actuar no fue desproporcionado con respecto al mal ocasionado. Doctora Julia Sáenz 13

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