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This document discusses the characteristics of legal values, including their subjects, normativity, polarity, and hierarchies. It also delves into intrinsic, extrinsic, bilateral, and exigible aspects, along with different categorization, and concludes by touching on the concepts of justice, security, and order.

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Realizado por: Heydi SOTO VALDEZ Aracelli CADENA URETA Valores del DERECHO HUÁNUCO - 2024 Los Valores Los valores son ciertas cualidad...

Realizado por: Heydi SOTO VALDEZ Aracelli CADENA URETA Valores del DERECHO HUÁNUCO - 2024 Los Valores Los valores son ciertas cualidades que se brindan a las acciones humanas, pero cualidades de carácter especial, dichas cualidades no se deben confundirse ni con las cosas ni con las acciones que encarnan, debido a que los valores son cualidades irreales CARACTERÍSTICAS SUJETOS A LA TIENEN TIENEN POSEEN POLARIDAD REALIDAD NORMATIVIDAD JERARQUÍAS Están incrustados en la Se dice que posee Este se debe porque Las valores poseen realidad, las cosas normatividad debido a frente a un valor positivo jerarquía, se objetivas y en las que la presión de la siempre existe un valor encuentran acciones humanas, pues colectividad hace negativo, es así como ordenados en función ahí donde intervienen y que la practica de los ante la justica se a su importancia, esto forman parte los valores. valores sea exigible, contrapone la injusticia; hablando de los como obligatorio ante la seguridad se valores en general. antepone la inseguridad Los valores jurídicos Todo sistema jurídico busca regular la conducta del ser humano que viven en sociedad, y este ser humano sigue valores impuestos históricamente en búsqueda de la convivencia pacífica CARACTERÍSTICAS INTRINSECOS EXTRÍNSECOS BILATERALES EXIGIBLES Se incorporan al Permiten la crítica, Para Cossio, lo Su cumplimiento no orden jurídico para justificación, valores jurídicos puede quedar orientarlo hacia legitimidad del surgen de las sujeto al arbitrio o determinados fines derecho positivo relaciones de sujeto a decisión individual, sujeto, generando una sino a una legalidad conducta compartida objetiva Los valores jurídicos en el reino de los valores DE VITALES SENSIBILIDAD ECONÓMICOS ÉTICOS TEÓRICOS ESTÉTICOS RELIGIOSOS POLÍTICOS JURÍDICOS MORALES Los valores jurídicos ocupan un lugar intermedio, que los convierte en valores fundados y fundantes a la vez; fundados con respecto a los valores inferiores y fundantes respecto a los valores superiores. Como valores fundados, los valores jurídicos gozan Como valores fundantes caen bajo la dependencia de de primacía respecto a los inferiores, pero le son los superiores a los cuales sirven y condicionan necesarios para su correcta aplicación. dependiendo de las circunstancias. Jerarquización de los valores jurídicos Carlos Muñoz clasifica a los valores y los jerarquiza de Máynez clasifica los valores de la misma manera, pero dentro acuerdo a su criterio de cada categoría incluye distintos valores: Este autor solo considera a la Este autor solo considera a la VALORES justicia como un valor fundamental, VALORES justicia, la seguridad y el bien FUNDAMENTALES haciendo alusión que sin justicia no FUNDAMENTALES común como valores hay nada. fundamentales. Valores subordinados a la justicia, Este autor considera a la libertad, VALORES VALORES y que son consecuencia de ello, la paz y la igualdad como valores CONSECUTIVOS como l igualdad, la equidad, la paz CONSECUTIVOS que se originan de los valores social y la seguridad. fundamentales. Son valores que funcionan como medios para la realización de los Son valores que son aplicados por VALORES VALORES cualquier medio a los valores valores consecutivos y INSTRUMENTALES INSTRUMENTALES fundamentales y consecutivos. fundamentales. La Justicia Para Santo Tomás, la Para Cossio, la justicia es justicia es “dar a cada uno “creación de igualaciones lo suyo” de libertad” SUBJETIVO OBJETIVO CONFORME AL DERECHO Relacionado con la justicia divina y Igualdad en las relaciones jurídicas, La sentencia es justa cuando se la moral. Para Cicerón, era el hábito independientemente de la voluntad ajusta a la norma jurídica del alma TIPOS DE JUSTICIA: CONMUTATIVA: GENERAL PARTICULAR Relaciones de los particulares entre si COMPULSATIVA Enfocado al bien de la Regula las diferentes Abarca el ámbito penal, sociedad, los miembros de relaciones de los actúa como una reacción la comunidad dan lo que individuos entre si y con DISTRIBUTIVA: frente a un hecho dañoso les corresponde a cada altos poderes Relaciones del Estado, uno con los particulares Equidad: ARISTÓTELES HELGA LELL , “La ley es recta y justa, aunque su En caso de que la justicia legal no sea aplicación en algunos casos pueda no suficiente y exista necesidad de un parecerlo, pero la falla no es propia de correctivo para resolver el dilema entre su ser sino de la realidad práctica. La la norma general y las circunstancias norma general no puede contemplar propias de cada caso es necesario un cada caso en particular” criterio corrector de la norma abstracta LA EQUIDAD SE APLICA : Cuando la situación que Cuando la situación que 01 02 se estudia ha sido se examina no ha sido prevista en la ley, prevista por la ley, es pero sin sus decir, presenta una particularidades laguna o vacío. Dignidad 01 CONSTITUCÓN POLÍTICA DEL PERÚ-Art 1 Carácter pacificador de la convivencia: Se puede permitir orientar la existencia La defensa de la persona colectiva de otros derechos en un humana y el respeto de su sentido dinámico dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado Carácter de criterio básico para enjuiciar: 02 DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DDHH 1948 Punto de referencia para justipreciar y meritual los hechos y comportamientos estatales Considerando que la libertad, justicia y paz en el mundo tiene Carácter de eficacia residual: como base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables Trabaja en relacion con algún o algunos derechos fundamentales Libertad ANIBALTORRES LIBERTAD NEGATIVA INTRODUCCIÓN AL DERECHO autonomía, ausencia de Como bien absoluto consistente en vínculos o coacciones externas hacer o no hacer lo que cada uno quiere del Estado u otros individuos Como valor jurídicos solo se lo considera como un medio para lograr LIBERTAD POSITIVA ciertos fines que implican la realización de metas o ideales, posibilidad para realizar ciertas actividades relacionadas a participar en la designación y ADAM FERGUSON eventual control de los PRINCIPIOS DE MORAL Y POLÍTICA gobernantes La libertad no implica vivir en albedrio LIBERTAD REAL O sin limitaciones. La libertad es la MATERIAL aplicación efectiva de limitaciones al relaciones interpersonales en comportamiento de todos los miembros las que se busca dotar de integrados en un Estado contenido a otras libertades Solidaridad El sociólogo Durkheim sostiene que la sociedad se desarrolla INDIVIDUALISMO en cualquier ámbito, en base a dos formas de solidaridad. “Que cada uno haga con su vida, lo que quiera, mientras Si un motociclista no SOLIDARIDAD MECÁNICA (POR PARECIDO) no moleste a otros” quiere usar casco, ¿Podríamos decir qué no lo use, que ponga en la conciencia colectiva cubre totalmente riesgo su vida, si él la conciencia individual de tal modo que quiere? no queda margen para la diferenciación individual. ENFOQUE SOLIDARIO SOLIDARIDAD ÓRGANICA (POR DESEMEJANZA) cuando la conciencia colectiva no logra Es bueno que el reglamento de cubrir la conciencia individual totalmente circulación lo obligue a llevar el casco de tal modo que queda un gran margen protector, porque así cuidamos su vida y para la diferenciación individual la de todos Cooperacíon: EXIGENCIA MUTUA CONVIVENCIA RECÍPROCA CONVERGENCIA DE VOLUNTADES Y CONDUCTAS Mantilla Pineda sostiene que la cooperación jurídica se puede COOPERACIÓN SOLIDARIDAD clasificar en 2 sentidos: La cooperación está presente en AMPLIO todo tipo de actividad jurídica La cooperación implica el trabajo conjunto en pro de un objetivo en común, en cambio la solidaridad mayormente implica el trabajo conjunto en favor de un tercero Presente en el matrimonio, ESTRICTO sociedades civiles y comerciales, federaciones, alianzas, etc. La cooperación la encargada de dar firmeza a la solidaridad Seguridad Darío Botero sostiene que la seguridad puede entenderse en Carlos Cruz dos sentidos. Es una garantía dada al individuo de que Convicción que tiene la persona de sus bienes y objetos no serán que su status jurídico puede ser violentados, y en el caso de que lleguen SEGURIDAD EN SENTIDO modificado o alterado en la forma a ser vulnerados la sociedad se SUBJETIVO establecida por el derecho vigente encargará de reparalos. Jesús Fernandéz Se sustenta en el Derecho Positivo, SEGURIDAD EN SENTIDO dentro del cual se establecen condiciones mínimas que se deben OBJETIVO tomar en cuenta para garantizar la “La seguridad significa un estado jurídico que protege en la más perfecta y eficaz seguridad de las formas los bienes de la vida; realiza tal protección del modo imparcial y justo” Certeza CONTEXTO HISTÓRICO NOBERTO BOBBIO Se entiende por la determinación de los La certeza como valor del derecho fue ordenamientos jurídicos para cierto tipo elaborada en el XVIII por la doctrina de acto o situación, de tal manera, que liberal desde Montesquieu hasta Kant, el ciudadano esté pendiente de las con el fin de poder controlar el consecuencias de sus acciones y así despotismo, es decir, como defensa de conducirse conscientemente según las la libertad individual en contra de la normas establecidas extralimitación del poder ejecutivo ES CONSIDERADO UN VALOR DE PREVISIBILIDAD : La certeza da a conocer Se anticipa a lo que 01 02 las normas jurídicas y puede suceder, las sanciones que se prediciendo que alguna establecen con su parte de la sociedad incumplimiento. puede revelarse. Bien Común Se acuerdo a varios autores, tenemos que el bien común es Santo Tomás de Aquino nos plantea la diferencia que existe entre definido como. el bien común y el bien particular, recalcando que el bien común no es la suma del bienestar personal de todos. Plantea que el bien propio no SANTO TOMÁS puede darse sin el bien común, en BIEN COMÚN BIEN PERSONAL tal sentido, el bien común depende del bien particular. Es el conjunto de condiciones de CONCILIO DE vida social con las cuales los VATICANO II hombres, pueden alcanzar con la En el bien común se encuentra incluido el bien personal, pero no porque sea el conjunto de ella, sino porque el bien propio mayor plenitud incide en el bien común al ser el humano una persona parte de una sociedad. Una meta ideal hacia la que deben En tal sentido, las decisiones que e tomen de tender lo mismo la sociedad forma personal inciden en el bien común GARCÍA MÁYNEZ quienes la forman, no se trata de una sociedad utópica. Orden Carlos Aparicio sostiene que es orden es el conjunto de Maurice Hauriou normas abstractas e impersonales, ordenadas por principios de jerarquía, derogación y competencia, así también, brinda un enfoque: Es una organización de la sociedad sobre ciertas bases con el fin de ENFOQUE REALISTA asegurar la mejor subsistencia del grupo El orden jurídico se sentirá más inclinado por mirar a las normas, que al fondo de las abstracciones de los fenómenos, en tal sentido, se sentirá en los San Agustín de Hipona hechos sociales mismos. Define el orden como la disposición que asigna a las cosas diferentes y a las iguales el lugar que les corresponde Paz ALEJANDRO ALLIAUD CARLOS CRUZ La paz es una consecuencia del Orden y Paz consiste en el estado de de la Justicia; y como el orden y la tranquilidad en el orden, individual y justicia son fines del Derecho, la social, que la justicia implanta; la paz no regulación jurídica buscará en forma consiste solamente en la ausencia de final y definitiva el poder obtener la paz guerra social DATO IMPORTANTE Existen ocasiones en los que es preferible resignar parcialmente la realización de la justicia en favor de la paz, debido a que aparentar la plena justicia no siempre ocasiona resultados positivos Poder El mismo autor clasifica al poder en tres cayegorías: Georges Burdeau define el Poder como una fuerza al servicio de una idea. Una fuerza nacida de la voluntad social Es un poder difuso, ninguna preponderante, destinada a dirigir al grupo hacia un orden ANÓNIMO persona es capaz de asumir el social que resulte beneficioso. Este concepto posee dos elementos: mando de una sociedad, por lo que esta no prospera. Para mandar se requiere poseer El poder es atribuido a una persona FUERZA un carácter jurídico que termine INDIVIDUALIZADO , la cual tiene toda la potestad de coaccionando a las personas a legislar, el problema es que el ejecutar las reglas planteadas exceso de poder puede llevar a la tiranía. Es poder es atribuido al Estado, El poder reside en la idea que la pero este a su vez no se adhiere a IDEOLOGÍA inspira, es a partir de esta ideología INSTITUCIONALIZADO una sola persona, sino a los de los hechos que se forma la distintos agentes que forman parte expresión de la fuerza del Estado. Muchas GRACIAS

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