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**TEMA 31** **Siniestros de tráfico: concepto y consideraciones previas. Causas, clases y fases. Actuación de la policía local en accidentes de tráfico.** **LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO: CONCEPTO Y CONSIDERACIONES PREVIAS.** Podemos definir el accidente de tráfico como el suceso eventual, producido...

**TEMA 31** **Siniestros de tráfico: concepto y consideraciones previas. Causas, clases y fases. Actuación de la policía local en accidentes de tráfico.** **LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO: CONCEPTO Y CONSIDERACIONES PREVIAS.** Podemos definir el accidente de tráfico como el suceso eventual, producido como consecuencia o en ocasión del tráfico, en el que interviene alguna unidad del mismo y en el que, como resultado de éste, se producen muertes o lesiones en las personas, o daños en las cosas. **[Así pues, los elementos constitutivos del accidente de tráfico son:]** +-----------------------------------------------------------------------+ | - **Suceso eventual, no intencionado ni previsto**, ya que de ser | | intencionado estaríamos ante un ilícito penal. | +=======================================================================+ | - Producido como **consecuencia o con ocasión del tráfico**, es | | esencial que alguna de las unidades implicadas se encuentre en | | movimiento. | +-----------------------------------------------------------------------+ | - **Intervención de alguna unidad de tráfico**, es decir, al menos | | una persona que haga uso de la vía pública con o sin vehículo. | +-----------------------------------------------------------------------+ | - Como consecuencia deben producirse **muertes o lesiones en las | | personas, o daños en las cosas.** | +-----------------------------------------------------------------------+ Los desplazamientos masivos de vehículos que se producen en la actualidad han generado el fenómeno social del tráfico y sus accidentes, donde las tasas de siniestralidad van en aumento. Corresponde a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargadas de la regulación y vigilancia del tráfico llevar a cabo las tareas de prevención y supervisión necesarias para evitar que se produzcan. También son muy importantes las **campañas de prevención** que se llevan cabo encaminadas a evitar o a disminuir las consecuencias de los accidentes, **[y que son entre otras:]** - los controles de velocidad, - de alcoholemia y drogas, - sobre ITV, - sobre la utilización de elementos de seguridad como cinturón o casco, - presencia de Agentes encargados de la vigilancia del tráfico en lugares y horarios estratégicos, etc. ![](media/image2.jpg) **CAUSAS, CLASES Y FASES.** **[CAUSAS.]** Las causas de los accidentes de tráfico **son múltiples y variadas**. El accidente de tráfico no se debe a un solo factor, sino por una **concatenación de causas.** Aunque todas son del mismo valor, destacamos **las de origen humano como las más importantes** por la frecuencia y por sus consecuencias. **[a) Causas humanas.]** Son los elementos que pueden entorpecer la percepción y la evaluación del riesgo, la capacidad de respuesta y el control del vehículo, siendo un factor que propicie el accidente. Algunos de ellos son: - **La fatiga:** produce deterioros físicos y psicológicos, disminuyendo la eficacia en la ejecución de las maniobras, debido a los desgastes nervio-sensoriales y psicológicos que produce. Es evidente que un conductor fatigado es un riesgo para sí mismo y para los restantes conductores. - **El estrés:** se define como un estado psicobiológico con efectos negativos, que se produce cuando un individuo se encuentra inmerso en una situación de sobreexigencia física o psíquica. Se tiene conocimiento de que el estrés es la causa de muchos accidentes de tráfico. Cuando el estrés aparece el organismo humano reacciona con una conducta negativa, una mayor agresividad y la aparición de comportamientos competitivos, y la impaciencia, que ocasiona un incremento de la velocidad. ![](media/image4.jpeg) - **El alcohol:** es el **factor de riesgo más importante** en los accidentes de tráfico. Actúa sobre el sistema nervioso central, produciendo una acción, primero euforizante, y después, narcótica sobre el cerebro, produciendo según la dosis, una depresión general del sistema nervioso, que empieza con una leve sedación y va llegando a la anestesia. A dosis mayores, se añaden otros efectos como descoordinación motora, trastornos del equilibrio, confusión de percepciones sensoriales, excitabilidad, irritabilidad muy intensa y finalmente somnolencia. - **Las drogas:** son aquellas sustancias capaces de alterar la percepción y el comportamiento de los individuos, produciendo un estado de dependencia física o psíquica. Sus efectos sobre la conducción son muy negativos, producen en el conductor desorientación, euforia, apatía alucinaciones, etc., siendo cada vez más, causa de accidentes de tráfico. - **Conductas agresivas:** existen precisas descripciones del prototipo del conductor peligroso. Sería aquel individuo de manifiestas tendencias antisociales y violentas. Las causas de la agresividad se pueden buscar en el mismo individuo y en el entorno. A ellas hay que unir la consideración del vehículo como territorio privado sobre la calzada y cuya integridad hay que mantener a toda costa. **[b) Causa mediatas.]** Son las que, en el tiempo, lugar o grado, están separadas del resultado por otra causa inmediata. En sí mismas no serán responsables del accidente, dado que es preciso que a ellas se unan las causas inmediatas o próximas. Las causas mediatas pueden hacer referencia **al vehículo, a la vía, a los agentes atmosféricos y al hombre**: - **Vehículo:** por la existencia de averías, mal funcionamiento o deficiencias técnicas. ![](media/image6.jpeg) - **Vías:** por la existencia de puntos negros, deficiente señalización, baches, badenes, curvas sin visibilidad, gravilla, peralte o trazado incorrecto de la vía, etc. - **Agentes atmosféricos:** por la existencia de lluvia, hielo, nieve, aire, poca luminosidad al amanecer o atardecer, etc. - **Las relativas al hombre**, que serán mediatas o inmediatas si actúan de forma directa en la producción del accidente. **[c) Causas inmediatas.]** Son las que han intervenido **de forma directa** en la producción del accidente: - **Velocidad elevada:** inadecuada a las características de la vía por exceso o defecto. La irrupción de circunstancias imprevistas disminuyen el tiempo de reacción y aumenta el grado de peligro. - **Falsa maniobra:** interpretación errónea de una señal. - **Retraso en la percepción:** detectan el peligro del accidente con retraso. - **Acción evasiva errónea:** elección equivocada de la maniobra evasiva. **CLASES Y FASES.** **[a) Clases.]** Sin pretender realizar una descripción exhaustiva de los diferentes tipos de accidentes, **[se pueden clasificar por:]** 1\. Situación geográfica: - **Urbanos o Interurbanos.** 2\. Por sus resultados o consecuencias: - **Mortales.** Se consideran mortales cuando el fallecido lo hace **en el acto o dentro de las** **24 horas siguientes (a efectos estadísticos también se pueden considerar MORTALES los ocurridos en los 30 días siguientes al accidente).** - **Con heridos.** - **Con daños materiales**. - **Mixtos.** 3\. Por las unidades que intervengan: - **Simples:** sólo interviene un vehículo. - **Múltiples:** intervienen varias unidades. 4\. Por el modo en que se producen: - **Colisión.** Cuando los vehículos entran en contacto de **forma frontal o fronto-lateral.** - **Alcance.** Cuando la parte frontal de una unidad colisiona con la parte posterior de otra. Si son varias unidades es alcance en cadena. - **Raspado.** Roce lateral de vehículos; **positivo si circulan en sentido contrario, y negativo si lo hacen en el mismo.** - **Salida de la vía.** Puede ser **sin vuelco o con vuelco**, de campana (giro longitudinal) o tonel (giro transversal). - **Choque.** Cuando un vehículo colisiona contra un elemento fijo de la vía u otro que se encuentra estacionado. - **Atropello.** Cuando una unidad colisiona con otra y la desproporción entre ella es manifiesta. - **Arrollamiento.** Cuando una **unidad férrea** colisiona contra una unidad desproporcionadamente más pequeña. **[b) Fases.]** El accidente es un suceso que se produce como resultado de una combinación de espacio y tiempo, **[y que se divide en tres fases:]** **Fase de percepción. Se compone de dos puntos:** - **Punto de percepción posible:** es el momento y lugar en que el conductor **debió darse cuenta** de la circunstancia anormal que podía producir el accidente. - **Punto de percepción real:** es el momento y lugar en el cual el conductor **percibe el peligro del accidente.** Entre los dos puntos se encuentra el tiempo de percepción o demora, y entre el punto de percepción posible y el de conflicto real está el área de percepción. **Fase de decisión. Comienza en el momento en que realmente se percibió el peligro. Es el tiempo en que el conductor después de la percepción sensorial de una situación, al comprender su sentido, decide lo que debe hacer y comenza la acción. Se compone de tres puntos:** - **Punto de decisión:** es donde se inicia la maniobra que se ha decidido desarrollar. - **Maniobra de evasión:** son las maniobras que se efectúan para evitar el accidente. - **Área de maniobra:** es el espacio comprendido entre el punto en que se inicia la maniobra de evasión y el punto de conflicto. ![](media/image8.jpg) **Fase de conflicto. Donde culmina el accidente. Comprende el último período de todo el proceso a través del cual se desarrolla el accidente. Tiene cuatro puntos:** - **Área de conflicto:** espacio donde **se desarrolla la posibilidad** del accidente. - **Punto clave:** es donde la circulación **comienza a manifestarse anormal** como consecuencia del fracaso de la acción evasiva. - **Punto de conflicto:** es aquel **donde se consuma** el accidente. - **Posición final:** es el lugar y tiempo **en que quedan las unidades** implicadas en el accidente. **ACTUACIONES DE LA POLICÍA LOCAL EN ACCIDENTES DE TRÁFICO: DE URGENCIA Y TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS.** **Actuaciones de la Policía Local en accidentes de tráfico de urgencia y técnico -administrativas.** **[De urgencia:]** Cuando se trate de accidentes con víctimas, el objetivo prioritario será intervenir con la **máxima rapidez y diligencia.** Si se producen muertos, habrá que inmovilizar el vehículo o vehículos, e intervenir, si hay peligro de desaparición, los efectos que puedan estar relacionados con el accidente o sus víctimas, hasta la llegada de la autoridad judicial. Las víctimas mortales no deberán tocarse hasta tanto no se persone el médico forense y el juez ordene el levantamiento del cadáver. (Se suele delegar en la Fuerza, fotografiando el estado y situación final de las víctimas y posteriormente moviéndolos a un lugar donde no entorpezca la circulación.) **[Como medidas precautorias podemos señalar:]** 1\. Trasladarse al lugar de los hechos solicitando el servicio médico de urgencia. Con el fin de prestar asistencia sanitaria de primera urgencia a los heridos si los hubiera. 2\. Al llegar al lugar: 3\. Tener en cuenta las **circunstancias de la circulación**, especialmente durante la noche y utilizar señales. 4\. Impedir que abandonen el lugar las personas que pudieran haber sido **testigos** de lo sucedido o estar implicadas en él. 5\. **Intervenir los efectos** que se encuentren en los vehículos o alrededores por si existiera peligro de que, caso de no hacerlo, pudieran desaparecer algunas pruebas de los hechos ocurridos, así como realizar las pruebas de detección de alcohol y drogas en el organismo si es posible, sino se solicitará colaboración de los servicios médicos. 6\. **Colaborar en la evacuación** de los heridos (el traslado deberá ser realizado, primordialmente, por vehículos sanitarios), previa identificación si ésta fuera posible. Simultáneamente al traslado es conveniente tomar las notas suficientes para la determinación de la situación que, en su momento, ocupaban los heridos sobre el terreno o en el vehículo. 7\. **Recoger y reseñar los objetos de valor** que puedan tener las personas heridas sobre sí o estén caídas en el suelo, para su posterior entrega al Juzgado o los interesados. 8\. **Mantener, a ser posible, los vehículos en la misma posición** en que quedaron salvo lo necesario para atender a las víctimas. 9\. En el supuesto de que los vehículos obstruyan la circulación, **marcar con tiza u otro elemento similar y sobre la calzada**, la **posición que ocupaban** (en la que se encontraban) los automóviles accidentados, las víctimas y cuantos detalles puedan apreciarse. 10\. Si por las condiciones climatológicas o del tráfico, existiera la posibilidad de la rápida desaparición de alguna huella o restos de importancia, obtener **fotografías de las mismos o, en su defecto levantar croquis lo más perfecto posible**, con indicación de la naturaleza de las huellas, sus medidas, posición, etc. 11\. Si existiera algún **cadáver**, procurar que no sea movido hasta tanto se tomen los datos precisos, y en su caso, marcar cuidadosamente la forma en que se encontraba, procediendo a tomar las fotografías adecuadas. 12\. Por último, proceder a la **confección del Atestado (HERIDOS GRAVES), del Informe Técnico (DAÑOS), en su caso, y, siempre del Cuestionario Estadístico.** **[Técnico - Administrativas.]** **[Las actuaciones que los miembros de los Cuerpos de Policía Local deben llevar a cabo son:]** +-----------------------------------------------------------------------+ | 1\. Atestados. | +=======================================================================+ | 2\. Informe técnico (si se solicitase por parte de la Autoridad | | competente). | | | | 3\. Cuestionario estadístico. | +-----------------------------------------------------------------------+ **Atestado** **En el casco urbano**, tal como establece el **art. 53 de la LOFCS**, corresponde a los Cuerpos de la Policía Local ordenar, señalizar y dirigir el tráfico, así como la **instrucción de atestados** por accidentes de circulación. En el atestado deberán figurar todos los datos pertinentes en relación con el accidente, el correspondiente croquis, medidas de huellas de frenada y otros datos, así como dictámenes periciales, diagnósticos y pruebas de alcoholemia. En el Atestado los hechos deberán figurar **relatados en orden cronológico**, las diligencias de filiación de los implicados y sus declaraciones testimoniales. Las diligencias deberán reflejar todos los elementos y requisitos necesarios para que el Juzgado correspondiente tenga la vista la totalidad de los datos necesarios para la valoración de los hechos. El contenido del mismo será el total de las diligencias que se practiquen, especificándose con la mayor exactitud los hechos por ellos averiguados, incluyendo las declaraciones e informes recibidos, y anotando todas las circunstancias que hubiesen observado y pudiesen ser prueba e indicio de delito. Concluidas las diligencias serán presentadas **a la autoridad judicial o juzgado de guardia** correspondiente. **[En la fase de información]** del atestado, se procederá a la obtención y registro de datos **de forma objetiva, sin conclusiones u opiniones** sobre las causas, faltas o posibles infracciones de los implicados, solamente datos esenciales de carácter objetivo. **[En la fase de investigación]**, a la obtención y registro de información para llegar a una explicación del suceso. **Formar opinión** en base a la información recopilada. Los Agentes deben informar a los interesados del **derecho que tienen de denunciar el suceso en el [plazo de 12 meses]** **(OFRECIMIENTO DE ACCIONES)** en el caso de tratase de un delito, que en ocasiones requiere de la necesaria denuncia de los perjudicados, advirtiéndoles que el atestado policial no sustituye a la denuncia. **Informe técnico o policial.** **Exposición** sobre cuestiones planteadas en el curso de un proceso debe tener un **orden expositivo lógico, racional y objetivo**, atendiendo a un esquema en el que se vayan insertando las cuestiones que pudieran tener relevancia jurídica en el accidente. El informe técnico debe contener un **razonamiento técnico sobre las causas, evolución y consecuencias del accidente**, por lo que debe recoger todos los datos referentes y de influencia en el accidente de circulación: **[Los elementos necesarios son:]** 1\. **Datos en relación con las medidas del vehículo**, huellas sobre el vehículo, medidas de las calles o carreteras, medidas de objetos sobre las mismas, mediciones de las huellas de neumáticos. 2\. **Fotografía con vistas panorámicas y vistas de detalle** de los vehículos, de las huellas, de los restos y de las víctimas. 3\. **Croquis de campo.** ![](media/image10.jpg) **Estudio de los tres puntos anteriores, confección de planos y juicio del accidente.** El informe **[puede dividirse en los siguientes apartados:]** 1- **Encabezamiento** con los datos de los informadores. 2- **Expresión:** - Condiciones ambientales. Condiciones de la carretera. Condiciones del tráfico. Condiciones de los vehículos. Condiciones de las personas. Examen del terreno. - Examen de los vehículos. Examen de las víctimas. 3- **Evolución del accidente** con expresión de las causas. Al informe técnico han de acompañarse las fotografías obtenidas, así como los croquis necesarios para la comprensión de las explicaciones que contiene. **Cuestionario estadístico.** Las estadísticas oficiales de accidentes de tráfico son fruto de un **recuento de datos de los accidentes individuales** confeccionados por los Agentes actuantes en los mismos, utilizando para ello los partes estadísticos. Los partes Estadísticos serán cumplimentados por los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local o por los miembros de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil según corresponda por demarcación. Los cuestionarios una vez cumplimentados **[serán remitidos]** **a la Jefatura Provincial de Tráfico** por el Cuerpo que los haya confeccionado. **[El Cuestionario debe contener:]** - **Identificación Circunstancias externas.** - **Generalidades del accidente.** - **Particularidades del accidente.** **[NORMATIVA APLICABLE:]** **El TÍTULO VI del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial**, regula el Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico como organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, cuya finalidad es registrar únicamente aquellos datos que sean relevantes y que permitan disponer de la información necesaria para determinar las causas y circunstancias en que se han producido los accidentes de tráfico y sus consecuencias, no conteniendo más datos identificativos de los implicados o relacionados con su salud que los estrictamente necesarios para el cumplimiento de su finalidad, conforme se establece en el párrafo anterior. **Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre**, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico, esta orden tiene por objeto regular los términos en que se comunicará al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico la información referente a las víctimas de los accidentes de tráfico que tengan lugar en las vías o terrenos incluidos en el ámbito de aplicación de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. **Ley 35/2015, de 22 de septiembre**, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, conocido como baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico.

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