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Academia Auxiliar de Biblioteca Gestión de la circulación El servicio de préstamo en bibliotecas Contenido registrado en la Propiedad Intelectual © El uso de este material para copia, distribución o venta está prohibido. Gracias. ...

Academia Auxiliar de Biblioteca Gestión de la circulación El servicio de préstamo en bibliotecas Contenido registrado en la Propiedad Intelectual © El uso de este material para copia, distribución o venta está prohibido. Gracias. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 1. Gestión de la circulación: Préstamo, préstamo interbibliotecario, préstamo en red. Reservas, sanciones. Introducción Según Porter, el trabajo de circulación no se limita únicamente a una función física, sino que representa el primer punto de contacto para la mayoría de los usuarios de la biblioteca. Con circulación nos referimos a las operaciones que realizamos con el material que conforma la colección de la biblioteca: préstamo, reservas, etc. Para hacer uso de los servicios asociados a la circulación de documentos en la biblioteca, es necesario estar en posesión del carné de biblioteca, que se debe presentar al retirar el material (o en su defecto, el DNI o la tarjeta universitaria, dependiendo del tipo de biblioteca). Para Ceretta, Canzani Cuello y Cabrera Castiglioni, circulación en la práctica se usa como sinónimo de servicio de préstamo. Hablaremos de este servicio más adelante, sin embargo, como consideramos que el término circulación engloba todas las operaciones señaladas anteriormente, recogemos las conclusiones de estos autores en este apartado. Según estos autores, el servicio no puede limitarse al préstamo mecánico de materiales, sino que debe reunir una serie de características fundamentales. Algunas de estas características son: Información general sobre la biblioteca presentada de forma sencilla y de fácil acceso. Buena señalización. Una cartelería clara y simple que permita una rápida comprensión por parte del usuario de la biblioteca. El personal que se encuentra en contacto con el público debe ser amable y claro en sus indicaciones, para garantizar así la eficiencia del servicio. La sección de préstamo debe estar en contacto continuo con el resto del personal que brinda otros servicios, debido a que el usuario final es el mismo y no se deben producir ruidos o errores de comunicación entre el personal. Debe tener capacidad de recibir las sugerencias que provienen de parte de los usuarios. Es el sitio de la biblioteca que puede captar tanto las sugerencias de mejora como los malestares de los usuarios y proponer cambios que redunden en una mayor satisfacción. Estas operaciones en la actualidad están automatizadas en la práctica totalidad de las bibliotecas, en el llamado módulo de circulación del SIGB (Sistema Integrado de Gestión de Bibliotecas), del que hablaremos brevemente más adelante. 2. Préstamo El préstamo es el proceso mediante el cual un usuario saca un material del espacio de la biblioteca (libro, DVD, etc.) para usarlo y posteriormente devolverlo tras un determinado período de tiempo. Cada biblioteca tiene su propio reglamento de préstamo. Al hablar del préstamo en bibliotecas, debemos mencionar el artículo 37 de la Ley de Propiedad Intelectual, que versa sobre reproducción, préstamo y consulta de obras mediante terminales especializados en determinados establecimientos, que dice lo siguiente: 1. Los titulares de los derechos de autor no podrán oponerse a las reproducciones de las obras, cuando aquéllas se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos de titularidad pública o integradas en instituciones de carácter cultural o científico y la reproducción se realice exclusivamente para fines de investigación o conservación. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 2. Asimismo, los museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro, o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, no precisarán autorización de los titulares de derechos por los préstamos que realicen. Los titulares de estos establecimientos remunerarán a los autores por los préstamos que realicen de sus obras en la cuantía que se determine mediante Real Decreto. La remuneración se hará efectiva a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual. Cuando los titulares de los establecimientos sean los Municipios, la remuneración será satisfecha por las Diputaciones Provinciales. Allí donde no existen, la remuneración será satisfecha por la Administración que asume sus funciones. Quedan eximidos de la obligación de remuneración los establecimientos de titularidad pública que presten servicio en municipios de menos de 5.000 habitantes, así como las bibliotecas de las instituciones docentes integradas en el sistema educativo español. El Real Decreto por el que se establezca la cuantía contemplará asimismo los mecanismos de colaboración necesarios entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las corporaciones locales para el cumplimiento de las obligaciones de remuneración que afecten a establecimientos de titularidad pública. 3. No necesitará autorización del autor la comunicación de obras o su puesta a disposición de personas concretas del público a efectos de investigación cuando se realice mediante red cerrada e interna a través de terminales especializados instalados a tal efecto en los locales de los establecimientos citados en el anterior apartado y siempre que tales obras figuren en las colecciones del propio establecimiento y no sean objeto de condiciones de adquisición o de licencia. Todo ello sin perjuicio del derecho del autor a percibir una remuneración equitativa. A este artículo se le incorporaron unos párrafos en la última modificación de la Ley (el 8 de julio de 2020): Artículo 37 bis. Obras huérfanas 1. Se considerará obra huérfana a la obra cuyos titulares de derechos no están identificados o, de estarlo, no están localizados a pesar de haberse efectuado una previa búsqueda diligente de los mismos. 2. Si existen varios titulares de derechos sobre una misma obra y no todos ellos han sido identificados o, a pesar de haber sido identificados, no han sido localizados tras haber efectuado una búsqueda diligente, la obra se podrá utilizar conforme a la presente ley, sin perjuicio de los derechos de los titulares que hayan sido identificados y localizados y, en su caso, de la necesidad de la correspondiente autorización. 3. Toda utilización de una obra huérfana requerirá la mención de los nombres de los autores y titulares de derechos de propiedad intelectual identificados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14. 2.º 4. Los centros educativos, museos, bibliotecas y hemerotecas accesibles al público, así como los organismos públicos de radiodifusión, archivos, fonotecas y filmotecas podrán reproducir, a efectos de digitalización, puesta a disposición del público, indexación, catalogación, conservación o restauración, y poner a disposición del público, en la forma establecida en el artículo 20.2.i), las siguientes obras huérfanas, siempre que tales actos se lleven a cabo sin ánimo de lucro y con el fin de alcanzar objetivos relacionados con su misión de interés público, en particular la conservación y restauración de las obras que figuren en su colección y la facilitación del acceso a la misma con fines culturales y educativos: Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com a) Obras cinematográficas o audiovisuales, fonogramas y obras publicadas en forma de libros, periódicos, revistas u otro material impreso que figuren en las colecciones de centros educativos, museos, bibliotecas y hemerotecas accesibles al público, así como de archivos, fonotecas y filmotecas. b) Obras cinematográficas o audiovisuales y fonogramas producidos por organismos públicos de radiodifusión hasta el 31 de diciembre de 2002 inclusive, y que figuren en sus archivos. Lo dispuesto en este artículo se aplicará también a las obras y prestaciones protegidas que estén insertadas o incorporadas en las obras citadas en el presente apartado o formen parte integral de éstas. 5. Las obras huérfanas se podrán utilizar siempre que hayan sido publicadas por primera vez o, a falta de publicación, hayan sido radiodifundidas por primera vez en un Estado miembro de la Unión Europea. Dicha utilización podrá llevarse a cabo previa búsqueda diligente, en dicho Estado, de los titulares de los derechos de propiedad intelectual de la obra huérfana. En el caso de las obras cinematográficas o audiovisuales cuyo productor tenga su sede o residencia habitual en un Estado miembro de la Unión Europea, la búsqueda de los titulares deberá realizarse en dicho Estado. Asimismo, las entidades citadas en el apartado anterior que hubieran puesto a disposición del público, con el consentimiento de sus titulares de derechos, obras huérfanas no publicadas ni radiodifundidas, podrán utilizarlas, cuando sea razonable presumir que sus titulares no se opondrían a los usos previstos en este artículo. En este caso, la búsqueda a que se refiere el párrafo anterior deberá realizarse en España. La búsqueda diligente se realizará de buena fe, mediante la consulta de, al menos, las fuentes de información que reglamentariamente se determinen, sin perjuicio de la obligación de consultar fuentes adicionales disponibles en otros países donde haya indicios de la existencia de información pertinente sobre los titulares de derechos. 6. Las entidades citadas en el apartado 4 registrarán el proceso de búsqueda de los titulares de derechos y remitirán la siguiente información al órgano competente a que se refiere el apartado siguiente: a) Los resultados de las búsquedas diligentes que hayan efectuado y que hayan llevado a la conclusión de que una obra o un fonograma debe considerarse obra huérfana. b) El uso que las entidades hacen de las obras huérfanas de conformidad con la presente ley. c) Cualquier cambio, de conformidad con el apartado siguiente, en la condición de obra huérfana de las obras y los fonogramas que utilicen. d) La información de contacto pertinente de la entidad en cuestión. 7. En cualquier momento, los titulares de derechos de propiedad intelectual de una obra podrán solicitar al órgano competente que reglamentariamente se determine el fin de su condición de obra huérfana en lo que se refiere a sus derechos y percibir una compensación equitativa por la utilización llevada a cabo conforme a lo dispuesto en este artículo. 3. Clases de sistemas de préstamo que existen A) Sistemas de préstamo manual Los sistemas de préstamo manual se basan en papeletas de préstamo, en las que figuran los datos del libro, los datos del lector y la fecha. De este modo, habría que mantener tres ficheros de papeletas: de signaturas, alfabéticos y cronológicos. Actualmente estos sistemas están obsoletos y en la práctica casi ninguna biblioteca los usa; sin embargo, les daremos un breve repaso por si cae en algún examen: Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com El sistema Walip, es el más antiguo y del que emanan todos los demás. Es digamos el sistema raíz y padre de todos los demás en los contextos manuales. Es un sistema de ficheros: se mantiene un libro registro con datos de los lectores, un fichero de lectores, un fichero también de lectores, auxiliar al anterior (de pre-préstamo) y un fichero numérico (de post-préstamo). Sistema de papeletas: se basa en tres papeletas que ofrecen datos de los tres ficheros básicos (obras, lectores y fecha de transacción). Una de las papeletas se queda en la biblioteca junto con el carné de usuario, la otra se guarda en un fichero de préstamos y la otra se introduce en el libro para que se la lleve el usuario a casa. Como dice el profesor Manuel Carrión de la interconexión eficaz, es decir, rápida y segura, de estos tres sistemas depende la eficacia de la gestión del préstamo (mejor dicho, dependía- recordemos que este sistema está en desuso). Sistema Newark: consiste en elaborar dos fichas, la ficha de préstamo del lector y la ficha de préstamo del documento. En el dorso de la cubierta del libro se coloca un bolsillo de papel, en el que va la fecha de préstamo del documento (con datos del autor, título del libro y signatura). A su vez, tenemos en la biblioteca otra ficha con el nombre del prestatario y dirección. La ficha que estaba en el libro, una vez sacado éste en préstamo se coloca en un fichero de vencimientos. Sistema Brown: o sistema de sobres (o bolsas). Cada lector tiene tantos sobres a su nombre como volúmenes puede sacar simultáneamente de la biblioteca. En estos sobres figuran sus datos personales. Cuando el usuario va a sacar un libro en préstamo se introduce la ficha del documento en uno de sus sobres. B) Sistemas de préstamo mecanizados Se implantaron en los sesenta, pero debido al auge de la informática y a la rápida implantación de los sistemas automatizados su tiempo de vida fue muy corto. Sistema Adressograph: o sistema de etiquetado. El libro se prepara con una doble bolsa, una de las cuales contiene a la otra, siendo una de ellas móvil. Ambas contienen datos identificativos de la obra. En la bolsa fija se anota la fecha de devolución y en la móvil se introduce la hoja en la que se imprimen los datos personales del usuario, mediante una etiquetadora. Sistema de registro sonoro: se hace una grabación sonora (de viva voz) de los datos del préstamo, y se conserva en archivos sonoros. Sistema fotográfico: se graban los datos fotográficamente sobre microfilm. Más seguro y rápido que el anterior. C) Sistemas de préstamo automatizado: el módulo de circulación en un Sistema Integrado de Gestión de Bibliotecas (SIGB) El préstamo fue uno de los primeros servicios en ser automatizado; esta automatización deriva en la creación del módulo de circulación, que es uno de los módulos que conforman el SIGB. Automatiza la gestión de préstamos, renovaciones, devoluciones y reservas. También alerta sobre vencimientos de préstamos, tiene modelos de cartas de reclamación para los usuarios que no han devuelvo el material, etc. El control de circulación permite el seguimiento de la localización y disponibilidad de los ejemplares que forman el fondo de la biblioteca Funciones del módulo de circulación Registro en línea de los usuarios de la biblioteca, así como su modificación y borrado Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Control de las transacciones de préstamo, mediante la lectura óptica de los códigos de barras de los ejemplares o lectura óptica de las tarjetas de los lectores. Posibilidad de definir los diferentes perfiles de préstamo en función de los diferentes tipos de usuarios y de ejemplares. Expedición automática de correspondencia relativa a los trámites e incidencias de la circulación de fondos, hasta tres reclamaciones sucesivas de préstamos retrasados. Función de inventario para la realización de recuentos de ejemplares desaparecidos o dados de baja. Módulo “off line” de préstamo de seguridad para que eventuales caídas en la red o interrupciones del servicio en el servidor no impidan la continuidad del servicio de préstamo. Los diferentes modelos de SIGB han ido incorporando diferentes funcionalidades en este módulo. Por ejemplo, el módulo de circulación de AbsysNet 2.1 incorporó en 2015 la parametrización de permisos para posibilitar la retirada de ejemplares aunque se haya superado el límite de préstamos, la posibilidad de realizar préstamos electrónicos, la posibilidad de asociar mostradores de préstamos a las reservas que se van a convertir en peticiones y la posibilidad de almacenar los datos del lector en el histórico de préstamos. En el módulo de circulación del SIGB Millenium, usado en bibliotecas universitarias, se pueden gestionar los usuarios, préstamos, devoluciones, renovaciones, reservas, bibliografía del curso, contar uso en sala de los materiales y enviar avisos a los usuarios. En Koha-Kobli, SIGB de software libre, existen reglas de circulación y multas, que se administran de la siguiente forma: se tiene una tabla en donde se selecciona primeramente si se desea establecer distintas reglas a las diferentes sucursales, luego se selecciona la categoría del usuario, el tipo de material que podrá pedir, cuántos préstamos pueden tenerse al mismo tiempo, el período de préstamo, el establecimiento de la fecha de vencimiento, los días en que se producirá la suspensión en caso de sanción, el máximo de la duración de la suspensión en días, el período de renovación, si se permite renovación automática, etc. Es posible dejar el valor de las multas en 0. 4. El servicio de préstamo Mediante el servicio de préstamo las bibliotecas ponen a disposición de sus usuarios, por un tiempo limitado y fuera del ámbito de la Biblioteca, su material bibliográfico y documental. Normalmente para utilizar el servicio de préstamo domiciliario hay que hacerse el carné de usuario de la biblioteca (hay algunas excepciones, por ejemplo, en la biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid también se pueden sacar libros con la tarjeta universitaria). Es una de las tareas con las que el Auxiliar/Técnico Auxiliar de Bibliotecas va a estar más en contacto. Según M. Marandola, sus orígenes están estrechamente relacionados con la aparición de las bibliotecas públicas. La importancia de las bibliotecas privadas, que “prestaban” libros a cambio de un pago o de una cuota de socio, decayó tras la creación de las públicas, a las que se podía acceder sin realizar pago alguno y que se difundieron después de la II Guerra Mundial, algo que provocó que el número de bibliotecas privadas se redujera hasta que prácticamente desaparecieron. A continuación, recogemos algunas definiciones de servicio de préstamo: Buonocore, 1976: entrega, por parte de la biblioteca, para que, por un tiempo dado, tenga el uso de ella con la obligación de restituirla antes del vencimiento del plazo. El préstamo es un verdadero contrato bilateral, esto es con derechos y obligaciones recíprocas para el prestador y el prestatario y se ajusta a las disposiciones del reglamento o de un convenio especial. Carrión, 1987: se habla de préstamo propiamente dicho cuando la pieza prestada ha de salir de la biblioteca para que el lector pueda hacer uso de los fondos de ésta sin necesidad de acudir a ella ni de atenerse a los horarios de apertura de la misma. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com ALA, 1988: actividades relacionadas con el préstamo y la devolución de documentos prestados por una biblioteca para su utilización en el exterior. En este servicio se incluye el préstamo de documentos de colecciones especiales y reservadas; el mantenimiento de los registros de préstamo, la reunión y revisión de los retrasados en la devolución de los libros, la renovación de los préstamos, la colocación de los libros devueltos. García Rodríguez, 1996: el servicio de préstamo es uno de los más antiguos y más extendidos en cualquier tipo de biblioteca y sigue siendo sin duda uno de los más eficaces mecanismos de fomento de la lectura en cualquiera de sus modalidades. Martínez de Sousa, 2004: la entrega por un tiempo determinado y en ciertas condiciones, de libros u otro material bibliográfico a una persona, institución, biblioteca, etcétera. International Organization for Standardization (ISO), 2013: cesión directa u operación de entrega de un documento en formato no electrónico de un documento electrónico en un soporte físico u otro aparato o la trasmisión de un documento electrónico a un usuario por un período limitado de tiempo. 5. Tipos de préstamo Préstamo a domicilio o individual o personal: préstamo más habitual en bibliotecas; la biblioteca que presta (prestataria) concede un documento a una persona individual para que ésta lo saque de la biblioteca con unas condiciones previamente establecidas por la biblioteca en su Reglamento de Préstamo. Normalmente necesitará estar dado de alta como usuario de la biblioteca y acreditar su identidad a la hora de solicitar el préstamo, mediante la presentación del carné de usuario. También se admite el DNI o cualquier otro documento que acredite la identidad (en las bibliotecas universitarias se puede presentar la tarjeta de estudiante). Hay que señalar que este servicio no se presta a todos los usuarios en todas las bibliotecas; por ejemplo, la mayoría del fondo de la Biblioteca Nacional de España no se encuentra disponible para el préstamo. Ésto se debe a que la función principal de una biblioteca nacional es la de conservar el patrimonio bibliográfico del país. Préstamo interbibliotecario: tipo de préstamo que consiste en que la biblioteca, en lugar de prestar el documento a un usuario/a / socio/a, se lo presta a otra biblioteca. Este servicio tiene como objetivo proporcionar a los usuarios documentos que no se encuentran en la biblioteca, así como facilitar la consulta de fondos de la biblioteca a otros usuarios o instituciones. Complementa la colección de la biblioteca, y es una consecuencia directa de la cooperación bibliotecaria. Se suele dar con frecuencia en bibliotecas universitarias. El procedimiento es el siguiente: 1. El usuario necesita un documento que no se encuentra entre los fondos de la biblioteca de la que es socio (biblioteca peticionaria), pero sí en otra (biblioteca suministradora), así que rellena un formulario de préstamo interbibliotecario (generalmente). 2. La biblioteca peticionaria solicita el documento a la biblioteca suministradora. 3. La biblioteca suministradora envía el material a la biblioteca solicitante. Algunas bibliotecas permiten que sus fondos se consulten fuera de las dependencias de la biblioteca solicitante (es decir, se saquen en préstamo domiciliario), otras no; en este caso el usuario debe consultar el material en el espacio habilitado en la biblioteca solicitante (depende de las políticas de préstamo interbibliotecario de cada institución). 4. En caso de que la biblioteca suministradora permita el préstamo domiciliario, el usuario devolverá el material a la biblioteca solicitante. El servicio de préstamo interbibliotecario normalmente está sujeto a unas tarifas, puesto que todos los centros cobran por el envío de documentos. La mayoría de Bibliotecas lo repercuten al usuario, aunque en el caso de las bibliotecas universitarias y de investigación, puede que algunos de sus usuarios no Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com tengan que abonarlas. Por ejemplo, la Biblioteca de la Universidad Autónoma de Madrid asume su coste para el personal docente e investigador, estudiantes de posgrado, estudiantes que realicen el trabajo de fin de grado (TFG), personas con discapacidad y PAs. Se permite a estos usuarios un máximo de 25 peticiones gratuitas por trimestre, excepto a los estudiantes que realicen el TFG y estudiantes con diversidad funcional que dispondrán de 10 peticiones gratuitas al año. En caso de que el usuario tenga que asumir el coste del servicio se le aplicará la tarifa que la biblioteca suministradora establezca. Ejemplos de tarifas: TARIFAS SUBITO Libros (por cada volumen original prestado) 13 € Fotocopias o archivo electrónico 6€ Fotocopias o archivo electrónico con copyright Variable TARIFAS REBIUN Libros (por cada volumen original prestado) 8€ Fotocopias o archivo electrónico (hasta 40 páginas) 5€ Fotocopias o archivo electrónico (más de 40 páginas)- Cada copia 1€ de 10 bloques adicionales Información sacada de la página de la biblioteca de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla: https://www.upo.es/biblioteca/servicios/prestamoyad/prestamointer/tarifas/index.html Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Precios públicos para el año 2021 A) Bibliotecas españolas 8,00 € por volumen original prestado* B) Bibliotecas europeas 25,00 € por volumen original prestado* B) Bibliotecas extranjeras (No europeas) 45,00 € por volumen original prestado* * La tarifa es por cada volumen físico que se presta, no por obra completa. Fuente: https://biblioteca.uca.es/tarifas/ PRECIOS PÚBLICOS BNE Resolución de 28 de febrero de 2018, de la Biblioteca Nacional de España por lo que se aprueban los precios públicos de aplicación a los servicios prestados por dicho organismo Copias hasta un máximo del 20% de un libro posterior a 1958 o un artículo completo España- Euros Europa - Euros Resto de países- Euros de una publicación periódica posterior a 1958) (gastos de envío incluidos) Copia en papel B/n A4 hasta 5€ 12€ 24€ 40 páginas* Copia digital hasta 40 5€ 8€ 8€ páginas* Copia en papel por cada 0,27 € /pág. página adicional (a partir de 40 páginas) Copia digital por cada copia 0,20 €/ pág. digital adicional (a partir de 40 páginas) Copia en papel por cada bloque adicional hasta 15 páginas (a partir de 40 4€ 4€ páginas) Copia digital por cada bloque adicional hasta 20 páginas (a partir de 40 4€ 4€ páginas) Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com No se pueden solicitar en préstamo interbibliotecario documentos que se encuentren en el fondo de la propia biblioteca o que sean de fácil adquisición en el mercado editorial. Préstamo intercampus: se da sólo en bibliotecas universitarias. La Universidad de Sevilla lo define como un servicio que permite agilizar el préstamo domiciliario de libros entre los distintos campus de la Universidad (de la misma Universidad, de no ser así se trataría de un préstamo interbibliotecario) sin necesidad de que el usuario se desplace para obtenerlos. Sólo está permitido el préstamo intercampus entre bibliotecas de distintos campus. En la mayoría de las bibliotecas lo puede solicitar el propio usuario desde el catálogo. Puede estar sujeto a algunas restricciones. Por ejemplo, en la Universidad de Sevilla sólo pueden hacer uso de este servicio el profesorado, los estudiantes de Doctorado, los estudiantes con discapacidad y el PAS. En cambio, en la biblioteca de la Universidad Autónoma de Madrid, lo pueden usar todos los miembros de la comunidad con carné universitario (estudiantes, Alumni+,docentes y PAS), aunque no los visitantes. Préstamo en red: aquel realizado entre bibliotecas (normalmente a petición de un usuario) que pertenecen a una misma Red o Consorcio y crean entre ellas un préstamo institucionalizado con características específicas. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, lo llaman préstamo intercentros (PIC), y es un préstamo entre bibliotecas y servicios de lectura pública que se realiza a petición de los usuarios. Permite llevar en préstamo, desde cualquier biblioteca participante de la Red de la Comunidad de Madrid, libros procedentes de otros centros integrados y devolverlos en cualquier biblioteca perteneciente a la Red de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid que ofrezca el servicio. Para hacer uso de este servicio hay que estar en posesión del carné de lector de la Red de bibliotecas de la Comunidad de Madrid. En algunos casos puede devolverse en cualquier biblioteca perteneciente a la red (como es el caso de la Comunidad de Madrid), pero en otros la devolución del préstamo en red se efectuará siempre de forma presencial en la biblioteca de referencia, como en la red de bibliotecas de Castilla-La Mancha. Las bibliotecas pueden excluir algunos materiales de este tipo de préstamo; por ejemplo, en la Red de Bibliotecas de Extremadura, quedan excluidos del préstamo en red (conocido como Préstamo Restringido en Red) las novedades literarias del año en curso y el año inmediatamente anterior en lo referente a novela, biografía, poesía y teatro; así como los audiovisuales, tanto música como cine (por ejemplo, si estamos en el año 2020, no se prestarían en red los títulos editados en ese año y en el 2019). También están excluidos los materiales que estén disponibles en la propia biblioteca. Préstamo colectivo: consiste en otorgar o realizar un préstamo normal, pero en vez de a una persona individual, a un colectivo: Asociaciones, organizaciones, iglesias, colegios, ONGs, prisiones etc. Se dirige a usuarios que tienen limitaciones para utilizar el préstamo personal o a cualquier entidad interesada en realizar actividades que requieren disponer de un lote de documentos de la biblioteca. Tiene, según la biblioteca, unas características específicas en su procedimiento. Por ejemplo, en la Red de Bibliotecas Públicas del Estado, para el uso del Préstamo Colectivo es necesario tener tarjeta de usuario (colectivo, institucional o de biblioteca intermediaria), de la RBPA y solicitarlo a través de un formulario. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Préstamo colectivo Se consideran usuarios de este servicio las instituciones, asociaciones, clubes de lectura u otras entidades que posean la tarjeta de usuario colectivo de la Red de Bibliotecas de Extremadura. Podrán retirar aquellos documentos que tengan la condición de prestables, atendiendo al siguiente cuadro. Max. ejemplares Período préstamo Renovaciones Reservas Club de lectura 100 70 días 0 1 lote Otros colectivos 25 30 días 1 5 Fuente: BPE en Cáceres: https://www.bibliotecaspublicas.es/caceres/Prestamo/Prestamo-colectivo.html Autopréstamo Algunas bibliotecas cuentan con máquinas de autopréstamo. A través de éstas se podrán realizar préstamos a domicilio de libros y devolverlos sin tener que esperar en el mostrador de préstamo, de forma cómoda y segura. El uso de estas máquinas es exclusivo para libros. No se permite el préstamo ni la devolución de CD, DVD, portátiles o cualquier otro objeto prestable. Esto es debido a que los documentos en soporte magnético pueden resultar dañados en el proceso de préstamo. Aunque no se acuda al mostrador de préstamo, hay que seguir cumpliendo las políticas de circulación de la biblioteca; por tanto, no permitirán el préstamo o la renovación en caso de que el carnet haya caducado, el número de renovaciones estén agotadas, agotadas, etc. 6. El servicio de préstamo en bibliotecas públicas Según las Pautas sobre los servicios de bibliotecas públicas, documento elaborado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades Autónomas, para hacer posible la plena disponibilidad de los documentos y su acceso efectivo por parte de los usuarios, las bibliotecas públicas deberán ofrecer diversos tipos de préstamos: Individual de los fondos de la biblioteca en cualquier tipo de soporte. Colectivo de los fondos propios a entidades. Interbibliotecario y servicio de obtención de documentos no disponibles en la biblioteca a la que recurre el usuario. 7. El préstamo según el tipo de material En las bibliotecas se prestan tanto libros como revistas, discos, vídeos, dvds y cd-roms. Por lo general solamente están excluidos del préstamo las obras de referencia (diccionarios, enciclopedias, atlas…) y el último número recibido de las revistas. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Monografías, publicaciones periódicas y material audiovisual tienen distintos períodos de préstamo. Las monografías suelen tener un préstamo más largo; las publicaciones periódicas, el material audiovisual, un préstamo más reducido. Documentos generalmente excluidos de préstamo: Las obras anteriores a 1958. Las obras de referencia (enciclopedias, catálogos, bibliografías y obras afines). Las publicaciones periódicas (en las bibliotecas universitarias, en las públicas se prestan). Los atlas, mapas, hojas sueltas y láminas. Las tesis, tesinas, proyectos de fin de carrera y TFT no publicados (en bibliotecas universitarias). Documentos que no se prestan a causa de su rareza, mal estado de conservación, dificultad de reposición, etc. 8. El préstamo según el tipo de usuario En algunas bibliotecas, como en las Universitarias, los derechos de préstamo varían según el tipo de usuario. Los distintos usuarios que encontramos en una biblioteca universitaria pueden ser: Alumnos de grado: suele constituir el grupo más numeroso de usuarios de la biblioteca. En la Universidad Autónoma de Madrid, un estudiante de grado podría sacar en préstamo 15 ejemplares (entre libros, DVDs, etc.); la duración depende del tipo de material y el sistema renueva los préstamos hasta cinco veces si no hay reservas ni sanciones. Alumnos de posgrado: alumnos de máster o doctorado. Se les extienden los derechos de préstamo un poco más que a los alumnos de grado. Siguiendo con el ejemplo anterior, en la Biblioteca de la Autónoma podrán sacar en préstamo hasta 25 ejemplares y el sistema les renovará los préstamos hasta cinco veces. Personal Docente e Investigador (PDI): se les concede un período de préstamo más amplio y a veces un mayor número de renovaciones que al resto de usuarios. En la Biblioteca de la Autónoma podrán sacar hasta 30 ejemplares y de nuevo el sistema les renovará los préstamos hasta cinco veces. Personal de Administración y Servicios (PAS): suelen tener unos derechos de préstamo más amplios que los de los alumnos de grado y más reducidos que los del PDI. En la Autónoma podrán sacar hasta 20 ejemplares que se renovarán automáticamente hasta cinco veces. Antiguos Alumnos: en la Autónoma podrán sacar hasta 15 documentos y de nuevo se renovarán cinco veces. Miembros de centros adscritos: son miembros de centros con los que la Universidad ha firmado un acuerdo o convenio en el que se incluye el servicio de préstamo bibliotecario. Usuarios externos: en casi todas las universidades permiten hacer el carné a usuarios externos, aunque pueden sacar menos materiales y durante menos tiempo que el resto. En la Autónoma podrán sacar en préstamo 10 ejemplares y se renovarán hasta cinco veces. En las bibliotecas públicas, suele haber dos tipos de usuarios: Adultos: a partir de 14 años. Infantil: de 0 a 13 años. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com En algunas bibliotecas, además, se añade el carné juvenil (de 14 a 18 años). Suelen tener diferentes derechos de préstamo. Ejemplo biblioteca pública Puedes llevarte a casa Imagen tomada de la página de la biblioteca pública de Guadalajara Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com En las bibliotecas especializadas y de investigación (las más parecidas a las universitarias) también hay diferentes tipos de lectores, por ejemplo, en la del CSIC: Tipo de lector Nº máximo de libros en Plazo préstamo Personal del CSIC 30 De 2 semanas a 1 mes según el estatus del ejemplar Externos con privilegios (*) 30 De 2 semanas a 1 mes según el estatus del ejemplar Depósitos 100 Vence cada 15 de junio Externos (**) 10 De 2 semanas a 1 mes según el estatus del ejemplar Instituciones 100 6 semanas, incluido el tránsito Fuente: http://bibliotecas.csic.es/es/informacion-lectura-en-sala-y-prestamo-personal En la Biblioteca Nacional de España expiden dos tipos de carnés de usuario (Nuevas Normas de Acceso 2022): https://www.bne.es/es/servicios/nuevos-usuarios/carnes-biblioteca 9. El préstamo de libros electrónicos Los libros electrónicos también son objeto de préstamo. Según la Ley 10/2007 de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas, se entiende por libro cualquier obra científica, artística, literaria o de cualquier otra índole que constituye una publicación unitaria en uno o varios volúmenes y que puede aparecer impresa o en cualquier otro soporte susceptible de lectura. Se entienden incluidos en la definición de libro, a los efectos de esta Ley, los libros electrónicos y los libros que se publiquen o se difundan por Internet o en otro soporte que pueda aparecer en el futuro, los materiales complementarios de carácter impreso, visual, audiovisual o sonoro que sean editados conjuntamente con el libro y que participen del carácter unitario del mismo, así como cualquier otra manifestación editorial. En 2012, la IFLA señaló que el préstamo digital, incluyendo el préstamo de libros electrónicos y otros materiales digitales, es un aspecto importante para todo tipo de bibliotecas. La creciente demanda del Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com consumidor por lectores electrónicos, y un mercado cada vez mayor para libros electrónicos, contribuye a un auge en el préstamo de libros electrónicos descargables, principalmente, pero no exclusivamente, por bibliotecas públicas. EBiblio: Es un proyecto impulsado por la Secretaría de Estado de Cultura en colaboración con las Comunidades Autónomas que ofrece un servicio gratuito y en línea de préstamo de libros electrónicos. Dicho proyecto se inició en el mes de septiembre 2014 y se encuentra disponible en todas las Comunidades y Ciudades autónomas, excepto en el País Vasco que cuenta con una plataforma propia, eLiburutegia. Se trata de un proyecto abierto basado en la cooperación bibliotecaria que ofrece a los usuarios tanto contenidos digitales como un sistema de gestión informático que permiten su consulta y uso.El servicio es accesible 24 horas al día, 7 días a la semana y 365 días al año a través de la red y permite tanto la lectura en streaming como la lectura a través de descarga. Dispone de una aplicación móvil gratuita para la lectura a través de iOS y Android. Únicamente es necesario disponer de un dispositivo de lectura compatible con el formato de publicación epub y acceso a internet, además de estar en posesión de un carné de cualquiera de las bibliotecas públicas participantes en el proyecto. Cuenta con una extensa colección de libros, revistas y audiolibros para usuarios de bibliotecas públicas, tanto novedades editoriales como clásicos, así como obras de interés general, incluyendo títulos de ficción y no ficción para público adulto e infantil. Eliburutegia: Plataforma del Servicio de Bibliotecas del Gobierno Vasco, que facilita la lectura de contenidos digitales a través de Internet, bien en streaming, en ordenador o en dispositivos móviles, y también ofrece la posibilidad de ver cine y audiovisuales online. La página de inicio de este servicio es: www.eliburutegia.euskadi.eus. GaliciaLe: Plataforma del libro electrónico de las bibliotecas públicas gallegas que tiene por objetivo facilitar el acceso de toda la ciudadanía a la lectura en este formato. Presto: Servicio de préstamo de libros electrónicos de la biblioteca de la Universidad de Sevilla. Permite el préstamo de libros y audiolibros en formato digital (ePub, PDF, etc) a través de internet. Este préstamo se hará a través de Presto y podrá descargar y/o consultar los documentos seleccionados en su ordenador, tablet, smartphone o e-reader. Para realizar el préstamo se debe disponer de los programas o aplicaciones para la lectura de documentos en los formatos disponibles (PDF y ePub) y de protección de los derechos de autor y características de préstamo (Adobe Digital Editions / DRM), excepto si usa las APP de Odilo, empresa responsable de la aplicación, para Android o iOS. De la misma forma que en el préstamo tradicional, el usuario podrá, en caso del título esté ya prestado, realizar una reserva y el sistema le avisará cuando esté disponible. Ejemplo de condiciones del préstamo de libros-e Usuarios Estudiantes, PAS y PDI Nº máx. préstamos 3 Nº máx. reservas 3 Nº máx. préstamos al mes 6 Duración del préstamo 15 días Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Fuente de la imagen: https://bib.us.es/utiliza_la_biblioteca/prestamo/libros_e Para más información, se puede consultar la guía elaborada por la Universidad sobre este servicio: https://guiasbus.us.es/prestamolibrose Aplicaciones de préstamo de libros electrónicos Odilo Tk: plataforma de contenidos digitales de la empres Odilo a la que es posible acceder a través de la aplicación móvil OdiloAPP, disponible para Android, iOS, Windows 8 & 10, Windows Phone y Windows (versión escritorio). XeBook: plataforma de editoriales universitarias españolas y de editores especializados de Xercode. iBiblio (2013): plataforma de préstamo y lectura digital de Libranda. 10. Reservas Las reservas se realizan cuando un usuario quiere llevarse un ejemplar en préstamo que no está disponible en ese momento; en ese caso el usuario puede realizar una reserva sobre dicho ejemplar. Para realizar una reserva también es necesario estar en posesión del carné de la biblioteca, y presentarlo (o el DNI o tarjeta universitaria). El ejemplar puede no estar disponible por varias razones: Otro usuario lo tiene prestado Está muy deteriorado Está en proceso de restauración La reserva se puede realizar acudiendo al mostrador de préstamo, mediante llamada telefónica o la puede realizar el propio usuario a través del OPAC. Cuando el ejemplar queda disponible porque es devuelto o ya ha sido restaurado, por ejemplo, el usuario recibe una notificación por e-mail, llamada telefónica o sms, y debe recogerlo en un determinado período de tiempo. Si no lo ha recogido en ese plazo, el ejemplar vuelve a ponerse en circulación en la biblioteca. En la Biblioteca Pública de Jaén encontramos una guía gráfica muy interesante sobre cómo realizar una reserva: http://www.bibliotecasdeandalucia.es/documents/1791641/1817328/Como+reservar/71048cf0-f2ef- 4c67-af1b-e5605ce83f74 11. Renovaciones Normalmente el lector puede renovar los materiales que tiene en préstamo siempre que no existan reservas sobre los ejemplares. Aunque existen excepciones, por ejemplo, en las bibliotecas de la Comunidad de Madrid el préstamo no es renovable. En otras bibliotecas, como en la de Navarra, el lector debe solicitar la renovación cinco días antes del vencimiento del préstamo. En esta biblioteca, un libro puede renovarse en dos ocasiones por un periodo de 21 días. Las renovaciones deben hacerse antes de la fecha de vencimiento del préstamo. También en la Biblioteca Pública Provincial de Jaén encontramos una guía gráfica sobre como renovar un préstamo: http://www.bibliotecasdeandalucia.es/documents/1791641/1817328/Como+renovar/e044a220- 65e1- 4219-9009-9f2c17d9e163 12. Devoluciones Una vez expire el período de préstamo (o antes si se quiere), es necesario devolver el documento. El retraso en la devolución suele suponer la suspensión del derecho a préstamo por un período de tiempo, y puede que en algunos casos de algún otro servicio de la biblioteca. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com La devolución se puede hacer: En el mostrador de préstamo: no es necesario hacerlo personalmente ni presentar el carné de usuario de la biblioteca, pero está sujeto al horario de apertura. En los buzones habilitados para tal fin: en este caso, el usuario deja el material a devolver en el buzón y el personal posteriormente efectuará la devolución en el sistema. Esots buzones pueden estar situados en el exterior del edificio o instalación bibliotecaria (por ejemplo, en el Bibliometro de Madrid) o dentro de la propia biblioteca (como en el caso de los buzones de la Universidad de Sevilla. En las máquinas de autodevolución: en este supuesto es el usuario el que efectúa la devolución del documento. Como las máquinas de autopréstamo, están máquinas están dentro de la biblioteca, así que también se estará sujeto al horario de apertura. Una vez el usuario haya devuelto el material y el bibliotecario lo vuelva a poner en circulación, el documento quedará disponible en el sistema para volver a prestarse (siempre que no existan reservas). Es importante tener en cuenta que aunque la devolución no se efectúe en el mostrador, las normas no cambian: no se devolverán libros que pertenezcan a otras bibliotecas (exceptuando los casos de préstamo en red donde se permita expresamente), y las sanciones por retraso serán las mismas que si se hubiera devuelto de forma presencial. En las máquinas de autodevolución no pueden devolverse documentos con soporte magnético u óptico como CDs, DVDs, etc. (al igual que en las máquinas de autopréstamo), ya que se podrían dañar. Máquina de autodevolución de la Biblioteca Pública de Lugo, con una estantería para dejar los libros devueltos. Fuente: https://bibliotecas.xunta.gal/lugo/es/como-podo/devolver-los-documentos-prestados Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 13. Sanciones Este es un tema a nivel general, así que daremos una visión global. Aunque cada biblioteca es diferente, las sanciones suelen corresponderse con las infracciones, que suelen dividirse en leves, graves y muy graves (o leves, menos graves y graves). ♦ Sanciones por infracciones leves Como ya se ha indicado en el apartado anterior, en la mayoría de los casos el retraso en la devolución suele suponer la suspensión de los derechos de préstamo del usuario (lo habitual suele ser un día por cada día de retraso o dos días por cada día de retraso –por cada documento-). Pero cada biblioteca aplica una política diferente. Veamos, por ejemplo, las sanciones aplicadas en la Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid: Préstamo de materiales especiales (7 días): 1 día de bloqueo por 2 días de retraso. Préstamo normal (15 días): 1 día de bloqueo por 2 días de retraso. Préstamo normal (30 días): 1 día de bloqueo por 2 días de retraso. Préstamo normal (60 días): 1 día de bloqueo por 2 días de retraso. Préstamo especial de test (3 días): 2 días de bloqueo por 1 día de retraso. Préstamo de ayuda da la investigación (30 días): 1 día de bloqueo por 2 días de retraso. Préstamos por horas (material de referencia en préstamo para sala, portátiles, material informático: 1 día de bloqueo por 1 hora (o fracción) de retraso. Veamos ahora un ejemplo de las sanciones en la Biblioteca Pública de Palma: Libros prestables: 1 día de sanción por cada día de retraso y obra. Videograbaciones, grabaciones sonoras, recursos electrónicos prestables: 1 día de sanción por cada día de retraso y obra. Revistas prestables: 1 día de sanción por cada día de retraso y obra. E-Readers: 1 día de sanción por cada día de retraso y obra. ♦ Sanciones por infracciones graves Suelen considerarse infracciones graves perder o dañar el material en préstamo, o bien acumular varias infracciones leves. En caso de pérdida o deterioro del documento prestado, el usuario deberá reponerlo o abonar su importe. Para hacerlo habrá de contactar con la biblioteca para que le informe de los pasos a seguir. La biblioteca dispondrá de un formulario para el supuesto de que haya que pagar el documento. Como ejemplo, veamos el formulario de ingreso por pérdida o deterioro de la Biblioteca de la Universidad de Valencia: https://www.uv.es/websbd/serveis/ingreso_op_cas.pdf ♦ Sanciones por infracciones muy graves Suelen ser infracciones muy graves: sustraer documentos de la biblioteca, alterar el orden, faltar el respeto a los trabajadores o a los demás usuarios... Estas infracciones suelen sancionarse con la prohibición de los servicios por un período establecido en el reglamento de cada biblioteca; a veces se prohíbe también el acceso. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com 14. Préstamo en Bibliometro y Bibliobuses Bibliobuses Los bibliobuses son bibliotecas móviles de préstamo de libros, vídeos, CD, DVD, etc. que viajan a zonas con menor población o a puntos alejados de los centros urbanos. Bibliometro El Bibliometro es un servicio gratuito de préstamo de libros que se realiza en el Metro. Los bibliometros son módulos instalados en algunas estaciones del Metro de algunas ciudades con la finalidad de que el usuario saque los libros en préstamo en la misma estación para leerlos durante el trayecto y los devuelva también dentro de la estación. Suelen tener un catálogo reducido. Actualmente en España encontramos servicio de Bibliometro en Madrid y en Valencia. Bibliometro Madrid: es un servicio de lectura pública que se lleva a cabo en el Metro, a través de módulos instalados en algunas estaciones de la Red Metropolitana. Cada uno de los 12 módulos que integran está red contienen 1.700 títulos diferentes. Son usuarios del servicio de lectura pública de Bibliometro los titulares del Carné Único de la Comunidad de Madrid. Se prestan hasta tres libros por lector (solo uno de ellos podrá ser de la última guía de novedades) por un periodo máximo de 30 días sin renovación. La devolución de los ejemplares prestados podrá realizarse en cualquier módulo de la red de Bibliometro (si se hace fuera del horario de apertura del módulo, hay unos buzones habilitados para devoluciones). Bibliometro Valencia: creado en 2004 para facilitar el acceso a los libros y a la lectura de todos los usuarios del metro. La Biblioteca Municipal de Mislata instaló en el vestíbulo de la salida “Ayuntamiento” de la estación de Mislata, de la Línea 3. 15. El canon por derechos de autor Las bibliotecas tienen que abonar una cantidad en concepto de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras, regulado por el Real Decreto 624/2014, de 18 de julio. Quedan excluidas las bibliotecas de instituciones docentes y las de poblaciones de menos de 5000 habitantes. Esta medida tampoco afecta a los préstamos en sala, interbibliotecarios, o a personas con discapacidad. La cantidad a pagar será la parte de la cuantía que toma como base el número de obras sujetas a derechos de autor puestas a disposición con destino a préstamo se obtendrá multiplicando por 0,004 euros el número de obras que han sido objeto de préstamo en cada establecimiento el año correspondiente. La parte de la cuantía relativa al número de usuarios efectivos del servicio de préstamo se obtendrá multiplicando por 0,05 euros el número de usuarios inscritos anualmente en cada establecimiento que hayan hecho uso efectivo del servicio de préstamo el año correspondiente. El pago lo hace la entidad titular de la biblioteca. En el caso de las bibliotecas públicas de titularidad estatal lo hace el Ministerio de Educación y Cultura, si son municipales el ayuntamiento correspondiente, etc. El préstamo digital y el canon Según el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, el préstamo digital es posible sin autorización del titular de derechos siempre que se produzcan las mismas condiciones que en el libro físico: Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com La biblioteca debe haber adquirido el libro electrónico. Cada ejemplar puede ser consultado por un usuario a la vez. Al finalizar el periodo de préstamo, el usuario debe dejar de tener acceso. Debe producirse la remuneración por préstamo a los autores, como en el libro físico. Pero el sistema más extendido de préstamo digital sigue otro modelo: los acuerdos o licencias entre bibliotecas y sus proveedores. Esto quiere decir que hay que negociar y en muchos casos aceptar las condiciones establecidas por las editoriales o distribuidoras (por ejemplo, en el caso de eBiblio o Liburutegia, de las que hemos hablado, es así) Sistemas de control de los materiales en préstamo: la identificación por radiofrecuencia (RFID) Un sistema RFID se compone de un lector (transmisor/receptor codificador) que lee y escribe datos en los dispositivos y un transponder (etiqueta de RF) situado en el objeto que se quiere identificar. Ambos dispositivos tienen una antena incorporada para comunicarse entre sí. - Lectores RFID: transmite y recibe la información contenida en la etiqueta. - Etiquetas RFID: las componen un circuito de almacenamiento de datos y una antena que puede emitir y recibir información. Este sistema permite el préstamo simultáneo de todos los materiales, no es necesario pasar el código de barras. Las etiquetas RFID utilizan tecnología de radio, y no requieren de una línea de visión, lo cual elimina la necesidad de orientar los materiales que se van a prestar/devolver (en los códigos de barras hay que orientar el aparato lector al código). Ventajas de la tecnología RFID (extraídas de la ponencia La tecnología RFID aplicada a bibliotecas. La experiencia de la Biblioteca Tomás Navarro Tomás en las X Jornadas de Gestión de la Información. La dimensión del cambio: usuarios, servicios y profesionales. Biblioteca Nacional, Madrid, 20-21 de noviembre de 2008): Permite una identificación unívoca de cada ejemplar y transporta en sus etiquetas los rasgos descriptivos del mismo. Permite la integración con el catálogo (con lo cual facilita el desarrollo desarrollo del resto de los servicios bibliotecarios) Permite la personalización de todos los dispositivos adaptándolos a las necesidades de la biblioteca: logotipos, términos específicos, botones de gestión, imágenes, etc. Las estaciones de autopréstamo y el buzón de devolución son de muy fácil manejo e incluso es posible el autoaprendizaje. Utiliza etiquetas regrabables que permiten corregir posibles errores cuando se detecta alguna grabación incorrecta. Las etiquetas son a la vez flexibles y resistentes. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Siguiendo con el ejemplo de la Biblioteca Tomás Navarro Tomás: el lector se acerca a una máquina de autopréstamo y acerca su carné de usuario; la máquina lee el microchip integrado en el mismo, envía la señal al sistema de gestión de la biblioteca utilizando la red de datos y éste le devuelve la descodificación de la lectura en forma de nombre de lector y de conjunto de permisos asociados a las transacciones de préstamo. Acto seguido, acerca a la máquina los documentos que se desea llevar en préstamo de forma individual o en bloques de hasta treinta centímetros de altura. La máquina de autopréstamo lee cada una de las etiquetas que están pegadas a los documentos, envía el dato al sistema de gestión, verifica los privilegios del carné y de los ejemplares solicitados y, por último, establece automáticamente la relación entre estas dos informaciones. En el momento de la operación, el préstamo queda reflejado en el catálogo colectivo del CSIC y se desactiva el antihurto La máquina genera un comprobante donde figura el nombre del lector, los ejemplares que se lleva en préstamo y su fecha de devolución. En el caso de que el usuario tenga préstamos no devueltos o intente sacar en préstamo algo que no es susceptible de ello (una obra de referencia, por ejemplo), o esté sancionado, la máquina le indicará que debe ponerse en contacto con los bibliotecarios y ninguna de las operaciones se realiza: ni el préstamo, ni la desactivación de la etiqueta. El mismo proceso, aunque simplificado, se produce en el buzón de devolución. Cuando un lector desea devolver un ejemplar, sólo tiene que depositarlo en la boca del buzón. Una cinta transportadora lo introduce en el sistema y lee su microchip. Al enviar los datos al sistema de gestión de la biblioteca, se deshace el préstamo y se vuelve a activar el indicador antihurto. El ejemplar está de nuevo preparado para integrarse en la colección. Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Anexo: enlaces interesantes sobre circulación en bibliotecas (Visionado no obligatorio, pero recomendable) Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Tutorial de la Biblioteca Municipal de Móstoles, recogido por Baratz, sobre como realizar reservas en el SIGB AbsysNet: https://www.comunidadbaratz.com/blog/como- realizar-reservas-en-el-opac-de-absysnet/ Artículo sobre el préstamo de libros electrónicos en bibliotecas: https://www.xataka.com/literatura-comics-y-juegos/gran-tapado-mundo-editorial- prestamo-gratis-libros-electronicos-bibliotecas Folleto de FESABID sobre la remuneración por préstamo: https://www.fesabid.org/wp- content/uploads/2021/05/fesabid_remuneracion_por_prestamo_publico.pdf Video tutorial de préstamo interbibliotecario de la Biblioteca de la Universidad Autónoma de Madrid: Vídeotutorial de Préstamo Interbibliotecario de la Biblioteca de la UAM Ponencia sobre la tecnología RFID y las bibliotecas, en las X Jornadas de Gestión de la Información de la SEDIC: https://digital.csic.es/bitstream/10261/8937/1/SEDIC_08.pdf Normativa de préstamo interbibliotecario de la Universidad Autónoma de Madrid: https://biblioteca.uam.es/sc/documentos/Normativa_prestamo_interbibliotecario.pdf Video tutorial sobre el servicio de autopréstamo de la Biblioteca Pública de Lugo: Centro de Formación / www.auxiliardebiblioteca.com Manual de procedimiento de las bibliotecas públicas municipales del Ayuntamiento de Madrid (a partir de la página 34, donde habla del préstamo): https://bibliotecas.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/Bibliotecas/IntranetBPM/0_Estrategia Organizacion/Manual%20de%20procedimiento_%20abril%202019.pdf

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