Resumen de Amparo PDF
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Este documento es un estudio de amparo. Describe las diferencias entre amparo directo e indirecto, las partes involucradas, los plazos y otros detalles. El texto presenta un resumen de las definiciones legales.
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AMPARO ESTUDIO TABLA DE CONTENIDO DIFERENCIA ENTRE AMPARO DIRECTO E INDIRECTO.........................................................................2 OBJETO.................................
AMPARO ESTUDIO TABLA DE CONTENIDO DIFERENCIA ENTRE AMPARO DIRECTO E INDIRECTO.........................................................................2 OBJETO...............................................................................................................................................2 FORMA...............................................................................................................................................2 PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO--- ART 5TO DE LA LEY DE AMPARO..............................................2 REPRESENTACIÓN DE LOS MENORES DE EDAD O DISCAPACITADOS..................................................2 PLAZOS EN EL JUICIO DE AMPARO.....................................................................................................2 NOTIFICACIONES EN EL JUICIO DE AMPARO......................................................................................3 COMPETENCIA...................................................................................................................................3 IMPROCEDENCIA...............................................................................................................................3 SOBRESEIMIENTO---ARTICULO 63 DE LA LEY DE AMPARO...............................................................3 INCIDENTES EN EL JUICIO DE AMPARO.............................................................................................3 NULIDAD DE NOTIFICACIONES..........................................................................................................4 SENTENCIAS.......................................................................................................................................4 EFECTOS DE LA CONCESIÓN DE UN AMPARO...................................................................................4 MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO....................................................................4 RECURSO DE REVISÓN---- PLAZO DE 10 DÍAS....................................................................................4 RECURSO DE QUEJA----- PLAZO DE 5 DÍAS........................................................................................4 RECURSO DE RECLAMACIÓN---- 3 DÍAS SIGUIENTES A QUE SURTA EFECTO LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA......................................................................................................................................4 EL AMPARO INDIRECTO.....................................................................................................................5 SUBSTANCIACIÓN..............................................................................................................................5 SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO...............................................................................................5 AMPARO DIRECTO..............................................................................................................................6 DEMANDA DE AMPARO DIRECTO......................................................................................................6 SUBSTANCIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO.............................................................6 PLAZOS...............................................................................................................................................6 RECURSO DE INCONFORMIDAD--- LO INTERPONE EL QUEJOSO O, EN SU CASO, POR EL TERCERO INTERESADO O EL PROMOVENTE DE LA DENUNCIA..........................................................................7 JURISPRUDENCIA...............................................................................................................................7 SANCIONES........................................................................................................................................7 DELITOS..............................................................................................................................................7 AMPARO ESTUDIO TRAMITACIÓN El juicio de amparo tiene 2 modalidades de tramitación: 1. La vía directa 2. La vía indirecta DIFERENCIA ENTRE AMPARO DIRECTO E INDIRECTO El amparo directo, también conocido como amparo contra sentencias definitivas o uniinstancial, es un recurso que se utiliza para impugnar sentencias definitivas o que ponen fin al juicio emitidas por tribunales judiciales o administrativos. El amparo indirecto también conocido como amparo contra actos de autoridad o biinstancial, es un recurso que se utiliza cuando un individuo cree que sus derechos constitucionales han sido violados por un acto de autoridad. OBJETO Se centra en resolver toda controversia que se suscite por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos en la constitución. FORMA Toda promoción en el juicio de amparo debe hacerse por escrito ya sea de forma impresa o electrónica El hecho de entregar una copia certificada en la substanciación del juicio no causará contribución alguna PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO--- ART 5TO DE LA LEY DE AMPARO Quejoso: quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo, alegando que una norma acto u omisión violan alguno de sus derechos. La autoridad responsable: Aquella que dictó, ordenó u ejecutó el acto que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas. Tercero interesado. Ministerio Público. REPRESENTACIÓN DE LOS MENORES DE EDAD O DISCAPACITADOS El menor de edad podrá pedir amparo por sí o por cualquier persona en su nombre sin la intervención de su legítimo representante. El presidente de la republica podrá ser representado por su Consejero Jurídico o a través de alguno de sus secretarios de estado PLAZOS EN EL JUICIO DE AMPARO Para presentar la demanda de amparo el término es de 15 días serán a partir del día siguiente en que surta efectos En materia penal: en un plazo de hasta 8 años si se trata de una sentencia condenatoria. Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo todos los del año, con excepción de los sábados y domingos AMPARO ESTUDIO NOTIFICACIONES EN EL JUICIO DE AMPARO Toda resolución dictada en un juicio de amparo deberá ser notificada a más tardar dentro del 3er día hábil siguiente, en materia penal se harán inmediatamente después de ser pronunciadas SE HARÁN DE FORMA: PERSONAL: 1. Al quejoso privado de su libertad 2. La primera notificación al tercero interesado y a la autoridad responsable POR OFICIO: 1. A la autoridad responsable, salvo que se trate de la primera notificación. 2. A la autoridad que tenga el carácter de tercero interesado 3. Al ministerio público POR LISTA: 1. En los casos no previstos. POR VÍA ELCTRÓNICA: A las partes que así lo soliciten y cuenten con FIRMA ELCTRÓNICA COMPETENCIA Conocen del juicio de amparo: I.La Suprema Corte de Justicia de la Nación; II. Los tribunales colegiados de circuito; CONOCEN DEL AMPARO DIRECTO III. Los tribunales colegiados de apelación; CONOCEN DEL AMPARO INDIRECTO IV. Juzgados de distrito; CONOCEN DEL AMPARO INDIRECTO V. Los órganos jurisdiccionales de los poderes judiciales de los Estados IMPROCEDENCIA El juicio de amparo es improcedente: I. Contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; II. Contra actos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; III. Contra actos del Consejo de la Judicatura Federal; IV. Contra resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; SOBRESEIMIENTO---ARTICULO 63 DE LA LEY DE AMPARO Este va a proceder cuando el quejoso desista de la demanda o no la ratifique. El quejoso muera durante el juicio El quejoso no acredite haber entregado los edictos INCIDENTES EN EL JUICIO DE AMPARO INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO---- La autoridad responsable decidirá, en el plazo de veinticuatro horas a partir de la solicitud, sobre la suspensión del acto reclamado DESVANECIMIENTO DE DATOS RECONOCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS INCIDENTE DE REPOSICIÓN DE AUTOS-- se tramitará a petición de parte o de oficio.---- plazo de cinco días, aporten las copias de las constancias y documentos relativos al expediente AMPARO ESTUDIO NULIDAD DE NOTIFICACIONES PLAZO PARA NULIDAD DE NOTIFICACIONES inmediatamente en la siguiente actuación que comparezcan 68 LA SENTENCIAS CONTENIDO DE LAS SENTENCIAS: I. La fijación clara y precisa del acto reclamado; II. El análisis sistemático de todos los conceptos de violación o en su caso de todos los agravios; III. La valoración de las pruebas admitidas y desahogadas en el juicio; EFECTOS DE LA CONCESIÓN DE UN AMPARO I. Si el acto reclamado es de carácter positivo al quejoso se le restablecerá en el pleno goce del derecho violado, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes II. Cuando el acto reclamado sea de carácter negativo o implique una omisión, obligar a la autoridad responsable a respetar el derecho de que se trate y a cumplir lo que el mismo exija. III. Cuando el acto reclamado sea una norma general la sentencia deberá determinar si es constitucional, o si debe considerarse inconstitucional.---- Si se declara la inconstitucionalidad de la norma general impugnada, los efectos se extenderán a todas aquellas normas y actos cuya validez dependa de la propia norma invalidada MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO I. Recurso de revisión II. Recurso de queja III. Recurso de reclamación IV. Recurso de inconformidad --estos podrán ser presentados de manera impresa o electrónica RECURSO DE REVISÓN---- PLAZO DE 10 DÍAS Procede contra: En amparo indirecto contra: o Resoluciones que concedan o nieguen la suspensión definitiva; o Resoluciones que decidan el incidente de reposición de constancias de autos o Resoluciones que declaren el sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional En amparo directo contra: o las sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales Revisión adhesiva: Plazo de 5 días RECURSO DE QUEJA----- PLAZO DE 5 DÍAS Procede contra: En amparo indirecto contra: o Resoluciones que admitan total o parcialmente, desechen o tengan por no presentada una demanda de amparo o Resoluciones que concedan o nieguen la suspensión de plano o la provisional o Resoluciones que reconozcan o nieguen el carácter de tercero interesado En amparo directo: o Cuando omita tramitar la demanda de amparo o Contra la resolución que decida el incidente de reclamación de daños y perjuicios o Cuando no provea sobre la suspensión dentro del plazo legal RECURSO DE RECLAMACIÓN---- 3 DÍAS SIGUIENTES A QUE SURTA EFECTO LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA AMPARO ESTUDIO Procede contra: Los acuerdos dictados por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o por los presidentes de sus salas o de los tribunales colegiados de circuito. Se podrá interponer por cualquiera de las partes, por escrito EL AMPARO INDIRECTO Procede contra: Contra normas generales que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de su aplicación causen perjuicio al quejoso Contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo Contra actos de tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo Requisitos de la demanda de amparo indirecto: I. El nombre y domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su representación; II. El nombre y domicilio del tercero interesado, y si no los conoce, manifestarlo así bajo protesta de decir verdad; III. La autoridad o autoridades responsables IV. La norma general, acto u omisión que de cada autoridad se reclame; PODRÁ FORMULARSE por escrito, por comparecencia o por medios electrónicos. SUBSTANCIACIÓN 24 Horas contado desde que la demanda fue presentada el órgano jurisdiccional deberá resolver si desecha, previene o admite. El órgano jurisdiccional mandará requerir al promovente que aclare la demanda cuando: No se hubiere acompañado, en su caso, el documento que acredite la personalidad o éste resulte insuficiente; No se hubiere expresado con precisión el acto reclamado; No se hubieren exhibido las copias necesarias de la demanda Serán admisibles toda clase de pruebas, EXCEPTO LA CONFESIONAL POR POSICIONES Las pruebas testimonial, pericial, inspección judicial o cualquier otra que amerite desahogo posterior, deberán ofrecerse a más tardar, cinco días hábiles antes de la audiencia constitucional Si al presentarse un documento por una de las partes otra de ellas lo objetare de falso en la audiencia constitucional, el órgano jurisdiccional la suspenderá para continuarla dentro de los diez días siguientes SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO Se decretará de oficio o a petición del quejoso . La suspensión se concederá de oficio y de plano cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida La suspensión se podrá pedir en cualquier tiempo mientras no se dicte sentencia ejecutoria. La suspensión, cualquiera que sea su naturaleza, surtirá sus efectos desde el momento en que se pronuncie el acuerdo relativo o La fijación clara y precisa del acto reclamado; o. La valoración de las pruebas admitidas y desahogadas; AMPARO ESTUDIO o. Las consideraciones y fundamentos legales en que se apoye para conceder o negar la suspensión AMPARO DIRECTO Procede contra: Contra sentencias definitivas, laudos y resoluciones que pongan fin al juicio dictadas por tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo Contra sentencias definitivas y resoluciones que pongan fin al juicio dictadas por tribunales de lo contencioso administrativo cuando éstas sean favorables al quejoso DEMANDA DE AMPARO DIRECTO REQUISITOS I. El nombre y domicilio del quejoso y de quien promueve en su nombre; II. El nombre y domicilio del tercero interesado; III. La autoridad responsable Dentro del plazo de cinco días contados a partir del siguiente al de presentación de la demanda, la autoridad responsable que emitió el acto reclamado deberá: . Certificar al pie de la demanda, la fecha de notificación al quejoso} Correr traslado al tercero interesado Rendir el informe justificado SUBSTANCIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO DIRECTO El presidente del tribunal colegiado de circuito deberá resolver en el plazo de tres días si admite la demanda. PLAZOS INFORME JUSTIFICADO EN AMPARO INDIRECTO----- 15 DÍAS INFORME PREVIO EN AMPARO INDIRECTO----- 48 HORAS SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN AMPARO ESTUDIO INFORME JUSTIFICADO EN AMPARO DIRECTO---- 5 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA ALEGATOS------ 15 DÍAS A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA CORREGIR IRREGULARIDADES-- Un plazo que no excederá de cinco días, para que subsane las omisiones o corrija los defectos precisados en la providencia relativa MAGISTRADO FORMULA-- formule el proyecto de resolución, dentro de los noventa días siguientes REPETICIÓN DEL ACTO RECLAMADO---- La repetición del acto reclamado podrá ser denunciada por la parte interesada dentro del plazo de quince días RECURSO DE INCONFORMIDAD--- LO INTERPONE EL QUEJOSO O, EN SU CASO, POR EL TERCERO INTERESADO O EL PROMOVENTE DE LA DENUNCIA Procede contra la resolución: I. Tenga por cumplida la ejecutoria de amparo II. Declare que existe imposibilidad material o jurídica para cumplir la misma u ordene el archivo definitivo del asunto III. Declare sin materia o infundada la denuncia de repetición del acto reclamado JURISPRUDENCIA Se establece por: precedentes obligatorios ---se establece por la Suprema Corte de Justicia de la Nación por reiteración -------se establece por los tribunales colegiados de circuito por contradicción. -----se establece por el Pleno o las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación LA TESIS DEBE CONTENER: Rubro: Narración de los hechos: Criterio jurídico. En el Semanario Judicial de la Federación se publicarán las tesis SERVIDOR PÚBLICO FUNDAMENTO: ARTICULO 108 CONSTITUCIÓN SANCIONES Para hacer cumplir sus determinaciones, los órganos jurisdiccionales de amparo A PARTIR DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS: I. Multa; II. II. Auxilio de la fuerza pública III. Ordenar que se ponga al infractor a disposición del Ministerio Público DELITOS Se impondrá una pena de dos a seis años de prisión y multa de treinta a trescientos días: Al quejoso, a su abogado autorizado o a ambos, si con el propósito de obtener una ventaja procesal indebida, en la demanda afirme hechos falsos Al quejoso o tercero interesado SI PRESENTAN testigos o documentos falsos. AMPARO ESTUDIO Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión: Al rendir informe previo o con justificación exprese un hecho falso o niegue la verdad; Sin motivo justificado revoque o deje sin efecto el acto que se le reclama con el propósito de que se sobresea en el amparo No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado Se impondrá pena de cinco a diez años de prisión, multa de cien a mil días, en su caso destitución e inhabilitación de cinco a diez años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos a la autoridad que dolosamente: I. Incumpla una sentencia de amparo o no la haga cumplir; II. Repita el acto reclamado; III. Omita cumplir cabalmente con la resolución que establece la existencia del exceso o defecto AMPARO ESTUDIO