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Introducción En Escena somos una institución educativa que tiene el compromiso de velar por un ambiente de respeto, inclusión y libertad para todas las personas que conforman su comunidad. Sin embargo, reconocemos que los entornos académicos no están exentos de situaciones de cualquier tipo de viole...

Introducción En Escena somos una institución educativa que tiene el compromiso de velar por un ambiente de respeto, inclusión y libertad para todas las personas que conforman su comunidad. Sin embargo, reconocemos que los entornos académicos no están exentos de situaciones de cualquier tipo de violencias de género que puede afectar la integridad, el bienestar y el desempeño de quienes las padecen. Este protocolo nace con el objetivo de establecer medidas claras de prevención, atención, sanción y erradicación ante casos de violencia de género, acoso u hostigamiento sexual que pudieran suscitarse dentro de la comunidad de Escena. Constituye una herramienta para proteger la integridad de estudiantes, docentes, staff y cualquier persona relacionada con las actividades de la universidad. Justificación La violencia de género, el acoso y el hostigamiento sexual son problemáticas que lamentablemente se encuentran presentes en diversos ámbitos, incluyendo el educativo y artístico. Estas situaciones, además de vulnerar los derechos humanos de las víctimas, pueden generar consecuencias negativas a nivel físico, psicológico, emocional y académico. En Escena, estamos comprometidos con garantizar un ambiente libre de violencia, donde todas las personas puedan desarrollar su potencial creativo de manera segura y plena. Por ello, consideramos fundamental contar con un protocolo que brinde orientación y acompañamiento a las víctimas, establezca medidas de prevención, así como procedimientos claros para investigar, sancionar y erradicar estos actos reprobables. Asimismo, este protocolo busca sensibilizar y capacitar a la comunidad de Escena sobre la importancia de reconocer, prevenir y denunciar cualquier manifestación de violencia de género, acoso u hostigamiento sexual, fomentando una cultura de respeto, igualdad y tolerancia cero hacia estas conductas. Objetivo General: Establecer medidas y procedimientos claros, efectivos y con perspectiva de género para prevenir, atender, sancionar y erradicar cualquier tipo de violencia de género, acoso sexual, hostigamiento sexual y violencia sexual dentro de la comunidad universitaria, garantizando el respeto a los derechos humanos y la integridad de las víctimas, así como promover una cultura institucional de igualdad, no discriminación y no violencia. Objetivo Específico: Implementar un protocolo de actuación integral que establezca rutas de atención accesibles, eficientes y confidenciales para las víctimas de violencia de género, que contemplen las medidas de protección, orientación y acompañamiento durante todo el proceso, con la finalidad de brindar una atención oportuna, empática y con perspectiva de género. Estos objetivos se basan en las definiciones y lineamientos establecidos por la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007), ONU Mujeres (2018), INMUJERES (2009), UNAM (2016) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (2018), que enfatizan la importancia de contar con protocolos institucionales que aborden de manera integral la prevención, atención y erradicación de la violencia de género en todos sus tipos y modalidades. Definiciones: Violencia de género: Se refiere a “cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público" (Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, 2007, art. 5). Es importante destacar que la violencia de género no se limita únicamente a la violencia ejercida por hombres contra mujeres, aunque es la forma más comúnmente reconocida. También puede incluir violencia ejercida por mujeres contra hombres, violencia entre parejas del mismo sexo, así como otras formas de violencia basada en el género, como la violencia contra personas transgénero o intersexuales. Acoso sexual: consiste en cualquier comportamiento de naturaleza sexual que ocurre sin el consentimiento de la persona que lo recibe. Esto provoca efectos dañinos a nivel psicológico, emocional y/o físico. Algunas manifestaciones del Acoso Sexual son: Tipo Ejemplos Verbales - Comentarios, palabras o chistes sexuales humillantes, hostiles u ofensivos - Discusión de actividades sexuales, insinuaciones o proposiciones sexuales - Llamadas o notas con connotación sexual No verbales - Miradas persistentes o sugerentes, gestos, silbidos, sonidos de carácter sexual Física - Contactos físicos innecesarios (roces, abrazos, besos, apretones, tocaciones, etc.) - Acercamientos o persecuciones - Realización de gestos obscenos Amenazas - Exigencia de favores sexuales con consecuencias en el desarrollo académico o laboral - Amenaza de perjuicios si no acepta propuestas sexuales - Promesas u ofrecimiento de beneficios o ventajas laborales o académicas a cambio de favores sexuales - Amenazas o acciones de difusión de fotografías o videos de la persona en situaciones íntimas o comprometedoras Digitales - Envío de correos o mensajes electrónicos con contenido sexual (comentarios, chistes, fotografías) - Difusión de rumores de carácter sexual sobre otra persona por medios digitales - Exhibición de pornografía - Compartir imágenes o videos de contenido íntimo, violando la intimidad sexual Hostigamiento sexual: "Es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar" Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de forma obscena. Violencia Digital: Según la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México (s.f.), la violencia digital se refiere a cualquier acto realizado a través de medios informáticos que busque agredir, violentar, vulnerar o exhibir la intimidad de una persona. (Secretaría de las Mujeres, 2024). Violencia sexual: La violencia sexual se define como cualquier comportamiento, acción u omisión, ya sea ocasional o repetido. La violación representa la manifestación más evidente de esta forma de violencia. En términos generales, la violencia sexual abarca cualquier acto de índole sexual llevado a cabo sin consentimiento, ya sea mediante medios sexuales o dirigido hacia la sexualidad de la víctima. (INMUJERES, 2009). Consentimiento: El consentimiento es un acuerdo explícito y mutuo, expresado de forma comprensible por todas las partes involucradas. Debe darse de manera libre y voluntaria, aprobando participar en actividades de naturaleza sexual en ese momento y lugar específicos. Haber consentido en el pasado no implica consentimiento presente o futuro. El silencio, la pasividad, la inmovilidad o la ausencia de rechazo no pueden considerarse consentimiento. Circunstancias como el consumo de alcohol o drogas, la existencia previa de relaciones desiguales, jerarquías o violencia, pueden afectar la capacidad de las personas para dar un consentimiento válido y libre o para expresar una negativa clara. Discriminación por razones de género: ocurre cuando se hace una distinción, exclusión o restricción injusta contra una persona debido a su sexo, orientación sexual o identidad de género, amenazando o anulando el ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Medidas de Prevención Campañas de sensibilización y capacitación: Realizamos campañas permanentes para concientizar sobre estas problemáticas a través de materiales informativos, actividades y talleres Difusión y acceso a la información: Mantenemos una política de difusión constante del protocolo, los canales de denuncia y asesoría a través de diversos medios físicos y digitales. Fomento de una cultura de respeto e inclusión: Organizamos actividades artísticas, culturales y recreativas que promueven la convivencia en ambientes seguros e inclusivos para todas las personas. Coordinación institucional: Se crea un comité interdisciplinario denominado Consejo de Prevención y acción contra el acoso, integrado por diversas áreas se encarga del seguimiento, implementación y mejora continua del protocolo. Medidas de actuación y sanciones El protocolo establece diferentes niveles de acoso, hostigamiento y conductas de violencia de género, con el fin de determinar las vías de actuación y sanciones correspondientes. Estos niveles van desde conductas leves hasta casos graves: Nivel de Conducta Tipo Ejemplos Sanción Nivel 1:Leve Incluye comentarios o insinuaciones de carácter sexual inapropiados, miradas o gestos sugerentes. Verbales Cualquier chiste o comentarios sexuales humillantes, hostiles u ofensivos. Discusión de actividades sexuales, insinuaciones o proposiciones sexuales. Recibir llamadas o mensajes con connotación sexual sin consentimiento y mutuo acuerdo · Mediación y firma de acuerdos. · Seguimiento a acuerdos. No verbales Miradas persistentes o sugerentes, gestos, silbidos, sonidos de carácter sexual Nivel 2:Medio Comprende conductas verbales y no verbales recurrentes, difusión de rumores,entre otros No verbal/Físico Contactos físicos innecesarios y acercamientos excesivos. Realización de gestos obscenos · Asistir a taller de perspectiva y violencias de género · Asistencia regular a sesiones en Psicología · Carta de condicionamiento · Baja temporal Amenazas/ Digitales Exigencia de favores sexuales con consecuencias en el desarrollo académico o laboral Difusión de rumores de carácter sexual sobre otra persona por medios digitales Amenazas de difusión de fotografías o videos de la persona en situaciones íntimas o comprometedoras Envío de correos o mensajes electrónicos con contenido sexual (comentarios, chistes, fotografías) Exhibición de pornografía Nivel 3:Grave Incluye el acoso físico, las amenazas, el chantaje de carácter sexual, así como cualquier tipo de agresión o violencia sexual. Físico/ Digitales Cualquier tocamiento no consentido, acorralamiento, sometimiento. Difusión de fotografías o videos de la persona en situaciones íntimas o comprometedoras. Amenaza de perjuicios si no acepta propuestas sexuales Promesas u ofrecimiento de beneficios o ventajas laborales o académicas a cambio de favores sexuales Abuso sexual Violación · Se realizará una investigación exhaustiva, procurando las medidas cautelares necesarias. · Las sanciones pueden incluir la expulsión definitiva, destitución del cargo y se procederá a las denuncias legales correspondientes Referencias: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, 2007 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2018). Hostigamiento y acoso sexual. https://igualdaddegenero.cndh.org.mx/Content/doc/Observancia/Delito_Hostigamiento_sexual_2021.pdf Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). (2009). Hostigamiento y acoso sexual. https://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100893.pdf ONU Mujeres. (2018). Glosario de igualdad de género. https://www.unwomen.org/es/digital-library/genderterm Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México. (s.f.). ¿Qué es la Violencia Digital?. Recuperado de: https://semujeres.cdmx.gob.mx/violencia-digital#:~:text=%C2%BFQu%C3%A9%20es%20la%20Violencia%20Digital,la%20intimidad%20de%20una%20persona. Superema Corte de Justicia de la Nación Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2007). Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). (2016). Protocolo para la atención de casos de violencia de género en la UNAM. https://www.defensoria.unam.mx/web/documentos/protocolo-atencion-integral-de-violencia-por-razones-de-genero.pdf

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