parte_4.txt
Document Details

Uploaded by AutonomousHeliotrope
Full Transcript
Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual sonoro a petición incorporarán gradualmente herramientas de accesibilidad en sus programas o contenidos ofrecidos mediante catálogo. Subir [Bloque 107: #a8 -7] ArtÃculo 85. Comunicaciones comerciales audiovisuales en el servicio de comunicació...
Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual sonoro a petición incorporarán gradualmente herramientas de accesibilidad en sus programas o contenidos ofrecidos mediante catálogo. Subir [Bloque 107: #a8 -7] ArtÃculo 85. Comunicaciones comerciales audiovisuales en el servicio de comunicación audiovisual radiofónico y en el servicio de comunicación audiovisual sonoro a petición. 1. Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual radiofónico y del servicio de comunicación audiovisual sonoro a petición tienen derecho a emitir comunicaciones comerciales audiovisuales de acuerdo con los lÃmites previstos en la sección 1.ª y 2.ª del capÃtulo IV del tÃtulo VI, s alvo la limitación horaria establecida en el apartado 5 del artÃculo 123, que no les será de aplicación. 2. En relación con lo dispuesto en el apartado 2 del artÃculo 128, sobre el patrocinio, los prestadores del servicio de comunicación audiovisual radiofónico y del servicio de comunicación audiovisual sonoro a petición podrán patrocinar toda la programación, salvo los noticiarios. 3. En relación con lo dispuesto en el apartado 2 del artÃculo 129, sobre el emplazamiento de producto, los p restadores del servicio de comunicación audiovisual radiofónico y del servicio de comunicación audiovisual sonoro a petición podrán realizar emplazamiento de producto con carácter general en toda la programación salvo en los noticiarios, los programas rela cionados con la protección del consumidor, los programas religiosos y los programas infantiles.