Manual de Geografía: Tema 2 - Conservación del Medio Natural Canario PDF

Summary

This document is a unit on the conservation of the natural environment in the Canary Islands. It reviews strategies for preservation, starting from the designation of the first national parks and leading to the Natura 2000 network. The document also examines the legal framework for conservation and the challenges of balancing conservation with economic development.

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U NIDAD DE A PRENDIZAJE 2 A CTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Presentación Tras haber abordado en la primera unidad de aprendizaje los ecosistemas naturales de Canarias, es importante ahora comprender cuál...

U NIDAD DE A PRENDIZAJE 2 A CTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Presentación Tras haber abordado en la primera unidad de aprendizaje los ecosistemas naturales de Canarias, es importante ahora comprender cuáles son las estrategias que se han diseñado para preservarlos, qué medidas se han adoptado para conservar los indudables valores con que cuenta el archipiélago. En la presente unidad se hace una revisión breve y sintética a dichas estrategias de conservación, repasando el proceso que se inició con la designación de los primeros Parques Nacionales, y que de- rivó en la redacción de los estudios llevados a cabo para declarar los Espacios Protegidos de Canarias y crear un marco legislativo para la protección de los recursos naturales, hasta desembocar en la Red Natura 2000. Por tanto, se estudia en este tema el marco jurídico en el que se encuadran las diferentes estrate- gias de conservación y, por supuesto, se aborda de forma crítica el problema de compatibilidad que suscitan estas estrategias respecto al necesario desarrollo económico. Es un tema fundamental para desarrollar una conciencia conservacionista el poner en evidencia los valores naturales del territorio canario. Objetivos La presente unidad tiene como objetivos de aprendizaje los siguientes: Objetivos fundamentales: – Son objetivos fundamentales la comprensión por parte del alumno de los valores naturales de que dispone el archipiélago canario (CB1 y ED17). – Poner en evidencia que el ecosistema insular canario en todo su conjunto reúne valores natura- les que son dignos de protección (CB1, CB3 y ED17). – Repasar las estrategias de conservación que se han venido llevando a cabo y comprender, a partir del estudio histórico de dichas estrategias, la situación actual (CB1, CB2, CB3, ED17 y ED18). – Es también un objetivo básico despertar una conciencia crítica y lanzar un debate sobre la con- veniencia (o inconveniencia) de la conservación a partir del estudio de las compatibilidades que se establecen sobre el territorio (CB3). Objetivos secundarios: – Conocer la historia de los espacios naturales de Canarias. – Entender el sistema y marco jurídico de conservación de los Espacios Naturales Protegidos. – Abordar las diferentes figuras de protección que aparecen recogidas en la legislación autonó- mica. – Conocer la red canaria de espacios protegidos. – Comprender los criterios de delimitación y declaración de los espacios protegidos. – Comprender el marco jurídico internacional en el que se mueven las estrategias de conserva- ción. – Despertar una conciencia crítica sobre la conservación de los valores naturales, en general, y de Canarias, en particular. – Enseñar la necesidad de conocer y comprender nuestros ecosistemas como requisito previo indispensable para protegerlos. – Valorar en su justa medida la compatibilidad entre desarrollo y preservación ahondando en el concepto de desarrollo sostenible. – Aportar referencias de estudios para poder profundizar en los temas desarrollados a lo largo de la presente unidad de aprendizaje. Esquema de los contenidos Figura 2.1 Esquema de contenidos de la Unidad 2 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Exposición de los contenidos 2.1 Antecedentes en la conservación del medio natural canario «La preocupación por conservar los espacios naturales es una idea relativamente moderna y, como todos los conceptos culturales, evoluciona con las sociedades en las que surge» (Suárez y Pérez, 1993). Es evidente que la conservación es un acto voluntario e intencionado asociado a una mentalidad ambientalista que sólo se desarrolla en sociedades que tienen cubiertas sus necesidades primarias y observan con preocupación el continuado proceso de degradación de su entorno. Es el resultado del despertar de la conciencia ecológica en la sociedad de consumo. Partiendo de esta premisa, se plantean soluciones con la finalidad de preservar aquello que se considera valioso y se encuentra en riesgo de degradación. Esto, referido al patrimonio natural, es una cuestión relativamente reciente y, tal y como afirman Suárez y Pérez, un hecho cultural. Desde el momento en que el ser humano se preocupa por poner en valor y conservar el patrimonio natural ape- nas ha transcurrido poco más de un siglo. Las primeras iniciativas que tienen como objeto conservar un ecosiste- ma natural se adoptan en Estados Unidos, formalizándo- se en 1872 con la declaración mediante decreto del primer parque nacional del mundo: el de Yellowstone. Poco antes, en España ya se habían promulgado normas y reglamentos con los que se pretendía regular el uso de los denominados montes de utilidad pública (Ley de 1859), pero fue ésta una iniciativa económica, aún alejada del fun- damento específico de protección que emana de la declaración de un parque nacional propiamente dicho. La iniciativa norteamericana tendría repercusión incluso más allá de sus fronteras. Esta nueva filosofía de entender el medio ambiente llegó pronto a España que se convirtió en uno de los primeros países en tomar decisiones similares. En 1916 se aprobó en España la primera ley estatal de parques nacionales, conocida como Ley Gasset. Su fundamento, recogido en tan sólo tres artículos, concebía la naturaleza como un museo, bajo una visión estática de carácter paisajístico y estético que entendía los parajes naturales como parques para solaz y recreo. Pero poco a poco se fue desarrollando una cultura medioambiental que derivaría con el tiempo hacia una gestión activa de la naturaleza. El enfoque estático y museístico de esta primera norma 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 89 2.1. ANTECEDENTES EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO de 1916 aún prevalecía cuando se promulgaron los decretos de 1954, por los que se declararon los parques nacionales del Teide (22 de marzo) y de la Caldera de Taburiente (6 de octubre). Estos parques nacionales canarios se sumaban a los ya existentes de Covadonga (Picos de Europa) y Ordesa y Monte Perdido (ambos de 1918). En 1956 apareció una nueva Ley del suelo. Era novedosa en su concepción y, aunque mantenía una filosofía meramente precautoria sobre el territorio, centrándose casi exclusivamente en el ámbi- to urbano, introdujo la clasificación de suelo como herramienta de planificación. Esta circunstancia supuso un cambio de paradigma en las estrategias de conservación. No se trataba ya únicamente de considerar los espacios naturales como un territorio inalterable, sino que se aventuraba una nueva forma de gestionarlos. La Ley del suelo consideró por primera vez el suelo rústico y, aunque sólo fuera por excepción (con los suelos urbanos y urbanizables), se distinguía entre el suelo apto para los desarrollos urbanísticos, y que por tanto podía urbanizarse, de aquél otro que debía quedar al margen de dichos desarrollos, es decir, debía conservarse en su estado original. En la práctica, esto supuso que habría agentes encargados de establecer una clasificación del suelo según la cual algunos terrenos eran susceptibles de ser transformados, mientras que otros debían mantenerse inalterados. Esta clasificación del suelo no sólo permitía decidir qué suelos urbanizar y cuáles no, sino que abría una vía nueva para la protección del medio natural. Además, tan solo un año después de aprobada la ley del suelo del 56 aparecía publicada la ley de montes de 1957, bajo cuyos preceptos se declararían posteriormente los parques nacionales de Doñana (1969), Tablas de Daimiel (1973) y Timanfaya (1974). 1975 es un año clave en el planeamiento y la ordenación territorial. Se aprueba al mismo tiempo una nueva ley del suelo y, por vez primera, una ley específica de espacios naturales. La primera se limita casi por completo a regular el planeamiento urbanístico (la consideración de «ordenación te- rritorial» es un concepto que llegaría más tarde, por ese entonces todavía es más adecuado hablar de urbanismo). El suelo rústico queda relegado a «lo que no es urbano», evidenciando el carácter mar- ginal que se le asignó en esta ley. Pero la de espacios naturales introdujo una interesante novedad: propone proteger zonas concretas con la finalidad de llevar a cabo en ellas una gestión en la conser- vación11 y establece diferentes figuras de espacios protegidos: se mantienen los Parques Nacionales y se suman a ellos los Parques Naturales, las Reservas Integrales de Interés Científico y los Parajes Naturales de Interés Nacional. 11 En el enunciado de esta ley se podía leer lo siguiente: «Es finalidad de esta Ley contribuir a la conservación de la naturaleza otorgando regímenes de adecuada protección especial a las áreas o espacios que lo requieran por la singulari- dad e interés de sus valores naturales (... ). La protección de estas áreas conducirá a su mejor utilización con finalidades educativas, científicas, culturales, recreativas, turísticas o socioeconómicas.» 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 90 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Bajo esta ley se redactará luego un documento esencial para el futuro conservacionista: el «Inven- tarios abierto de espacios protegibles», realizado por el ICONA en 1980. Extrapolado a Canarias, en su elaboración participaron los distintos cabildos insulares en colaboración con el ICONA, salvo en Gran Canaria, donde este órgano estatal no participó en el estudio de las zonas protegibles de la Isla. No fue la única diferencia, mientras que en todo el archipiélago se aplicó un criterio esencialmen- te conservacionista, en Gran Canaria el criterio fue también de carácter restaurador. Esto se debió, por una parte, a la no participación del ICONA y, por otra, al mayor grado de deterioro que estaba alcanzando esta isla como resultado del más avanzado desarrollo turístico. Redactores diferentes y criterios diferentes dio lugar a un documento en Gran Canaria ligeramente distinto al del resto de islas. La herramienta para llevar a cabo tales propósitos la facilitó la ley del suelo de 1975, donde apare- cía un instrumento urbanístico que se consideró adecuado para proceder a realizar una ordenación territorial de ámbitos naturales. Este instrumento de ordenación era el de los planes especiales. En efecto, los planes especiales, una herramienta propuesta por la ley del suelo, se mostraron como la herramienta adecuada para la planificación de los espacios naturales. Se redactaron entonces dos tipos diferentes de planes especiales: los de protección de espacios na- turales o PEPEN (Gran Canaria) y los de conservación y protección de espacios naturales o PECPEN (resto de islas). La diferencia sustancial entre ambos fue una cuestión de criterio, dado que el PEPEN estaba orientado tanto a la conservación, como a la restauración. Esto derivó en una delimitación más extensiva de espacios naturales en Gran Canaria, aspecto que aún hoy heredan las actuales leyes de declaración de espacios protegidos. Hay que advertir que estos planes nunca se aprobaron, pero sí marcaron la declaración de una nueva ley, en este caso ya de ámbito autonómico (las competencias en materia de ordenación terri- torial fueron transferidas a cada comunidad). En 1987 nació la primera ley de espacios naturales de Canarias, conocida por sus siglas LENAC. En ella se incluyeron 104 espacios, todos ellos derivados de los PECPEN y PEPEN. Esta Ley mantuvo la disarmonía de criterios existente entre ambos tipos de planes especiales. Tan sólo dos años después, en 1989, el Estado promulgaría una nueva ley referida a los espacios protegidos. Esta ley, de carácter estatal y vigente hasta 2007, incorporó un matiz interesante, ya puesto de manifiesto en su propio título: Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre. Esta ley definió cuatro figuras de protección: Parques, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos. Todos ellos se han mantenido hasta la actualidad. 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 91 2.1. ANTECEDENTES EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Figura 2.2 Figuras de protección (tipos de espacios protegidos) contemplados en la Ley de 1989. Sobre esta base jurídica, en 1994 aparecía una nueva Ley de Espacios Naturales de Canarias. Aun- que en el año 2000 se publicaba un Texto Refundido que revisaba y fundía en un texto único las leyes autonómicas del suelo y de espacios protegidos, los contenidos referidos a estos últimos apenas si han variado, de manera que el espíritu de aquella ley de 1994 sigue plenamente vigente, incluso hoy día, tras la aprobación de la nueva Ley del suelo de 201712. Urbanismo, ordenación territorial y planes especiales grandes rasgos y sintetizando incluso a riesgo de resultar simplistas, se puede afirmar A que las prácticas de conservación del medio natural han evolucionado desde el urbanis- mo, una disciplina centrada exclusivamente en el medio urbano y desarrollada principalmente por arquitectos. El espacio urbano se planifica, de ahí que se hable de planificación urbanística y de planes urbanísticos y que muchos conceptos de esta disciplina se emplearan posterior- mente para la ordenación territorial. La conservación de la naturaleza, los espacios protegidos y los recursos naturales forman parte de una disciplina más amplia y compleja que el urbanismo, como es la ordenación territorial. Podría decirse que ésta es resultado del urbanismo, pero hoy día ha acabado por englobarlo. La ordenación territorial emplea conceptos e instrumentos propios del urbanismo. La clasifica- ción del suelo según su potencial y los instrumentos de ordenación, como los planes urbanísti- cos, han sido adaptados del urbanismo para los fines conservacionistas. Los planes especiales son definidos por la ley del suelo, pero se emplean en espacios protegidos. Son documentos cuyo objeto es la ordenación y planificación de sectores territoriales. Bastó modificar su objeto y sirvieron también para las técnicas de conservación activa de los espacios protegidos. Por eso se emplearon en el primer inventario sistemático que se hizo en Canarias de espacios que, por aquel entonces, se llamaron «protegibles». 12 Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales de Canarias. 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 92 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO 2.2 Estrategias de conservación Queda claro que la conservación de la naturaleza es un acto intencionado implícito en las estra- tegias de ordenación territorial y de sus recursos. La forma de abordarlo conlleva tomar decisiones sobre cómo proteger el medio natural y esto puede hacerse atendiendo a diferentes enfoques, fórmu- las y mecanismos. Básicamente existen dos modelos o enfoques diferentes de abordar la conservación de los recursos naturales: se puede optar por una conservación pasiva centrada exclusivamente en establecer una protección sobre terrenos y elementos naturales, o bien elegir una segunda línea de actuación, la de la protección activa, que implica regular los usos del territorio y coordinar conservación y desarrollo. Gestión. Asimismo, cualquiera de estas líneas estratégicas puede desarrollarse a través de dos fórmulas diferentes. Una implica la protección de un determinado recurso natural, sin fijar una delimitación espacial. La otra supone la definición de espacios protegidos y, por tanto, precisa de una delimitación territorial del mismo. Una protege el recurso, la otra lo hace también sobre su hábitat. Figura 2.3 Esquema de las estrategias de conservación. Elaboración propia. 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 93 2.2. ESTRATEGIAS DE CONSERVACIÓN Finalmente, tanto una línea de conservación como otra pueden resolverse mediante dos tipos de mecanismos: inventarios y regulación jurídica (legislación). Normalmente, los primeros implican un primer paso en las políticas de protección del medio natural, pero no dejan de ser meros listados, sin respaldo jurídico. Sin embargo, son muchas las ocasiones en que estos inventarios acaban adqui- riendo rango normativo, lo que ocurre si finalmente se les incluye en algún tipo de texto jurídico (Decreto, Decreto Legislativo, Ley, Catálogo, etc.). En la actualidad, la primera línea de acción, la de los modelos de la conservación pasiva, está ya ampliamente superada y la tendencia es la de abordar la protección del medio natural de forma acti- va, proponiendo siempre un desarrollo sostenible y estableciendo en consecuencia pautas de gestión del territorio. Es decir, se trata de gestionar, y no únicamente de proteger. Respecto a las fórmulas de gestión, conviven los niveles de protección de recursos naturales con aquellos otros que actúan a través de la declaración de espacios protegidos. Los primeros establecen una protección directa sobre el recurso, por ejemplo, el lince ibérico. No importa en este caso la de- limitación espacial. Sin embargo, la segunda de las vías, la de la declaración de espacios protegidos, precisa de una delimitación de su ámbito de afección y, por tanto, una clasificación territorial. En este sentido, se puede decir que la conservación a través de la declaración de espacios protegidos constituye la vía «urbanística», al entenderse que deriva de prácticas propias de esta disciplina. Es una visión más compleja, pues no sólo protege la especie, en nuestro ejemplo el lince, sino también su hábitat, caso del Parque Nacional de Doñana. Ambas estrategias pueden convivir. Y es lógico que así sea, pues son muchos los casos en los que se protege un espacio concreto, pero el área de campeo de una especie (en nuestro ejemplo, el lince ibérico), no entiende de delimitaciones y escapa más allá de esos límites. Protegiendo tanto el ámbito territorial, como la propia especie, se obtiene un mejor resultado. También respecto a los mecanismos de conservación conviven los inventarios y la regulación jurí- dica, pero es evidente que esta última resulta más efectiva. Es habitual que inventarios de recursos na- turales y de patrimonio acaben convertidos en textos jurídicos que regulan su protección (recuérdese el caso de los PEPEN y PECPEN, inventarios que al final acabaron siendo recogidos por la LENAC). Esta práctica es muy común en las estrategias de conservación del patrimonio natural. Sintetizando, puede afirmarse que a día de hoy dichas prácticas proteccionistas tienden a la conservación activa mediante la regulación jurídica del medio natural. La vía normativa no es más que la herramienta empleada para alcanzar los objetivos de protección. Una vez que se opta por esta doble vía para la gestión de la naturaleza se entra de lleno en el marco jurídico. Las decisiones que respecto a las estrategias de conservación se adoptan en Canarias están directamente relacionadas con la propia legislación estatal y ésta, a su vez, depende de lo establecido 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 94 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO por Bruselas, desde que España entró a formar parte de la UE. De tal forma que se establece una relación jerárquica que pasaremos a comentar. 2.3 Marcos de protección jurídico 2.3.1. Marco jurídico internacional. La legislación medioambiental se establece mediante un sistema jerarquizado. En el campo internacional debemos distinguir las iniciativas intracomunitarias de las extracomunitarias. Los acuerdos internacionales alcanzados fuera del ámbito de la UE son iniciativas individuales y voluntarias de cada uno de los países que lo subscriben y obligan en la medida que cada Estado ratifica dicho acuerdo (por ejemplo, Protocolo de Kyoto, subscrito dentro del marco de la ONU), pero podríamos decir que es sustancialmente más «laxo», y que de manera habitual escuchamos como algún país incumple el acuerdo (casos hay muchos, tanto sobre emisiones contaminantes, como sobre la pesca de ballenas y otros). España participa en varios acuerdos de carácter ambiental fuera del ámbito de la Comunidad Eu- ropea. Dos casos de iniciativas internacionales no comunitarias y con incidencia en Canarias son los acuerdos sobre protección de humedales y la lista de Geosites. Los acuerdos sobre protección de hu- medales constituyen un buen ejemplo de conservación activa de la naturaleza, situada a caballo entre la gestión del recurso natural en cuestión (el humedal como ecosistema de interés) y la delimitación territorial (necesaria para preservar el humedal). Estos acuerdos de 1971 implican el reconocimien- to de los humedales como ecosistemas frágiles y de alto valor, premisa previa imprescindible para iniciar acciones en pos de su protección. Una vez reconocido el valor de un recurso natural (en este caso un ecosistema como el de los humedales), el siguiente paso debe ser el del inventariado y la redacción de un texto garante de su conservación. Esto último se llevó a cabo en la ciudad iraní de Ramsar, donde tuvo lugar la Conven- ción de la que hoy participan 163 agentes, entre organizaciones y Estados. En la Lista Ramsar figuran varios humedales españoles, pero sólo uno en Canarias: El Saladar de Jandía, en Fuerteventura13. Por su parte, el Proyecto Global Geosite14 es un programa relativamente reciente promovido por la Unión Internacional de Ciencias Geológicas (IUGS, por sus siglas en inglés) que pretende, mediante un inventario, poner en valor emplazamientos de interés geológico. La aportación al proyecto es voluntaria y España participa en él a través del IGME (Instituto Geominero de España). Su carácter es meramente intencional, pues de momento no está refrendado por una legislación que lo ampare. 13 Más información en: https://www.ramsar.org/cda/es/ramsar-home/main/ramsar/1_4000_2__ 14 Para saber más sobre el proyecto Geosite y consultar la lista: http://www.igme.es/internet/patrimonio/GlobalGeosites.htm 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 95 2.3. MARCOS DE PROTECCIÓN JURÍDICO España cuenta con 215 geosites en esta lista y Canarias cuenta con representación en todas y cada una de las islas: – Tenerife: Roques de García, Edificios Cañadas y Volcán Teide – Gran Canaria: Roque Nublo y Caldera de Tejeda (cone-sheet) – Fuerteventura: Complejo basal – Lanzarote: Vulcanismo reciente de Timanfaya – La Gomera: Roques sálicos (Roque Blanco, Los Órganos, Roque Cano, La Fortaleza, Roques de Agando, Ojila y la Zarcita) – La Palma: Caldera de Taburiente – El Hierro: Vertientes de El Golfo Otro inventario con importancia para la conservación de recursos naturales es el elaborado por SEO-Birdlife15 , que ha designado los denominados Lugares de Importancia para las Aves (IBA, en sus siglas en inglés), espacios que, como su propio nombre indica, son ecosistemas singulares y de especial valor para la avifauna. En esta misma línea de protección por medio de inventarios habría que mencionar las iniciativas de la UNESCO, que cuentan con más de medio siglo de historia. Este organismo dependiente de la ONU dispone de dos programas específicos relacionados con la conservación: Men and Biosphere (MAB) y el Programa Educativo del Patrimonio Mundial. Dentro del primero se promovió la designa- ción de lugares geográficos representativos de los diferentes hábitats del planeta, confeccionándose para ello la lista de Reservas de la Biosfera. De otra parte, el Programa sobre Patrimonio Mundial desarrolló una iniciativa similar y viene preparando un inventario sobre lugares Patrimonio de la Humanidad, que contempla tanto emplazamientos culturales, como naturales y mixtos. España es un país que cuenta con un número importante de bienes declarados Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO (cuarenta y nueve), cuatro de los cuales se encuentran en Canarias: dos son de carácter natural, Parques Nacionales del Teide (Tenerife) y Garajonay (La Gomera), otro es cultural, el casco histórico de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) y el cuarto, último en ser declarado, tiene la condición mixta, cultural-natural, está en Gran Canaria y es el paisaje cultural del Risco Caído y las Montañas Sagradas. También se cuenta entre los países que encabezan la lista de Reservas de la Biosfera con cincuenta y tres, siete de las cuales están en Canarias: las islas de La 15 https://www.seo.org/iba-areas-importantes-para-la-conservacion-de-las-aves/ 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 96 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Palma (1983), Lanzarote (1993), El Hierro (2000), Gran Canaria (el 46 % de la Isla) (2005) Fuerteventura (2009), La Gomera (2012) y también el Macizo de Anaga, en Tenerife16. Ninguna de estas iniciativas cuenta con un verdadero marco jurídico. La participación de los Esta- dos es meramente voluntaria. Podría decirse que se trata de un galardón, una especie de sello de cali- dad, con más importancia social, económica y política, e incluso repercusión turística, que realmente conservacionista. Pero también son un compromiso de protección subscrito de manera voluntaria por las partes firmantes. Esta circunstancia afecta a las iniciativas extracomunitarias que, faltas de un soporte jurídico efec- tivo, quedan convertidas en declaraciones de intenciones. Lo contrario ocurre con los programas con- servacionistas de la Unión Europea, donde sí existe un marco jurídico que se traslada posteriormente a la legislación de cada uno de los Estados miembros. El principal programa comunitario en materia de conservación de la naturaleza es la Red Natura 2000, una red ecológica europea de áreas de conservación de la biodiversidad que consta de: – Zonas Especiales de Conservación (ZEC), designadas de acuerdo con la Directiva Hábitat17. – Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), establecidas en virtud de la Directiva Aves18. Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los hábitats más amena- zados de Europa y constituye el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en el marco de la Unión Europea. Al contrario que los inventarios internacionales, incluso los que están respaldados por acuerdos firmados entre las partes integrantes (Ramsar), las iniciativas adoptadas dentro de la Unión Europea sí tienen un posterior traslado a las leyes estatales. Por tanto, estas inicia- tivas disponen de una cobertura jurídica que en cascada pasa de las Directivas europeas a las leyes nacionales y, finalmente, a las normas autonómicas (en el caso español). Inventarios de carácter in- 16 Tanto sobre los programas de la UNESCO, como sobre los respectivos listados es fácil encontrar información actuali- zada en internet, en la propia página de la UNESCO. 17 La directiva de hábitats ha sido transpuesta al ordenamiento jurídico español por medio del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres y, posteriormente, por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad. 18 Las Directivas son normas jurídicas del derecho comunitario que «obliga» a los Estados miembros. La Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, regula los hábitats de interés comunitario (conocida como Directiva Hábitat). La Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre de 2009, establece medidas de protección para las aves silvestres. Declaradas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente mediante Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas. 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 97 2.3. MARCOS DE PROTECCIÓN JURÍDICO ternacional, como los ya mencionados del listado de humedales o el de SEO-Birdlife, encuentran en la legislación ambiental europea soporte jurídico. En el archipiélago hay 43 ZEPAS (11 de ellas marítimas19 ) y nada menos que 177 ZEC, tanto ma- rítimas, como terrestres, de las que 45 no coinciden con espacios naturales protegidos. Por supuesto, con estas cifras todas las islas tienen representación20. 2.3.2. Marco jurídico nacional. Como ya se advirtiera con antelación, el sistema jurídico es jerárquico, de manera que la norma autonómica se supedita a la estatal básica y ésta, a su vez, tras la incorporación de España a la Unión Europea, debe adaptarse a la legislación comunitaria. La le- gislación medioambiental que regula el patrimonio natural sigue este mismo patrón, de forma que se encuadra en un marco jurídico que jerárquicamente quedaría establecido por la UE, el Estado, la Comunidad Autónoma y, finalmente, las normas locales (insulares y municipales). Figura 2.4 Ámbitos territoriales de la legislación en materia de patrimonio natural. En este sentido, la legislación estatal afecta directamente a la legislación autonómica. Lo que ocu- rre es que las competencias en materia medioambiental están transferidas, de manera que la con- servación de la naturaleza y su gestión son potestad, exclusiva, pero tutelada, de cada comunidad autónoma. Hasta 1997 el Estado tenía competencias plenas sobre los Parques Nacionales en virtud de la Ley 19 Además, en 2006 se elevó a Europa una propuesta del Gobierno de Canarias para la declaración de 15 nuevas ZEPA (pasando de 28 a las actuales 43) y la ampliación de 12 de las ya existentes. 20 Puede consultar la guía didáctica de Natura 2000 en el siguiente enlace: http://www.interreg- bionatura.com/pdfs/Gu%C3%ADa%20did%C3%A1ctica%20de%20Natura%202000.pdf. Encontrará un buen número de preguntas frecuentes (FAQs) y sus respuestas. 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 98 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO promulgada en 1989 (Ley 4/89 ya mencionada). Sin embargo, desde esa fecha la gestión de estos Par- ques es compartida entre Estado y Autonomías, que conforman con igual número de miembros una Comisión mixta, correspondiendo al gobierno autonómico la designación del Director-Conservador con el que debe contar cada Parque Nacional21. Esto es importante, pues en el archipiélago están declarados 4 de los 16 Parques Nacionales espa- ñoles: – Teide (declarado en 1954) – Caldera de Taburiente (1954) – Timanfaya (1974) – Garajonay (1981) El Cabildo de Gran Canaria promovió a principios de la década de 2000 la declaración del Parque Nacional del Nublo, pero una fuerte contestación social ha retrasado esta iniciativa sin que de mo- mento se sepa si tendrá continuidad en el futuro, incluso ahora que se trabaja sobre una delimitación territorial más restringida y que deja fuera los principales núcleos habitados. El cabildo de Fuerteventura, por su parte, lleva un tiempo promoviendo el primer parque nacional de ecosistemas áridos, donde se pretende incluir una extensa franja del sector occidental de la isla, además de casi toda la Península de Jandía. Finalmente, también se han producido movimientos en pos de la declaración del parque nacional marítimo-terrestre de los Islotes del Archipiélago Chinijo. De momento, ninguna de estas iniciativas se ha consolidado, pero marcan de alguna manera el futuro más inmediato. 2.3.3. Marco autonómico. Desde la constitución de las autonomías22 y la promulgación de sus respectivos Estatutos, cada comunidad ha asumido las competencias en materia medioambiental. En el caso de Canarias esta situación se registra tras la aprobación de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. A principios de la década de 1990 se iniciaron varios trámites para modificar los estatutos autonómicos. El de Canarias fue revisado en 1996 y finalmente renovado en noviembre de 2018. 21 Tras la aprobación del Real Decreto 1550/2009, de 9 de octubre, sobre ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia de conservación de la natu- raleza (Parques Nacionales de Teide, Timanfaya, Caldera de Taburiente y Garajonay).Anexo apartado B), la Comunidad Autónoma de Canarias asume la administración y gestión ordinaria y habitual de los Parques Nacionales ubicados dentro de su ámbito territorial. 22 El Estado autonómico está contemplado en la Carta Magna y es plenamente efectivo en el momento en que se consti- tuye la última de las 17 autonomías, en 1983. 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 99 2.4. ESTRATEGIAS DE CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO A lo largo de la andadura autonómica, Canarias ha ido asumiendo diferentes competencias y entre ellas le fueron transferidas por el Estado aquéllas relacionadas con el medio ambiente y la ordenación territorial. Actualmente, muchos autores (Ruano, 2001) son de la opinión de que el marco normativo canario es el más avanzado de todo el Estado en relación a legislación ambiental. Este marco normativo se ha ido construyendo paso a paso. Ya con antelación hacíamos referen- cia a la LENAC (1987), primera de las normas regionales que regulaban los Espacios Naturales en Canarias. La LENAC tuvo una corta vigencia debida sobre todo a las circunstancias, pues a tan sólo dos años de ser aprobada vio la luz una nueva ley estatal que afectó a sus contenidos. Enseguida debió iniciarse un proceso de adaptación de la norma canaria que desembocó en la aprobación de un nuevo texto, la Ley 12/1994, de 19 de diciembre, de Espacios Naturales de Canarias. Esta Ley, aunque actualmente derogada, mantiene su texto casi íntegro y con muy pocas varia- ciones en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTENC), aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo. Esta norma, junto con la reciente Ley del Suelo de Canarias de 2017, constituye el marco jurídico de la ordenación territorial en la que se enmarcan los espacios naturales protegidos en el ámbito de la comunidad autónoma de Canarias. 2.4 Estrategias de conservación del medio natural canario 2.4.1. Líneas estratégicas. En línea con la tendencia general, no ya sólo del Estado, sino incluso internacional, las estrategias de conservación en Canarias han ido evolucionando desde los modelos de conservación pasiva, empleados en la primera mitad del siglo XX (etapa inicial), hasta los modelos de conservación activa que imperan en la actualidad. Dentro de la línea estratégica de conservación activa se han empleado principalmente dos fórmu- las: la planificación territorial (protección sobre ámbito geográfico mediante declaración de espacios protegidos) y la protección directa de los recursos naturales (protección directa de las especies singu- lares mediante catálogos). Respecto a la primera de estas fórmulas, los modelos conservacionistas parten de una idea fun- damental: se debe proceder a la planificación de los usos según la potencialidad del territorio, per- siguiendo un fin básico como es coordinar de manera eficiente desarrollo y conservación, es decir, fijarse como objetivo lo que se ha dado en llamar «sostenibilidad» o desarrollo sostenible. Como quiera que no todos los espacios a proteger tienen una misma naturaleza y condición y, 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 100 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO además, los criterios de delimitación y protección de estos espacios difieren entre sí, enseguida se vio la necesidad de diseñar una clasificación de espacios protegidos, que más adelante abordaremos. Esta clasificación obedece a tres aspectos fundamentales: 1. Las características de cada uno de estos territorios. 2. Los fundamentos de su protección. 3. Los objetivos de conservación. Ahondando en esta fórmula, cuando el gestor ambiental vio la necesidad de diferenciar zonas dentro de un mismo espacio protegido, acudió de nuevo a la metodología urbanística. Procedió a dividir el ámbito protegido en diferentes piezas y le asignó a cada una un régimen de usos, decidiendo qué se podía y qué no se podía hacer en cada una de ellas según fueran sus características y potencialidades. Por tanto, se procedió a realizar una doble clasificación. La primera consiste en establecer razo- nadamente unos espacios que por sus especiales características merecen de un régimen especial de protección (parques naturales, parques rurales, reservas naturales, etc.). Seguidamente, se establecen zonas dentro de estos espacios, zonas con las que regular los usos en virtud de sus características (zona de uso especial, zona de uso tradicional, zona de uso restringido, etc.). En Canarias, esta línea estratégica de conservación activa basada en la declaración de espacios protegidos se articula a través de mecanismos legislativos cuyo marco, como vimos con antelación, es el Decreto Legislativo 1/2000, Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTENC) y Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. Si bien estas normas constituyen la legislación básica en Canarias, existen otras muchas que afec- tan más o menos directamente a la conservación de los recursos naturales. Una de las más importan- tes en materia medioambiental es la que regula los Planes de Ordenación de Recursos Naturales23 (Ley 1/1987, y sobre cómo elaborarlos, Decreto 6/1997; ambas hoy derogadas y sus contenidos tras- pasados casi íntegros a la Ley 4/2017). La Ley 4/2017 resulta fundamental en la declaración y gestión de los espacios naturales, así como para el estudio y diagnóstico del territorio insular y sus recursos. Podría decirse que el Texto Refundido va en la línea de las fórmulas estratégicas de protección a partir de la definición y declaración de espacios protegidos y los Planes de Ordenación de Recursos Naturales son una fórmula de conservación directa de los recursos, todo lo cual queda compendiado en la nueva Ley del Suelo de 2017. 23 Los Planes de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) se incorporan a los denominados Planes Insulares de Orde- nación (PIO). 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 101 2.4. ESTRATEGIAS DE CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO En realidad, es todo aún mucho más complejo, y hay otras normas que también tienen como objeto la conservación del medio natural de Canarias, comenzando por las Directrices Generales y acabando por los planes urbanísticos de detalle. Por tener, tenemos incluso una Ley del Cielo24. Sin querer entrar en este complejo entramado, lo realmente importante es pensar que se han desa- rrollado todas estas normas con la intención de alcanzar el deseado desarrollo sostenible y la gestión racional de los recursos y que para ello el territorio precisa de una labor de planificación que se regula mediante dichas normas. El marco jurídico autonómico constituye sólo una herramienta para lograr preservar el medio natural canario. Pero decíamos al comienzo que existe también una segunda fórmula o línea de trabajo basada en la conservación directa de los recursos naturales, una segunda vía estratégica que se fundamenta en los inventarios. Éstos constituyen tan solo una relación de elementos, una lista, pero adquieren valor jurídico cuando se confecciona con ellos un catálogo. Este es el caso del Catálogo de especies protegidas de Canarias25 , que utiliza una estrategia de inventario para proceder a proteger especies significativas de la fauna y la flora canaria, especies que por su singularidad, rareza o fragilidad, precisan de medidas de conservación. Se debe tener presente que existe un sutil equilibrio entre desarrollo y conservación. Es funda- mental llegar a comprender el valor que tiene el medio natural y hacer un uso responsable de sus recursos, sin por ello poner en riesgo el necesario desarrollo económico de las islas. 2.4.2. Agentes ambientales. En un término amplio, se entiende por agentes ambientales to- dos los entes, organismos y personas que participan de algún modo en la gestión y conservación del medio y los recursos naturales. Los agentes ambientales se corresponden con tres niveles de la administración: 1. Nivel regional. Gobierno autónomo a través de su Consejería competente en materia medioam- biental. 2. Nivel insular. Cabildos26 3. Nivel local. Ayuntamientos Evidentemente, la conservación del medio natural es mucho más que la promulgación de nor- mas jurídicas. El esfuerzo durante estos más de 30 años de autonomía se traduce en un incremento 24 Aunque hay otras normas que también tienen como objeto la conservación del medio natural de Canarias, no se men- cionan con el fin de no extendernos demasiado. 25 Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de Especies Protegidas. 26 A fecha de marzo de 2023. 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 102 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO continuado de presupuestos y personal con los que se dota la Consejería que, con diversas denomi- naciones y estatus, se ha encargado de los temas ambientales. En la actualidad, esta consejería recibe el nombre de Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial. Cuenta con dos viceconsejerías: la de Lucha contra el cambio climático y transición eco- lógica y la de Planificación territorial y aguas; y tres direcciones generales: Energía, Ordenación del territorio y aguas, y Lucha contra el cambio climático y medio ambiente. El organigrama se completa con una Agencia de Protección del medio natural. También es importante en materia medioambiental la labor desempeñada por los Cabildos insu- lares, corporación que históricamente se ha hecho cargo de las cuestiones forestales. Esta situación es formal desde 1998, cuando quedaron oficialmente delegadas a los entes insulares, no ya las propias competencias forestales, sino también las de medio ambiente y gestión y conservación de los espacios naturales protegidos de cada isla. Además, disponen de un órgano esencial: los Patronatos insulares de áreas protegidas, por medio de los cuales tienen una participación activa en la gestión de dichos espacios. En un tercer nivel habría que añadir las iniciativas locales desempeñadas por los ayuntamientos en su ámbito municipal. No es una cuestión que pueda generalizarse dada la disparidad de potencial administrativo entre unos ayuntamientos y otros, pero aquéllos con mayores recursos y capacidad organizativa suelen disponer de áreas de gobierno relacionadas con aspectos ambientales y del medio natural. Por tanto, la gestión medioambiental en Canarias está dividida en tres ámbitos competenciales: autonómico, insular y local, encargándose de su gestión respectivamente el Gobierno de Canarias, cada uno de los siete Cabildos y, en mayor o menor medida, los ayuntamientos. Estos estamentos constituyen los principales agentes públicos de las políticas de conservación del medio natural en Canarias. A ellos habría que sumar las iniciativas independientes no vinculadas a la administración. Entre otras, cabe destacar la participación ciudadana, los colectivos ecologistas, asociaciones de ve- cinos, e incluso las universidades canarias. La introducción de la componente medioambiental en el imaginario colectivo parece un paso firme y sin retroceso. En síntesis, el DL 1/2000, conocido como Texto Refundido de las leyes del suelo y de espacios naturales, y la Ley 4/2017, constituyen a día de hoy las normas básicas que regulan en Canarias los espacios protegidos, fundamental estrategia de conservación del medio natural canario. Existen otras normas que regulan aspectos relacionados con la conservación medioambiental, algunas de las cuales van en la línea de protección de los recursos naturales propiamente dichos, sin establecer espacios protegidos a modo de santuarios de la naturaleza. Todos estos textos jurídicos reguladores tienen detrás un envite intencionado de las estrategias públicas para conservar el medio natural. Este 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 103 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES hecho intencionado se respalda con inversión de medios, económicos y humanos, destinados a la conservación de la naturaleza. No se debe olvidar que el estudio y conocimiento del medio es el origen de cualquier política conservacionista. 2.5 La red canaria de espacios naturales A medida que evoluciona la «cultura conservacionista» se ha ido transitando por diferentes es- trategias y fórmulas diseñadas con el objetivo de preservar el medio natural y sus recursos. Aquella figura del Parque Nacional nacida a finales del siglo XIX aún pervive, pero la realidad geográfica es compleja y ha sido necesario crear otras figuras de protección para hacer frente a la diversidad de espacios naturales. Tanto por las características variadas de estos espacios, como por los diferen- tes objetivos a emprender y desarrollar en cada uno de ellos, fue necesario realizar una clasificación hecha a medida de estas estrategias. A mitad del siglo XX la ONU encargó a la Unión Internacional para la Conservación de la Na- turaleza (UICN) la elaboración de un catálogo mundial de espacios protegidos. La UICN, referente mundial en esta materia, desarrolló entonces un listado que clasificaba los espacios protegidos en seis categorías: – Categoría I: Reserva Natural Integral – Categoría II: Parque Nacional – Categoría III: Monumento Natural – Categoría IV: Área de Gestión de Hábitats y Especies – Categoría V: Paisaje Protegido Terrestre-Marítimo – Categoría VI: Área Protegida de Recursos Gestionados La legislación canaria utilizó esta clasificación para establecer sus figuras de protección y, a la ya regulada por la norma estatal de los Parques Nacionales, añadió otras siete basadas en la clasificación de la UICN. Estas siete figuras de protección que contempla la legislación canaria son: – Reserva Natural Integral – Reserva Natural Especial – Parque Natural 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 104 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO – Parque Rural – Monumento Natural – Paisaje Protegido – Sitio de Interés Científico Figura 2.5 Tipos de espacios protegidos según la Ley 4/2017. Elaboración propia. ¿Cuál es la necesidad de establecer diferentes figuras de protección? En esencia se realizó esta clasificación obedeciendo a distintos criterios de ordenación y objetivos de conservación, aunque también intervienen las características territoriales de cada espacio. Los Parques son espacios orientados a la protección de los ecosistemas, pero también al recreo y disfrute de los mismos. Tienen, por tanto, un uso público. Suelen ser los de mayor tamaño de cuantas figuras de protección contempla la legislación canaria. En el caso de los parques naturales, el grado de transformación territorial es muy bajo, al contrario de lo que ocurre en los parques rurales, donde suele existir una actividad tradicional que ha contribuido a aportar valores culturales a estos territorios. Las Reservas son espacios gestionados donde debe primar el objetivo científico y conservacionista. Son territorios bien conservados, poco alterados, con elevados valores naturales y habitualmente frágiles, o incluso en riesgo. Se distinguen dos tipos de reservas: las integrales y las especiales. Las primeras son territorios medianos, no demasiado extensos, que tienen un valor de conjunto de todo el ecosistema- Este suele destacar por su representatividad, singularidad o rareza. De otra parte, las 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 105 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES reservas especiales son también de dimensión moderada, pero en este caso están orientadas a la protección de algún hábitat singular, especies concretas o formaciones geológicas de interés. Los Monumentos Naturales están pensados para proteger elementos físicos del paisaje, localiza- ciones concretas y de reducidas dimensiones asociadas a relieves singulares por su rareza o belleza, e incluso yacimientos paleontológicos. Los Paisajes Protegidos son espacios orientados a la conserva- ción activa y el recreo. Se valora tanto el paisaje natural, como la participación del ser humano, pues se consideran valores mixtos donde se intenta proteger un paisaje que es resultado de la interacción entre hombre y naturaleza. Como los parques rurales, tienen un valor ecocultural elevado. Los Sitios de Interés Científico son localizaciones puntuales y por regla general de reducido tama- ño donde existe algún valor natural concreto que necesita de técnicas de protección activa. De alguna manera, son hermanos pequeños de las Reservas Naturales. El sistema no es jerárquico. No existe un espacio protegido más importante que otro. Simplemente son diferentes sus características y los criterios y objetivos de conservación. No obstante, sí es cierto que existen distintos rangos de protección en virtud de la fragilidad y singularidad de cada espa- cio, de manera que las reservas y parques naturales deben tener un mayor nivel de protección que, pongamos por caso, los parques rurales y los paisajes protegidos, donde pueden permitirse ciertas actividades económicas, no sólo compatibles, sino incluso muchas veces imprescindibles para man- tener los valores que se desea conservar. Con esta clasificación y el análisis y diagnóstico que aportaron los viejos PEPEN y PECPEN, se elaboró una lista de 145 Espacios Protegidos (recogidos en la Ley de 1994). Esta lista se mantuvo sin modificaciones cuando se redactó el TRLOTENC en 2000, pero se vio incrementada tres años después con la incorporación mediante Decreto27 del Monumento Natural del Barranco del Draguillo (Gran Canaria), de momento único caso en Canarias de estas características, si bien se aventura alguna adi- ción futura por los mismos mecanismos. Estos 146 espacios configuran la denominada Red Canaria de Espacios Protegidos. No hay que confundir esta, con la Red Natura 2000, aunque coincidan en muchos aspectos y ambas tengan una misma finalidad conservacionista. La Red Canaria de Espacios protegidos la conforman los citados 146 espacios ya referidos y emana de la legislación autonómica canaria. La Red Natura 2000 es «una red ecológica europea» y está formada por las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y por las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), según determi- na la Directiva 92/43/CE o Directiva Hábitats. Lo que ocurre es que la Red Natura 2000 incorpora los espacios naturales, además de otros ámbitos de protección, tanto terrestres, como marítimos. 27 Decreto 18/2003, de 10 de febrero (publicado en BOC 2003/038, de 25 de febrero). 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 106 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Figura 2.6 Espacios protegidos de Canarias. Fuente: Gobierno de Canarias. Elaboración propia. Figura 2.7 Red Natura 2000 en Canarias. Fuente Natura 2000 Viewer. Para saber más sobre la Red Natura 2000 Puede visitar alguno de los siguientes enlaces: https://www.gobiernodecanarias.org/medioambiente/materias/biodiversidad/ espacios-protegidos/red- natura-2000/ https://ec.europa.eu/environment/nature/natura2000/faq_es.htm https://natura2000.eea.europa.eu/ 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 107 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES 2.5.1. Espacios naturales de Lanzarote y Archipiélago Chinijo. Lanzarote es Reserva de la Biosfera desde 1993 y cuenta con 13 espacios protegidos, entre ellos el Parque Nacional de Timanfaya, Declarado en 1974. La superficie protegida asciende a 350 km2 , lo que representa el 41,4 % del total insular, incluido el Archipiélago Chinijo (sólo tierras emergidas, no se contabiliza en este cómputo las áreas marinas). Sin duda el mayor valor natural de la isla es su paisaje, resultado de una actividad volcánica reciente que afectó a un tercio de su superficie. El Parque Nacional protege el relieve volcánico más espectacular de esas erupciones históricas acontecidas entre 1730 y 1736, casi seis años de actividad ininterrumpida que conformaron un paisaje único. Sin embargo, la delimitación del Parque Nacional dejó fuera buena parte de los nuevos relieves volcánicos, carencia que se corrigió con la declaración del Parque Natural de los Volcanes, que bordea por completo Timanfaya. El Paisaje Protegido de La Geria completa la protección de este paisaje lunar, de manera que entre estos tres espacios casi protegen íntegramente más del 90 % de los terrenos afectados por las erupcio- nes históricas del siglo XVIII. La singularidad de La Geria es que conforma un espacio ecocultural, resultado conjunto de la naturaleza y el ingenio del campesino lanzaroteño. En La Geria se cultiva la vid dentro de goros semi-excavados, de manera que el paisaje adquiere una personalidad singular de gran valor etnográfico y estético. Otros espacios protegidos de interés de la isla son sus macizos antiguos (Famara y Ajaches) y el espectacular sistema volcánico de La Corona (ver lámina en la UA1), donde se sitúan los Jameos del Agua y la Cueva de los Verdes, unidades ambas del sistema del Túnel de la Atlántida. Además, Famara conforma junto al Archipiélago Chinijo un espectacular Parque Natural que cuenta en su interior con la Reserva Natural Integral de Los Islotes (L-01), que comprende Monta- ña Clara y los Roques del Este y del Oeste. Los valores paisajísticos son indudables, y a ellos se les suman varios endemismos florísticos en los andenes de Famara y la más que interesante avifauna que habita estos parajes, amén de espléndidos fondos marinos de gran valor ecológico. Los trece espacios protegidos de Lanzarote son los siguientes: L-0 Parque Nacional de Timanfaya L-6 Monumento Natural de la Cueva de los L-1 Reserva Natural Integral de los Islotes Naturalistas L-2 Parque Natural del Archipiélago Chini- L-7 Monumento Natural del Islote de Hal- jo cones L-3 Parque Natural de los Volcanes L-8 Monumento Natural de las Montañas L-4 Monumento Natural de La Corona del Fuego L-5 Monumento Natural de los Ajaches L-9 Paisaje Protegido de Tenegüíme 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 108 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO L-10 Paisaje Protegido de La Geria L-12 Sitio de Interés Científico del Janubio L-11 Sitio de Interés Científico de los Jameos Figura 2.8 Espacios protegidos de Lanzarote. Fuente: Gobierno de Canarias. Elaboración propia. 2.5.1.1. Espacios naturales de Fuerteventura. El medio natural de Fuerteventura está caracte- rizado por los ecosistemas áridos. Su escaso relieve y su cercanía a África son algunos de los factores que condicionan su clima y éste a su vez define su paisaje, sin duda el principal valor natural de la isla. 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 109 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES Como ocurría en Lanzarote, la falta de masas forestales reduce el valor florístico, pero en cambio contribuye a acrecentar la percepción del relieve. Los tonos marrones, las visuales amplias y, sobre todo, unos valores geológicos y geomorfológicos extraordinarios, hacen de la isla un marco incom- parable para disfrutar sus paisajes. Los principales valores naturales se encuentran repartidos por toda la isla, pero adquieren especial belleza en la franja occidental, la zona menos alterada y mejor conservada. Aquí se encuentra el par- que rural de Betancuria, referente del denominado complejo basal insular, donde se pueden apreciar los materiales más antiguos de Canarias, de unos 20-22 millones de años, en el caso de materiales volcánicos de proyección aérea, y hasta 60-65 millones de años cuando se trata de turbiditas, una roca sedimentaria de origen marino que forma parte del basamento emergido de la isla. Su relieve alomado, un uso tradicional dedicado al pastoreo y la increíble villa de Betancuria son sus principales valores, naturales y culturales. La Península de Jandía es otra de las maravillas naturales. En este punto alcanza Fuerteventura su cota más alta, ligeramente por encima de los 800 metros en el Pico de la Zarza. También es en Jandía donde aparecen las mejores muestras vegetales y un paisaje fuertemente contrastado, de gran belleza, todo lo cual justifica sobradamente su condición de Parque Natural. Al norte se encuentran otros dos Parques Naturales: El de Corralejo (F-2) y el de Isla de Lobos (F-1). El primero protege el imponente sistema dunar de arenas organógenas que ocupa el extremo noreste de la isla, mientras que el segundo hace lo propio con el fabuloso enclave de poco más de 4,5 km2 situado frente a la costa de la localidad turística de Corralejo. Todos estos espacios se completan con elementos singulares, de los que seis son Monumentos Naturales, como los Cuchillos de Vigán, Malpaís de la Arena o Montaña Cardón. El humedal del Saladar (incluido en el Convenio Ramsar de protección de humedales), constituye el único Sitio de Interés Científico. A la espera de cómo evoluciona la iniciativa de declaración de Parque Nacional de zonas áridas, promovida por el Cabildo, Fuerteventura sigue sacando partido de sus valores naturales. Cuenta con 13 Espacios Protegidos, de los que cuatro son parques, cinco monumentos naturales, dos paisajes protegidos y el último el ya mencionado sitio de interés científico. Con todo, Fuerteventura es la isla con menor proporción de superficie protegida, tan sólo el 28,8 % (477 km2 ). Fue declarada Reserva de la Biosfera en 2009. La lista de espacios protegidos de Fuerteventura es la siguiente: F-1 Parque Natural del Islote de Lobos F-4 Parque Rural de Betancuria F-2 Parque Natural de Corralejo F-5 Monumento Natural del Malpaís de la F-3 Parque Natural de Jandía Arena 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 110 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO F-6 Monumento Natural de la Montaña de dón Tindaya F-10 Monumento Natural de Ajuí F-7 Monumento Natural de la Caldera de F-11 Paisaje Protegido del Malpaís Grande Gairía F-8 Monumento Natural de los Cuchillos de F-12 Paisaje Protegido de Vallebrón Vigán F-13 Sitio de Interés Científico de la Playa F-9 Monumento Natural de Montaña Car- del Matorral Figura 2.9 Espacios protegidos de Fuerteventura. Fuente: Gobierno de Canarias. Elaboración propia. 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 111 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES 2.5.1.2. Espacios naturales de Gran Canaria. La isla ha experimentado el más temprano y den- so desarrollo turístico y quizás como resultado de este proceso y una desigual aplicación de criterios conservacionistas tendentes a corregir este desequilibrio dispone nada menos que de 33 espacios protegidos, 665,7 km2 que representan el 42,9 % de la superficie insular. Figura 2.10 Espacios protegidos de Gran Canaria. Fuente: Gobierno de Canarias. Elaboración propia. Esta isla es dual en muchos aspectos. En lo ambiental, se distingue claramente una mitad norte húmeda (Alisiocanaria), frente a un sur árido (Xerocanaria); en lo geológico, la mitad norte es la más reciente (Neocanaria), el sur, más antiguo (Paleocanaria). También en cuanto al reparto de los espacios 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 112 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO protegidos se observa esta dualidad. La ocupación densa de la costa y del norte ha derivado en un mayor grado de transformación territorial, mientras que la mitad suroeste ha conservado valores inalterados, y es aquí donde se encuentran los principales espacios protegidos. El número de reservas naturales es elevado, hasta ocho, de las que quizás las más importantes sean la de Güi-güí y, sobre todo, la de Inagua, verdadera joya florística. Tampoco desmerecen las de Barranco Oscuro, El Brezal, Azuaje y Los Tilos, todas ellas con la clara finalidad de preservar los escasos relictos de monteverde de la devastada y mítica Selva de Doramas con las que en otro tiempo se cubrió buena parte de las medianías húmedas del norte. Los cuatro parques representan la mayor superficie protegida, más del 60 %, que sobrepasa el 80 % si sumamos los seis paisajes protegidos. De los primeros, dos son parques naturales, los de Tamadaba y Pilancones, ambos asociados al ecosistema de pinar. Los otros dos son parques rurales, el de Doramas y el inmenso espacio protegido del Nublo, que en su día aspirara a ser parque nacional. Hoy, tras las modificaciones pertinentes y con la clara intención de no incluir en la propuesta los caseríos de Artenara y Tejeda, son las reservas de Inagua y Güi-güí las candidatas a conformar el núcleo del, quizás, futuro parque nacional grancanario. Tampoco desmerecen los monumentos naturales con los que se pretende proteger elementos sin- gulares y significativos del paisaje, algunos tan destacados como los de Bandama, Tauro y Guaya- deque, o el de Barranco del Draguillo, especial por ser el único declarado con posterioridad a la aprobación de la Ley de espacios protegidos. La isla obtuvo la declaración de Reserva de la Biosfera en 2005, aunque sólo parcial (afecta a un 46 % de la superficie insular). Asimismo, el 7 de julio de 2019 el Paisaje Cultural de Risco Caído y las Montañas Sagradas de Gran Canaria fue declarado Patrimonio Mundial de la Unesco. La isla cuenta con los siguientes espacios protegidos: C-1 Reserva Natural Integral de Inagua de Maspalomas C-2 Reserva Natural Integral del Barranco C-8 Reserva Natural Especial de Güi-güí Oscuro C-9 Parque Natural de Tamadaba C-3 Reserva Natural Especial de El Brezal C-10 Parque Natural de Pilancones C-4 Reserva Natural Especial de Azuaje C-11 Parque Rural del Nublo C-5 Reserva Natural Especial de los Tilos de C-12 Parque Rural de Doramas Moya C-13 Monumento Natural de Amagro C-6 Reserva Natural Especial de los Marte- C-14 Monumento Natural de Bandama les C-15 Monumento Natural del Montañón C-7 Reserva Natural Especial de Las Dunas Negro 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 113 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES C-16 Monumento Natural del Roque C-26 Paisaje Protegido de Lomo Magullo Aguayro C-27 Paisaje Protegido de Fataga C-17 Monumento Natural de Tauro C-28 Paisaje Protegido de Montaña de C-18 Monumento Natural de Arinaga Agüimes C-19 Monumento Natural del Barranco de C-29 Sitio de Interés Científico de Jinámar Guayadeque C-30 Sitio de Interés Científico de Tufia C-20 Monumento Natural Riscos de Tiraja- na C-31 Sitio de Interés Científico del Roque de C-21 Monumento Natural del Roque Nublo Gando C-22 Paisaje Protegido de La Isleta C-32 Sitio de Interés Científico de Juncalillo C-23 Paisaje Protegido de Pino Santo del Sur C-24 Paisaje Protegido de Tafira C-33 Monumento Natural de Barranco del C-25 Paisaje Protegido de Las Cumbres Draguillo 2.5.1.3. Espacios naturales de Tenerife. La superficie protegida de Tenerife es por sí sola tan grande como las islas de La Palma y El Hierro juntas. 989 km2 protegidos, casi la mitad de la isla (un 48,6 %). Ya sólo el parque nacional del Teide (declarado en 1954) comprende la inmensa caldera de Las Cañadas y el estratovolcán de Teide-Pico Viejo. Conforma uno de los relieves y paisajes más singulares de las islas. Como joya natural de Canarias, el parque nacional es el núcleo central de la isla de Tenerife. Con más de cuatro millones de usuarios anuales es el más visitado de la red española de parques nacio- nales. Se encuentra bordeado completamente por el parque natural de Corona Forestal que protege la inmensa masa de pinares y buena parte del monteverde con los que cuenta la isla. Este espacio representa por sí solo una superficie protegida de más de 46 km2. Además de este parque natural, la isla cuenta con dos parques rurales de gran interés, uno al no- reste, el de Anaga (declarado Reserva de la Biosfera en 2015), otro al noroeste, el de Teno, ambos ubicados en sendos macizos antiguos de espectaculares relieves y singular belleza, donde se combi- nan los paisajes tradicionales y naturales, riqueza florística y una gran diversidad ecológica. Las reservas naturales son numerosas, hasta nueve, tres de ellas integrales: Pijaral, Roques de Anaga y Pinoleris. Estos espacios pretenden conservar enclaves singulares de gran riqueza ecológica, verdaderos santuarios de la naturaleza. Su uso público es bajo, reservándose sobre todo para usos científicos y conservacionistas. El resto de los espacios protegidos de Tenerife se distribuyen entre catorce monumentos naturales, nueve paisajes protegidos y seis sitios de interés científico. 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 114 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Los monumentos naturales se destinan a la protección de elementos singulares, de entre los que destaca el Teide, que combina esta declaración con la de parque nacional. En los paisajes protegidos se combina la protección de sus valores naturales con la de su valor cultural y etnográfico, represen- tativo de los cuales son el Barranco de Erques, la costa de Acentejo e Ifonche, por citar únicamente tres. Finalmente, los pequeños enclaves de interés científico concentran en un reducido espacio valo- res concretos de interés ecológico, como ocurre en el tabaibal de Porís (representativo de este tipo de ecosistemas), o los acantilados de La Hondura e Isorana y el Barranco de Ruíz, entre otros. Tanto el Teide, como la ciudad de La Laguna poseen la distinción de Patrimonio de la Humanidad por parte de la UNESCO. El listado completo de sus espacios protegidos es el siguiente: T-0 Parque Nacional del Teide T-16 Monumento Natural de los Derrisca- T-1 Reserva Natural Integral de Ijuana deros T-2 Reserva Natural Integral del Pijaral T-17 Monumento Natural de las Montañas de Ifara y Los Riscos T-3 Reserva Natural Integral de los Roques de Anaga T-18 Monumento Natural de la Montaña Pelada T-4 Reserva Natural Integral de Pinoleris T-19 Monumento Natural de la Montaña T-5 Reserva Natural Especial del Malpaís de Colorada Güímar T-20 Monumento Natural del Roque de Ja- T-6 Reserva Natural Especial de Montaña ma Roja T-21 Monumento Natural de Montaña T-7 Reserva Natural Especial del Malpaís de Amarilla la Rasca T-22 Monumento Natural de la Montaña de T-8 Reserva Natural Especial del Barranco Guaza del Infierno T-23 Monumento Natural de la Caldera del T-9 Reserva Natural Especial del Chinyero Rey T-10 Reserva Natural Especial de las Palo- T-24 Monumento Natural del Teide mas T-25 Monumento Natural de la Montaña de T-11 Parque Natural de Corona Forestal Tejina T-12 Parque Rural de Anaga T-26 Monumento Natural del Roque de Ga- T-13 Parque Rural de Teno rachico T-14 Monumento Natural del Barranco de T-27 Monumento Natural de la Montaña de Fasnia y Güímar los Frailes T-15 Monumento Natural de la Montaña T-28 Paisaje Protegido de la Rambla de Cas- Centinela tro 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 115 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES T-29 Paisaje Protegido de Las Lagunetas T-37 Sitio de Interés Científico del Acantila- T-30 Paisaje Protegido del Barranco de Er- do de la Hondura ques T-38 Sitio de Interés Científico del Tabaibal T-31 Paisaje Protegido de las Siete Lomas del Porís T-32 Paisaje Protegido de Ifonche T-39 Sitio de Interés Científico de los Acan- T-33 Paisaje Protegido de los Acantilados de tilados de Isorana la Culata T-40 Sitio de Interés Científico de La Caleta T-34 Paisaje Protegido de los Campeches, Tigaiga y Ruiz T-41 Sitio de Interés Científico de Interián T-35 Paisaje Protegido de la Resbala T-42 Sitio de Interés Científico del Barranco T-36 Paisaje Protegido Costa de Acentejo de Ruiz Figura 2.11 Espacios protegidos de Tenerife. Fuente: Gobierno de Canarias. Elaboración propia. 2.5.2. Espacios naturales de La Gomera. Justo una tercera parte de la superficie de La Go- mera está bajo protección, 123 km2 de los que el parque nacional de Garajonay (declarado en 1981) 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 116 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO representa a su vez casi un tercio. Con una superficie de casi 40 km2 , el que es por el momento último de los parques nacionales canarios delimita el casquete de cumbres y las cabeceras de los principales barrancos de la isla, y tiene muchos y de gran espectacularidad. El ámbito del parque nacional cubre algunas de las mejores muestras de laurisilva de Canarias, de entre las que destaca sin lugar a dudas el sombrío Bosque del Cedro, de un alto valor botánico. Precisamente una de las cabeceras de barranco más interesante es la de Benchijigua. Se le quedó fuera a quien quiera que delimitara el parque nacional y este desliz fue corregido de inmediato por la LENAC que ya incluía este ámbito como reserva natural integral, porque su riqueza florística e impresionante relieve lo merecen. Existe otra reserva natural en la isla, pero no integral como la de Benchijigua, sino especial. Es la reserva de Puntallana, en el municipio de San Sebastián, donde se incluye el domo de Aluce y el barranco de La Sabina, que cuenta con una comunidad vegetal xérica de tabaibas, balos y cardones, realmente espléndida. Pero de la sabina que da nombre al barranco ya sólo queda el topónimo. En una isla geológicamente antigua como ésta, caracterizada por su imponente relieve, no podían faltar monumentos naturales, nada menos que ocho de los 16 espacios protegidos. Por supuesto se protegen todos y cada uno de los esplendidos roques: Roque Cano, Roque Blanco, La Zarcita, Ojila y Agando. También se encuentra entre estos monumentos el de Los Órganos, sin duda uno de los símbolos de la isla. Esta chimenea descarnada muestra una singular disyunción hexagonal que le confiere esa singu- lar forma que recuerda a un órgano de iglesia. Lástima que para visitarlo y observarlo en todo su esplendor sea necesario hacerlo desde el mar. La lista se completa con un paisaje protegido, el de Orone, y tres sitios de interés científico, como son los acantilados de Alajeró y dos humedales: los charcos del Conde y de Cieno. Ha sido la penúltima de las islas en sumarse a la red de Reservas de la Biosfera (2012), pero la primera en aparecer en la lista de Patrimonio de la Humanidad, donde figura el parque nacional de Garajonay desde 1987. Sus 17 espacios protegidos son los siguientes: G-0 Parque Nacional de Garajonay G-4 Parque Rural de Valle de Gran Rey G-1 Reserva Natural Integral de Benchiji- G-5 Monumento Natural de Los Órganos gua G-6 Monumento Natural de Roque Cano G-2 Reserva Natural Especial de Puntallana G-7 Monumento Natural de Roque Blanco G-3 Parque Natural de Majona G-8 Monumento Natural de La Fortaleza 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 117 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES G-9 Monumento Natural del Barranco del G-14 Sitio de Interés Científico de Acantila- Cabrito dos de Alajeró G-10 Monumento Natural de La Caldera G-15 Sitio de Interés Científico del Charco G-11 Monumento Natural del Lomo del Ca- del Conde rretón G-16 Sitio de Interés Científico del Charco G-12 Monumento Natural de Los Roques de Cieno G-13 Paisaje Protegido de Orone Figura 2.12 Espacios protegidos de La Gomera. Elaboración propia. 2.5.3. Espacios naturales de La Palma. No en vano conocida como la Isla Bonita, La Palma es una isla húmeda, de relieve claramente contrastado y abrupto. Su superficie protegida asciende a 250 km2 , un 35,3 % de la superficie insular. Es Reserva de la Biosfera desde 1983. En su mitad norte el elemento dominante es la Caldera de Taburiente (declarado parque nacional en 1954). Esta enorme depresión de casi 6 km de diámetro resulta realmente impresionante. Ingresar desde el Barranco de 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 118 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO Las Angustias representa un viaje geológico en el que observar las raíces más profundas del edificio insular, su basamento submarino y, finalmente, las primeras etapas de formación subaérea. Relieve, paisaje, flora y fauna y, en definitiva, naturaleza. Eso es lo que aporta este espacio prote- gido, el parque nacional más extenso de los que existen en Canarias. Hay en La Palma otros espacios protegidos de interés. A destacar su única reserva natural, la del Pinar de Garafía, reserva integral de una de las zonas de mayor interés botánico de la isla. Ha sufrido varios incendios, pero este ecosistema dominado por el pinar logra sobreponerse bien a estas incidencias. Existen también dos grandes parques en La Palma, los de las Nieves y Cumbre Vieja, ambos de carácter natural. El primero protege una buena muestra de monteverde en los montes de los Sauces y las Nieves, en los altos del municipio capitalino de Santa Cruz. El de Cumbre Vieja tiene un mayor valor geomorfológico y está establecido sobre la dorsal sur de la isla, zona de actividad eruptiva muy reciente y dominada por volcanes y campos de lavas. Culmina esta dorsal en la punta más meridional de La Palma, donde se ubican el monumento natural de los Volcanes de Teneguía, que responde a los mismos criterios de protección, no en vano es la penúltima erupción subaérea registrada en Canarias (1971). Ahora, la última, es la del volcán Tajogaite, localizada dentro de este mismo espacio, pero más al norte. La actividad eruptiva se prolongó durante casi tres meses, desde el 19 de septiembre hasta el 13 de diciembre de 2021. La lista de espacios protegidos de La Palma se completa con otros siete monumentos naturales (a destacar la Costa de Hiscaguán y el simbólico roque Idafe), tres Paisajes Protegidos, entre ellos el ya mencionado Barranco de las Angustias, canal natural de la Caldera de Taburiente, y tres sitios de interés científicos, de entre los que destaca las impresionantes salinas de Fuencaliente. La lista completa de espacios protegidos de La Palma es la siguiente: P-0 Parque Nacional de Caldera de Tabu- Aridane riente P-7 Monumento Natural del Risco de la P-1 Reserva Natural Integral del Pinar de Concepción Garafía P-8 Monumento Natural de la Costa de His- P-2 Reserva Natural Especial de Guelguén caguán P-3 Parque Natural de las Nieves P-9 Monumento Natural del Barranco del P-4 Parque Natural de Cumbre Vieja Jorado P-5 Monumento Natural de la Montaña del P-10 Monumento Natural de los Volcanes Azufre de Teneguía. P-6 Monumento Natural de los Volcanes de P-11 Monumento Natural del Tubo Volcáni- 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 119 2.5. LA RED CANARIA DE ESPACIOS NATURALES co de Todoque P-17 Sitio de Interés Científico de Juan Ma- P-12 Monumento Natural de Idafe yor P-13 Paisaje Protegido del Tablado P-18 Sitio de Interés Científico del Barranco P-14 Paisaje Protegido del Barranco de las del Agua Angustias P-19 Sitio de Interés Científico de Las Sali- P-15 Paisaje Protegido de Tamanca nas de Fuencaliente P-16 Paisaje Protegido del Remo Figura 2.13 Espacios protegidos de La Palma. Fuente: Gobierno de Canarias. Elaboración propia. 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 120 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO 2.5.4. Espacios naturales de El Hierro. De reducidas dimensiones, la isla es toda ella un san- tuario natural. En 2000 fue declarada Reserva de la Biosfera por la UNESCO en reconocimiento a sus valores naturales y ejemplo de desarrollo equilibrado. La escasa población y un limitado crecimiento urbanístico hacen que sus recursos naturales se encuentren en muy buen estado. Comparte con Fuerteventura una riqueza marina realmente interesante. Ambas islas tienen una alta diversidad en su medio marino. En tierra cuenta con 156 km2 repartidos entre sus siete espacios protegidos, un 58,1 % de la superficie insular. Y es que tan solo el parque rural de Frontera, con sus 125 km2 , representa más del 43 % de la isla. Este espacio protegido se extiende por el sector más occidental de El Hierro, desde la cumbre hasta el mar. Laderas de fuerte pendiente como las del Julan que se asoman al Mar de las Calmas conforman un relieve abrupto e impresionante. También cuenta con ecosistemas lávicos, como los Lajiales al sur de la isla, resultado de erupciones recientes que han dejado un interesante campo de lavas cordadas con ricas estructuras volcánicas. Al oeste del parque rural se encuentra el Sabinar de la Dehesa, donde especies centenarias de sabi- nas azotadas durante años por el viento han adquirido grotescas formas de gran belleza. Constituyen uno de los símbolos insulares, probablemente junto al Roque de Bonanza, situado en el monumento natural de Las Playas, al otro lado de la Isla, frente al Parador Nacional. Las tres reservas naturales con que cuenta El Hierro, dos de ellas integrales, se localizan en los riscos de El Golfo, paredes de un deslizamiento masivo que han dejado una impresionante muesca en el edificio insular. Estos riscos, orientados al norte, acogen las mejores muestras de monteverde herreño, razón más que suficiente para su declaración como reservas. Por si fuera poco, en los Roques de Sálmor, aún perviven ejemplares de lagarto gigante, una especie que puede alcanzar el metro de longitud. Casi más por su valor etnográfico y mitológico, pero también por su condición de espacio cultu- ral, el paisaje protegido de Ventejís ha merecido la declaración de espacio protegido. En su interior se encuentra el árbol Garoé, del que se dice manaba agua de forma milagrosa. El Árbol Santo fue derribado por un huracán en 1610 y el ejemplar que lo sustituye fue plantado en 1949. Junto a él exis- ten varias pocetas que recibían el agua que deslizaba de sus hojas, resultado de un proceso natural conocido como lluvia horizontal. Los siete espacios protegidos de El Hierro son los siguientes: H-1 Reserva Natural Integral de Mencáfete H-3 Reserva Natural Especial de Tibataje H-2 R.N. Integral de los Roques de Sálmor H-4 Parque Rural de Frontera 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 121 2.6. EPÍLOGO H-5 Monumento Natural de Las Playas H-7 Paisaje Protegido de Timijiraque H-6 Paisaje Protegido de Ventejís Figura 2.14 Espacios protegidos de El Hierro. Fuente: Gobierno de Canarias. Elaboración propia. 2.6 Epílogo La conservación de la naturaleza es un hecho cultural asociado a un cambio de mentalidad vincu- lado con la sociedad del bienestar. Si en sociedades primitivas el control del consumo de los recursos (hoy pomposamente llamado «gestión») era una cuestión de mera supervivencia, a día de hoy las políticas conservacionistas pelean día a día con los sectores desarrollistas. Lejos de ser una práctica de economía responsable, la conservación se ha convertido en un «mal necesario» para los sectores «productivos», para los que la conservación es vista a menudo como un freno al desarrollo. En efecto, resulta tremendamente difícil establecer estrategias de protección sobre el patrimonio natural que coarten el desarrollo económico de una sociedad si previamente ésta no ha alcanzado un 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 122 UNIDAD DE APRENDIZAJE 2. ACTUALIDAD Y FUTURO EN LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL CANARIO nivel suficiente de bienestar. Pese a todo, estas estrategias se han ido abriendo hueco y están presentes en las políticas de gestión territorial y de recursos naturales. A lo largo de estos algo más de 100 años de «cultura proteccionista» se ha pasado de una con- servación museística pasiva a establecer estrategias de conservación activa. Las fórmulas empleadas han sido básicamente dos: la realización de inventarios (de los recursos naturales singulares dignos de protección) y la declaración de espacios protegidos (protección de ámbitos geográficos con valores naturales). España ha sido uno de los países que han encabezado la marcha, gracias en parte a pioneros como el Marqués de Villaviciosa, un visionario que promovió la aprobación de la Ley Gasset en 1916. Sería solo el comienzo. Durante varias décadas, hasta superada la mitad de siglo XX, la situación apenas experimentaría cambio alguno. Declarados los dos primeros parques nacionales españoles en 1918, los tres siguientes debieron esperar hasta 1954-55. Este segundo impulso sería ya definitivo, aunque intermitente. En los años 1969, 1973 y 1974 se incorporaron a la lista otros tres nuevos parques. Pero la situación seguía siendo pasiva y las declaraciones de parques nacionales pasaban prácticamente desapercibi- das. El cambio radical se produjo en la década de 1970, primero con la nueva legislación del suelo y luego con la llegada de la democracia y el estado autonómico. Las inversiones en materia medioam- biental comenzaron a ser cada vez mayores. Como todo tema de interés, el medio ambiente comenzó a escalar posiciones en el entramado jerárquico de la administración pública, hasta llegar a la cabeza y disponer los políticos que merecía tal alcance como para crear un ministerio, el de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente. Ocurría en 1993 y cerraba de esta manera el ciclo iniciado en 1971 con la creación del Instituto para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), el primer órgano am- biental de ámbito estatal que recogía en su denominación el término «naturaleza». El término medio ambiente aparecería justo un año después, asignado a la Comisión Delegada del Gobierno para el Medio Ambiente y a la Comisión Interministerial del Medio Ambiente. En 1977 las competencias ambientales merecen el rango de Dirección General dentro de la Sub- secretaría de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y en 1991, se convertía en Secretaría de Estado, al crearse la Secretaría de Estado para las Políticas del Agua y el Medio Ambiente. En cuanto a Canarias, ya durante la primera legislatura democrática (1983-87) estaba constituida la Consejería de Política Territorial, cuyo titular, Javier Domínguez Anadón se enfrentó al reto de la primera Ley de Espacios Naturales. Durante esta etapa el consejero presidió la Comisión Interguber- namental de Urbanismo y Medio ambiente. En la siguiente legislatura se constituiría la Dirección General de Medio Ambiente, que inició su 2024 – A NTONIO R AMÓN O JEDA 123 2.6. EPÍLOGO andadura en 1987. En 1995 estaba constituida la Consejería de Política Territorial, en cuyo organigra- ma aparecía la viceconsejería de Medio ambiente. Con la llegada del nuevo siglo la Consejería adoptó el término medio ambiente en su propia denominación, pasando a ser Consejería de Política Territo- rial y Medio Ambiente, aunque la situación no sufría más variación que la meramente nominal, pues las competencias medioambientales seguían siendo asumidas por una Viceconsejería. Tras las elecciones autonómicas de 2011, las materias ambientales se desligaron por primera vez de Política Territorial. Esta última quedó agregada en la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, mientras que Medio Ambiente continúa siendo una Viceconsejería, incluida en esta ocasión en la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad. De nuevo el término medio ambiente desaparece nominalmente de las designaciones de las consejerías, pero en su lugar se incorpora el de «Sostenibilidad». A día de hoy, el órgano ambiental autonómico en Canarias es la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, adquiriendo la de Medio Ambiente jerarquía de Dirección General dentro de aquélla. Probablemente la situación no varíe en esencia, pues el tema de las designaciones nominales de las consejerías es meramente testimonial. Más importante es la reducción presupuestaria a la que se han visto sometidas de manera continuada las políticas ambientales autonómicas en los últimos años, en parte debido a la crisis económica general, pero sobre todo por la desviación de competencias a los respectivos cabildos insulares, órganos que en buena medida han asumido todo lo referido a temas medioambientales. Un hecho interesante que apunta cuando menos al debate de la legalidad de los espacios prote- gidos es la sentencia del TSJC de diciembre de 2012 que por un momento pareció anular la validez legal de los Parques (naturales y rurales) y de las Reservas Naturales (integrales y especiales). Más allá del escaso recorrido efectivo de tal decisión judicial, esta sentencia, calificada de «perversa» por el colectivo Ecologistas en Acción, da muestras de una realidad que se esconde tras la cultura y las políticas ambientales: que se cuestionan aprovechando las rendijas de la legalidad. Detrás de ello se esconde un debate eterno entre desarrollo económico y conservación ambiental. Es momento de preguntarse, ¿es ésta la conservación que queremos? 46420 - E NSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LA GEOGRAFÍA , HISTORIA Y NATURALEZA DE C ANARIAS 124

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