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This document provides study material on civil law. It covers topics such as acts, legal entities of private law, and related Mexican Civil Code articles. The document includes questions and activities for deeper understanding.

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EnGARD BAQt:IéiRO RoJAS RosAI.iA Bt'ENROSTRO BAEz Prc cnH1 '-ll L'\.;illll'tl pn 1fL·....¡( 1 \ · ' hCL'Ill'!ad:l L'n dl'l'L'Chna en \;t dcICL'IlCU Ul11\cr lLtru en 'ana..,. 111..., tudi actá:idades de estudio correspondientes a lo.> temas de esta d) Causas sobrevenientes a la perfección del acto por las cuales éste queda tercera pm1e, deberá: sin efecto. e) Declaración de voluntad que deja sin efecto un acto jurídico unilateral. P recisar los efectos de los atributos de la personalidad: nombre, do­ micilio, ausencia, estado, en la vida de las personas. 2. Revise los siguientes preceptos del Código Cic·il para el Distrito Fedeml: n, 249, 253, 254, HH4-H86, 1489, 1491 y 2n4-2242. Indicaciones: 3. Resueka los problemas siguientes: Para lograr esta meta, hay que tener presente que se deberá estudiar a) Juan tiene en su poder unas joyas que pertenecieron a su familia y las \-ende a tanto como sea necesario hasta poder precisar los efectos de la per­ Pedro posteriormente Luis reclama las joyas, pues las había dado en depósito sonalidad que se señalan en el objetivo; para ello, el lector deberá: a la madre de Juan. ¿El contrato de compraventa entre Juan y Pedro es dlido, nulo o inexistente? Explique por qué (arts. 22{¡ a una colonia que, al fraccionarse, se lo resen·a para ese fin. ¿El con­ que debe aprender y aprender a hacer. trato es vtro criterio es el que considera como establecimiento público a las personas ci- 1) ( ) les da homogeneidad ante sus diferencias reales. 1 ik-; creadas para la gestión de un servicio público y establecimientos privados los d) ) les reconoce una indiscutible igualdad natural. fund 1dos por socios particulares con fines indiYiduales. ( e) ( ) las div ide en físicas y morales a partir del ser que cada ma ti2ne como soporte. Actividad 69 2. :\note una F o V dentro del paréntesis que corresponda, según sean falsas o Indique el nombre con el que el derecho mexicano denomina a las personas co­ \·ercbderas las aseveraciones siguientes: lecti\·as. L Relac ione las personas colecti\·as que regula el Críth ¡¿;o Ci;:il pam el Distrito Federal. a) ( Persona moral es todo ente físico al que la ley reconoce derechos y obli­ Responda las cuestiones siguientes: gaciones. b) Persona física es solamente la que se proyecta sobre un ser hum;mo. 11) Por su finalidad, L1s personas colectivas pueden ser: 1) ( Persona moral es el complejo de relaciones sociales que reconoce el de­ ___________ recho como sujeto de obligaciones. La persona moral y la persona física son iguales ante el derecho en tanto b) Por la predominancia del elemento human o que las constituye, las personas d) ( entes jurídicos. colectivas pueden ser: -- --- 14. Personalidad en general l!!2__ 166. Tercera parte Personas 1 colectivas pueden ser: Por lo común se hace una distinción bipartita: 1) las personas jurídicas colectivas J e) Por la finalidad económica que las caracteriza, las personas. en las que predomina el elemento personal (unive1:ritas personomm), o sea, las corpora­ ciones y las asociaciones, y ii) las personas que constituyen un conjunto de bienes 340. afectos a un fin (unizoenitas bonomm), es decir, las fundaciones. Compare sus respuestas con las que aparecen en la página ;\Jo ha habido claridad al distinguir las asociaciones de las corporaciones, y se pue­ ------- - - - ----- - -- -- de decir que para la generalidad de los autores no existe diferencia entre unas y otras. Sin embargo, sociológicamente es posible, y para mayor claridad debe hacerse la dis­ Respecto de la clasificación de las personas morales se tienen: tinción entre asociación, sociedad, corporación y fundación. a) Personas de derecho público. En los términos del art. 25 del Código Civil local, son. /.I'Oáación. Es el conjunto de personas físicas unidas por un fin común de manera vo­ personas de derecho público: la nación, el Distrito Federal, los estados, los muni­ luntaria, tanto en el momento de la constitución como durante la vida de la misma. cipios y las corporaciones de carácter público reconocidas por la ley como inte­ Las asociaciones se han clasificado conforme a su finalidad en asociaciones en el g-rantes del poder estatal. Se entiende por corporaciones de carácter público aquellas sentido estricto y sociedades. El Código CiZ'il local da los criterios de distinción reco­ establecidas en virtud de un interés general o estatal, como la Universidad Nacional nocidos por nuestro sistema jurídico: Por asociación debe entenderse la unión de varios in­ Autónoma de México, el Instituto Mexicano del Seguro Social, etcétera. b) Personas de derecho privado. En el sistema jurídico mexicano, son personas de dere­ di,·iduos de manem que no sea enteramente transitoria pam la realización de un fin común licito y que no tenga carácter preponderante económico. cho privado aquellas enumeradas por el art. 25, fraccs. III y YI, del Código Civil lo­ cal, o sea, las sociedades y asociaciones que se propongan fines lícitos, los cuales Sociedad. Es la unión de varios individuos que combinan sus recursos o sus esfuerzos pueden ser de carácter pecuniario, profesional, artístico, benéfico, etc., así como para la realización de un fin común de carácter preponderante económico. las extranjeras en los términos del art. 2736. Como se ve, el que sea preponderante económico o no el fin perseguido por los socios detem1ina si se está en presencia de una sociedad o de una asociación, en sentido estricto. Las sociedades mercantiles están regidas por las leyes especiales de la materia y Actividad 70 atienden primordialmente a la forma antes que al fin, que normalmente es una activi­ dad mercantil o de comercio. 1. Defina cada una de las personas colectivas de derecho privado. 2. Apunte las semejanzas y diferencias que existen entre las personas colectivas de Cmpomción. Es el conjunto de individuos unidos por o sin su voluntad y a veces contra derecho privado. ella, en la que se nace o se ingresa no voluntariamente, sino por una disposición legal 3. Revise la Ley de Sociedades Mercantiles y liste las sociedades de este tipo que regu­ 0 un acto de tercero, por ejemplo: se nace mexicano; se incorpora a la iglesia en virtud la dicha ley. del bau tismo antes de tener uso de razón; se pertenece a un gremio por desarrollar 4. Analice los siguientes preceptos del Código Civil para el Distrito Federal: 22-28, dete rminada actividad, etcétera. 2670 y 2688. Para Andreas von luhr, la corporación siempre es de derecho público y la asocia­ ciún corresponde al derecho privado. Compare sus respuestas con las que aparecen en la página 340. F n u dación. Responde por lo general a un sustrato predominantemente económico; suele ser un conjunto de bienes que el fundador destina a determinado objeto o fina­ Subclasificación de las personas de derecho privado. Las personas de derecho lidad y que ni siquiera él mismo puede modificar. Las personas encargadas de la admi- privado se subclasifican generalmente en sociedades, asociacione s y fundaciones. 168 Tercera parte Personas nistración del patrimonio afecto son órganos sirYientes y no miembros de la persona moral como en las asociaciones y corporaciones. Las fundaciones tienen normalmen­ Capítulo 15 te un tin piadoso, científico, religioso, artístico, etcétera. Actividad 71 Principio y fin de la personalidad 1. 1 ndique cuáles son los elementos conceptuales de las definiciones de persona. :r ;¡. nwr d de derecho público y priYado. :1 ; 2. \lencione cuál es el elemento diferenciador de la persona moral de derecho pú­. Objetivos blico frente a la persona moral de derecho prindo. i¡ ,. ' L'na ¡:·ez concluida.r las r1cth·idades de estudio, debení: 3. Liste las personas morales públicas y privadas que reconoce el Código Civil para 1 el Distrito Federal. l 15.1 Definir la personalidad jurídica. 15.2 Explicar la relación que existe entre persona y personalidad jurídicas. 15.3 Señalar el momento en que las personas físicas adquieren personalidad Compare sus respuestas con las que aparecen e11 las páginas 340-J.¡.]. ll jurídica. 15.4 Describir lo que debe entenderse por nacimiento para efectos jurídicos. 15.5 Diferenciar el concepto biológico de viabilidad del concepto jurídico. :\deme materno al f1llecer el autor de la sucesión, y b) el de los no no ser viable en tal sentido, es decir, puede carecer de las condiciones necesarias para nacido., que pueden adquirir por donación, siempre y cuando hayan estado concebidos al prolongar la \·ida. "Así el acéfalo, el acardiano, los bicéfalos, etc., no gozan de perso­ t t e m po en que. se hizo la donaciciturus? constitución de la sociedad, se requiere permiso de la Secretaría de Relaciones Exterio­ b) ¿Qué relación hay entre nasciturus y personalidad jurídica? 1)¿En qué casos, conforme al derecho mexicano, la anticipación de la personali­ res, de acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica de la Fmcción 1 del A11ículo 27 dad surte efectos jurídicos? Constitucional; después, el acto propiamente constitutivo debe constar en escritura pú­ d) ¿Qué pasa con el derecho delnasciturus heredero que nace muerto? blica y es necesaria su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comer­ cio. Si falta alguno de estos requisitos, la sociedad será irregular. Compm·e sus respuestas con/as que aparecen en/as páginas 341-342. Las fundaciones tendrán personalidad jurídica desde que la Junta de Asistencia Pr ivada del Distrito Federal dicte una resolución en la que autorice su constitución, en los términos de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal. 176 Tercera parte Personas 15. Principio y fin de la personalidad 177 En nuestro concepto, en principio, la personalidad nace en el acto de constitución 15.4. Fin de la personalidad individual \- la persona moral es capaz de ejercer derechos y cumplir obligaciones; no obstante, si entre los requisitos legales de formación se exige o se omite alguno (por ejemplo, el re­ (:u ando termina la existencia física del ser humano termina también su vida jurídica. gistro establecido por el art. 2694 del Código Cii il, para las sociedades civiles, o el exi­ Por tanto, la muerte pone fin a la personalidad jurídica del hombre. gido por los arts. 19 del Código de Comercio y 2 de la Ley de Sociedades Jlercantiles, Ajenas al derecho mexicano la esclavitud y la "muerte ci\·il", la única forma de acabar para las sociedades mercantiles), dicha circunstancia no podrá ser alegada en benefi­ l·on la personalidad jurídica del hombre es la muerte (cesación definitiva de la vida). cio de los constituyentes de la persona moral y en perjuicio de terceros, quienes sí Es de gran importancia práctica precisar el momento en que cesa la personalidad jurí­ podr.ín beneficiarse de la personalidad colectiva con que determinados órganos se dicl, tener una prueba fehaciente de la muerte que indique día y hora en que cesó la vida, han ostentado. pues a partir de ese hecho se derivan consecuencias jurídicas muy importantes, como: la T1l parece ser el sentido de los arts. 2694 del Código Civil y 2 de la Ley de Sociedades l'\tinción de los efectos jurídicos en relación con la persona fallecida; el hijo de la viuda.\lerumtilcs, los cuales establecen que no podrá alegarse en perjuicio de terceros la falta n 1cido después de 300 días de acaecido el deceso del marido no es hijo de éste; los actos del de algún requisito en la constitución, aprovechándose éstos de la apariencia con que se m mdatario realizados en nombre del mandante después de la muerte de éste son inefica­ hayan ostentado las asociaciones o sociedades por medio de sus representantes. ces; los frutos posteriores a la muerte del usufructuario pertenecen al nudo propietario y no los herederos del usufructuario; dan inicio los efectos del derecho sucesorio, etcétera. Actividad 75 Actividad 76 1. Responda las preguntas siguientes: -\note dentro del paréntesis la letra de la opción u opciones que completen co­ a) ¿Cuándo adquieren personalidad jurídica las personas morales en el derecho rrectamente el enunciado que sigue: mexicano? b) ¿Qué entes colectivos poseen personalidad jurídica para el derecho positivo Lt precisión del momento de la 71llle17e de las personasfísicas es de suma impm-rancia... ( mexicano? a) Porque es la prueba fehaciente de que ha ocurrido la muerte. 1) ¿Por qué se dice que la enumeración de las personas morales que hace el art. b) Porque constata la desaparición de la persona jurídica. 25 del Código Ch·il para el Distrito Federal es de carácter enunciativo y no limi­ de su propietario. cual sí se exige a las sociedades ciúles (art. 2693, fracc. 11, u.). Fn consecuencia, por ana­ logía, se considera que debe aplicarse también a las asociaciones, pues al existir la mis­ Compare st/.1" rc.1p11c.l"tas cm¡ las que aparccm en/a pr r¿;ina N5. ma rnún debe regir la misma disposiciún. Fn las asociaciones mercantiles, un requisito exigido a todas ellas es el uso de un nombre, razc'Jn social o denominación en exclusiva; así, no puede haber dos sociedades con el mismo nombre. 17.7. Cambio de nombre El nombre comercial no debe confundirse con la razón social o la denominación, pues sirYe para designar un establecimiento que puede ser propiedad de una persona l.a posibilidad de cambiar el nombre ha sido una preocupación constante tanto de los física o colectin con un nombre diferente. :\sí, el Centro.\Iermmil (nombre comercial) estudiosos del derecho como de los profanos en esta ciencia. En principio, cabe decir es propiedad de S. Roberts y Cía. (raz.:; · / , ·:;..e";: :..: , N) (Sí) Los efectos futuros de los actos reali1.a ·(. en mome nto en que se d) C:on hase en el pt-esupuesto de la existencia de un derecho natural superior y de map>r \'alidez que ley debe regirlo" si la ley ,·igente el contlicto, pues se duda acerca de qué acto que les dio origen. 1 derecho positim especítico. Por ello, el juez debe tender l·amiliar \!cxrcatl< '· secr etan a gennal de la retroacti,·idad de la 39 antecedentes en el derecho mexicano 2 71 \s"ctaci(Hl para la Resolucr(m de Contlictos ,. lllll'tl1- úgencia de la H concepto 272 ¡,," del Centro lntcrdisctplrnario para el \!anejo de Licitud en el objeto, motivo o fin 91 copias y constancias 278 1 ' > n tl tctos. \.<..\lanifestación de la voluntad 75 funciones 273 P< >:-- ce ;unpha cxpcncncu e< JtlH> catcdr;i t! Cl en.\latrimonio, acta de 30-l personas intervenientes 276 lll.IILTtas pedag(>gic as ,. dcrech< > de fam ilia. 1 ha.\lodo o carga 119 pruebas supletorias 280 ttn p artid< ' CliP,\ c pccialc de frtnaci'-, en part ic ular :-;obre la cn:--ct1an/a '-."ombre 191 Seudónimo 202 ,lc-1 dnecho. cambio de 205 Sistema(s) comercial 203 anglosajón 50.!1 !la puhltcado.trticulos, folletos, l)()ktrnes, fas­ concepto de 19-l jurídicos occidentales 50 ctcu]c,...,, an u >lgia :-., pncncia , t11l'llH>na y t n anualc:-. naturaleza jurídica del l9H romano-francés 20 n LltJYautra de is tc x t S /)crn/Jf; dt' f{I/JJi!it ) J/l(c­ absoluta Hl Supuesto jurídico 47, 51 ,¡r,,,c _ ·, 1 )¡ rni''' dt ¡;;mi!it (S e gunda cdiciún), ,. 1 )rrr(ho casuística de las 143 Teorías '"', ctrl7tr (l·:dici(>t1 re\ isada \' actu ali z ada). relativa 142 bipartita o francesa 59, 61 Objeto(s) 73 tripartita o ítalo-germana 59, 62 directo 77 Tutela, inscripción de 303 indirecto 77 Voluntad, ausencia de vicios en la 83

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