Summary

This document is a summary of Roman marriage, divorce and related concepts. It details the types of marriage recognised under Roman law and how they contrasted with other systems. It covers the roles of men and women in these relationships and includes legal considerations. It provides specific details of requirements for marriage. It also covers grounds for divorce and other relevant areas of Roman law regarding marriage.

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## MATRIMONIO El matrimonio es la unión del hombre y la mujer para toda la vida, con derechos divinos y humanos comunes. No es un acto jurídico, sino una mera situación de convivencia de dos personas, cuyo comienzo no requiere de formalidad alguna de orden jurídico, manteniéndose por la "afectio ma...

## MATRIMONIO El matrimonio es la unión del hombre y la mujer para toda la vida, con derechos divinos y humanos comunes. No es un acto jurídico, sino una mera situación de convivencia de dos personas, cuyo comienzo no requiere de formalidad alguna de orden jurídico, manteniéndose por la "afectio maritalis" (afecto marital) carácter monógamo. **Requisitos para contraer matrimonio:** - Pubertad: hijas 12 años, hijos 14 años - Consentimiento de los contrayentes - Consentimiento del Pater Familias **Impedimentos para celebrar un matrimonio:** - Parentesco: entre parientes que descienden unos de otros - Afinidad: Está prohibido el matrimonio entre el padre y la viuda de su hijo, padrastro viudo a hijastra. - Adulterio y el Rapto: Delito sexual entre hombre y mujer, donde uno de ellos es casado y la mujer casada o se raptaba a una doncella. Se presenta cuando una viuda raptaba a una doncella. - Estaba prohibido entre patricios y plebeyos **Tipos de matrimonio:** - **CUM MANU** la mujer romana pasaba a la autoridad del pater familias de su marido - **SINE MANU** la mujer permanecía bajo la tutela y poder del pater familias de su gen. - **CONFERRATIO** era la más antigua forma de matrimonio en Roma, en presencia de sacerdotes y con el catolicismo ante el sumo contifice y la presencia de 10 testigos. ## DIVORCIO Disolución del matrimonio - Muerte por uno de los cónyuges - Por incapacidad sobrevenida a alguno de los consortes (se convertían en esclavos y cuando se perdiera la ciudadanía) - El divorcio no está sujeto a formalidad alguna **El divorcio en el Codex Justiniano** - **Divortium** (divorcio) por justa causa: por los motivos señalado en la ley, implicando una falta del otro adulterio - **Divortium sine causa** (divorcio sin causa): sin justificación legal - **Divortium bona gratia** (divorcio sin culpa del cónyuge): se produce sin culpa del cónyuge, motivado en causas que impiden realizar los fines (locura, cautividad querrera, impotencia). ## ESPONSALES Son una promesa recíproca de que en un futuro contraerán matrimonio, se realizaban por el consentimiento de las contrayentes. Para contraer esponsales no estaba determinada la edad de los contrayentes, como el matrimonio. Los sponsales no eran requisito previo para la celebración del matrimonio sino una simple costumbre que podría ser seguida o no. ## CONCUBINATO Forma de relación que no contaba con el reconocimiento legal del matrimonio sino una simple costumbre que podía ser seguida o no. Tonia ciertos derechos y obligaciones entre hombres libres y mujeres que no eran esposas legítimas, como esclavas o mujeres de baja condición social. Constituyo una unión similar al matrimonio, pero entre personas que por voluntad o capacidad no podian ser conyuges legitimos, debían reunirse dos características: el afectio maritari's y la convivencia on la misma casd. ## FILIACIÓN LEGÍTIMA NATURAL Relación entre padres e hijos. La distinción entre filiación legítima y natural en el derecho romano sentó las bases para el desarrollo del derecho de familia y sucesiones. **Filiación Legítima** La relación paterno - filial establecida mediante matrimonio y reconocimiento oficial. **Derechos de filiación legitima:** 1. Herencia: Los hijos legítimos tenían derecho a heredar bienes del padre romano: Los hijos legítimos de ciudadanos romanos adquirían la 2. Ciudadanía 3. Nombre: Los hijos legítimos llevaban el nombre de su padre **Filiación Natural** La relación paterno - filial establecida por la naturaleza, sin necesidad de reconocimiento oficial. **Derechos de filiación natural:** 1. Relación de sangre: Los hijos naturales tenían una relación de sangre con sus padres. 2. Derecho a la alimentación: Los hijos naturales tenían derecho a recibir alimentación y sustento de sus padres ## TUTELA Y CURATELA La incapacidad de la Sul JURIS se daba por falta de edad, por razón de sexos; alteración de las facultades mentales, por prodigalidad. La Tutela fue el poder dado y permitido por el Derecho Civil a una persona libre para proteger a quien no puede defenderse así mismo. Tenia dos sujetos: tutor y pupilo **Impuberes** no podia ser acredor o deudor del Pupilo **La Tutela. Perpetua de las Mujeres** Siempre estan bajo la tutela de una persona 1. Tutela testamentaria 2. Tutela Legıtıma 3. Tutela Dativa 4. Tutela Dativa - Conferida por ol Magistrado, sino había tutor corcado ## CURATELA En el Derecho Romano la Curatela era una institución jurídica que consistia en la designación de una persona para gestionar los bienes de otra por que presentaba alguna incapacidad de hacerlo. La ley de las XII tablas instituyo la curatela unicamente para los locos. **Tipos de Curatela** - La cura furiosi: discapacidades intelectual - La cura Prodigi: Protege y gestiona bienes y asuntos de personas que por su propia conducta irresponsable ponen en peligro su patrimonio - Cura Minorium: Gestionar y proteger los bienes de menores de edad **Requisitos TUTELA:** 1. Sor libre 2. Ser ciudadano romano 3. Be sexO masculino 4. Tener más de 25 años ## COSA (RES) Y SU CLASIFICACIÓN ¿**Qué es RES?** Construía la base sobre la cual se construían derechos legales y obligaciones "cosas" se entendía como todo aquello que pudiera tener un valor. No todas las cosas podían ser suceptibles de apropiación por el particular éstas eran las cosas que estaban fuera del comercio (res extra commercium). Las cosas que sí podían ser apropiadas por los particulares aran aquellas que estaban dentro del comercio (res in commercium). ¿**Qué es RES EXTRA COMMERCIUM?** No podían ser objeto de propiedad privada. Tenían un valor o una función especial, ya sea de carácter religioso, público o legal. - **Res sacrae** o sagradas: edificios y objetos consagrados al culto templo - **Res religiosae** o religiosas: sepulcros - **Res sanctae** • santas: muros y las puertas de la ciudad - **Res communes**: aquellas cuyo uso es común a todos los hombres, aire, el agua, recursos naturales. - **Res publicae**: pertenecen al pueblo romano, edificios públicos y las calles de la ciudad ¿**Qué es RES IN COMMERCIUM?** Podría ser objeto de propiedad privada, podían ser compras vendidas, heredadas o intercambiadas - **Res mancipi**: cosas que se considoraban de mayor valor e importancia en la sociedad romana, vinculados a la agricultura y el sustento de la familia. **¿A que se refiere el MANCIPATIO?** La transferencia de propiedad requería un procedimiento formal - **Res nec mancipi**: Aquellas por su menor valor o relevancia, no requerían el procedimiento formal de mancipatio. **Cosas muebles e inmuebles:** Muebles bienes que pueden moverse, como los objetos personales como los animales; Cosas inmuebles, bienes que no pueden trasladarse o ser fijos. terrenos, edificaciones y conservan su valor **Cosas corporales e incorporales**: Cosas corporales puedan percibirse por los sentidos (moneda o una casa) **Incorporales** no tienen presencia física, como los derechos o las herencias, objetos de propiedad, pero solo en términos jurídicos, - **Cosas divisibles a indivisibles**: Divisibles son aquellas que pueden fraccionarse en partes sin perder su valor (como un terreno, términos jurídicos), Indivisibles no pueden separarse, (pero soto en términos jurídicos), sin perder su esancia, como un cuadro o un animal. - **Cosas principales y accesorias**: Principales tienen existencia independiente y no dependen de otro objeto como una casa. Cosas accesorias dependen de un bien principal para tener sentido, como las llaves de una casa. - **Cosas fungibles y no fungibles**: Fungibles son aquellas que puedan ser sustituidas por otras de la misma especie y calidad (dinero). No fungibles son bienes que no pueden reemplazarse por otros, como una obra de arte. - **Cosas consumibles y no consumibles**: Consumibles son aquellas que desaparecen con al uso (alimantos). No consumibles son bienes que pueden utilizarse repetidamente sin agotarse (libro). ## PATRIMONIO Conjunto de bienes y derechos económicos del paterfamilias, incluyendo tanto bienes matariales como créditos. En el Derecho Romano, el concepto de patrimonio ora crucial, bienes, además de responder por sus deudas. **CARACTERÍSTICAS** 1. **Unidad de patrimonio**: El patrimonio era visto como un conjunto indivisible de bienes y derachos, incluyendo derechos y obligaciones. 2. **Relación con la persona**: El patrimonio estaba vinculado exclusivamente a una persona: solo una persona podía tener patrimonio. 3. **Herencia**: En caso de fallecimiento, al patrimonio se transmitía a los herederos mediante la sucesión: En el Derecho Romano, los herederos heredaban tanto los derechos como las obligaciones. 4. **Comprende Derechos y Obligaciones**: El patrimonio no se limitaba a los bienes materiales. Incluía tanto los derechos reales (como la propiedad) como los derechos personales (obligaciones y deudas). Los Romanos ontendían que el patrimonio estaba compuesto por el activo (bienes y derechos) y el pasivo (obligaciones y doudas) 5. **Inalienabilidad y Alienabilidad de los bienes**: Algunas bienes del patrimonio podían ser inalienables, es decir no podían ser vendidos, como ciertos bienes religiosos. Otros en cambio, eran alienables y podían ser objeto de transacción comercial 6. **Capacidad Patrimonial**: La capacidad de tener y gestionar un patrimonio dependía de la capacidad jurídica de la persona. ## DERECHOS REALES Es un derecho que una persona tiene sobre una cosa específica y que todos deben respetar, "erga omnes" (contra todos). Se imponen a todos. Puede generar acción contra cualquiera El pater familias era ol único que podía ser titular del patrimonio, todo lo que los alieni iuis producian al patrimonio del sui iuns, esta situación cambio cuando se implanto el regimen del peculium, qua era los bienes financioros o inmuebles que el pater familias sedia, existierón 4 tipos: 1. **Peculium castrense**: Se conformaba por los bienes que el hijo adquiria en el ejercito romano 2. **Peculium profecticium**: Fue el primero en aparecer, consistio en la entrega de un inmueble para el trabajo del campo que debia trabajar el hijo 3. **Peculium quasicastrense**: Bienes que el filius (hijo) adquirid por ser funcionario publico o religioso 4. **Peculium adventicium**: Fue el ultimo en aparecer, se formo por los bienes procedentes de la madre que adquina por testamento o dote (bienes que se obtienen cuando se casan) En la epoca de Justiniano se modifica el regimen de los peculios para reconocer la propiedad de los bienes que por cualquier medio adquiria el hijo ## DERECHOS PERSONALES Aquel que consiente en una relación entre dos individuos determinados, uno puede exigir (acreedor = tiene el derecho) al otro (deudor = tiene la obligación) determinada prestación que según el derecho común les debida. Ejemplos: contratos y préstamos. ## PROPIEDAD Y POSESIÓN El derecho Romano estableció una distinción entre los dos conceptos. **Propiedad:** Derecho que acuerda a su titular el podar gozar y disponer plena y exclusivamente de una cosa Era un derecho exclusivo, perpetuo, absoluto, al propiotano tenía el ius uterdi, derecho de usar, de servirse de olla y obtener todas sus boneficios de la cosa; el ius fruendi, el derecho a obtener frutos y las rentas que la cosa produjera; ius abutandi, derecho de disponer la cosa y destruirla o anajarla. **Limitaciones:** - Limitaciones por interés público: expropiación al estado podría adquirir propiadad privada por obras públicas. **Modos de adquisición onginaria de la propiedad:** 1. **Ocupación**: os la apropiación de una cosa que no tiene dueño 2. **Accesión**: se da cuando una cosa de adhiere a otra para integrarse en un solo cuerpo. - **Mancipatio** acto solemne, adquirir la propiedad. Pregunta examen ↓ y más antiguo en Roma - **In iure cessio**: procedimiento que se realizaba ante el magistrado. - **Usucapio**: Es la adquisición de la propiedad de una cosa por la poseción de olla durante cierto tiempo **La posesión, Derecho a poseer (ius possidendi)** **Adquisición de la posesión**: Se consigue la situación posesoria cuando se den los requisitos del corpus (werpo) y del animus possidendi en la misma persona y con respecto de una cosa. **Transmisión de la Posesión:** - Por Usucapio: implica la adquisición automática de la cosa, sin necesidad de una declaración judicial del derecho, por el paso del tiempo en el uso de la cosa, **Limitaciones de la propiedad:** - **Sørvidumbre**: Derechos que limitaban el uso exclusivos de una propiedad, como servidumbre de paso. ## SUCESIONES, LEGADOS Y FIDE COMISOS Sucesión "succedere" relación entre un antecesor y un sucesor. Fue creada para que a la muerte del pater familias, ol patrimonio logrará tronconder. - **Heres** quien heredaba - **Cuius** quien horodaba sus bionos **CLASIFICACIÓN DE LAS SUCESIONES** - **A Título universal**: cuando el adquirente obtiene totalidad de derechos - **Intervivos:** - **Adrogadio**: adopción de una persona sui iuris, sucediéndole en la tutulanidad de su patrimonio al pater familias del que pasa a depander - **Convenio in manum**: adquisión por parte del marido de todos los derechos patrimoniales de la mujer - **Mortis causa:** - **Testamentaria**: cuando el difunto deja testamento designando a los heredero-ros. - **Ab intestato**: cuando faltante la voluntad del difunto, los herederos son designados por la ley. - **Sucesión legitima**: cuando no existia testamento, este era inválidado o el heredero designado no podía o no quería aceptar la herancia, si había fallecido antes que al testador. Repudio de herencia. - **Sucesión testamentarnia**: acto jurídico solemne de última voluntad, mediante el cual una persona designa herederos para después de su muerte. Puede incluir legados, fideicomisos, manumisiones y nombramiento de tutores y curadores **El legado** es la disposición de bienes que un testador otorga a una persona a través de su testamento. El legado se obtiene por testamento, mientras que la herencia puede obtenerse mediante juicios sucesorios intestamentario. - **Legado por vindicationem**: El legatano adquiere directamente la propiedad del bien legado al morir al testador. - **Legado per damnationem**: El legatorio adquiere creditos (deudas). **FIDECOMISOS** Figura jurídica basada en la confianza entre dos partes. Se utilizaba en testamentos para que in heredero o legatano transmitiera bienes a un tercero sujeto a restricciones legales. Acto por el cual una persona fidecomitente, la transmisión su herencia tercera persona (fideicomisario). ## CONCEPTO, ELEMENTOS Y CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES Vínculo jurídico que liga a un deudor con un acreedor, exigiendo al deudor el cumplimiento de una prestación o conducta especifica. **Elementos de la obligación** 1. **Sujeto**: acreedor (quien tiene el derecho a exigir) deudor (quien debe cumplir). 2. **Objato**: la prestación que debe cumplir al deudor, puede ser: - Dare Dar - Facere Hacer - Non facere No hacer - Prestar (praestare) 3. **Vínculo Jurídico**: La fuerza que obliga al deudor a cumplir, permitiendo al acreedor reclamar su derecho **CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES** 1. **Por la naturaleza del objeto** - De dar - De hacer - De no hacer (prestare) 2. **Atendiendo al objeto** - Divisibles - Indivisibles - **Obligaciones genéricas**: entregar un objeto indicado por su género - **Específicas**: Objeto individualizado, el deudor responde a cosas específicas, **OBLIGACIONES MANCOMUNADAS (solidarias):** Involucran varios acreedores y/o deudores. ## FUENTES Y FORMAS DE ADQUISICIÓN, TRANSMISIÓN Y EXTINCIÓN DE OBLIGACIONES EN EL DERECHO ROMANO **OBLIGATIO**: vínculo o atadura, de una conexión de oxigencia jurídica de una persona respecto de otra. **FUENTES DE LAS OBLIGACIONES:** Hacen referencia a todos los hechos jurídicos que los dan origen. Justiniano menciona cuatro 1. **Contratos**: Acuerdo entre varias personas, que tienen como objetivo ganar diversas obligaciones 2. **Delitos**: hecho humano contrano al derecho y sancionado por la ley.. 3. **Cuasicontratos**: Similar al contrato. Ejemplo: herencia 4. **Cuasidelitos**: Actos ilícitos que no clasificaban como delitos. Generaba una obligación entre al autor del acto y la víctima. **ADQUISICIÓN DE LAS OBLIGACIONES:** - **Consentimiento mutuo (consensus)**: el consentimiento mutio era fundamental para la formación de contratos como la compraventa. - **Acto jurídico unilateral**: Legado testamentario, permite qua una sola parte establezca la obligación. El legatario adquiere derechos y deberes sin necesidad de aceptación previa. - **Mandato (Mandatum)**: Una persona actuaba en nombre de otra como go y rendir cuentas. Pregunta exermen - **Impuesta por la ley**: Surgían sin intervención de las partes, como el deber de prestar manutención entre familiares, **TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES** - **Cesión de créditos**: Un acredor transfiere (cambio para que cobren) su derecho de cobro a un tercero - **Delegación**: (cambio para que paguen) Permite cambiar el acreedor o deudor con el consentimiento de las partes, - **Novación**: Sustitución de una obligación por otra, cambiando el objeto **EXTENSIÓN DE LAS OBLIGACIONES** Concluían cuando la parte deudora liquidaba su deuda a la parte acreedora - **Ipso lure** = Por el derecho mismo - **Ope Exceptionis** = Por fuerza de excepción, cuando existia inclumplimiento o imposibilidad de cumplir la obligación. ## CONTRATO O EMPATIO VENDITIO CONTRATO: Acuerdo de voluntades entre dos o más personas para crear, modificar o transmitir derechos y obligaciones. **COMPRAVENTA** mediante el cual una persona se obliga a transmitir la pacífica posesión de una casa a otra persona y se obliga a pagar por ella. **CAPACIDAD** Las partes en el contrato debían tener capacidad jurídica para celebrar el acuerdo, ser libres, mayores de adad y mentalmente aptas. **CONSENTIMIENTO** Era fundamental que las partes que dieran su conocimiento libre y voluntario, cualquier tipo de coacción, error o fraude podía invalidar al contrato. **OBJETO** Es la cosa o res. Puede ser una cosa mueble o inmueble, individual o colectiva, presente o futura, corporal o incorporal, fungible o no fungible, e incluso un conjunto heterogéneo da cosas. **PRECIO** Cantidad de dinero a la que se obliga a entregar en propiedad el comprador al vendedor, hay consensus. **FORMA** Algunos contratos romanos requerían formalidades específicas para ser válidos, como los contratos verbales **CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS** Se clasificaban principalmente en dos categorías: contratos verbales y contratos consensuales, 1. **Contratos Verbales (verbis)**: se basaban on la expresión oral de los términos. El más destacado "stipulatio" promesa formal, preguntas y respuestas 2. **Contratos Litorales (litten's)**: uso de documentos escritos para formalizar el acuerdo. 3. **Contratos Reales (Re)**: Se perfeccionaban con la entrega de una cosa. Ejemplo: mutuum (prestamo de consumo) y empeño 4. **Contratos Consensuales**: No requerían formalidades específicas, se basan en el simple acuerdo de las partes. - Compraventa: Intercambio de una cosa por un precio - Arrendamiento: alquiler de bienes - Sociedad (societas): acuerdo entre dos o más personas para trabajar en un negocio común - Mandato: Encargo personal para realizar un acto jurídico o servicio ## DEFENSA DE DERECHOS **Derecho de acción:** Facultad del particular de oxigir determinada conducta a otro, cuando éste ha incumplido con la misma, mediante la intervención de los órganos del Estado encargados de administrar justicia. **Evolución histórica del proceso civil romano** venganza privada: - **Venganza desmodida**: los conflictos se dirimían con el uso de la violencia, vigilados por los sacerdotes, demostrando la docisión favorable de los dioses. - **Venganza medida**: Autorizando al ofendido imponer al ofensor una lesión o daño igual al que se le causó. - **Composición legal**: El ofendido podía renunciar al uso de la fuerza física a cambio de un pago compensatoño (indemnización) **Justicia privada** Surgió el proceso civil, dos fases: la primera, ante el magistrado y la segunda ante un juez privado **Justicia publica** Intervención completa del estado, procedimiento extraordinario, el magistrado no solo conocía de la domanda, sino ól mismo era quien resolvía el conflicto dictando la santencia. **Organización Judicial** 1. **Magistrados** facultad para pronunciar lo que es derecho en un litigio 2. **Jueces** mediante opinio, cuál de las partes tiene o no derecho **Partes que intervienen** 1. **Actor**: el sujeto que se dinge a los órganos facultados para hacer valer un pretandido derecho violado por otra parsona. 2. **Demandado**: Persona de quien el actor afirma que le vulneró su derecho 3. **Defensor**: Persona que defiende las intereses ajenos en un juicio, sin la autorización de las partes contendientes ## LEGIS ACTIONES Fueron el primer sistema procesal formal en Roma, basado en rituales estrictos protogía las relaciones legales entre ciudadanos. **Tipos de Legis Actiones** 1. **Acciones Declarativas:** - **Legis Actio Sacramenti**: Resolución de conflictos mediante un depósito simbólico que se entregaba al templo si se perdía el caso - **Legis Actio par Judicis Postulationem**: Utilizaba on conflictos que requerían un juez, como en herencias o disputas familiares - **Legis Actio par Condictionem**: Permitía oxigir doudas con un plazo determinado. **Características de las Legis Actiones** Sistema era formal y ritualista, rígido en su aplicación **Procedimiento Formulario** Era más adaptable y permitía la escritura de fórmulas específicas para cada caso, bajo la supervisión de un magistrado y un juez **Tipos de Fórmulas** - **Acciones personales**: Para obligaciones y deudas - **Acciones reales**: sobre propiedad - **Acciones panales**: para indemnizaciones **Procedimiento Extraordinario** El procedimiento formulario fue reemplazado por el procedimiento extraordinario, ofreciendo flexibilidad, burocracia y la posibilidad de apolación. **Desarrollo del Procedimiento Extraordinario** 1. **Inicio del proceso**: al demandante presentaba una petición escrita 2. **Evaluación de pruebas y alegatos**: Sumatoria de lo que expusiste de tu cliente, pruebas. 3. **Sentencia**: Emitida por el funcionaño basándose on las pruebas 4. **Apelación**: Permitía revisar y modificar la sentencia en caso de desacuerdo. **Defensa de Derechos** Duante la republica prevalecio el conflicto antre patricios y plebeyos amena-zando la clase más devil on crear su propia ciudad, sin embargo ambas clases se necesitaban, se genera una alianza para conformar organos que protegieran los derechos de los plebeyos frente a los patricios denominados "tribunados de la plebe", que se conformo por magistrados. En la época imperial la figura de los tribunados de la plebe perdio legitimidad, al corromperse las magistraturas y desviarse de su proposito. En al 386 d.C se crea el "Defensor Civitatis" aya misión fue proteger a las clases sociales más desprotegidas del poder autoritario. ## CONCEPTO, FUNCIÓN Y CLASIFICACIÓN DE LOS IN-TERDICTOS Órdenes provisionales decretadas por el protor para mantener la paz y la seguridad en las relaciones privadas, en especial conflictos sobre posesión y propiedad. Tenían una naturaleza provisional. La principal función de los interdictos 1. Preservar la posesión de biones o derachos 2. Evitar daños irreparables 3. Ordenar la restitución de biones **Clasificación de los interdictos** 1. **Interdictos prohibitoños**: Prohibía realizar ciertas actos para evitar la violoncid. 2. **Interdictos restitutoños**: Buscaban la devolución de un bien que había sido despojado 3. **Interdictos exhibitorios**: Ordenar la presentación o exhibición de una persona o cosa ante el pretor o el tribunal. ## REQUISITOS PARA EL TESTAMENTO - Acta de nacimiento (bienes malcomunados) - Curp - Acta de matrimonio - INE - Adultos tercera edad pagan $1000 - Personas normales pagan $2000 - Puede variar - Voluntad propia - El tramite puede durar 5-7 días o máximo 1 mes - Acudir a la notaña más cercano ## REQUISITOS DE ADOPCIÓN - Ser persona mayor de 21 años de edad y al menos 10 años más que la persona a adoptar - Tener medios para proveer alimentos y bienestar económico - Identificación oficial - Acta de matrimonio o santancia de concubinato - Comprobante de domicilio - Identificación de referencia de familiares - DIFEM cortificado de idoneidad en área médica, psicologica, medica y trabajo social, visitas domiciliarias o entrevistas a distintos miembros de la familia solicitante - ¿Qué autoridad determina la adopción en el Estado de México? - Jueza aspecial determina la adopción y el DIF ## CAPITULO IV DISCRIMINACIÓN **Artículo 211**. Se impondrán de uno a tres años de prisión o de veinticinco a cian días de trabajo en favor de la comunidad y de cincuenta a doscientos días de multa al que, por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacida-des, condición social, trabajo o profesión, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o alguna otra que atente con la dignidad humana y tenga por efecto impedir, menoscabar o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos fundamentales en condiciones de equidad o igualdad de oportunidades y de trato a las personas. I. Provoque o incite al odio o a la violencia II. Niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o una prestación a la que tenga derecho. III. Repudie, desprecie, veje o excluya a alguna persona o grupo de personas o IV. Niegue o restrinja derechos laborales Si las conductas descritas en este artículo las realiza un servidor público, se aumentará en una mitad la pena prevista en el primer párrafo del presente artículo y, además, se le destituirá e inhabilitara para el desempeño de cualquier cargo, empleo, comisión públicos, por el mismo tiempo de privación de la libertad impuesta. ## EL PRECIO DE LA VERDAD La pelicula demuestra lo difícil que es enfrentarse al sistema cuando sabes que esta mal, varios aspectos éticos, sociales y personales. Algo muy importante fue la valentía y la determinación del abogado, quien arriesga su camera, estabilidad emocional e incluso su salud mental para lograr revelar la verdad. La justicia no siempre es inmediata ni perfecta, pero cuando alguien lucha incansablemente, se puede lograr.. Nos hace reflexionar sobre la relación entre al poder, la ética y la justicia, sobre lo difícil que puede ser para una persona común desafiar a los gigantes corporativos que son muy inalcanzables. Incluso nos habla sobre las consecuencias del teflón que se encuentra en sartenes, objetos de uso cotidiano como las llantas de carros e incluso en el maquillaje. Las vacas astaban siendo envenenadas con el agua que consumian del río debido que este estaba encaminado con los desechos de la fábrica Du Pont's. Rob la comentó a investigar y se porcato que era una sustancia toxica. Como reflexión fue la esperanza de que la justicia es o puede ser lenta y difícil pero es posible. No solo nos hace reflexionar de las peligros de la contaminación ambiental, sino de la importancia ética profesional, el valor de lo justo y de la necesidad de que cada individuo es responsable de sus acciones.

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