B1T10 Acceso electrnico - Oposiciones Técnicos Auxiliares de Informática - 2015-2016 PDF

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This document is a past paper for the 2015-2016 Oposiciones Técnicos Auxiliares de Informática exam in electronic administration. It covers topics such as the electronic access of citizens to public services, electronic processing of administrative procedures, and the Spanish national security and interoperability schemas.

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2015-2016 B1T10 ADMÓN. ELECTRÓNICA (NORMATIVA) TAI Bloque 1 - Tema 10 parte1 ACCESO ELECTRÓNICO DE LOS CIUDADANOS A LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y NORMATIVA DE DESARROLLO. LA GESTIÓN ELECTRÓNICA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS: REGISTROS, NOT...

2015-2016 B1T10 ADMÓN. ELECTRÓNICA (NORMATIVA) TAI Bloque 1 - Tema 10 parte1 ACCESO ELECTRÓNICO DE LOS CIUDADANOS A LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y NORMATIVA DE DESARROLLO. LA GESTIÓN ELECTRÓNICA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS: REGISTROS, NOTIFICACIONES Y USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS. ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y DE INTEROPERABILIDAD. NORMAS TÉCNICAS DE INTEROPERABILIDADAD PREPARACIÓN OPOSICIONES TÉCNICOS AUXILIARES DE INFORMÁTICA PABLO ARELLANO www.theglobeformacion.com Página 1 B1T10 ADMÓN. ELECTRÓNICA (NORMATIVA) TAI ÍNDICE ÍNDICE............................................................................................................................................................ 2 1. INTRODUCCIÓN......................................................................................................................................... 4 2. ACCESO ELECTRÓNICO DE LOS CIUDADANOS A LOS SERVICIOS PÚBLICOS............................................... 5 1. Capacidad de obrar.............................................................................................................................. 5 2. Concepto de interesado........................................................................................................................ 5 3. Derechos de las personas en sus relaciones con las AAPP.................................................................... 6 4. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo.............................................................. 6 5. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las AAPP................................................ 8 6. Representación................................................................................................................................... 10 7. Registros electrónicos de apoderamientos......................................................................................... 13 8. Registro Electrónico de Apoderamientos de la AGE (REA-AGE).......................................................... 15 9. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo................................... 20 10. Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados...................................................... 25 11. Registro de funcionarios habilitados de la AGE............................................................................. 27 3. GESTIÓN ELECTRÓNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS........................................................ 32 1. Registro electrónico............................................................................................................................ 32 2. Registro Electrónico General de la AGE (REG-AGE)............................................................................ 36 3. Notificaciones electrónicas................................................................................................................. 41 4. Dirección Electrónica Habilitada........................................................................................................ 48 5. Archivo de documentos y Archivo Electrónico Único.......................................................................... 51 6. Documento electrónico y documento administrativo........................................................................ 54 7. Actos, procedimiento administrativo y AAA....................................................................................... 56 8. Copias y copias auténticas................................................................................................................. 59 9. Intercambio y transmisión de datos entre AAPP................................................................................ 65 4. COMISIÓN SECTORIAL DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA................................................................... 72 5. ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD..................................................................................................... 73 1. Introducción. Evolución histórica........................................................................................................ 73 2. Estructura del ENS.............................................................................................................................. 74 3. Disposiciones generales...................................................................................................................... 75 4. Principios básicos del ENS................................................................................................................... 76 5. Política de seguridad y requisitos mínimos de seguridad................................................................... 79 6. Seguridad de los sistemas: auditoría, informe e incidentes de seguridad.......................................... 88 7. Normas de conformidad..................................................................................................................... 91 8. Actualización del ENS......................................................................................................................... 92 9. Categorización de los sistemas de información.................................................................................. 93 10. ANEXO I: Categorías de seguridad de los sistemas de información............................................... 94 11. ANEXO II: Medidas de seguridad................................................................................................... 97 12. Adecuación al ENS....................................................................................................................... 105 13. ANEXO III: Auditoría de la seguridad........................................................................................... 107 14. ANEXO IV: Glosario...................................................................................................................... 109 15. Portal web ENS del CCN............................................................................................................... 113 16. Instrucciones técnicas de seguridad............................................................................................ 114 6. ESQUEMA NACIONAL DE INTEROPERABILIDAD..................................................................................... 115 1. Introducción..................................................................................................................................... 115 2. Ámbito de aplicación........................................................................................................................ 116 3. Principios básicos del ENI................................................................................................................. 116 4. Tipos de interoperabilidad................................................................................................................ 117 5. Infraestructuras y servicios comunes............................................................................................... 122 6. Comunicaciones de las AAPP............................................................................................................ 123 7. Reutilización y transferencia de tecnología...................................................................................... 124 8. Firma electrónica y certificados........................................................................................................ 128 9. Recuperación y conservación del documento electrónico................................................................ 130 PABLO ARELLANO www.theglobeformacion.com Página 2 B1T10 ADMÓN. ELECTRÓNICA (NORMATIVA) TAI 10. Normas de conformidad.............................................................................................................. 133 11. Actualización............................................................................................................................... 134 12. Instrumentos para la interoperabilidad....................................................................................... 134 13. Adecuación al ENI........................................................................................................................ 134 14. Auditoría ENI............................................................................................................................... 136 15. Glosario de términos (Anexo)...................................................................................................... 137 PABLO ARELLANO www.theglobeformacion.com Página 3 B1T10 ADMÓN. ELECTRÓNICA (NORMATIVA) TAI 1. INTRODUCCIÓN El régimen jurídico en relación con el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, la gestión electrónica de procedimientos administrativos, el Esquema Nacional de Seguridad y el Esquema Nacional de Interoperabilidad y las Normas Técnicas de Interoperabilidad es: - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). - Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. - Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. - Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS). - Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica (ENI). - Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTIs). - Orden PCM/1384/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico de apoderamientos en el ámbito de la Administración General del Estado (REA). - Orden PCM/1383/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro de Funcionarios Habilitados en el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público (RFH). - Orden PCM/1382/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico General en el ámbito de la Administración General del Estado (REG-AGE). - Orden PRE/878/2010, de 5 de abril, por la que se establece el régimen del sistema de dirección electrónica habilitada previsto en el artículo 38.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre (DEH). - Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes (SVDI). - Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la exigencia de aportar el certificado de empadronamiento, como documento probatorio del domicilio y residencia, en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes (SVDR). PABLO ARELLANO www.theglobeformacion.com Página 4 B1T10 ADMÓN. ELECTRÓNICA (NORMATIVA) TAI 2. ACCESO ELECTRÓNICO DE LOS CIUDADANOS A LOS SERVICIOS PÚBLICOS 1. Capacidad de obrar Tendrán capacidad de obrar ante las AAPP (art. 3 LPACAP): a) Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles. b) Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los menores incapacitados, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate. c) Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos. 2. Concepto de interesado Se consideran interesados en el procedimiento administrativo (art. 4.1 LPACAP): a) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. b) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. c) Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca (art. 4.2 LPACAP). Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento (art. 4.3LPACAP). PABLO ARELLANO www.theglobeformacion.com Página 5 B1T10 ADMÓN. ELECTRÓNICA (NORMATIVA) TAI 3. Derechos de las personas en sus relaciones con las AAPP Quienes tienen capacidad de obrar ante las AAPP, son titulares, en sus relaciones con ellas, de los siguientes derechos (art. 13 LPACAP): a) A comunicarse con las AAPP a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración. b) A ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. c) A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico. d) Al acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013 de transparencia y el resto del Ordenamiento Jurídico. e) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. f) A exigir las responsabilidades de las AAPP y autoridades, cuando así ́ corresponda legalmente. g) A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en esta Ley. h) A la protección de datos de carácter personal, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las AAPP. i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes. Estos derechos se entienden sin perjuicio de los reconocidos en el art. 53 LPACAP (ver epígrafe siguiente) referidos a los interesados en el procedimiento administrativo. 4. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo Además del resto de derechos previstos en esta Ley, los interesados en un procedimiento administrativo, tienen los siguientes derechos (art. 53.1 LPACAP): a) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados. Asimismo, también tendrán derecho a acceder y a obtener copia de los documentos contenidos en los citados procedimientos. Quienes se relacionen con las AAPP a través de medios electrónicos, tendrán derecho a consultar la información a la que se refiere el párrafo anterior, en el PAG de la Administración que funcionará como un portal de acceso. Se entenderá cumplida la obligación de la Administración de facilitar copias de los documentos contenidos en los procedimientos mediante la puesta a disposición de las mismas en el PAG electrónico de la Administración competente o en las sedes electrónicas que correspondan. PABLO ARELLANO www.theglobeformacion.com Página 6 B1T10 ADMÓN. ELECTRÓNICA (NORMATIVA) TAI b) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las AAPP bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos. c) A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tendrán derecho a obtener una copia autenticada de éste. d) A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las AAPP o que hayan sido elaborados por éstas. e) A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución. f) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar. g) A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses. h) A cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos previstos en el art. 98.21 LPACAP. i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes. Además de los derechos previstos en el apartado anterior, en el caso de procedimientos administrativos de naturaleza sancionadora, los presuntos responsables tendrán los siguientes derechos (art. 53.2 LPACAP): a) A ser notificado de los hechos que se le imputen, de las infracciones que tales hechos puedan constituir y de las sanciones que, en su caso, se les pudieran imponer, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya tal competencia. b) A la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario. En relación con el apartado d) "A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las AAPP o que hayan sido elaborados por éstas", se tendrá en cuenta: 1 !"#$#"#%&#'#%&#( )&*+*,-%./( -+0)%/(.#( +/1( '#.*/1( #+#2&"3%*2/1( 1*0)*#%&#14( -5( 6-"7#&-(.#( 2"8.*&/( 9(.8:*&/;(:5(6"-%1$#"#%2*-(:-%2-"*-;(25(

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