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Questions and Answers
¿Quiénes son los responsables de llevar a cabo la valoración de niños y niñas menores de tres años hospitalizados en centros privados de larga estancia?
¿Quiénes son los responsables de llevar a cabo la valoración de niños y niñas menores de tres años hospitalizados en centros privados de larga estancia?
- Personal del ámbito social y sanitario de la conselleria con competencias en asistencia sanitaria. (correct)
- Personal de la Conselleria con competencias en materia de servicios sociales.
- Trabajadores sociales de los servicios sociales de atención primaria.
- Trabajadores sociales de las instituciones penitenciarias.
En el caso de personas con trastorno mental grave, ¿quién realiza la valoración?
En el caso de personas con trastorno mental grave, ¿quién realiza la valoración?
- Unidades de salud mental de la red pública asistencial. (correct)
- Trabajador social de atención primaria.
- Trabajadores sociales de instituciones penitenciarias.
- Personal del ámbito social y sanitario de la conselleria con competencias en sanidad.
Si una persona está hospitalizada en un hospital público de media estancia, ¿quién realizará la valoración?
Si una persona está hospitalizada en un hospital público de media estancia, ¿quién realizará la valoración?
- Trabajadores sociales de atención primaria.
- Personal de la Conselleria con competencias en materia de servicios sociales.
- Trabajador social del organismo asistencial.
- Personal del ámbito social y sanitario de la conselleria con competencias en materia de sanidad. (correct)
¿En qué situación los servicios sociales de atención primaria solicitan un informe social de entorno?
¿En qué situación los servicios sociales de atención primaria solicitan un informe social de entorno?
Según el texto, ¿qué organismo tiene competencias en materia de servicios sociales, promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia?
Según el texto, ¿qué organismo tiene competencias en materia de servicios sociales, promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia?
Cuando los servicios sociales de atención primaria impulsan un expediente en los casos indicados, ¿a quién solicitan el informe social de entorno?
Cuando los servicios sociales de atención primaria impulsan un expediente en los casos indicados, ¿a quién solicitan el informe social de entorno?
¿Qué tipo de centros hospitalarios requieren que la valoración sea realizada DIRECTAMENTE en el centro hospitalario para niños menores de tres años?
¿Qué tipo de centros hospitalarios requieren que la valoración sea realizada DIRECTAMENTE en el centro hospitalario para niños menores de tres años?
En el caso de personas hospitalizadas en hospitales privados, ¿qué diferencia la valoración en hospitales de media estancia versus los de larga estancia?
En el caso de personas hospitalizadas en hospitales privados, ¿qué diferencia la valoración en hospitales de media estancia versus los de larga estancia?
¿Qué debe aportarse en el caso de personas incapacitadas o presuntas incapaces al solicitar un servicio residencial, según el texto?
¿Qué debe aportarse en el caso de personas incapacitadas o presuntas incapaces al solicitar un servicio residencial, según el texto?
¿Qué ocurre si la persona interesada se niega a autorizar la consulta telemática de sus datos de identidad, capacidad económica y residencia?
¿Qué ocurre si la persona interesada se niega a autorizar la consulta telemática de sus datos de identidad, capacidad económica y residencia?
¿Qué criterio otorga preferencia en la tramitación de las solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia?
¿Qué criterio otorga preferencia en la tramitación de las solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia?
Según el texto, ¿qué debe hacer la administración si falta algún dato, información o documento en el expediente de solicitud?
Según el texto, ¿qué debe hacer la administración si falta algún dato, información o documento en el expediente de solicitud?
Según el texto, ¿qué advertencia se debe comunicar al solicitante si no subsana las faltas o no acompaña los documentos requeridos?
Según el texto, ¿qué advertencia se debe comunicar al solicitante si no subsana las faltas o no acompaña los documentos requeridos?
¿Quién elabora el informe social de entorno relativo a las necesidades sociales de la persona interesada, una vez presentada toda la documentación?
¿Quién elabora el informe social de entorno relativo a las necesidades sociales de la persona interesada, una vez presentada toda la documentación?
Si una persona interesada en recibir asistencia social reside en su domicilio, ¿quién debe elaborar el informe social de entorno, según el texto?
Si una persona interesada en recibir asistencia social reside en su domicilio, ¿quién debe elaborar el informe social de entorno, según el texto?
De acuerdo con el texto, ¿quién elabora el informe social de entorno si la persona solicitante reside en un recurso residencial público?
De acuerdo con el texto, ¿quién elabora el informe social de entorno si la persona solicitante reside en un recurso residencial público?
¿Qué criterio NO influye en la determinación de los servicios y prestaciones asignados a un solicitante en función del grado de dependencia establecido?
¿Qué criterio NO influye en la determinación de los servicios y prestaciones asignados a un solicitante en función del grado de dependencia establecido?
En el contexto de la Ley 39/2006, ¿qué implicación fundamental tiene la calificación temporal del grado de dependencia?
En el contexto de la Ley 39/2006, ¿qué implicación fundamental tiene la calificación temporal del grado de dependencia?
¿Cuál es la consecuencia de que la administración no dicte y notifique la resolución de grado de dependencia en el plazo máximo establecido?
¿Cuál es la consecuencia de que la administración no dicte y notifique la resolución de grado de dependencia en el plazo máximo establecido?
En el caso de revisión de grado de dependencia instada de oficio que pudiera derivar en efectos desfavorables, ¿qué ocurre si no se resuelve en tiempo?
En el caso de revisión de grado de dependencia instada de oficio que pudiera derivar en efectos desfavorables, ¿qué ocurre si no se resuelve en tiempo?
Una persona de 68 años tiene reconocido un grado de dependencia. ¿Con qué frecuencia se revisará de oficio su grado de dependencia, según lo establecido?
Una persona de 68 años tiene reconocido un grado de dependencia. ¿Con qué frecuencia se revisará de oficio su grado de dependencia, según lo establecido?
¿Cuál es el factor determinante para que la resolución de grado de dependencia sea considerada de carácter temporal?
¿Cuál es el factor determinante para que la resolución de grado de dependencia sea considerada de carácter temporal?
En el caso de un menor de 2 años con grado de dependencia reconocido, ¿hasta cuándo será válida la resolución?
En el caso de un menor de 2 años con grado de dependencia reconocido, ¿hasta cuándo será válida la resolución?
Si una persona solicita la revisión de su grado de dependencia y la administración se retrasa en la resolución, ¿qué ocurre con el plazo de resolución en una revisión de oficio que pudiera resultar desfavorable?
Si una persona solicita la revisión de su grado de dependencia y la administración se retrasa en la resolución, ¿qué ocurre con el plazo de resolución en una revisión de oficio que pudiera resultar desfavorable?
¿Qué sucede si la persona interesada no presenta alegaciones dentro del plazo de quince días tras la notificación de la propuesta del PIA?
¿Qué sucede si la persona interesada no presenta alegaciones dentro del plazo de quince días tras la notificación de la propuesta del PIA?
¿Qué rol desempeña la Comisión Técnica Evaluadora de la Situación de Dependencia cuando se presentan alegaciones?
¿Qué rol desempeña la Comisión Técnica Evaluadora de la Situación de Dependencia cuando se presentan alegaciones?
¿Cuál es el plazo máximo para que la Dirección General dicte y notifique la resolución del PIA desde la fecha de la resolución del grado de dependencia?
¿Cuál es el plazo máximo para que la Dirección General dicte y notifique la resolución del PIA desde la fecha de la resolución del grado de dependencia?
¿Qué ocurre si transcurre el plazo máximo para resolver el PIA sin que se haya dictado y notificado resolución expresa?
¿Qué ocurre si transcurre el plazo máximo para resolver el PIA sin que se haya dictado y notificado resolución expresa?
En caso de revisiones de oficio del PIA que puedan perjudicar a la persona interesada, ¿qué ocurre si no se resuelve el procedimiento en el plazo establecido?
En caso de revisiones de oficio del PIA que puedan perjudicar a la persona interesada, ¿qué ocurre si no se resuelve el procedimiento en el plazo establecido?
¿Desde cuándo tiene efectos el derecho a la prestación o servicio si transcurrido el plazo para resolver no se hubiera resuelto el correspondiente servicio o prestación?
¿Desde cuándo tiene efectos el derecho a la prestación o servicio si transcurrido el plazo para resolver no se hubiera resuelto el correspondiente servicio o prestación?
Dentro del contenido del PIA, ¿qué aspecto se destaca en primer lugar?
Dentro del contenido del PIA, ¿qué aspecto se destaca en primer lugar?
¿En qué situación la actualización del importe de las prestaciones económicas NO se considera una revisión del PIA?
¿En qué situación la actualización del importe de las prestaciones económicas NO se considera una revisión del PIA?
Si una persona presenta alegaciones a la propuesta del PIA, ¿quién debe estudiar estas alegaciones antes de que la Dirección General emita una resolución?
Si una persona presenta alegaciones a la propuesta del PIA, ¿quién debe estudiar estas alegaciones antes de que la Dirección General emita una resolución?
¿Cuál es el plazo máximo para la resolución de una revisión del PIA, ya sea iniciada de oficio o a instancia de parte?
¿Cuál es el plazo máximo para la resolución de una revisión del PIA, ya sea iniciada de oficio o a instancia de parte?
En una revisión del PIA iniciada a solicitud del interesado, si la resolución se retrasa, ¿cuándo se hará efectiva la revisión?
En una revisión del PIA iniciada a solicitud del interesado, si la resolución se retrasa, ¿cuándo se hará efectiva la revisión?
¿Quién está legitimado para instar formalmente la revisión del grado de dependencia de una persona, según lo estipulado en el texto?
¿Quién está legitimado para instar formalmente la revisión del grado de dependencia de una persona, según lo estipulado en el texto?
Además de la solicitud a instancia de parte, ¿de qué otra forma puede iniciarse el procedimiento de revisión del grado de dependencia, según lo indicado en el texto?
Además de la solicitud a instancia de parte, ¿de qué otra forma puede iniciarse el procedimiento de revisión del grado de dependencia, según lo indicado en el texto?
¿Quiénes pueden solicitar la revisión del PIA de una persona en situación de dependencia?
¿Quiénes pueden solicitar la revisión del PIA de una persona en situación de dependencia?
¿Cuál de las siguientes NO se contempla como causa válida para instar una revisión del grado de dependencia, de acuerdo con el texto proporcionado?
¿Cuál de las siguientes NO se contempla como causa válida para instar una revisión del grado de dependencia, de acuerdo con el texto proporcionado?
¿Qué documento o informe es necesario para solicitar la actualización del PIA?
¿Qué documento o informe es necesario para solicitar la actualización del PIA?
Cuando se produce una revisión del grado de dependencia a la baja, ¿cuál es la fecha de efectos del PIA revisado?
Cuando se produce una revisión del grado de dependencia a la baja, ¿cuál es la fecha de efectos del PIA revisado?
En el caso específico de personas menores de edad, ¿cómo se gestionan las revisiones del grado de dependencia según el decreto?
En el caso específico de personas menores de edad, ¿cómo se gestionan las revisiones del grado de dependencia según el decreto?
Cuando el grado de dependencia ha sido reconocido con carácter provisional debido a una previsión de cambio por evolución patológica, ¿qué acción administrativa se desencadena?
Cuando el grado de dependencia ha sido reconocido con carácter provisional debido a una previsión de cambio por evolución patológica, ¿qué acción administrativa se desencadena?
¿En qué circunstancias se puede iniciar de oficio una revisión del PIA?
¿En qué circunstancias se puede iniciar de oficio una revisión del PIA?
¿A qué órgano está adscrita la Comisión Técnica Evaluadora de la Situación de Dependencia?
¿A qué órgano está adscrita la Comisión Técnica Evaluadora de la Situación de Dependencia?
En cuanto al procedimiento para instar la revisión del grado de dependencia, ¿qué paralelismo se establece con el procedimiento de reconocimiento inicial?
En cuanto al procedimiento para instar la revisión del grado de dependencia, ¿qué paralelismo se establece con el procedimiento de reconocimiento inicial?
Según el texto, ¿bajo qué marco legal se tramita el procedimiento de revisión del grado de dependencia?
Según el texto, ¿bajo qué marco legal se tramita el procedimiento de revisión del grado de dependencia?
Durante la instrucción del procedimiento de revisión del grado de dependencia, ¿qué tipo de actuaciones debe realizar de oficio la Dirección General competente?
Durante la instrucción del procedimiento de revisión del grado de dependencia, ¿qué tipo de actuaciones debe realizar de oficio la Dirección General competente?
Flashcards
Incapacidad: Documentación
Incapacidad: Documentación
En casos de incapacidad, se requiere la resolución judicial de incapacitación o auto de internamiento (para servicios residenciales).
No autorización telemática
No autorización telemática
Si no se autoriza la consulta telemática, se debe aportar documentación que acredite identidad, capacidad económica y residencia.
Completar la solicitud
Completar la solicitud
Las personas pueden añadir datos o documentos adicionales a los modelos normalizados.
Prioridad en dependencia
Prioridad en dependencia
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Subsanación de la solicitud
Subsanación de la solicitud
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Consecuencia de no subsanar
Consecuencia de no subsanar
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Informe social de entorno
Informe social de entorno
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Informe en domicilio
Informe en domicilio
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Resolución de Grado de Dependencia
Resolución de Grado de Dependencia
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Carácter de la Calificación (Dependencia)
Carácter de la Calificación (Dependencia)
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Temporalidad Máxima (Dependencia)
Temporalidad Máxima (Dependencia)
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Validez de la Resolución (0-3 años; >3 años)
Validez de la Resolución (0-3 años; >3 años)
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Plazo Máximo Resolución Grado
Plazo Máximo Resolución Grado
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Silencio Administrativo (Dependencia)
Silencio Administrativo (Dependencia)
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Revisión de Oficio (Efectos Desfavorables)
Revisión de Oficio (Efectos Desfavorables)
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Revisión del Grado de Dependencia
Revisión del Grado de Dependencia
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Valoración en Hospitales Privados (Menores de 3 años)
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Valoración en Hospitales (Menores de 3 años)
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Trastorno Mental Grave: ¿Dónde se valora?
Trastorno Mental Grave: ¿Dónde se valora?
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Hospitales Públicos (Larga/Media Estancia)
Hospitales Públicos (Larga/Media Estancia)
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Hospitales Privados (Larga/Media Estancia)
Hospitales Privados (Larga/Media Estancia)
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Instituciones Penitenciarias
Instituciones Penitenciarias
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Emisión de Dictamen Técnico
Emisión de Dictamen Técnico
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¿Quién puede solicitar la revisión de dependencia?
¿Quién puede solicitar la revisión de dependencia?
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¿Quién más puede revisar el grado de dependencia?
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¿Cuáles son las causas para revisar la dependencia?
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¿Cómo se inicia el procedimiento de revisión?
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¿Quién instruye el procedimiento de revisión?
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¿Qué ley se usa en el procedimiento de revisión?
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¿Qué debe hacer la Dirección General durante la revisión?
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¿Qué tipo de solicitud se necesita para la revisión?
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Notificación del PIA
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Resolución del PIA sin alegaciones
Resolución del PIA sin alegaciones
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Evaluación de alegaciones al PIA
Evaluación de alegaciones al PIA
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Emisión de la resolución del PIA
Emisión de la resolución del PIA
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Plazo máximo del PIA
Plazo máximo del PIA
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Silencio administrativo (PIA)
Silencio administrativo (PIA)
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Caducidad del procedimiento (PIA)
Caducidad del procedimiento (PIA)
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Efectos del derecho a la prestación
Efectos del derecho a la prestación
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Motivo de revisión del PIA
Motivo de revisión del PIA
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Formulario de solicitud
Formulario de solicitud
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Inicio de oficio del PIA
Inicio de oficio del PIA
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Plazo de resolución del PIA
Plazo de resolución del PIA
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Efectividad del nuevo recurso
Efectividad del nuevo recurso
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Efectos de revisión a la baja
Efectos de revisión a la baja
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Ajuste de importes
Ajuste de importes
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Comisión Técnica Evaluadora
Comisión Técnica Evaluadora
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Study Notes
Artículo 5. Inicio
- Para iniciar el reconocimiento de dependencia, la persona interesada debe solicitarlo ante el ayuntamiento de la Comunitat Valenciana donde esté empadronada.
- Un representante legal o cuidador de hecho también puede iniciar el proceso.
Presentación de la Solicitud
- La solicitud se debe presentar preferiblemente en el registro oficial del ayuntamiento del domicilio del solicitante.
- También se puede presentar en los registros oficiales de la Generalitat o a través de otros medios legales.
Formulario de Solicitud
- La solicitud debe formularse en el modelo normalizado que establezca la Conselleria competente en servicios sociales.
- La Conselleria debe poner el modelo a disposición de los interesados.
Documentación Requerida
- Se deben adjuntar ciertos datos, información y documentos a la solicitud, sujeto a la homologación prevista en el decreto.
- Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).
- Original del informe de salud elaborado por la administración pública sanitaria en modelo normalizado.
- Las personas con un grado de discapacidad que tengan reconocido el complemento de la necesidad del concurso de otra persona con una puntuación igual o superior a 45 puntos no están obligados a presentar el informe de salud.
- Manifestación de la preferencia de prestación o servicio a recibir, en el modelo normalizado proporcionado por la Conselleria competente.
- Si la persona beneficiaria opta por un cuidador en el entorno familiar, compromiso de permanencia y formación del cuidador propuesto, en el modelo normalizado por la Conselleria.
- Si la persona solicita alguno de los servicios incluidos en la Ley 39/2006, debe presentar un informe social elaborado por un trabajador social colegiado.
- Es necesario adjuntar copia del contrato y las tres últimas facturas mensuales al mes anterior a la presentación de la solicitud.
- Ficha de mantenimiento de terceros para la domiciliación bancaria, en el modelo normalizado establecido por la conselleria.
- Si la persona opta por el servicio de teleasistencia, se debe manifestar en el modelo normalizado por la Conselleria.
- Los extranjeros deben aportar documentación que acredite su condición de residente, incluyendo copia del número de identificación de extranjeros.
- Para menores de edad, además del libro de familia, se debe presentar fotocopia del documento de identidad si se dispone del mismo, o copia del documento de identidad del padre, madre o tutor legal.
- En caso de personas incapacitadas, se debe aportar la resolución judicial de incapacitación, o el auto de internamiento si se solicita un servicio residencial.
- Si la persona interesada no autoriza la consulta telemática de datos de identidad, capacidad económica y residencia, deberá aportar la documentación que lo acredite según la normativa vigente.
- Los solicitantes pueden precisar o completar los datos en los modelos normalizados, adjuntando los documentos que consideren oportunos.
Preferencia en la Tramitación
- Tendrán preferencia en la tramitación las solicitudes que se fundamenten en situaciones de extraordinaria y urgente necesidad o especial vulnerabilidad.
- Estas situaciones deben estar motivadas por los servicios sociales de atención primaria y declaradas formalmente de "emergencia ciudadana" por la Dirección General competente.
Artículo 6. Subsanación y Tramitación
- Si falta algún dato o documento, se requerirá a la persona interesada para que subsane la falta o aporte los documentos necesarios, según el artículo 68 de la Ley 39/2015.
- En caso contrario, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución.
Artículo 7. Informe Social de Entorno
- Una vez presentada la documentación y completado el expediente, los Servicios Sociales de atención primaria elaborarán un informe social de entorno sobre las necesidades de la persona interesada.
Elaboración del Informe Social
- Si la persona reside en su domicilio, el informe lo hará el trabajador social de los servicios sociales de atención primaria correspondientes.
- Si la persona reside en un recurso residencial público, el informe lo hará el trabajador social del recurso.
- Si la persona vive en una residencia pública de gestión privada, residencia privada concertada o privada, el informe lo hará el trabajador social de los servicios sociales de atención primaria del municipio.
- Si la persona está en hospitales públicos de larga estancia, el informe lo hará el trabajador social del hospital.
- Si la persona está en hospitales privados de larga estancia, el informe lo hará el trabajador social de los servicios sociales de atención primaria del municipio.
- Si la persona está en instituciones penitenciarias, el informe lo hará el trabajador social de dicho organismo.
- En los casos anteriores, los servicios sociales de atención primaria que impulsen el expediente solicitarán el informe social de entorno al trabajador social competente.
- Para realizar el informe social, se contará con la información facilitada por los profesionales que intervengan en el ámbito de la persona dependiente, su familia o cuidador.
Artículo 8. Valoración
- Concepto y procedimiento.
- La valoración consiste en la determinación técnica del grado de dependencia a través de la aplicación de diversos instrumentos y procedimientos.
Determinación del Grado de Dependencia
- El grado de dependencia de la persona interesada se determinará teniendo en cuenta.
- El baremo de valoración de la situación de dependencia vigente al momento de la presentación de la solicitud.
- El informe social de entorno.
- El informe de salud.
- Los productos técnicos, órtesis y prótesis prescritas, y cualquier documento relevante sobre las condiciones sociales o de salud del expediente.
Instrumento de Valoración
- Se aplicará el instrumento vigente según el tramo de edad.
- La Escala de Valoración Específica (EVE) para personas de 0 a 3 años.
- El Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD) para personas de más de 3 años.
Notificación Después del Informe Social
- Después del informe social de entorno, los Servicios Sociales de atención primaria notificarán a la persona interesada la fecha y hora de la valoración.
- Después de recopilar la información, la persona profesional aplicará el instrumento de valoración para establecer la puntuación que determina el grado de dependencia.
- Si la persona profesional tiene dificultades en la valoración, podrá solicitar datos adicionales sobre la situación personal, de salud, familiar y social del solicitante.
Entorno de la Valoración y Excepciones
- La valoración se realizará en el entorno habitual de la persona interesada.
- De forma excepcional y motivada, se podrá llevar a cabo la valoración en instalaciones diferentes al domicilio del solicitante.
- En caso de incomparecencia no justificada, se le podrá declarar decaída en su derecho al trámite.
- Se producirá la caducidad del procedimiento si la valoración fuera imposible por causas imputables a la persona solicitante.
Artículo 9. Órganos Competentes para la Valoración
- La valoración será realizada según el artículo 34.3 de la Ley 3/2019, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana.
Realización de la Valoración
- Si la persona reside en su domicilio, la valoración la harán personas al servicio de las administraciones públicas de los servicios sociales de atención primaria correspondientes.
- Si la persona reside en un recurso residencial público de gestión pública, la valoración la hará personal empleado público al servicio de la conselleria con competencias en servicios sociales, promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
- Si la titularidad pública es municipal, la valoración la realizarán los servicios sociales de atención primaria correspondientes.
- Si la persona vive en residencia no incluida en el apartado anterior, la valoración la realizará personal empleado público de los servicios sociales de atención primaria del municipio donde esté ubicado el recurso.
- Si la persona está en un centro penitenciario, la valoración la hará personal empleado público de la conselleria con competencias en servicios sociales.
- En el caso de niños menores de tres años hospitalizados de larga estancia, la valoración se realizará en el centro hospitalario por personal del ámbito social y sanitario de la conselleria con competencias en materia de asistencia sanitaria.
- Si la persona tiene un trastorno mental grave, la valoración se realizará por profesionales de las unidades de salud mental de la red pública asistencial.
- Si la persona está hospitalizada en hospitales públicos de larga y media estancia, la valoración será realizada por personal del ámbito social y sanitario de la conselleria con competencias en materia de sanidad.
- Si la persona está hospitalizada en hospitales privados de larga y media estancia, la valoración será realizada por personal empleado público de la conselleria con competencias en materia de servicios sociales.
Excepciones a las Reglas Generales
- Excepcionalmente, la valoración podrá ser asignada por la Dirección General competente a un profesional diferente, respetando el perfil social o sanitario y su condición de empleado público, cuando concurran circunstancias especiales en la persona.
Artículo 10. Emisión de Dictamen Técnico
- Después de la valoración, el órgano valorador competente emitirá un dictamen técnico con la indicación del grado de dependencia propuesto y la especificación servicios o prestaciones.
- Dictamen que será elevado a la Dirección General con competencias en materia de servicios sociales, promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
- Los grados de dependencia se obtendrán de acuerdo con la siguiente tabla.
Grado de la Dependencia
- Grado 0: No dependiente (0-24 puntos).
- Grado 1: Dependencia moderada (25-49 puntos).
- Grado 2: Dependencia severa (50-74 puntos).
- Grado 3: Gran dependencia (75-100 puntos).
- La Dirección General con competencias en la materia resolverá sobre el reconocimiento y grado de dependencia de la persona solicitante a la vista del dictamen técnico.
Subsanación Excepcional
- Si faltan documentos, información o datos preceptivos, se requerirá a la persona interesada o al órgano administrativo interviniente en primer lugar su subsanación, según la Ley 39/2015.
Artículo 11. Resolución del Grado de Dependencia
- La persona titular de la Dirección General con competencias en la materia dictará resolución expresa y por escrito sobre el reconocimiento de la situación de dependencia y el grado de la misma.
- En ella se determinarán los servicios, prestaciones o cualquier otra condición que le correspondan a la persona solicitante en función del grado establecido.
- La compatibilidad o no de estos servicios se hará de manera motivada, considerando las preferencias expresadas por la persona.
- Dicha resolución será notificada a la persona interesada y a los Servicios Sociales de atención primaria.
- La calificación deberá formularse con carácter definitivo o temporal, según la previsión sobre la posible mejoría o agravamiento de la persona.
- En estos casos, la temporalidad máxima será de 3 años.
- En el caso de personas de 0 a 3 años, la validez de la resolución de grado de dependencia será hasta el cumplimiento de los 3 años.
- En el caso de personas a partir de 3 años, la validez de la resolución será hasta la mayoría de edad.
- En ambos casos, las revisiones se realizarán de oficio.
Plazos y Silencio Administrativo
- El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses, computándose desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.
- Transcurrido el plazo sin resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud por silencio administrativo, según la Ley 9/2016.
- En revisiones de grado instadas de oficio que pudieran derivarse efectos desfavorables para la persona se entenderá caducado el procedimiento.
Artículo 12. Revisión del Reconocimiento y Grado de la Situación de Dependencia
- El grado de dependencia podrá ser objeto de revisión.
Inicio de la Revisión
- A instancia de la persona interesada, de su representante legal o de su guardador, con la documentación facultativa que lo justifique.
- Requiere la presentación de la solicitud según modelo normalizado que la conselleria competente establecerá.
- También se podrá realizar de oficio por la Dirección General con competencias en materia de servicios sociales.
Causas para la Revisión
- Mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia.
- Error de diagnóstico o error en la aplicación del baremo o escala correspondiente.
- Que la persona sea menor de edad, en cuyo caso las revisiones se realizarán de oficio.
- Que el grado hubiera sido reconocido con carácter provisional por la previsión de mejoría o empeoramiento.
Procedimiento de la Revisión
- El procedimiento se instará en los mismos términos del artículo 5, apartados 1, 2 y 3 para el reconocimiento inicial de la situación de dependencia.
Artículo 13. Instrucción del Procedimiento de Revisión
- Promovida la revisión, la Dirección General con competencias en materia de servicios sociales tramitará el procedimiento según la Ley 39/2015 y realizará de oficio las actuaciones necesarias.
Artículo 14. Resolución de la Revisión del Reconocimiento y Grado de la Situación de Dependencia
- La persona titular de la Dirección General dictará y notificará la resolución expresa en el plazo máximo previsto de tres meses.
- La resolución podrá confirmar o modificar el grado de dependencia anterior.
- Si la resolución no se dicta en el plazo de tres meses, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo.
- Si la modificación del grado implica modificación del Programa Individual de Atención, se efectuarán de oficio las actuaciones pertinentes.
CAPÍTULO II. Programa Individual de Atención (PIA)
Artículo 15. Aprobación del Programa Individual de Atención
- Si hay compatibilidad de las preferencias expresadas por la persona con el informe social y el reconocimiento del grado de dependencia, la Dirección General emitirá automáticamente la resolución aprobando el PIA.
- Si no existe compatibilidad, la Dirección General elaborará una propuesta de PIA.
- Dicha propuesta será notificada para que la persona interesada efectúe alegaciones en el plazo de quince días hábiles.
- Si en el plazo conferido se efectuaran alegaciones, estas serán estudiadas por la Comisión Técnica Evaluadora de la Situación de Dependencia.
- La Dirección General emitirá resolución aprobando el PIA.
- La resolución del PIA deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de la resolución del grado.
- Si transcurrido el plazo indicado en el apartado anterior no se hubiera resuelto la correspondiente servicio o prestación, el derecho a la prestación o servicio tendrá a efectos desde el día siguiente al del cumplimiento del citado plazo máximo para resolver, y en todo caso desde los seis meses contados desde el día siguiente a la fecha de solicitud inicial.
Artículo 16. Contenido del PIA
- El PIA tendrá el siguiente contenido:
- Identificación de la persona en situación de dependencia.
- Servicio o servicios reconocidos, con indicaciones de la prestación
- Prestación o prestaciones, con la indicación de las condiciones específicas de las mismas,
- Obligaciones de la persona en situación de dependencia.
Artículo 17. Seguimiento del PIA
- Los Servicios Sociales de atención primaria realizarán el seguimiento para la ejecución del PIA.
- La Dirección General elaborará un protocolo técnico de seguimiento del PIA.
- En casos de variación en la situación de dependencia que determine la extinción del servicio o prestación, el titular del servicio deberá comunicarlo a la Dirección General en un plazo máximo de un mes.
Artículo 18. Revisión del PIA
- El PIA podrá ser objeto de revisión para su actualización a instancia de la persona interesada.
- Se podrá iniciar de oficio cuando los informes de seguimiento determinen que el recurso o prestación ha dejado de ser el idóneo o se produzca una revisión del grado de dependencia reconocido.
- El plazo de resolución será seis meses como máximo.
- La fecha de efectividad del nuevo recurso será la de la resolución de revisión.
CAPÍTULO III. Apoyo técnico para la evaluación de la Situación de Dependencia
Artículo 19. Comisión Técnica Evaluadora de la Situación de Dependencia
- La Comisión Técnica Evaluadora de la Situación de Dependencia es un órgano técnico colegiado adscrito a la Dirección General.
- Estará compuesta por un mínimo de siete personas y un máximo de once.
Funciones de la Comisión
- Emitir informe cuando la Dirección General haya realizado una propuesta de PIA y la persona interesada haya formulado alegaciones.
- Emitir informe sobre los recursos contra las resoluciones de grado o de PIA previo a la resolución definitiva
- Prestar asistencia técnica y asesoramiento al personal que participa en el proceso. Resolver las cuestiones que sean trasladadas por parte de los distintos servicios.
CAPÍTULO IV. Procedimientos de traslados
Artículo 20. Traslados salientes
- Las personas con expediente abierto de solicitud de reconocimiento de situación de dependencia, que deseen trasladarse a otra comunidad autónoma, deberán solicitar el traslado ante la Dirección General.
Artículo 21. Traslados entrantes
- Después de la comunicación procedentes por la comunidad autónoma de origen se requerirá a la persona interesada los docuementos para cumplimentar la solicitud de traslado ante a la a la Dirección General.
Artículo 22 Traslados temporales
- Se mantendrá la ley y el derecho a la generalitat para el servicio de asistencia.
Artículo 23. Recurso de alzada
- Las personas interesadas podrán presentar recurso de alzada, en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación de la resolución del Programa Individual de Atención o grado de dependencia
Tramitación
- El órgano competente para la resolución de dicho recurso será. La resolución deberá ser expresa en 3 meses.
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Description
Este texto detalla quién realiza la valoración de niños menores de tres años hospitalizados, personas con trastorno mental grave y pacientes en hospitales públicos. Describe cuándo los servicios sociales solicitan un informe social y qué organismo tiene competencias en servicios sociales. También indica a quién se solicita el informe social de entorno.