Testamento en el Derecho Romano
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Questions and Answers

¿Qué elementos esenciales debe contener un testamento para ser válido, según el texto?

Un testamento válido debe contener la institución de uno o más herederos. Además, puede incluir manumisiones, legados, fideicomisos y donaciones.

¿Cuál es la consecuencia de que un testamento carezca de la institución de herederos?

Si falta la institución de herederos, el testamento es inválido.

¿Explica brevemente cómo funcionaba el testamento per aes et libram en el Derecho Romano antiguo.

En el testamento per aes et libram, el testador, ante la inminente muerte, le indicaba a un tercero, llamado familiae emptor, cómo debía repartir los bienes después de su muerte.

¿Qué papel desempeñaban los testigos en el testamento pretoriano?

<p>En el testamento <em>pretoriano</em>, los siete testigos romanos púberes sellaban las tablas del testamento, asegurando su autenticidad y validez.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se modificó el procedimiento para la elaboración del testamento pretoriano en la época posclásica?

<p>En la época posclásica, la elaboración del testamento <em>pretoriano</em> debía realizarse en presencia de siete testigos romanos púberes que firmaban y sellaban las tablas.</p> Signup and view all the answers

¿Qué diferencia esencial existía entre la apertura de un testamento en el periodo de Augusto y la apertura en la época de Justiniano?

<p>En el período de Augusto, la apertura del testamento se realizaba en un plazo de 3 a 5 días tras la muerte del causante, en presencia de testigos que reconocían el sello del testamento, se rompía la cinta y se leía. En época de Justiniano, el testamento debía ser abierto por las autoridades, en presencia de un juez o magistrado, quien debía verificar la validez del testamento y la presencia de los testigos.</p> Signup and view all the answers

¿Qué consideraba Justiniano como válido para revocar un testamento?

<p>Justiniano consideraba válido para revocar un testamento la expresión de la voluntad del testador, manifestada ante tres testigos o un magistrado, de querer revocar el testamento.</p> Signup and view all the answers

¿Qué tipo de disposiciones podían incluirse en un codicilo y cuáles eran las limitaciones para su uso?

<p>Los codicilos, cartas o notas en papiro o tablas, servían para incluir disposiciones de última voluntad, pero no podían instituir herederos ni desheredar.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se diferenciaban los codicilos confirmados por testamento de los no confirmados en la época de Justiniano?

<p>Los codicilos confirmados por testamento eran aquellos cuya validez se preveía en el testamento original, mientras que los no confirmados no tenían obligatoriedad inicial. Sin embargo, Caracalla otorgó validez a los codicilos no confirmados, mientras que Justiniano agregó la necesidad de 5 testigos para otorgar validez a ambos tipos.</p> Signup and view all the answers

¿Cuál era la función del pretor en la apertura de un testamento?

<p>El pretor tenía la función de hacer comparecer a los testigos del testamento, y si estos no estaban presentes, debía enviar el testamento al lugar donde se encontraban.</p> Signup and view all the answers

¿Cuáles eran las tres formas de testamento que existían en el Derecho Romano?

<p>Las tres formas de testamento en el Derecho Romano eran el testamento tripertitum, el testamento ológrafo y el testamento público.</p> Signup and view all the answers

¿Qué era el ius civile y cómo se aplicaba a los testamentos?

<p>El <em>ius civile</em> hacía referencia a la unidad de acto que debía existir en el testamento. Significaba que el testador, los testigos y el escribano debían estar presentes al mismo tiempo en el acto de la redacción del testamento.</p> Signup and view all the answers

¿Qué requisitos eran necesarios en el ius preatorium para un testamento válido?

<p>En el <em>ius preatorium</em> se requería la presencia de 7 testigos para validar el testamento.</p> Signup and view all the answers

¿Qué se establecía en el ius imperiale en relación a la firma en los testamentos?

<p>El <em>ius imperiale</em> exigía la firma del testador y de los testigos. Si el testador no sabía firmar, era necesario un octavo testigo que lo hiciera en su lugar.</p> Signup and view all the answers

¿Cuáles eran las características del testamento ológrafo?

<p>El testamento ológrafo se caracterizaba por ser firmado por el propio testador sin necesidad de testigos. Debía estar escrito de puño y letra por el testador.</p> Signup and view all the answers

¿En qué circunstancias se podían hacer testamentos militares?

<p>Se permitía la realización de testamentos militares cuando el testador era soldado en campaña o en combate. Esta excepción a las formalidades usuales se justificaba por la situación de riesgo en la guerra.</p> Signup and view all the answers

¿Qué requisito fundamental se necesitaba para la validez del testamento?

<p>Un requisito fundamental para la validez del testamento era la institución de heredero expresa, clara, imperativa y precisa.</p> Signup and view all the answers

¿Podían los testamentos militares desheredar a los hijos y nietos?

<p>Los testamentos militares sí podían desheredar a los hijos y nietos, a pesar de la ley romana que establecía que los hijos eran herederos legítimos.</p> Signup and view all the answers

¿Qué cambios se implementaron en las zonas campestres en la época de Justiniano en relación a los testamentos?

<p>Justiniano permitió que en las zonas campestres se realizaran testamentos con la presencia de 5 testigos y que si estos no sabían firmar, otros lo hicieran por ellos.</p> Signup and view all the answers

¿Cuál era la testament factio en el contexto de los testamentos?

<p>La <em>testament factio</em> era la capacidad legal para poder ser testador, ser heredero y ser testigo en un testamento.</p> Signup and view all the answers

¿Quiénes podían testar y cuáles eran las limitaciones?

<p>Podían testar los ciudadanos romanos <em>sui iuris</em> y, con algunas limitaciones, las mujeres, los extranjeros, los latinos iunianos, los dediticii y los alienii iuri. No podían testar los impúberes, los dementes, los mudos y los sordos de nacimiento. La capacidad para testar se ve afectada por la <em>testament factio activa</em>.</p> Signup and view all the answers

¿Qué restricciones existían para ser heredero en el testamento?

<p>Las restricciones para ser heredero recaían en las mujeres a las que la <em>lex Voconia</em> prohibía la herencia, en los hijos de los traidores y los apóstatas en la época cristiana, y en los esclavos, quienes solo podían ser herederos en casos muy específicos.</p> Signup and view all the answers

¿Qué era el ius capiendi y cómo afectaba a la herencia?

<p>El <em>ius capiendi</em> era el derecho a recibir la herencia. Se establecían restricciones en el <em>ius capiendi</em> para aquellos que no se casaban o que no tenían hijos, limitando la cantidad de la herencia que podían recibir.</p> Signup and view all the answers

¿Cuál era la parte esencial del testamento y qué formula debía utilizarse?

<p>La parte esencial del testamento era la institución de heredero. Se debía emplear la palabra <em>heres</em> para designar al heredero, seguido del nombre de la persona que heredaría. Debía aparecer la frase 'Que Ticio sea heredero' o una formula similar.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se resolvía la situación en la que se encontraban las personas que premorían al testador?

<p>Si los herederos premorían al testador, el testamento se volvía ineficaz, al menos para ellos, porque se volvía ineficaz para los herederos premuertos.</p> Signup and view all the answers

¿Qué métodos se podían utilizar para revocar un testamento?

<p>Un testamento podía revocarse mediante la creación de un nuevo testamento que dejaba sin efecto al anterior. También se podía revocar por la acción de un pretor, quien podía otorgar la <em>bonorum possessio Secundum tablae</em> y dejar sin efecto al testamento original.</p> Signup and view all the answers

Study Notes

Testamento en el Derecho Romano

  • Naturaleza: Negocio jurídico mortis causa, unilateral, personalísimo, revocable y de derecho civil. Necesariamente debe contener la institución de uno o más herederos. Puede incluir manumisiones, legados, fideicomisos y donaciones, subordinados a la existencia de un heredero. La falta de heredes institutio invalida el testamento.

  • Revocación: Un testamento válido posterior revoca al anterior.

Formas de Hacer Testamento

  • Derecho Antiguo: Dos formas principales:

    • Ante el comicio curiado: En sesiones de comicio presididas por pontífice.
    • Testamento in procinctu: Ante el pueblo romano armado para la guerra.
    • Testamento per aes et libram: Utilizando cobre y balanza, implicando una "mancipatio" donde un tercero (familiae emptor) tomaba el lugar de heredero y realizaba la partición de bienes. Si el testador se recuperaba, la mancipatio se revocaba. El testador expresaba verbalmente o por escrito en tablas de cera, presentadas a los testigos para ser selladas.
  • Derecho Clásico:

    • Testamento pretoriano: Otorgaba la bonorum possessio secundum tabulas a quien estuviese en las tablas del testamento (firmadas por 7 testigos).
    • Evolución: Se fue diversificando con la presencia de 7 testigos del derecho pretoriano, y la firma del testador (ius imperial). Se admitió la oralidad si el testador no sabía firmar, teniendo en ese caso un octavo testigo que firmaba por él.
  • Derecho Posclásico y Justiniano: El testador debía presentar las tablas del testamento ante 7 testigos romanos púberes. La firma y el sello de las tablas, más la firma del testador, conforman el testamento. - Se permitió la oralidad. - Se introdujo el testamento ológrafo (firmado por el testador sin testigos). - Se reguló el testamento entre cónyuges. - Se establecieron testamentos especiales (militares) válidos por la sola voluntad expresada; válidos hasta un año después de la licencia del militar.

  • Formas especiales: - Testamento tripertitum (Ius civile, Ius pretorium, Ius imperiale) - Con 5 testigos en zonas rurales (Justiniano). Se permitió que un escribano o octavo testigo anotara las indicaciones de un ciego, que eran luego leídas.

Capacidad para Testar (Testamenti Factio Activa)

  • Requisitos: Ciudadano romano, sui iuris. Extranjeros testaban conforme a su ley local. Latini Iuniani y dediticii no tenían testamenti factio activa. Alienigénesis solo con respecto a su peculio castrense o quasi castrense. Mujeres ingenua con la autorización de su tutor. Impúberes, dementes/furiosos (salvo lucidez), mudos y sordos de nacimiento no tenían capacidad. Ciegos podían después de Justino. Esclavos podían hasta la mitad.

Capacidad para Ser Heredero (Testamenti Factio Passiva)

  • Quiénes pueden ser herederos: Extranjeros, dediticii, Latini Iuniani por mortis causa. Mujeres excluidas por la lex Voconia. Extraños a la familia del testador. Municipalidades, corporaciones por un tiempo. Hijos de traidores y apóstatas (época cristiana). Esclavos (requerían manumisión).

Contenido Esencial del Testamento

  • Institución de herederos (heres): Es esencial, se usa la palabra "Heres". Ej: "Ticio sea heredero".
  • Quiénes y cuánto: Se indica quiénes y qué cantidad recibe. Sobrantes se reparten entre instituidos.
  • Bienes universales o limitados
  • Condición: Pura y simple o con condición. Lo antecedente a la institución es inválido.
  • Plazos: No se puede establecer plazo fijo ni indefinido para la institución de un heredero. Cláusula por no escrita.
  • Sustituciones: Se pueden establecer sustitutos para la herencia. (vulgar, pupilar, quasi pupilar)

Invalidez e Ineficacia del Testamento

  • Causa: No cumplimiento de formalidades, falta de testamenti factio, ausencia de mención de un hijo biológico o adoptivo ,capitis deminutio, imposibilidad de testar hasta el momento del fallecimiento.
  • Pretor: otorga bonorum possessio secundum tabulas.
  • Ineficacia: Los herederos mueren, no aceptan la herencia. Todos los herederos instituidos deben presentar alguna de estas dificultades.

Revocación del Testamento

  • Ius Civile: Un nuevo testamento válido revoca al anterior, incluso si el segundo no es eficaz.
  • Ius Pretorian: Bonorum possessio secundum tabulas deja sin efecto el testamento anterior. Heredero legítimo prevalece. Excepción doli.
  • Clásico y Posclásico: Se presta atención a la voluntad del testador, se valida aunque el testamento esté tachado o se hayan roto partes.
  • Justiniano: Se analiza si la revocación fue intencionada.

Apertura del Testamento

  • Custodia: Confiado a un amigo o templo.
  • Procedimiento: Normalmente en presencia de testigos, que reconocen sus sellos. Se lee, se copia, queda un sello público que se deposita para el caso de daño a la copia..
  • Lugar: Se lee en el templo ante testigos (municipios/colonias). Pretor obliga a comparecer a los testigos.

Codicilos

  • Naturaleza: Cartas o notas con disposiciones de última voluntad. Pueden ser confirmados por testamento, o no, siendo obligatorios posteriormente.
  • Validez: No podían constituir herederos ni desheredar directamente. Augusto los hace vinculantes. Se establece la posibilidad de que un codicilo sea válido en caso de que el testamento no cumpla con los requisitos.
  • Justiniano: 5 testigos.

Testamento Calatis Comitiis

  • Método específico de testamento en asambleas.

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Este cuestionario explora el concepto y las formas del testamento en el Derecho Romano. Se abordarán temas como la naturaleza del testamento, su revocación y los diferentes métodos de su realización. Ideal para estudiantes de derecho que deseen profundizar en esta área específica de la legislación romana.

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