5 Questions
¿Qué establecía el artículo 176 del Código Civil de 1936?
La constitución de una sociedad entre marido y mujer
¿Por qué Luis Echecopar GarcíaOl afirma que la sociedad conyugal no es una sociedad civil ni mercantil?
Porque no hay afectio societatis ni espíritu de lucro
¿Qué no se puede confundir con la sociedad conyugal?
El condominio
¿Qué pueden tener los esposos en la sociedad de gananciales?
Bienes propios de cada cónyuge y bienes comunes
¿Puede alguno de los cónyuges renunciar a la sociedad de gananciales?
No, ninguno de los cónyuges puede renunciar a la sociedad de gananciales
Study Notes
El Artículo 176 del Código Civil de 1936
- Establecía que la sociedad conyugal es una institución que se rige por normas propias y no se ajusta a las normas de las sociedades civiles ni mercantiles.
Características de la Sociedad Conyugal
- No es una sociedad civil ni mercantil, según Luis Echecopar GarcíaOl, debido a su naturaleza y normas propias.
- No se puede confundir con la sociedad civil de hecho, que se rige por normas distintas.
Sociedad de Gananciales
- Los esposos pueden tener ganancias y pérdidas comunes, es decir, compartir los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio.
- La sociedad de gananciales se rige por las normas del Código Civil y no por las normas de las sociedades civiles ni mercantiles.
Renuncia a la Sociedad de Gananciales
- Cualquiera de los cónyuges puede renunciar a la sociedad de gananciales, lo que implica que no compartirán los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio.
Quiz sobre la sociedad de gananciales en el derecho civil peruano. Aprende sobre los aspectos fundamentales de esta forma de sociedad conyugal y verifica tus conocimientos con este cuestionario. Descubre qué bienes pueden formar parte de la sociedad y cuáles son los derechos y obligaciones de los cónyuges.
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