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El artículo 89 del Estatuto de Andalucía establece que la Administración de la Comunidad Autónoma y las Administraciones locales deben ajustar sus relaciones a los principios de información mutua, coordinación, colaboración y respeto a los ámbitos competenciales correspondientes.
El artículo 89 del Estatuto de Andalucía establece que la Administración de la Comunidad Autónoma y las Administraciones locales deben ajustar sus relaciones a los principios de información mutua, coordinación, colaboración y respeto a los ámbitos competenciales correspondientes.
True
El artículo 90 del Estatuto de Andalucía establece que los principios de la organización territorial son: autonomía, responsabilidad, cooperación, desconcentración, descentralización, subsidiariedad, coordinación, suficiencia financiera y lealtad institucional.
El artículo 90 del Estatuto de Andalucía establece que los principios de la organización territorial son: autonomía, responsabilidad, cooperación, desconcentración, descentralización, subsidiariedad, coordinación, suficiencia financiera y lealtad institucional.
True
Art. 89 Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por ley.
Art. 89 Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por ley.
True
Art. 89 El Estatuto de Andalucía garantiza la autonomía local reconocida por la Constitución y por la Carta Europea de la Autonomía Local.
Art. 89 El Estatuto de Andalucía garantiza la autonomía local reconocida por la Constitución y por la Carta Europea de la Autonomía Local.
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Art. 89. La normativa autonómica de desarrollo debe ajustarse a los principios de la organización territorial establecidos en el Estatuto de Andalucía y en la legislación básica del Estado.
Art. 89. La normativa autonómica de desarrollo debe ajustarse a los principios de la organización territorial establecidos en el Estatuto de Andalucía y en la legislación básica del Estado.
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Art. 89. La suficiencia financiera es uno de los principios de la organización territorial de Andalucía.
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