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¿Qué principios sigue la Administración Pública según el artículo 103 de la Constitución de 1978?
¿Qué principios sigue la Administración Pública según el artículo 103 de la Constitución de 1978?
Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
La descentralización implica un traspaso de competencias de una entidad pública a otra distinta por Ley.
La descentralización implica un traspaso de competencias de una entidad pública a otra distinta por Ley.
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¿Cuál de los siguientes no es un principio general que deben respetar las Administraciones Públicas?
¿Cuál de los siguientes no es un principio general que deben respetar las Administraciones Públicas?
¿Qué es la desconcentración?
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Las Administraciones Públicas deberán aplicar el principio de ______ y elegir la medida menos restrictiva.
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Relaciona los siguientes términos con sus definiciones:
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Study Notes
Principios de Actuación de las Administraciones Públicas
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La Constitución Española de 1978 establece en su artículo 103 los principios fundamentales de actuación de las Administraciones Públicas.
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Estos principios son: objetividad, eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
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Las Administraciones Públicas deben actuar con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
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La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, desarrolla estos principios e introduce otros más específicos, como la eficiencia y la responsabilidad.
Ámbito Subjetivo de la Ley 40/2015
- La ley se aplica a todas las Administraciones Públicas, incluyendo:
- La Administración General del Estado
- Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
- Las Entidades que integran la Administración Local
- El sector público institucional, que incluye organismos públicos, entidades de derecho público y entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.
Principios Generales
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La objetividad implica que las Administraciones Públicas deben servir de forma imparcial los intereses generales.
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La eficacia se refiere a la capacidad de las Administraciones para alcanzar los objetivos establecidos.
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La jerarquía implica la existencia de una estructura organizativa con niveles de autoridad y responsabilidad.
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La descentralización es el traspaso de competencias a otra entidad pública, por ley.
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La desconcentración es el traspaso de competencias a otra entidad pública jerárquicamente dependiente, no por ley, sino por los órganos de gobierno.
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La coordinación asegura la cooperación y colaboración entre las diferentes Administraciones Públicas.
Otros Principios
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Servicio efectivo a los ciudadanos: las Administraciones Públicas deben facilitar el acceso a sus servicios.
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Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos: los procedimientos deben ser fáciles de entender.
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Participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa: las decisiones deben ser tomadas con transparencia y participación ciudadana.
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Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos: los trámites deben ser eficientes y rápidos.
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Buena fe, confianza legítima y lealtad institucional: las Administraciones deben actuar con integridad y ética.
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Responsabilidad por la gestión pública: las Administraciones son responsables por su gestión.
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Planificación y dirección por objetivos: las Administraciones deben establecer objetivos concretos para su gestión.
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Control de la gestión y evaluación de los resultados de las políticas públicas: la gestión debe ser evaluada periódicamente.
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Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales: los recursos deben utilizarse de forma eficiente.
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Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos: los recursos deben utilizarse de forma eficaz.
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Cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas: las diferentes Administraciones deben colaborar entre sí.
Intervención de las Administraciones Públicas
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Las Administraciones Públicas deben actuar de forma proporcional, eligiendo la medida menos restrictiva para limitar derechos o exigir requisitos.
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Deben motivar la necesidad de la intervención y justificar su adecuación para los fines perseguidos, sin discriminar.
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Las Administraciones Públicas pueden verificar el cumplimiento de la legislación y realizar las inspecciones necesarias.
Competencias
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La competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos a los que se le haya atribuido.
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Las competencias se pueden delegar a otros órganos o entidades, siempre que no se trate de asuntos como las relaciones con Jefatura del Estado, Cortes Generales, etc.
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Se puede avocar el conocimiento de un asunto, mediante acuerdo motivado.
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Las encomiendas de gestión se utilizan para realizar actividades de carácter material o técnico, sin que supongan cesión de competencias.
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La delegación de firma no altera la competencia del órgano que la delega.
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La suplencia es la sustitución temporal de un órgano por otro, sin que altere la competencia.
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Se establecen mecanismos para resolver conflictos de competencia entre órganos.
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Description
Este cuestionario explora los principios fundamentales de actuación de las Administraciones Públicas según la Constitución Española de 1978 y la Ley 40/2015. Los temas incluyen la objetividad, eficacia, jerarquía, descentralización, y otros aspectos clave. Ideal para estudiantes de derecho o administración pública que deseen profundizar en estos conceptos.