Podcast
Questions and Answers
¿Cuál es el alcance del Convenio de Derecho Público Interno número 1 de 1997, suscrito entre el Estado colombiano y algunas Entidades Religiosas Cristianas no católicas?
¿Cuál es el alcance del Convenio de Derecho Público Interno número 1 de 1997, suscrito entre el Estado colombiano y algunas Entidades Religiosas Cristianas no católicas?
- Promover la conversión obligatoria a una religión específica.
- Reglamentar derechos y facultades referidas al ejercicio de la libertad religiosa y de cultos. (correct)
- Limitar la libertad de expresión religiosa en el ámbito público.
- Establecer un marco para la discriminación basada en creencias religiosas.
¿De qué manera la Administración Distrital 'Bogotá Mejor para Todos' incorporó los derechos religiosos en su agenda pública en 2016?
¿De qué manera la Administración Distrital 'Bogotá Mejor para Todos' incorporó los derechos religiosos en su agenda pública en 2016?
- Incorporó este capítulo de derechos dentro de la naturaleza y funciones de la Secretaría Distrital de Gobierno. (correct)
- Prohibió la construcción de nuevos lugares de culto en la ciudad.
- Eliminó la financiación pública para eventos religiosos.
- Estableció la obligatoriedad de la educación religiosa en las escuelas públicas.
¿Cuál es el objetivo principal de la Política Pública Distrital de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia?
¿Cuál es el objetivo principal de la Política Pública Distrital de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia?
- Promover una sola religión oficial en el Distrito Capital.
- Fomentar el respeto por la libertad e igualdad religiosa en el Distrito Capital. (correct)
- Eliminar la diversidad religiosa en la ciudad.
- Establecer restricciones a la práctica de cultos minoritarios.
¿Qué fenómeno se identifica como un factor causal que explica las limitaciones en el ejercicio de la libertad e igualdad religiosa en Bogotá?
¿Qué fenómeno se identifica como un factor causal que explica las limitaciones en el ejercicio de la libertad e igualdad religiosa en Bogotá?
¿Cómo se articulan las acciones de trabajo social y comunitario adelantadas por las entidades religiosas y organizaciones del sector religioso?
¿Cómo se articulan las acciones de trabajo social y comunitario adelantadas por las entidades religiosas y organizaciones del sector religioso?
¿Qué aspecto clave se destaca en relación con la participación ciudadana en la construcción de políticas, programas y proyectos de protección de los derechos humanos en el Distrito Capital?
¿Qué aspecto clave se destaca en relación con la participación ciudadana en la construcción de políticas, programas y proyectos de protección de los derechos humanos en el Distrito Capital?
¿Cuál es la problemática principal que la Política Pública busca abordar en relación con las entidades religiosas en el Distrito Capital?
¿Cuál es la problemática principal que la Política Pública busca abordar en relación con las entidades religiosas en el Distrito Capital?
¿Qué se buscaba lograr con las mesas de trabajo interinstitucionales establecidas para la construcción del Plan de Acción de la Política Pública?
¿Qué se buscaba lograr con las mesas de trabajo interinstitucionales establecidas para la construcción del Plan de Acción de la Política Pública?
¿Qué aspecto principal se destaca en el estudio diagnóstico realizado con la Universidad Nacional en relación con las entidades religiosas en Bogotá?
¿Qué aspecto principal se destaca en el estudio diagnóstico realizado con la Universidad Nacional en relación con las entidades religiosas en Bogotá?
¿Qué papel juegan los Comités Locales de Libertad Religiosa en la implementación de la política pública?
¿Qué papel juegan los Comités Locales de Libertad Religiosa en la implementación de la política pública?
Flashcards
¿Qué derechos ampara la Constitución Política de 1991 en Colombia?
¿Qué derechos ampara la Constitución Política de 1991 en Colombia?
Derecho a profesar una religión o creencia, expresarla libremente y reunirse para celebrar cultos.
¿Qué es el Pluralismo religioso?
¿Qué es el Pluralismo religioso?
Conjunto de garantías para la práctica, el culto y la enseñanza, respetando el orden jurídico.
¿Qué confiere la libertad religiosa?
¿Qué confiere la libertad religiosa?
Derecho a establecer lugares de culto, ser respetados en su carácter religioso.
Igualdad religiosa ante la ley
Igualdad religiosa ante la ley
Signup and view all the flashcards
¿Qué implica la Inmunidad de coacción?
¿Qué implica la Inmunidad de coacción?
Signup and view all the flashcards
¿Qué es la Ciudadanía democrática?
¿Qué es la Ciudadanía democrática?
Signup and view all the flashcards
¿En qué se enfoca el enfoque de Derechos humanos?
¿En qué se enfoca el enfoque de Derechos humanos?
Signup and view all the flashcards
¿Qué implica la Interculturalidad en contexto religioso?
¿Qué implica la Interculturalidad en contexto religioso?
Signup and view all the flashcards
¿Cuál es el rol de las lideresas religiosas en la consolidación de la paz?
¿Cuál es el rol de las lideresas religiosas en la consolidación de la paz?
Signup and view all the flashcards
¿Por qué se le da importancia a la familia?
¿Por qué se le da importancia a la familia?
Signup and view all the flashcards
Study Notes
Introducción a la Política Pública Distrital
- La Política Pública Distrital de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia para el Distrito Capital fue adoptada mediante el Decreto Distrital 093 del 12 de febrero de 2018.
- La política tiene vigencia desde 2018 hasta 2028.
- Su diseño se basa en principios esenciales como el pluralismo, que garantiza la administración Distrital para la práctica, el culto y la enseñanza, siempre respetando el orden jurídico y los derechos fundamentales.
- Incluye la igualdad religiosa, jurídica y material de todas las confesiones, manifestada en el goce igualitario de la libertad religiosa, de culto y de conciencia.
- La conciencia es el reducto íntimo del individuo donde residen sus convicciones más profundas, sean religiosas, ideológicas, filosóficas o políticas.
- Estas convicciones están fuera del alcance de cualquier poder público y se consideran esenciales para los Derechos Humanos.
- Es fundamental adoptar medidas y mecanismos institucionales a mediano y largo plazo para ejercer los derechos de libertad religiosa, cultos y conciencia, protegidos en el ordenamiento jurídico colombiano y en instrumentos normativos internacionales.
- Esto asegura la protección de grupos poblacionales y sectores sociales basados en la fe contra vulneraciones a sus libertades y derechos fundamentales.
Fundamentos Constitucionales y Legales
- Las libertades religiosas se consagran en la Constitución colombiana, desde su preámbulo, y se desarrollan como derechos fundamentales en los artículos 1, 5, 13, 18, 19, 20, 42, 68, 85 y 93.
- La Ley Estatutaria 133 de 1994 reglamentó y delimitó los alcances en el ejercicio de los derechos fundamentales de religión y culto en el país.
- En 2016, la Administración Distrital "Bogotá Mejor para Todos" incorporó los derechos religiosos en la agenda pública de la Secretaría Distrital de Gobierno mediante el Acuerdo Distrital 637 de 2016.
- Se creó la Subdirección de Asuntos de Libertad Religiosa y de Conciencia mediante el Decreto Distrital 411 de 2016 para agenciar los temas respectivos en la ciudad.
- La política pública se basa en el Plan de Desarrollo Distrital y su tercer pilar, el programa "Bogotá vive los derechos humanos", específicamente en la estrategia "Territorios de Derechos Humanos".
- El componente de derechos humanos busca garantizar y promover la participación ciudadana para proteger los derechos humanos en el Distrito Capital.
- La política responde a las necesidades identificadas en el Sector Religioso y a las vulneraciones contra la libertad religiosa, abordando los principales indicadores de intolerancia.
- Existe una oportunidad de crear estrategias para abordar la discriminación y persecución religiosa, contribuyendo a la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la ciudad.
- En concordancia con el artículo 127 de la Ley 1955 de 2019, la Política Pública de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia se articula con la Dirección de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior.
- De esta forma se logra incorporar los productos de la política pública nacional en materia religiosa y se generan acciones para determinar el impacto social de las organizaciones y entidades religiosas.
Problemática Atendida por la Política Pública
- Las libertades de religión, culto y conciencia están consagradas como derechos fundamentales en los artículos 18 y 19 de la Carta Política de 1991.
- Adicionalmente, se incorporan los derechos fundamentales con rango constitucional mediante la ratificación de instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966) y la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (1969).
- Los derechos son resultado de procesos históricos y políticos en curso.
- El desarrollo normativo se materializa en instrumentos del orden jurídico, como la Ley Estatutaria 133 de 1994 y el Convenio de Derecho Público Interno No. 1 de 1997.
- El convenio fue suscrito entre el Estado colombiano y algunas Entidades Religiosas Cristianas no católicas (aprobado mediante el Decreto Nacional 354 de 1998), e incluye las obligaciones adquiridas por el Estado Colombiano en tratados internacionales.
- El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un Nuevo País" reconoce las formas asociativas de la sociedad civil basadas en la libertad de religión, de culto y conciencia, garantizando su realización plena a través de políticas públicas.
Acciones del Concejo de Bogotá
- El Concejo de Bogotá D.C. aprobó el Acuerdo Distrital 645 de 2016, adoptando el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2016-2020 "Bogotá Mejor para Todos".
- El tercer pilar del plan, "Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana", incluye el programa Bogotá Vive los Derechos Humanos.
- La estrategia Territorio de Derechos Humanos incorpora un componente de "Libertad de pensamiento, religión, culto y conciencia: comunidades religiosas y construcción de paz".
- Entre las metas se fijó la creación de la institucionalidad de asuntos de libertad religiosa y conciencia, así como la creación, implementación y difusión de la política pública de libertad religiosa, de culto y conciencia.
- La Secretaría Distrital de Gobierno, a través de la Subdirección de Asuntos de Libertad Religiosa, adelantó la formulación de la política pública.
- Este trabajo se inició en 2015, cuando se suscribió el Convenio Interadministrativo No. 1346 con la Universidad Nacional de Colombia, con el fin de examinar las vulneraciones a los derechos de minorías religiosas en Bogotá y proponer soluciones.
- El estudio diagnóstico incorporó variables como datos demográficos de líderes religiosos, características de entidades religiosas, situaciones de discriminación, intolerancia y persecución religiosa.
- Se consideraron los obstáculos para la asistencia espiritual en cárceles, hospitales, problemas de convivencia relacionados con la celebración de cultos, objeción de conciencia al servicio militar, percepciones sobre la educación religiosa y sexual, proyectos sociales de las comunidades religiosas y mediación de los líderes religiosos en conflictos.
- La política pública busca responder a la "vulneración de las libertades fundamentales de religión, culto y conciencia de entidades religiosas en el Distrito Capital".
- De 517 líderes religiosos encuestados, 437 (84,5%) manifestaron haber sufrido intolerancia, discriminación o persecución religiosa en los últimos tres años.
- Incluyen extorsiones por actividades religiosas, amenazas de secuestro y amenazas contra la vida e integridad.
Factores Causales y Vacíos Normativos
- También se consideraron agresiones físicas, daños a instalaciones religiosas, burlas o trato discriminatorio por causa del vestuario y costumbres alimentarias.
- Se identificaron factores causales que explican la persistencia de fenómenos y condiciones que limitan la libertad e igualdad religiosa en la ciudad.
- Se detectó que la Ley Estatutaria 133 de 1994 adolece de vacíos y no define explícitamente lo que debe entenderse por religión, dejando un margen discrecional de interpretación que no supera las concepciones sobre la experiencia y la creencia religiosa.
- El Convenio de Derecho Público Interno número 1 de 1997, encaminado a reglamentar derechos y facultades referidas al ejercicio de la libertad religiosa y de cultos.
- El convenio tiene un alcance restringido, pues se remite a un segmento limitado que no acoge la totalidad de confesiones e iglesias configuradoras de la pluralidad religiosa existente en el país.
- Persiste un desconocimiento por parte de funcionarios públicos sobre los derechos de las comunidades religiosas en el ejercicio de su fe, lo que obstaculiza el respeto y garantía de estos derechos.
- El 45,4% tiene dificultades con funcionarios para prestar servicios religiosos, centros de reclusión 36,2%, guarniciones militares 33,3% y centros educativos 43,9%.
- Los líderes religiosos desconocen la normatividad y las rutas institucionales vigentes para acceder a apoyos estatales, así como los mecanismos dispuestos por la administración distrital para atender a poblaciones vulnerables.
- El 83% de los líderes religiosos intervienen mensualmente en conflictos sociales locales.
- Las iniciativas de asistencia social de comunidades religiosas se adelantan de modo desarticulado y atomizado, lo que restringe sus alcances e impactos.
- El 56,7% de comunidades lidera o sostiene por lo menos un programa social sin ánimo de lucro.
- La administración distrital ha sido débil en reconocer y fomentar los derechos de libertad de religión, culto y conciencia.
- Aunque su consagración constitucional es de 1991, solo hasta hace cuatro años se han incorporado a la agenda pública distrital mediante planes de incidencia para comunidades religiosas y una política pública para la ciudad.
- El arraigo histórico, cultural y poblacional católico romano en Colombia ha retrasado el reconocimiento de otras manifestaciones religiosas.
- Esto impacta y condiciona el tratamiento neutral y equilibrado para todas las confesiones religiosas en diversos contextos sociales e institucionales.
Consecuencias y Soluciones
- La discriminación se manifiesta en burlas por el vestuario (30,9%), costumbres alimentarias (21,9%), acceso desigual a bienes y espacios públicos (18,2%), e información malintencionada en medios de comunicación (29%).
- La intolerancia y persecución religiosa se manifiestan en ámbitos escolares (18,8%), dificultades para el uso de vías públicas en actividades culticas y el uso de íconos que privilegian una religión en edificios públicos.
- Los conflictos de convivencia surgen por el estacionamiento cerca de lugares de culto y el ruido en celebraciones públicas (29,6%).
- El exceso de trámites burocráticos para proyectos, ayudas financieras y permisos dificulta el desarrollo de actividades sociales.
Antecedentes de la Política Distrital
- Surge como iniciativa ciudadana en el primer Foro Distrital por los Derechos de Libertad de Religión, Culto y Conciencia (2014) con la participación de comunidades religiosas y la Secretaría Distrital de Gobierno.
- Se busca construir estrategias para acercar las comunidades al Estado, visibilizar la diversidad religiosa y asegurar el ejercicio de libertades fundamentales.
- El proceso de formulación exigió un mapa de la diversidad religiosa en Bogotá, que permitió delimitar a los actores sociales y definir los componentes cualitativos y cuantitativos.
- El Convenio Interadministrativo No. 1346 de 2015 con la Universidad Nacional documentó problemas relacionados con intolerancia, discriminación y conflictos de convivencia hacia las comunidades religiosas.
- El componente cualitativo se desarrolló mediante grupos focales entre junio y diciembre de 2015 con la participación de la diversidad religiosa en Bogotá.
- El componente cuantitativo incluyó encuestas aplicadas entre febrero y junio de 2016 sobre 517 líderes religiosos, 447 de los cuales prestan sus servicios en Bogotá, reflejando la composición del mapa de la diversidad religiosa.
- El proceso de construcción de la política se basó en la revisión de instrumentos jurídicos, la consulta de fuentes bibliográficas, la identificación de actores sociales y un marco conceptual.
Fundamentos Filosóficos y Operativos
- La definición de principios, enfoques y líneas estratégicas componen los fundamentos filosóficos, éticos y operativos de la política pública.
- Después de ser adoptada en 2018 bajo el decreto 093, se inició la territorialización.
- La territorialización se inició con el posicionamiento, donde se dio a conocer en los diferentes escenarios de participación e instancias de seguimiento local a la implementación de la política.
- Los Comités Locales de Libertad Religiosa y el Comité Distrital de Libertad Religiosa han sido primordiales , ya que ha sido el escenario primario en el que la comunidad del sector ha participado aportando a la construcción de la misma.
- Los comités locales son el espacio idóneo para la implementación en el territorio local, así como el Comité Distrital ha emitido lineamientos en la implementación de la política pública la promoción de la creación de los comités locales.
Proceso de Participación y Mesas de Trabajo
- El grupo de trabajo de la Secretaría Distrital de Gobierno propuso la construcción de un plan de incidencia con líderes religiosos en 2014.
- Se acercaron las iglesias al Estado para construir confianza, mediante reuniones y documentos, con el fin de identificar problemáticas.
- Se propuso la visibilización o promoción de derechos, creando espacios de deliberación con confesiones religiosas y logrando la vinculación de nuevos actores.
- El primer Foro Distrital por los Derechos de Libertad de Religión, Culto y Conciencia contó con 350 personas de diversas confesiones religiosas.
- La tercera estrategia consolidó el "Proceso Distrital por los Derechos de Religión, Culto y Conciencia", creando mesas de trabajo para influir en las políticas distritales y nacionales.
- El proceso buscó convertir los derechos formales en derechos reales.
- Las mesas conformadas a partir del Foro de 2014 contaron con la participación de líderes religiosos de distintas confesiones, proponiéndose las siguientes agendas de Tabajo:
- Mesa No. 1: Contenido, alcances y conflictos
- Mesa No. 2: La dignidad humana
- Mesa No. 3: Estrategia pedagógica
- Mesa No. 4: Las comunidades religiosas
Ahora bien:
- El proceso participativo se inscribe en dos ámbitos: institucional y social por mesas de trabajo desde 2017, cuya definición obedeció a una identificación previa de las competencias misionales.
- En el àmbito institucional las mesa de trabajo fueron operadas por:
-
- Construcción de propuesta de trabajo
-
- Definición de agenda de encuentros
-
- Convocatoria
-
- Desarrollo de mesa de trabajo
-
- Concertación de actividades
-
- Registro de los resultados.
-
- Sin embargo, a pesar de la instalación de las mesas de trabajo desde el 28 de agosto de 2017, no resultó posible transcender en concertaciones que permitieran definir o precisar aspectos nodales como productos, resultados, metas, presupuesto y cronogramas.
- No obstante lo dicho, con las Secretaria Distrital de Educación, de Segurirdad, IDPAC y la de Integrarción Social se llevar a cabo la concertación para logra avances.
- La Secretaría Distrital de Cultura se sumara de forma transversal como corresponsable.
- En el àmbito social, el producto inicial para la elavoración técnica del plan de acción emanó por las comunidades religiosas partícipes.
- En 2018, se generá el Acuerda Distrital 685 que da lugar a la conformación del Comité Distrital de Libertad Religiosa, el cual se erige como la instancia preeminente de participación ciudadana donde organizaciones, denominaciones y confesiones religiosas
- La subdrección progamó y convocó seciones con la sigueinte metodología:
- Revisión y explicación en plenaria de acciones
- Distribución de la plenaria por comsiones locales
- Apertura de un discusión
- Ajustas al plan de acción
- Se realizaron ajustes durante la construcción que concluyeron en cuatro ejes estratégicos: formación y capacitación, investigación, trabajo social y sensibilización y campañas.
- La Secretaría distrital de Geobierno será responsable del liderzago operativo y presupuestal.
- Para la parte de investigación, la Subdirección de la Secretaría Distrital de Gobierno asumirá el proceso presupuestal y operativamente.
- En el trabajo soocial, enbedado por a Plaraforma, la Secretaría DAistrital de Gobierno es directamnete responsables por la Subdirección
- Por ultimo, tambien pretende generar condiciones igualitarias encabezado por la Secretaría Distrital de Gobierno
- Como producto final, la subdireccón consilido la versión final del plan de acción
Objetivos de la Política Pública
- La libertad para profesar una religión o creencia, expresarla libremente y reunirse para celebrar cultos y ritos son derechos emanados de la Constitución Política de 1991.
- El Estado colombiano es aconfesional y está obligado a brindar las mismas garantías a todas las expresiones religiosas.
- El Estado se declara no indiferente al fenómeno religioso, creando mecanismos para velar por la prevención y protección de estas libertades
- La Secretaría Distrital de Gobierno, a través de la Subdirección de Asuntos de Libertad Religiosa, ha construido la Política Pública de Libertades Fundamentales de Religión Culto y Conciencia, consolidando la base bajo el plan de acción.
Objetivo General y Específicos
- Fomentar el respeto por la libertad e igualdad religiosa desde la promoción.
- Apropiación social e institucional de una cultura que reconozca estos derechos, convirtiendo al Distrito Capital en una ciudad que previene y reduce su vulneración y afianza la pluralidad religiosa material y simbólicamente.
- Reducir los índices de intolerancia, persecución y discriminación detectados en estudios.
- Visibilizar el impacto del trabajo social de las Entidades Religiosas y Organizaciones Sociales del Sector Religioso.
- Generar alianzas para que la Administración Distrital eleve su incidencia y beneficie a diferentes líneas de acción priorizadas.
- Disminuir factores sociales, culturales e institucionales que alimentan la intolerancia y la exclusión basadas en la religión.
- Garantizar condiciones de igualdad que posibiliten el goce efectivo de los derechos de libertad religiosa, de culto y conciencia en Bogotá.
- Implementar estrategias para fortalecer iniciativas de paz y proyectos sociales provenientes de comunidades religiosas en cooperación con organizaciones de la sociedad civil e instancias institucionales.
Estructura y Principios de la Política Pública
- La Política Pública se estructura a partir de cinco principios construidos con las Entidades Religiosas en base:
- Pluralismo religioso: Garantías brindadas por la Administración Distrital para la práctica religiosa, respetando el orden jurídico y los derechos individuales.
- Libertad religiosa: Derecho a establecer lugares de culto, a que sean respetados en su destinación religiosa, y a desarrollar actividades de culto, educación y ayuda humanitaria.
- Igualdad religiosa ante la ley y no discriminación: Igualdad jurídica y material de todas las confesiones religiosas, garantizando el goce igualitario de la libertad religiosa y el derecho a no ser discriminado.
- Inmunidad de coacción y autonomía: Respeto a la inmunidad personal del individuo, donde éste adopta las decisiones que considera mejores para su existencia, sin intromisión del Estado.
- Ciudadanía democrática: Reconocimiento de la autonomía de los ciudadanos, quienes desde el espacio público reivindican sus derechos, incidiendo y modificando la realidad jurídica y material.
- Se estructuraron enfoques de aplicación de la Política delimitando su importancia en:
- Derechos humanos: El fin último es el ejercicio pleno de los Derechos Humanos, la Administración Distrital deberá implementar estrategias para el empoderamiento ciudadano y la convivencia pacífica,
- Participativo de las mujeres en la resolución de conflictos: El destacado papel de las lideresas religiosas en la prevención y resoluciín de conflictos.
- Interculturaliad: Un díalogo interreligioso que propenda para igualdad real
- Familia: Proyección en la Declación Universal de los Derechos Humanos en unión de la constitución política nacional.
- Espiritualidad: Que engloban las necesidades, expectativas y sentido real de la vida.
- Enfoque Territorial: Se hace la territorialidad de la ciudad el màs importante ya que abarca varios derechos.
Ejes Estratégicos y Documentación
- Finalmente, se consolidaron las líneas estratégicas de acción de la política en tres ejes principales:
- Pedagogía e interacción con ciudadanos, funcionarios y el Gobierno Nacional.
- Goce efectivo de derechos y garantías para el ejercicio de las libertades.
- Articulación y fortalecimiento de iniciativas de paz y proyectos sociales.
- La documentación de soporte se estructura en:
- Sección A: Preámbulo de contexto y Marco Normativo.
- Sección B: Pertinencia de la Política Pública, Trayectoria de la iniciativa, Marco institucional, Marco contextual, y Árbol de problemas.
- Sección C: Objetivos, Principios y enfoques, Líneas estratégicas, y Orientaciones para la implementación.
Seguimiento y evaluación
- El seguimiento se entiende como el analisis y recopilación de información, la cual evidencia sobre el avance de la implementación en la metas planeadas.
- Esto permitirá retroalimentación para la la implementacion de la política a nivel estratégico. gerencial y operativo.
- El logro de un buen monitoreo verificará el aval, realicar seguimineto a caraterirar el sector religiosos.
- el sequiemiento es realizado a coste semestral.
- Fuentes e istancias del monitorio.
- Indicaroes.
- La evalucación reune tanto para verificar los avances de forma operatica y coinsisa.
Studying That Suits You
Use AI to generate personalized quizzes and flashcards to suit your learning preferences.
Related Documents
Description
Introducción a la Política Pública Distrital de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia. Adoptada mediante el Decreto Distrital 093 de 2018, esta política busca garantizar el pluralismo, la igualdad religiosa y el respeto a la conciencia individual en el Distrito Capital.