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Questions and Answers
¿Cuál de las siguientes opciones describe con mayor precisión la influencia de la forma jurídica en las obligaciones tributarias y censales?
¿Cuál de las siguientes opciones describe con mayor precisión la influencia de la forma jurídica en las obligaciones tributarias y censales?
- La forma jurídica no tiene un impacto significativo en las obligaciones tributarias, ya que estas se determinan principalmente por el nivel de ingresos del profesional.
- La forma jurídica influye en las obligaciones tributarias y censales, pero solo en el momento inicial de la actividad, no en su desarrollo posterior.
- La forma jurídica condiciona las obligaciones tributarias y, por tanto, las obligaciones censales y el alta en el IAE. (correct)
- La forma jurídica determina exclusivamente las obligaciones censales, mientras que las obligaciones tributarias dependen del volumen de negocio.
Un abogado persona física (PF) ejerce su profesión. ¿En cuál de los siguientes epígrafes del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) debe inscribirse?
Un abogado persona física (PF) ejerce su profesión. ¿En cuál de los siguientes epígrafes del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) debe inscribirse?
- Sección 2ª, epígrafe 731, correspondiente a actividades profesionales. (correct)
- Sección 1ª, epígrafe 841, si también tiene una sociedad civil.
- Sección 1ª, al ser una actividad económica.
- Sección 3ª, si realiza también actividades artísticas.
¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe mejor el concepto de 'hecho imponible' en el contexto del IAE?
¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe mejor el concepto de 'hecho imponible' en el contexto del IAE?
- El cumplimiento de los requisitos formales para el inicio de la actividad, como el alta censal.
- El volumen total de ingresos anuales generados por la actividad profesional.
- El mero ejercicio de una actividad empresarial, profesional o artística, independientemente de las ganancias obtenidas. (correct)
- La posesión de un local comercial destinado al desarrollo de la actividad económica.
¿Qué implicaciones concretas tiene para un profesional estar exento del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas)?
¿Qué implicaciones concretas tiene para un profesional estar exento del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas)?
Un abogado persona física debe realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF. ¿Cuál de las siguientes opciones describe mejor la naturaleza de estos pagos?
Un abogado persona física debe realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF. ¿Cuál de las siguientes opciones describe mejor la naturaleza de estos pagos?
¿Cómo se gradúa el esfuerzo fiscal del contribuyente en el IRPF?
¿Cómo se gradúa el esfuerzo fiscal del contribuyente en el IRPF?
En relación con las retenciones profesionales, ¿cuál de las siguientes situaciones exime a un cliente de la obligación de retener?
En relación con las retenciones profesionales, ¿cuál de las siguientes situaciones exime a un cliente de la obligación de retener?
¿Qué consecuencias tiene para quien debería haber practicado una retención y no lo hace?
¿Qué consecuencias tiene para quien debería haber practicado una retención y no lo hace?
En una factura emitida por un abogado, ¿es obligatorio que conste la retención a cuenta del IRPF?
En una factura emitida por un abogado, ¿es obligatorio que conste la retención a cuenta del IRPF?
En el Impuesto des Sociedades, si una sociedad realiza operaciones con personas vinculadas, ¿cómo deben valorarse estas operaciones?
En el Impuesto des Sociedades, si una sociedad realiza operaciones con personas vinculadas, ¿cómo deben valorarse estas operaciones?
¿Qué implicaciones tiene para un socio de una sociedad profesional (matriculada en la sección 2ª de las tarifas del IAE) que cotiza en el RETA la calificación del rendimiento obtenido por el socio?
¿Qué implicaciones tiene para un socio de una sociedad profesional (matriculada en la sección 2ª de las tarifas del IAE) que cotiza en el RETA la calificación del rendimiento obtenido por el socio?
¿Cuál es el tipo general de IVA que se aplica a los servicios de abogacía?
¿Cuál es el tipo general de IVA que se aplica a los servicios de abogacía?
En el caso de Asistencia Jurídica Gratuita (AJG), ¿cómo impacta el IVA a los abogados?
En el caso de Asistencia Jurídica Gratuita (AJG), ¿cómo impacta el IVA a los abogados?
Si un cliente no paga una factura con IVA repercutido, ¿qué debe hacer el profesional?
Si un cliente no paga una factura con IVA repercutido, ¿qué debe hacer el profesional?
¿Cuál es el plazo general para poder modificar la base imponible de una factura por impago?
¿Cuál es el plazo general para poder modificar la base imponible de una factura por impago?
Flashcards
¿Qué condiciona la forma jurídica?
¿Qué condiciona la forma jurídica?
La forma jurídica condiciona las obligaciones tributarias y el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
¿Qué es el IAE?
¿Qué es el IAE?
Es un censo de obligados tributarios usado para la gestión tributaria, donde las personas se registran.
Modelos 036 y 037
Modelos 036 y 037
Modelos para registrarse como empresario, profesional o retenedor, declarando el alta, modificación o baja censal.
Certificado censal
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Alta IAE
Alta IAE
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Epígrafe segundo del IAE
Epígrafe segundo del IAE
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Hecho imponible (IAE)
Hecho imponible (IAE)
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Exenciones del IAE
Exenciones del IAE
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IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
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Modelo 100
Modelo 100
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Lliuraments a compte
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Modelo 130
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Artículo 75 LIRPF
Artículo 75 LIRPF
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Tributación de sociedades mercantiles
Tributación de sociedades mercantiles
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Precio de mercado
Precio de mercado
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Study Notes
Obligaciones Fiscales y Contables de Abogados y Procuradores
Inicio de la Actividad
- Es importante considerar los condicionantes derivados de la forma jurídica al iniciar una actividad profesional, ya sea individual o mercantil
- La elección de la forma jurídica influye en la fiscalidad, afectando las obligaciones tributarias, censales y el alta en el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas)
- Otros aspectos relevantes incluyen, la responsabilidad profesional, los gastos de constitución y funcionamiento, la tributación durante la constitución y el ejercicio de la actividad, las subvenciones, ayudas públicas y el perfil de los socios fundadores
Obligaciones Censales y Alta en el IAE
- El censo de obligados tributarios es gestionado por la AT (Administración Tributaria)
- La AT sirve para la gestión tributaria, y contiene información sobre las personas que deben tributar
- Los obligados tributarios se dan de alta en este censo, informando a la Administración sobre su identidad, actividad y los conceptos por los que tributarán, declarándose además como empresarios
- Los modelos 036 y 037 se utilizan para el censo de empresarios, profesionales y retenedores, incluyendo declaraciones censales de alta, modificación, baja y declaraciones simplificadas
- El certificado de estar dado de alta en este censo es una prueba de la condición de empresario a nivel judicial
- Los datos de este censo no son públicos, ya que es un censo administrativo controlado por la AT
- El alta en el IAE se formaliza mediante una declaración de alta, variación o baja en este impuesto, comunicando el importe neto del volumen de negocio a la AEAT
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
- Para abogados, el epígrafe del IAE para personas físicas es el 731 de la Sección 2ª, y para sociedades civiles y mercantiles es el 841 de la Sección 1ª
- Para procuradores, el epígrafe del IAE para personas físicas es el 732 de la Sección 2ª, y para sociedades civiles y mercantiles es el 841 de la Sección 1ª
- Las tarifas del IAE se dividen en tres secciones: actividades económicas, actividades profesionales y actividades artísticas
- Los profesionales individuales (PF) se inscriben en el epígrafe segundo, correspondiente a actividades profesionales
- Las personas jurídicas (PJ) que realizan una actividad profesional deben buscar el epígrafe equivalente en la sección primera
Hecho Imponible del IAE
- El hecho imponible es el mero ejercicio de una actividad empresarial, profesional o artística, independientemente de las ganancias obtenidas
Observaciones Sobre el IAE
- Implica la ordenación por cuenta propia de medios de producción o recursos humanos para intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios (art. 79 LHL)
- Ser sujeto del IAE no genera problemas a corto o medio plazo, debido a la existencia de exenciones
Exenciones del IAE
- Personas físicas
- Personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica con una cifra de negocio inferior a 1 millón de euros
Imposición Directa: IRPF para Personas Físicas
- El IRPF grava directamente las ganancias obtenidas (renta) del ejercicio profesional de las personas físicas
- Uno de los componentes del IRPF son los rendimientos de actividad empresarial
- El IRPF se liquida entre abril y junio del año siguiente, pero los empresarios deben realizar pagos a cuenta que influirán en la determinación de la cuota tributaria final
- Se utiliza el Modelo 100 para la declaración anual del IRPF
- Los pagos a cuenta se descuentan en la declaración, incluyendo pagos fraccionados y retenciones profesionales
Pagamentos Fraccionados (Modelo 130)
- Es una obligación tributaria autónoma según el artículo 23.1.II LGT, sin posibilidad de decidir cuándo pagar
Artículo 99 LIRPF: Obligación de Practicar Pagos a Cuenta
- Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas están obligados a realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF, autoliquidando e ingresando su importe según lo establecido reglamentariamente
- El importe del pago a cuenta es el 20% del rendimiento neto del periodo
- Se podrá exceptuar de esta obligación a aquellos contribuyentes cuyos ingresos hayan estado sujetos a retención o ingreso a cuenta en el porcentaje fijado
Más sobre Pagos a Cuenta
- Es una entrega a cuenta obligatoria y no voluntaria
- Si ya se han practicado retenciones, no es necesario realizar pagos fraccionados
- La retención, aunque común en rendimientos del trabajo, es un mecanismo para evitar la ocultación de ingresos
- Los rendimientos sujetos a retención incluyen trabajos profesionales y personales
Obligaciones de Gestión del IRPF
- Anticipar recursos a la hacienda pública y graduar el esfuerzo fiscal del contribuyente (a través del modelo 130 de pagos fraccionados)
- Declaración anual del IRPF mediante el modelo 100
Retenciones Profesionales
- El artículo 74 indica quién debe retener y el 75 qué rentas están sujetas a retención
- Si el cliente es una PF no empresaria que se divorcia, la operación no está sujeta a retención
- Si el cliente es una PJ, siempre existe la obligación de retener
- En el caso de PF empresarias, solo habrá que practicar retención si se trata de una PF empresaria
- En caso de no realizar la retención o no ingresar la factura, Hacienda reclamará a quien debió realizarla y sancionará por ello
Artículo 74: Obligación de Practicar Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF
- Las personas o entidades del artículo 76 del Reglamento que satisfagan rentas del artículo 75 están obligadas a retener e ingresar en el Tesoro el pago a cuenta del IRPF del perceptor
- Artículo 75: Rentas sujetas a retención incluyen rendimientos de actividades económicas y profesionales
- Artículo 76: Obligados a retener son las personas jurídicas, comunidades de propietarios, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes que ejerzan actividades económicas
Artículo 77: Importe de la Retención o Ingreso a Cuenta
- El importe de la retención se calcula aplicando el tipo de retención a la base de retención
Tipos de Retención para Actividades Profesionales
- El tipo general es del 15%
- Para actividades profesionales al inicio (año de inicio y los dos siguientes), el tipo es del 7%
Retenciones Profesionales: Operativa del Sistema de Retención
- El pagador (personas jurídicas o empresarios) retiene sobre los rendimientos de actividades profesionales (art. 75 RIRPF)
- El perceptor del pago (emisor de la factura) es el profesional sujeto al IRPF
Factura y Retenciones
- Los particulares que pagan facturas por servicios profesionales no están obligados a retener
- Las facturas emitidas por PF prestadores de servicios profesionales de abogacía están sujetas a retención si el destinatario es una PJ o un empresario
- El emisor de la factura no está obligado a indicar el importe de la retención
Retenciones Profesionales: Retención y Obligaciones de Facturación
- La consulta vinculante V1314-15 del 29/04/2015 de la Dirección General de Tributos trata sobre este tema
- El artículo 26 del Reglamento de facturación establece las particularidades de la obligación de documentar las operaciones en el IRPF, requiriendo que los contribuyentes que obtengan rendimientos de actividades económicas expidan factura
- No es obligatorio incluir la retención a cuenta del IRPF en la factura, pero no existe impedimento para su inclusión
- La omisión de la retención en la factura no exime al pagador de practicarla si existe la obligación de retener
- Quien satisface o abona los rendimientos debe comunicar la retención al contribuyente y expedir una certificación acreditativa, según el artículo 108 del Reglamento del IRPF
Impuesto sobre Sociedades (IS) para Personas Jurídicas
- La Ley de Sociedades Profesionales (LSP 2/2007) no afecta a nivel tributario por el principio de estabilidad tributaria
- La LGT (Ley General Tributaria) tiene su propia definición de actividad profesional a efectos tributarios
- Fiscalmente, la sociedad profesional es la que presta servicios profesionales a terceros, incluidos en la Sección 2ª de las Tarifas del IAE
- El artículo 1 de la LSP establece que las sociedades cuyo objeto social sea el ejercicio en común de una actividad profesional deben constituirse como sociedades profesionales
- Para ser considerada actividad profesional, se requiere titulación universitaria oficial e inscripción en el Colegio Profesional correspondiente
- Las sociedades profesionales pueden constituirse con arreglo a cualquier forma societaria prevista en las leyes, cumpliendo los requisitos establecidos
Sociedad Mercantil: IS:
- Liquidación a Cuenta: Modelo 202
- Declaración Anual: Modelo 200
Socio Trabajador: IRPF
- Modelo 100:
- Dividendos: se gravan como capital mobiliario
- Aportación de trabajo: incluye el rendimiento del trabajo o de la actividad económica
Tributación del IS
- El IS tiene una tributación fija del 25%, la cual está reducida al 23% transitoriamente
- Las operaciones realizadas por la sociedad con personas vinculadas deben cuantificarse a precio de mercado para evitar el fraude
Trabajador y Dividendos
- El trabajador puede cobrar dividendos, que tributan como capital mobiliario en el IRPF
- Lo que cobra el trabajador derivado del trabajo se considera rendimiento del trabajo
- La LIRPF (Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) modificó la forma de catalogar estas ganancias como rendimientos de actividades económicas (artículo 27 LIRPF)
Rendimientos Íntegros de Actividades Económicas: Art. 27 LIRPF
- Proceden del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores
- Suponen la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos con el fin de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios
Socios de Sociedades Profesionales
- Matriculados en la sección 2ª de las tarifas del IAE y que cotizan en RETA
- La calificación del rendimiento obtenido por el socio es como rendimiento de actividades económicas
- Esta es una norma de encuadramiento laboral
- Los pasos a seguir son: determinar si se es socio o no, y si se es socio-trabajador, mirar en qué régimen tributa
Valoración de los Servicios Prestados por un Socio Profesional: Art. 18.6 LIS
- Se considera que el valor convenido coincide con el valor de mercado si se cumplen los siguientes requisitos:
- Más del 75% de los ingresos de la entidad provienen del ejercicio de actividades profesionales y cuenta con los medios materiales y humanos adecuados
- La cuantía de las retribuciones a los socios-profesionales no sea inferior al 75% del resultado previo a la deducción de las retribuciones correspondientes
- La cuantía de las retribuciones a cada socio profesional se determine en función de su contribución a la entidad , constando los criterios por escrito
- No sea inferior a 1,5 veces el salario medio de los asalariados de la entidad o 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples en ausencia de estos últimos
Sociedades Civiles Particulares: Régimen de Atribución de Rentas
- Son sociedades de tipo civil reguladas en el Código Civil
- Ofrecen ventajas en cuanto a agilidad, sin necesidad de escritura para su constitución ni depósito de cuentas anuales
- Cambió el régimen jurídico para las SCP con objeto mercantil, pero no para las sociedades civiles particulares profesionales
- Es fundamental tener en cuenta que las SCP profesionales no tributan por IS, el impuesto que pague el socio
- El régimen de atribución de rentas implica que no tributa la entidad que percibe el rendimiento, sino el socio
- Las sociedades civiles profesionales se consideran empresarios sociales sin personalidad jurídica, entidades sin personalidad jurídica según el artículo 35.4 LGT
Artículo 35.4 LGT
- Tendrán la consideración de obligados tributarios,en las leyes en que así se establezca, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición
Artículo 7 LIS
- Serán contribuyentes del Impuesto las personas jurídicas con residencia en territorio español, excluidas las sociedades civiles sin objeto mercantil
Tributación de las Sociedades Civiles Profesionales
- El resultado obtenido por la sociedad no tributa en el Impuesto sobre Sociedades
- Los rendimientos obtenidos por la sociedad tributan en el impuesto que sea aplicable en régimen de atribución de rentas (IRPF o IS)
- Consulta Vinculante V0974-16 del 14/03/2016 de la Dirección General de Tributos sobre este tema
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
- Se aplica el régimen general con un tipo impositivo del 21%, habiendo otros tipos impositivos como el reducido o el hiper reducido
- La cuota de la liquidación es igual al IVA repercutido menos el IVA soportado deducible
Modelos 303 y 390
- El resultado de la liquidación puede ser positivo (a pagar), negativo (a compensar o devolución)
- El periodo de liquidación suele ser trimestral, aunque puede ser mensual para grandes empresas o en regímenes especiales
- En el caso de AJG (Asistencia Jurídica Gratuita), los abogados actúan como recaudadores de impuestos realizando liquidaciones trimestrales
- La cuota puede ser positiva o negativa, dependiendo de si se soporta más IVA del que se repercute
- Se puede optar por la compensación a futuro o la devolución si ha existido una inversión fuerte
- La regla general para la presentación es trimestral, aunque hay casos en los que puede ser mensual
Tipos de IVA
- Sujeción, cambio de criterio de la DGT (Dirección General de Tributos) el 26/01/2017
- Consulta vinculante V0179-17 del 25/01/2017
- Los servicios prestados por abogados y procuradores a los beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita están sujetos y no exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido, debiéndose repercutir en factura el impuesto al tipo impositivo general del 21% a su beneficiario
- El cambio de criterio se apoya en la sentencia del Tribunal de 16 de julio de 2016 y en que la base imponible de las operaciones sujetas constituye el importe total de la contraprestación pagada por el destinatario de las mismas o por un tercero
Servicios de Abogados y Procuradores
- Los servicios de asistencia jurídica gratuita son retribuidos no por el destinatario, sino por un tercero (la Administración Pública)
- La retribución que perciban con cargo a fondos públicos forma parte de la base imponible de dicha prestación
Recuperación del IVA en Caso de Facturas Impagadas: Modificación de la Base Imponible (BI)
- Si se emite una factura con IVA y el cliente no paga, se debe ingresar el IVA por lógica tributaria
- Existe una vía para recuperar el IVA ingresado pero no cobrado mediante la modificación de la base imponible
- En un primer plazo (seis meses o un año) no se puede hacer nada
- En los próximos tres meses se puede emitir una factura rectificativa alegando requerimiento de pago o demanda
- Es necesario justificar el cumplimiento de estos requisitos para recuperar el importe
Modificación de la Base Imponible
- Uno: La base imponible se reducirá con arreglo a lo dispuesto en los artículos 78 y 79 anteriores
- Tres: La base imponible podrá reducirse cuando el destinatario de las operaciones sujetas al impuesto no haya hecho efectivo el pago de las cuotas repercutidas
- Cuatro: La base imponible también podrá reducirse proporcionalmente cuando los créditos correspondientes a las cuotas repercutidas por las operaciones gravadas sean total o parcialmente incobrables
- Requisitos para considerar un crédito total o parcialmente incobrable: haya transcurrido un año sin que se haya obtenido el cobro del crédito
Plazo para Reducir la Base Imponible
- Para empresarios cuyo volumen de operaciones no haya excedido de 6.010.121,04 euros durante el año anterior, el plazo de un año podrá ser de seis meses
Obligación Ingresar IVA
- Obligación de ingresar IVA de factura impagada
Supuestos Voluntarios de Modificación de la Base Imponible
Cuotas Incobrables
- Crédito impagado por período superior a 1 año
- Reclamación judicial o requerimiento notarial
- Destinatario sea empresario o profesional o BI > 300,00 €
- Plazo: 6 meses
Procedimiento Concursal
- Términos del artículo 21.5° Ley concursal
Factura Rectificativa
- Requiere factura previa pero no anula la anterior
Contenido de la Factura Rectificativa
- Serie diferente y numeración correlativa, identificación del documento rectificado, descripción de la operación y causa de la rectificación, lugar y fecha de emisión
Mérito Anticipado del Impuesto en Caso de Provisiones de Fondos
- Aunque el servicio se entienda prestado al final, los despachos solicitan una provisión de fondos como pago total
- Este pago adelantado se considera un supuesto de devengo anticipado, generando la obligación de repercutir la factura (aunque no el total)
Artículo 75 LIVA: Devengo del Impuesto
- Se devengará el impuesto:
- En las entregas de bienes, cuando tenga lugar su puesta a disposición del adquirente o cuando se efectúen conforme a la legislación aplicable
- En las prestaciones de servicios, cuando se presten y ejecuten las operaciones gravadas
- No obstante lo anterior, en las operaciones sujetas a gravamen, el Impuesto se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos
Bestretes per Compte del Client (Anticipos por Cuenta del Cliente)
- No es necesario repercutir el IVA sobre los honorarios ni sobre la factura del procurador, el notario o el perito
- Los profesionales deben emitir la factura a nombre del cliente
Artículo 78: Base Imponible. Regla General
- La base imponible del Impuesto estará constituida por el importe total de la contraprestación de las operaciones sujetas, procedente del destinatario o de terceras personas
- No se incluirán en la base imponible las sumas pagadas en nombre y por cuenta del cliente en virtud de mandato expreso
- El sujeto pasivo deberá justificar la cuantía efectiva de tales gastos y no podrá deducir el Impuesto que eventualmente los hubiera gravado
- Los pagos por cuenta del cliente no forman parte de la base imponible del IVA
Operaciones Intracomunitarias
- Es fundamental determinar dónde se consume el servicio para determinar dónde se tributa
- Si el cliente es un empresario ubicado en un territorio diferente, se debe verificar si está registrado en el censo VIES
- Si no está registrado, se le tratará como a un particular
Si está Registrado
- Se calificará el servicio a prestar y se determinará dónde se consume según la lista de servicios de los artículos 69 y 70 LIVA
- Si es particular, siempre se debe emitir factura con IVA
Obligaciones Contables y Formales
-
Conservar la documentación
-
Llevar los libros de registro/compatibilidad:
-
Libro registro de ingresos: facturas emitidas.
-
Libro registro de gastos: facturas recibidas.
-
Libro registro de bienes de inversión.
-
Libro registro de provisiones de fondos y anticipos.
-
Realizar las declaraciones tributarias periódicas
-
Gestión del IVA: declaraciones trimestrales, mensuales y anuales.
-
Gestión del IRPF/IS: pagos fraccionados y declaraciones anuales.
-
Declaraciones intracomunitarias.
-
Declaración de clientes y proveedores.
-
Otras (retenciones practicadas).
Alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas
- Cualquiera, tanto persona física como jurídica, dispondrá de una dirección electrónica (DEH) para la recepción de las notificaciones administrativas por vía telemática
- Actualmente se utiliza DEHú
- Asociado a esta dirección, el titular dispondrá de un buzón electrónico
- Para acceder, el interesado deberá disponer de un certificado digital estándar X.509 emitido a su nombre o al de la empresa que representa
- Es obligatorio para personas jurídicas y voluntario para personas físicas
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