Modificaciones al Decreto 1/2019
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Modificaciones al Decreto 1/2019

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Questions and Answers

¿Qué implica la modificación de las circunstancias para la capacidad económica de un beneficiario según el Decreto 1/2019?

  • La revisión del programa individual de atención.
  • La eliminación de la prestación económica reconocida.
  • La posibilidad de actualización de oficio de la prestación económica. (correct)
  • Un aumento automático de la cuantía de la prestación.
  • ¿Quién es responsable de la ejecución de las resoluciones del programa individual de atención según el Decreto 1/2019?

  • El Gobierno Regional de Castilla-La Mancha.
  • La Consejería de Educación.
  • La Delegación Provincial competente en materia de atención a la dependencia. (correct)
  • El Ministerio de Sanidad.
  • ¿Cómo se realizarán los pagos de las prestaciones económicas según el Decreto 1/2019?

  • De forma descentralizada en cada Delegación Provincial.
  • Por medio de acuerdos con entidades privadas.
  • A través de transferencias directas a los beneficiarios.
  • De forma centralizada por el órgano directivo competente. (correct)
  • ¿Cuánto será la cuantía de la prestación económica reconocida si la capacidad económica del beneficiario es igual o inferior al Iprem mensual?

    <p>100% de la cuantía máxima establecida.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué establece el decreto en relación a las cuantías máximas y mínimas de las prestaciones económicas?

    <p>Serán establecidas anualmente por el Gobierno mediante real decreto.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué mejoras se realizan con cargo al nivel adicional de protección de Castilla-La Mancha según el decreto?

    <p>Mejoras en las cuantías de las prestaciones económicas.</p> Signup and view all the answers

    Según el Decreto 1/2019, ¿qué no supondrá la modificación de la capacidad económica de un beneficiario?

    <p>La revisión del programa individual de atención.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué grado de dependencia requiere un acuerdo previo del Consejo Territorial del SAAD para establecer las prestaciones económicas?

    <p>Cualquier grado de dependencia.</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál es el coste de referencia mensual establecido para la prestación económica vinculada al servicio?

    <p>1.493,31 euros</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué porcentaje debe corresponder a la cantidad mínima garantizada del coste de referencia del servicio?

    <p>10%</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué criterio se utiliza para calcular la cuantía mensual de la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial?

    <p>CPE = IR + CM - CEB</p> Signup and view all the answers

    Cuando la persona beneficiaria tiene otra prestación de análoga naturaleza, ¿qué se deduce del importe a reconocer?

    <p>Las prestaciones del artículo 31 de la Ley 39/2006</p> Signup and view all the answers

    En casos excepcionales, ¿qué requisitos deben cumplirse para reconocer prestaciones vinculadas al servicio de atención residencial superiores a las establecidas con carácter general?

    <p>Tener un grado de dependencia y que el servicio sea especializado</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál es la capacidad económica mensual que se resta de la cuantía de la prestación económica vinculada al servicio?

    <p>CEB</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué sucede si la cuantía de la prestación económica vinculada al servicio es mayor al doble de la cuantía máxima establecida por grado?

    <p>No se puede reconocer esa prestación</p> Signup and view all the answers

    ¿Quién puede proponer la modalidad de prestación económica vinculada al servicio para su resolución?

    <p>La delegación provincial competente</p> Signup and view all the answers

    Cuando el coste del servicio es inferior al coste de referencia, ¿cuál será la cuantía máxima de la prestación económica?

    <p>El coste del servicio</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué porcentaje representa la cantidad para gastos personales de la persona beneficiaria en relación al Iprem mensual?

    <p>19%</p> Signup and view all the answers

    Study Notes

    Modificaciones al Decreto 1/2019

    • Artículo 28, apartado 4: Se agrega un nuevo apartado que permite la actualización oficiosa de la capacidad económica de la persona beneficiaria. Esto puede modificar la prestación económica o la participación del beneficiario en los costes del SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) a partir del mes siguiente a la notificación de la revisión. No se revisará el programa individual de atención.

    • Artículo 29, apartado 1: La ejecución de resoluciones del programa individual de atención relacionada con las prestaciones económicas del SAAD corresponde a la Delegación Provincial competente en atención a la dependencia. El abono de estas prestaciones se realiza centralizadamente por la Consejería competente.

    • Artículo 30: Establece la determinación de las cuantías de las prestaciones económicas:

      • Las cuantías máximas y mínimas las fija el Gobierno, previa aprobación del Consejo Territorial del SAAD, para cada grado de dependencia, con excepciones para prestaciones vinculadas a servicios y asistencia personal.
      • Si la capacidad económica es igual o inferior al IPREM mensual, la prestación es del 100% de la cuantía máxima.
      • La prestación económica vinculada a servicios y asistencia personal no puede superar el coste de referencia del servicio, o el coste real si es inferior.
      • Se deduce la prestación prevista en la Ley 39/2006 en caso de que el beneficiario tenga otra prestación análoga.
      • Se establece una cuantía mínima del 10% del coste de referencia del servicio para las prestaciones vinculadas a servicios y de asistencia personal, garantizando las cuantías mínimas establecidas por real decreto.
    • Artículo 31: Define la determinación de la cuantía mensual de la prestación económica vinculada al servicio, con fórmula de cálculo:

      • CPE = IR + CM – CEB (donde CPE = Cuantía mensual de la prestación, IR = Coste del servicio, CM = Gastos personales - 19% del IPREM, CEB = Capacidad económica)
      • Coste de referencia del servicio de atención residencial: 1.493,31 euros mensuales.
      • En casos excepcionales (discapacidad/dependencia, servicio especializado, necesidad superior a lo general) se permiten cuantías mayores cargadas al nivel adicional de protección de la comunidad autónoma, con tope máximo del doble de la cuantía máxima establecida por grado o el coste del servicio. La propuesta y resolución de estas excepcionalidades se realizan a través de la delegación provincial y el órgano directivo competente.

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    Description

    Este cuestionario evalúa los cambios realizados en el Decreto 1/2019, centrado en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Abarca artículos sobre la actualización de la capacidad económica y la ejecución de resoluciones del programa individual de atención. Examina también cómo se determinan las cuantías de las prestaciones económicas.

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