Justicia Digital y Artículo 230 LOPJ

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Questions and Answers

¿Cuál de los siguientes objetivos no se alinea directamente con la digitalización de la Justicia según la Agenda 2030 de la ONU?

  • Impulso de sociedades justas.
  • Creación de sociedades inclusivas.
  • Promoción de sociedades pacíficas.
  • Fomento de la exclusión digital. (correct)

El artículo 230 de la LOPJ, en su versión modificada, establece obligaciones en torno al uso de medios técnicos en los juzgados y tribunales. ¿Cuál de las siguientes no es una obligación derivada de este artículo?

  • Utilizar los medios técnicos disponibles para el desarrollo de su actividad.
  • Garantizar la autenticidad e integridad de los documentos emitidos por medios técnicos.
  • Transcribir las actuaciones orales y vistas grabadas en soporte digital. (correct)
  • Garantizar la confidencialidad, privacidad y seguridad de los datos de carácter personal.

Según el artículo 230 de la LOPJ, ¿qué condición no es necesaria para que los documentos emitidos por medios técnicos sean considerados válidos y eficaces?

  • Que el soporte sea exclusivamente papel. (correct)
  • Que quede garantizada su integridad.
  • Que se cumplan los requisitos exigidos por las leyes procesales.
  • Que quede garantizada su autenticidad.

En relación con la comunicación e integración de sistemas informáticos en la Administración de Justicia, ¿qué papel no corresponde al Comité Técnico Estatal de la Administración de Justicia Electrónica?

<p>Desarrollar directamente los sistemas informáticos utilizados. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál de los siguientes no es un objetivo explícito del RDL 6/2023 en relación con la Administración de Justicia?

<p>Garantizar la total independencia de los sistemas entre sí. (D)</p> Signup and view all the answers

El artículo 5 del RDL 6/2023 enumera los derechos de los ciudadanos en su relación con la Administración de Justicia. ¿Cuál de los siguientes derechos no está explícitamente recogido en este artículo?

<p>Derecho a la desconexión digital. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué acción no está directamente relacionada con el deber de las Administraciones Públicas en relación con el uso obligatorio de las tecnologías en la Administración de Justicia?

<p>Asegurar formación especializada en ciberseguridad para todos los jueces. (A)</p> Signup and view all the answers

En el contexto de la firma electrónica, ¿qué característica distingue a la firma electrónica reconocida de la firma electrónica avanzada?

<p>La firma electrónica reconocida se basa en un certificado reconocido y se genera mediante un dispositivo seguro. (A)</p> Signup and view all the answers

En relación con los certificados digitales, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta?

<p>Los certificados digitales tienen una validez ilimitada. (C)</p> Signup and view all the answers

En el contexto de Cl@ve, ¿qué función no está asociada directamente a este sistema?

<p>Reemplazar completamente el uso del DNI-e. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el DNIe es incorrecta?

<p>La activación del DNIe o cambio de PIN se realiza exclusivamente online. (B)</p> Signup and view all the answers

En el marco de la Justicia orientada al dato, ¿qué implicación no se alinea con este principio?

<p>Priorización de la orientación al documento sobre el dato. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el RDL 6/2023, ¿qué elementos deben asegurarse en los sistemas de información y comunicación para la entrada, incorporación y tratamiento de datos, además de la interoperabilidad?

<p>Que sean comunes y permitan la anonimización (C)</p> Signup and view all the answers

En relación con la Sede Judicial Electrónica, ¿qué servicio no está obligado a ofrecer según el Art. 10.2.d del RDL 6/2023?

<p>Acceso a servicios de mediación. (A)</p> Signup and view all the answers

En el contexto del Expediente Judicial Electrónico, ¿qué elemento no es un requisito esencial para garantizar su integridad?

<p>Almacenamiento en papel. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el art. 39 del RDL 6/23, ¿qué condición no es necesaria para la validez de un Documento Judicial Electrónico?

<p>Estar redactado en lenguaje claro y conciso. (D)</p> Signup and view all the answers

En relación con el acceso de los ciudadanos a su Carpeta de Justicia, ¿qué elemento no está previsto en el art. 15 RDL 6/2023?

<p>Acceso a un servicio de asesoramiento jurídico gratuito. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Art. 32 RDL 6/2023, ¿qué sujetos no tienen la obligación de usar medios electrónicos para toda presentación de escritos y documentos, actos de comunicación y consulta de expedientes judiciales?

<p>Las personas físicas que no actúen representadas por procurador. (A)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Art. 50 RDL 6/2023, ¿qué medio no se contempla para la práctica de actos procesales de comunicación?

<p>Llamada telefónica certificada. (D)</p> Signup and view all the answers

En relación con las copias de documentos judiciales (art. 40 RDL 6/2023), ¿cuál de las siguientes opciones no se considera una copia original?

<p>Copias digitalizadas de otros documentos incorporados al expediente judicial electrónico, sin declaración expresa. (A)</p> Signup and view all the answers

En relación con el Apud Acta electrónico, ¿qué afirmación es incorrecta?

<p>El poder Apud Acta electrónico se formaliza en un documento físico, que se adjunta al procedimiento. (C)</p> Signup and view all the answers

En el contexto de la prueba digital, ¿qué medida no se considera una buena práctica para garantizar la validez de un pantallazo como prueba?

<p>Aportar el pantallazo sin mayor requisito. (A)</p> Signup and view all the answers

En relación con la presentación de escritos por E-Justicia en Cataluña, ¿qué consecuencia tiene la falta de traslado de copias al procurador contrario (art. 276 LEC)?

<p>Implica la inadmisión del escrito. (A)</p> Signup and view all the answers

En el contexto del sistema LexNET, ¿qué elemento no es un requisito técnico para su utilización?

<p>Lector de Códigos QR. (A)</p> Signup and view all the answers

Flashcards

ODS 16

Objetivo de la Agenda 2030 de la ONU que promueve sociedades justas, pacíficas e inclusivas.

Art. 230 LOPJ

Artículo de la LOPJ que introduce por primera vez las tecnologías digitales para uso de los Juzgados y Tribunales

Documentos digitales

Garantiza la validez de los documentos emitidos por medios electrónicos siempre que se garantice su autenticidad e integridad.

Sistemas informáticos

Facilitar su comunicación e integración entre sistemas de la Administración de Justicia.

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Ley 18/2011

Regula el uso de tecnologías en la Administración de Justicia, estableciendo la Sede Judicial Electrónica.

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Ley 42/2015

Introdujo las subastas judiciales electrónicas y la obligatoriedad general de comunicación electrónica con la Administración de Justicia.

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COVID-19 y Ley 3/2020

Introdujeron la celebración de vistas y actos procesales mediante asistencia telemática.

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Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia

Atiende a los principios de transparencia, información y atención adecuada a los ciudadanos en la justicia.

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Objetivo del RD-L 6/2023

Adaptar la realidad judicial española al marco tecnológico contemporáneo.

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Derechos de los ciudadanos

Derecho a relacionarse con la administración de Justicia utilizando medios electrónicos.

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Derecho de los profesionales

Conocer el estado de tramitación del procedimiento

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Uso obligatorio

Obligación de órganos judiciales de usar medios técnicos que cumplan con los principios de interoperabilidad y seguridad.

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Firma electrónica

Es un concepto jurídico equivalente al de firma manuscrita, utilizada para firmar documentos electrónicos.

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Firma electrónica admitida

La Administración de Justicia admitirá y requerirá la firma electrónica en todos los casos en que los órganos judiciales requieran la firma.

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Firma electrónica

Es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medios de identificación del firmante.

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Firma electrónica avanzada

Permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados.

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Firma electrónica reconocida

Es la firma electrónica avanzada, basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro.

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Certificado digital

Es un conjunto de datos encriptados en un fichero informático que confirma la identidad digital en internet

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Cl@ve

Sistema para simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos mediante claves concertadas.

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DNIe

Permite la identificación física y electrónica del ciudadano.

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Dato

Es el elemento clave en la gestión y tramitación del proceso judicial.

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Principio general de orientación al dato

Asegurar la entrada, incorporación y tratamiento de la información en forma de metadatos, conforme a modelos de datos comunes e interoperables.

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Sede judicial electrónica

Aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad corresponde a las administraciones competentes en materia de Justicia.

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Expediente Judicial Electrónico

Es un conjunto de datos estructurados que proporcionan información, incluyendo documentos, trámites, actuaciones electrónicas o grabaciones audiovisuales correspondientes a un procedimiento judicial.

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Documento Judicial Electrónico

Es la información de cualquier naturaleza en forma electrónica, archivada en un soporte electrónico y que haya sido generada, recibida o incorporada al expediente judicial electrónico.

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Study Notes

Tema 10: Justicia Digital

  • La digitalización de la Justicia se alinea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 de la Agenda 2030 de la ONU, que busca promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas
  • La Unión Europea apoya la digitalización de la justicia a través de la asignación de fondos europeos
  • Se busca un futuro que aproveche las nuevas tecnologías, incluyendo la Inteligencia Artificial y blockchain
  • El artículo 230 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su versión modificada en 1994, introdujo las tecnologías digitales en juzgados y tribunales, ahora es una obligación tras las reformas de 2015 y 2018

Artículo 230 LOPJ

  • Juzgados, tribunales y fiscalías deben usar medios técnicos, electrónicos, informáticos y telemáticos disponibles, respetando las limitaciones del Capítulo I bis y la normativa de protección de datos personales
  • Las instrucciones del Consejo General del Poder Judicial o la Fiscalía General del Estado sobre el uso de tecnologías son de obligado cumplimiento para jueces, magistrados y fiscales
  • Los documentos generados por estos medios tienen la misma validez y eficacia que los originales, siempre que su autenticidad e integridad estén garantizadas y se cumplan los requisitos legales procesales
  • Las actuaciones orales y vistas grabadas en formato digital no se pueden transcribir, excepto en los casos permitidos por la ley
  • Los procesos tramitados digitalmente garantizan la identificación y el ejercicio de la función jurisdiccional, así como la confidencialidad, privacidad y seguridad de los datos personales
  • Las personas que soliciten tutela judicial deben interactuar obligatoriamente con la Administración de Justicia por medios técnicos compatibles con los juzgados y tribunales, siempre que lo establezcan las normas procesales y se respeten las garantías y requisitos del procedimiento
  • Los sistemas informáticos de la Administración de Justicia deben ser compatibles entre sí para facilitar la comunicación e integración, según determine el Comité Técnico Estatal de la Administración de Justicia Electrónica
  • La definición y validación funcional de programas y aplicaciones son responsabilidad del Comité Técnico Estatal de la Administración de Justicia Electrónica
  • La compatibilidad entre sistemas se denomina interoperabilidad
  • La Ley 18/2011 regulaba el uso de tecnologías en la Administración de Justicia, estableciendo la Sede Judicial Electrónica, el expediente judicial electrónico y la firma electrónica. Fue derogada por el RD-L 6/2023
  • La Ley 42/2015 introdujo las subastas judiciales electrónicas e hizo obligatoria la comunicación con la Administración de Justicia por medios electrónicos
  • La Carta de Derechos Digitales de 2021 es aplicable al ámbito de la Justicia
  • La Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales se emitió en 2022
  • La celebración de vistas y actos procesales telemáticos se introdujo con el COVID-19 y la Ley 3/2020
  • La Carta de los Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia (16 de abril de 2022) promueve la transparencia, la información y la atención adecuada

Artículo 21

  • Los ciudadanos tienen el derecho a comunicarse con la Administración de Justicia mediante correo electrónico, videoconferencia y otros medios telemáticos, de acuerdo con las leyes procesales
  • Los poderes públicos deben promover el empleo y la aplicación de estos medios en la Administración de Justicia y en las relaciones con los ciudadanos
  • Los documentos emitidos electrónicamente por la Administración de Justicia y los particulares tienen validez y eficacia si se garantiza su integridad y autenticidad

RDL 6/2023

  • El RDL 6/2023 aprueba medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el ámbito de la justicia, la función pública, el régimen local y el mecenazgo
  • Europa inició un plan de recuperación económica post-pandemia enfocado en la transformación digital, incluyendo el ámbito de la Justicia, financiado con fondos Next Generation
  • El Plan de Recuperación de España de la UE fue aprobado el 13 de julio de 2021

Objetivos RDL 6/2023

  • Adaptar el sistema judicial español al marco tecnológico actual
  • Asegurar la interoperabilidad de los sistemas existentes
  • Facilitar la participación telemática de los ciudadanos en los procedimientos judiciales a través de un sistema de acceso único y personalizado, llamado Carpeta Justicia
  • Potenciar el Expediente Judicial Electrónico, pasando de la gestión basada en documentos a una basada en datos

Artículo 5

  • Los ciudadanos tienen derecho a relacionarse con la Administración de Justicia por medios electrónicos, lo que incluye
  • Derecho a un servicio público de Justicia prestado digitalmente
  • Derecho a la igualdad en el acceso electrónico a los servicios de Justicia
  • Derecho a la calidad de los servicios
  • Derecho a un servicio personalizado en los procedimientos en los que se es parte
  • Derecho a elegir el canal de acceso
  • Derecho a conocer el estado de la tramitación del procedimiento
  • Derecho a acceder al expediente judicial electrónico y obtener copias
  • Derecho a que la Administración de Justicia conserve el expediente
  • Derecho a usar sistemas de identificación digital
  • Derecho a la protección de datos

Artículo 6

  • Los profesionales que interactúan con la Administración de Justicia tienen derecho a relacionarse por medios electrónicos, lo que implica
  • Derecho a conocer el estado de la tramitación del procedimiento
  • Derecho a acceder al expediente judicial electrónico y obtener copias
  • Derecho a usar sistemas de identificación digital
  • Derecho a la garantía de protección de datos
  • Derecho a que los sistemas permitan la desconexión digital y la conciliación de la vida personal y profesional
  • Los profesionales tienen el deber de usar medios electrónicos y los sistemas establecidos por las administraciones competentes, asegurando el acceso a través de puntos de acceso electrónico como las sedes judiciales electrónicas

Artículo 7

  • Los órganos y oficinas judiciales, fiscalías y oficinas fiscales deben usar los medios técnicos, electrónicos e informáticos disponibles, cumpliendo con la interoperabilidad y la seguridad
  • Las administraciones públicas deben proveer estos medios
  • Se crean normas de obligado cumplimiento para jueces por el CGPJ, para fiscales por la Fiscalía General del Estado y para los LAJs por la Secretaría General de la Administración de Justicia

Firma Electrónica

  • Es el equivalente jurídico a una firma manuscrita
  • Es un archivo digital que certifica la identidad del titular y permite firmar documentos electrónicos

Artículo 22.1 RDL 6/2023

  • Se requiere y permite la firma electrónica en la Administración de Justicia cuando se exija una firma según las leyes procesales, salvo lo dispuesto en el artículo 29.1

Tipos de Firma Electrónica (Ley 59/2003)

  • Firma Electrónica: Conjunto de datos electrónicos que se asocian a otros para identificar al firmante
  • Firma Electrónica Avanzada: Permite identificar al firmante y detectar cambios posteriores en los datos firmados, creando un patrón único
  • Firma Electrónica Reconocida: Firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y un dispositivo seguro, con el mismo valor legal que una firma manuscrita

Certificado Digital

  • Es un conjunto de datos encriptados en un fichero informático generado por una entidad certificadora
  • Asocia datos de identidad a una persona u organización, confirmando su identidad digital en internet. Tiene el valor de DNI electrónico a todos los efectos
  • Se regula en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de los servicios electrónicos de confianza

Emisores de Certificados Electrónicos

  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT)
  • Ministerio del Interior (al expedir el DNI electrónico)
  • Autoridad de Certificación de la Abogacía (ACA): Expide el carné de abogado con firma electrónica
  • Consorci d'Administració Oberta de Catalunya (idCAT)

Clasificación de Certificados Digitales

  • Tipo de identidad: Persona física, jurídica o entidad sin personalidad jurídica
  • Ámbito de aplicación: Servidor, pertenencia a empresa, representante, apoderado, sello de empresa, factura electrónica, certificado de colegiado, etc
  • Tipo de almacenamiento: Software (PC, USB) o hardware (tarjeta criptográfica, DNI electrónico)

Certificados de la Ley 11/2007

  • Certificado de Sede Electrónica: Autentifica un servidor como Sede Electrónica de la Administración Pública, estableciendo comunicaciones seguras
  • Certificado de Sello Electrónico: Identifica y autentica el ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, útil para trámites telemáticos e identificación de servidores.
  • Certificado de Empleado Público: Identifica al titular del puesto de trabajo o cargo y a la Administración y órgano al que representa

Validez y Revocación de Certificados

  • Los certificados tienen una validez máxima de 5 años
  • Pueden revocarse a solicitud del firmante, por uso indebido, resolución judicial, fallecimiento, o por inexactitud de los datos.

Constatación de la Identidad del Titular

  • Debe consignarse nombre, apellidos, DNI/NIE/NIF o cualquier otro código identificativo unívoco y permanente en el tiempo (persona física)
  • Denominación o razón social y NIF o cualquier otro código unívoco y permanente en el tiempo (persona jurídica)
  • Identidad de la persona física o jurídica representada y documento que acredite las facultades del firmante para actuar en nombre del representado (relación de representación)

CL@VE

  • Sistema para unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, permitiendo la identificación mediante claves concertadas (usuario y contraseña)
  • Complementa el DNI-e y el certificado electrónico, permitiendo firma en la nube mediante certificados personales custodiados remotamente
  • Plataforma común para la identificación, autenticación y firma electrónica que evita la necesidad de implementar y gestionar sistemas propios, así como el uso de diferentes métodos de identificación
  • Facilita el acceso a trámites electrónicos a quienes no tienen certificado electrónico, aportando sencillez y seguridad mediante contraseña permanente o código temporal
  • Permite la tramitación electrónica en dispositivos móviles sin firma electrónica con certificados electrónicos

Características de Cl@ve

  • Sistema de identificación y firma para relacionarse con la Administración (servicios estatales, autonómicos y locales)
  • Permite acceder con DNI y un PIN o PIN permanente
  • La obtención del Cl@ve PIN se puede realizar por videollamada, carta de invitación o presencialmente
  • La Cl@ve PIN genera un PIN temporal renovado para cada gestión
  • La cl@ve permanente es una contraseña con validez de 2 años

DNIE

  • Se creó en 2006 y evolucionó a la versión 3.0 en 2015 con tecnología NFC
  • Permite la identificación física y electrónica
  • La activación del DNIe o cambio de PIN se realiza en las máquinas de las comisarías de policía
  • Para su uso electrónico, requiere un lector de DNIe o tecnología NFC
  • Puede usarse en smartphones con tecnología NFC.

Justicia Digital Orientada al Dato

  • Radica en la gestión y tramitación del proceso judicial mediante la obtención, tratamiento y circulación de datos
  • Tratar los datos mediante procesos informáticos y algoritmos, facilita la evaluación de necesidades de maquinaria y programario
  • El análisis de datos incrementa la eficacia y eficiencia

Principio General de Orientación al Dato (RDL 6/2023)

  • Los sistemas de información y comunicación deben asegurar la entrada, incorporación y tratamiento de la información en forma de metadatos, conforme a modelos de datos comunes e interoperables para permitir
  • Interoperabilidad de los sistemas entre sedes electrónicas judiciales
  • Tramitación electrónica de procedimientos judiciales
  • Búsqueda y análisis de datos y documentos para fines jurisdiccionales, organizativos y estadísticos (Big data)
  • Anonimización de datos y documentos
  • Uso de cuadros de mandos y visualización de la información (Big data)
  • Gestión y autodocumentación de documentos, codificación, extracción y uso de contenidos para generar nuevos documentos
  • Publicación de información en portales de datos abiertos
  • Producción automatizada, asistida y proactiva de actuaciones judiciales y procesales
  • Técnicas de inteligencia artificial para apoyar la función jurisdiccional, la tramitación, la definición, la ejecución de políticas públicas relativas a la Administración de Justicia
  • Transmisión de datos entre órganos judiciales, administraciones públicas, ciudadanos y personas jurídicas.

Sede Judicial Electrónica

  • Es esencial para garantizar la justicia digital
  • En España, existen varias, una del Ministerio de Justicia (Lexnet) y otras de CCAA con competencias transferidas (EJcat)
  • Otras CCAA con sedes propias son Andalucía, Aragón, Canarias, Galicia, Madrid, Navarra, País Vasco y Valencia
  • Es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a cada administración competente en materia de Justicia
  • https://ejcat.justicia.gencat.cat/IAP-ng/ (profesionales) y https://seujudicial.gencat.cat/ca/inici (particulares)
  • https://sedejudicial.justicia.es/-/lexnet (profesionales) y https://www.administraciondejusticia.gob.es/carpeta-justicia (particulares)
  • Ofrecen acceso al expediente judicial electrónico, presentación de escritos, práctica de actos de comunicación y agenda de señalamientos
  • El Punto de Acceso General de la Administración de Justicia será un portal orientado a los ciudadanos, con la Carpeta Justicia y el directorio de sedes judiciales electrónicas, ofreciendo consulta de expedientes y acceso a notificaciones

Expediente Judicial Electrónico

  • Supera la mera eliminación del papel, siendo un conjunto de datos estructurados que proporcionan información (documentos, trámites, actuaciones electrónicas, grabaciones)
  • Los asuntos se identifican con un NIG (Número de Identificación General)
  • Debe tener un índice electrónico para garantizar su integridad

Documento Judicial Electrónico

  • Es la información en formato electrónico archivada, generada, recibida o incorporada al expediente judicial electrónico por la Administración de Justicia
  • Debe contener metadatos para la interoperabilidad y un sello o firma electrónica con constancia del órgano emisor, fecha y hora
  • Si incorpora la firma del LAJ, se considera documento público
  • Pueden ser originales, copias auténticas o copias anonimizadas

Carpeta Justicia

  • Permite el acceso de los ciudadanos a su Carpeta de Justicia, que debe contener
  • Información necesaria para su utilización
  • Relación de los servicios que pueden obtener a través de la misma
  • Derechos y obligaciones derivados de su uso
  • Posibilidad de verificar accesos previos
  • Acceso a los expedientes judiciales en los que el ciudadano sea parte o interesado
  • Acceso y firma de actos de comunicación pendientes y acceso a los ya practicados
  • Acceso a la información personalizada del Tablón Edictal Judicial Único
  • Obtención y gestión de cita previa
  • Agenda personalizada de actuaciones
  • Acceso a canales para realizar sugerencias y quejas

Tramitación Electrónica de Procedimientos

  • Profesionales y empresas deben usar siempre medios electrónicos para escritos, documentos, actos de comunicación y consulta de expedientes
  • Las personas físicas que no actúen representadas por Procurador, podrán elegir si se comunican electrónicamente
  • Oficinas judiciales y fiscales deben usar siempre medios electrónicos para comunicaciones, traslado de expedientes judiciales electrónicos, documentos, datos e intercambio de información

RDL 6/2023

  • Tanto el inicio como la tramitación del procedimiento debe ser electrónico (excepto para personas físicas)

  • Se ofrecen modelos normalizados de escritos para las físicas, cuando no sea necesaria intervención de abogado y procurador

  • Los documentos en papel deben digitalizarse por la sección del juzgado correspondiente

  • Las aplicaciones y sistemas de gestión electrónica deben

  • Garantizar el control de tiempos y plazos

  • Identificar el órgano u oficina responsable

  • Tramitar ordenadamente los expedientes

  • Facilitar la simplificación y publicidad de los procedimientos

  • La remisión de expedientes administrativos entre distintas administraciones y organismos públicos se realizará a través de herramientas telemáticas

Actos de Comunicación Electrónicos

  • La regla general es la comunicación electrónica en todos los actos procesales, excepto para personas físicas no obligadas que no opten por estos medios
  • Los actos de comunicación del artículo 149 de la LEC pueden realizarse mediante comparecencia en la Carpeta Justicia, sede judicial electrónica, dirección electrónica habilitada única u otros medios electrónicos autorizados
  • Debe haber un Punto Común de Actos de Comunicación para profesionales, permitiendo acceder a todos los actos de comunicación de cualquier órgano judicial
  • La publicación de resoluciones y actos que deban fijarse en tablón de anuncios, BOE o diarios oficiales se sustituye por el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU)

Copias de Documentos Judiciales

  • Originales: Documentos electrónicos con firma electrónica emanados de los sistemas de gestión procesal y escritos presentados por las partes e interesados, así como resoluciones firmadas electrónicamente
  • Auténticas: Copias de un original del expediente electrónico con firma de LAJ y copias obtenidas por sistemas automatizados con sello electrónico
  • Anonimizadas: Extractos del contenido del documento origen obtenidos mediante métodos automatizados para mantener la confidencialidad de los datos.

Apud Acta Electrónico

  • Apoderamiento realizado ante el LAJ de forma gratuita, ya sea personalmente en el Juzgado o electrónicamente
  • Válido para la representación ante Juzgados y Tribunales, incluido el Tribunal Constitucional
  • El poder Apud Acta electrónico se almacena electrónicamente y puede descargarse en cualquier momento

Prueba Digital

  • Cualquier información de datos producida, almacenada o transmitida electrónicamente que pueda acreditar los hechos de un proceso (páginas web, redes sociales, dispositivos electrónicos, etc.)
  • Propuesta como prueba con especialidades
  • Acompañar transcripción escrita del contenido relevante en vídeos o audios
  • Art. 588 Lcrim regula la interceptación de comunicaciones telefónicas o telemáticas, grabaciones y registros remotos informáticos en el ámbito penal
  • Aportar medio de reproducción en sala para evitar inadmisión por imposibilidad de reproducción en el ámbito social
  • Doctrina del pantallazo: Aportarlos mediante actas notariales o adveración de los dispositivos móviles ante el LAJ, con pericial informática si se impugnan.
  • En la impugnación de documentos, si se acredita un servicio cualificado, existe presunción de autenticidad e integridad, correspondiendo la comprobación a quien impugne; si no, la carga recae sobre quien propone la prueba

Celebración de Vistas Telemáticas

  • Se permite actuaciones, actos y servicios judiciales telemáticamente, no sólo para vistas, sino también para atención a particulares y profesionales
  • RDL 6/2023 recoge la existencia de salas de vistas virtuales
  • RDL 6/2023 prevé la retransmisión pública de actos de juicio, vistas y otras actuaciones telemáticas, pudiendo acordarse la no retransmisión en algunos casos LECim
  • Artículo 258 bis Celebración de actos procesales mediante presencia telemática cuando el acusado en la misma demarcación que el Juzgado
  • LEC. Art. 129.4: Actuaciones judiciales también se podrá realizar a través de videoconferencia, en los términos de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Artículos Relevantes a Efectos de la Celebración de Vistas Telemáticas II

  • Artículo 129 bis LEC: Juicios, vistas, audiencias, comparecencias y declaraciones se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, siempre que las oficinas tengan los medios técnicos
  • Artículo 147 LEC: Grabación de vistas en vídeo y copias o acceso electrónico a las mismas (arconte, arconte aurea, Acceda-Justicia, Visor Horus y Avantius)
  • Artículo 45 RDL 6/2023: Aportación de documentos en actuaciones orales telemáticas: presentación y visualización de la documentación por las partes de manera presencial i telemática

Ejecución Digital

  • Facilita la averiguación de bienes (Punto Neutro), el embargo (comunicación con los registros) y su realización (subastas electrónicas) gracias a la interoperabilidad entre Juzgados y otros órganos
  • El Punto Neutro Judicial (PNJ), creado por el CGPJ permite el acceso de los órganos judiciales a distintas bases de datos
  • El acceso es exclusivo del Juzgado.
  • Al trabar un embargo, el Juzgado remite telemáticamente; copia de la resolución al Registro para su inscripción

Normativa

  • Ley Orgánica del Poder Judicial
  • Carta de los Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia
  • LEC
  • Real Decreto 937/2003 modernización de los archivos judiciales
  • Orden JUS/1126/2015, crea sede Judicial Electrónica
  • UE: Plan de Acción E-Justicia
  • EL 6/2023
  • Real Decreto 1065/2015 Admón. de Justicia
  • Real Decreto 396/2013 comité técnico estatal
  • Ley 6/2020

Tema 11: Uso de las TIC por la Administración

  • Plataformas digitales
  • LEXNET (estatal)
  • Previsión de implantación por parte del Ministerio de Justicia
  • Funcionamiento y seguridad de las Comunicaciones
  • Leyes secreto profesional
  • Sistemas para proteger la privacidad: cifrado simétrico y
  • Requerimientos técnicos par acceder a Lexnet asimétrico
  • Funcionamiento de una notificación por LEXNET
  • Cuestiones jurídicas y prácticas sobre la recepción de notificaciones por Lexnet
  • E-justícia (Cat)
  • Resto de Comunidades. Otras Plataformas
  • Incompatibilidades
  • Problemática anterior con los servidores de bases de datos
  • Requerimientos técnicos par acceder a E-JUSTICIA
  • Firma electrónica
  • Xolido Sign
  • Como enviar un escrito o demanda por E-Justicia
  • Cuestiones jurídicas y prácticas sobre el envio de escritos por E-justicia

La Organización De Los Despachos Profesionales

  • En base la Ley 42/15, de 5 de octubre, se establece la obligación de utilizar los sistemas telemáticas a los profesionales existentes
  • Cuyo objetivo es aumentar la rapidez de la tramitación de los procesos
  • Y alcanzar la idea de “papel cero” en el sistema judicial (LexNET)
  • El Real Decreto-ley 6/23, pretende potenciar el entorno digital
  • Proyectos de un nuevo paradigma:
  • La Justicia orientada al dato
  • Tecnologías la Inteligencia Artificial.
  • El Expediente Judicial Electrónico pretende orientarse al dato
  • El cual constituye el principal combustible de las economías digitales

La Transición y El Dato

  • Se recopilan datos, los cuales se analizan e información relevante en el sistema judicial y generan una justicia mas eficaz
  • Ventajas del uso de las nuevas tecnologías.
  • Acceso remoto, inmediatez comunicaciones, ahorro de tiempo, ahorro espacio

¿Qué Es Lexnet?

  • Plataforma o portal electrónico creado por el Ministerio de Justicia (de ámbito estatal)
  • Para el intercambio seguro de información entre órganos judiciales y resto operadores jurídicos
  • intercambiar documentos judiciales (notificaciones, escritos y demandas)
  • Cada comunidad tiene su sistema de gestión procesal
  • En Cataluña se utiliza LexNet para descargar notificaciones, pero tiene su propia aplicacion de gestión procesal

Funciones Lexnet

  • El sistema LexNET prestará las siguientes funcionalidades:
  • a) La presentación y transporte de escritos procesales y documentos que con los mismos se acompañen, así como su distribución y remisión al órgano u oficina judicial o fiscal encargada de su tramitación.
  • b) La gestión del traslado de copias, de modo que quede acreditado en las copias la fecha y hora en que se ha realizado efectivamente el traslado a los restantes Procuradores personados y la identidad de éstos, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales.
  • c) La realización de actos de comunicación procesal conforme a los requisitos establecidos en las leyes procesales.
  • d) La expedición de resguardos electrónicos.
  • e) La constancia de un asiento por cada una de las transacciones electrónicas

Requisitos Técnicos Del Sistema Lexnet

  • Conexión a internet, ordenador, y Java
  • Certificado electrónico y la clave PIN
  • Lector de tarjetas

Sobre el Certificado Electrónico

  • Vincula unos datos, y firma la identificación con mismo valor que el DNI electrónico
  • Certificados electrónicos pueden estar instalados en tu ordenador o dispositivo USB
  • Ministerio del Interior, FNMT, La Autoridad de Certificación la Abogacía

La Sede Judicial Electónica

  • Es aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos y ciudadanas
  • Ofrecerán, al menos, acceso al expediente judicial electrónico y Videoconferencia
  • A partir del 3 de Febrero tiene unos protocolos de información

E-justicia

  • E-justicia es una plataforma catalana de gestión procesal
  • Hay tantas plataformas como Comunidades Autónomas
  • Este ofrece funcionalidades y permite compatibilidad (Test el CGPJ)

Firma Electrónicia

  • Conjunto de datos en forma electrónica
  • Firma electrónica avanzada (identificar el firmante o alteraciones)
  • Firma electrónica reconocida.

Requisitos Técniicos del Documento Principal o Escrito Acusatorio

  • PDF, activar el OCR, el tipo de color, resolución de escáner y firma digital
  • se permite para documentos anexos: pdf, rtq, jpg, tiff y zip.

Actos de Comunicación

  • La entrega de documentos a la sala ha de tener una correcta presentación en las listas.
  • Se deben saber los plazos de entrega y la validez

Proceso Notificación

  • Tiene previsión de Ley, LEC
  • Se traslada con orden (Código de los Procuradoes)
  • Se le remite un aviso (justificado)
  • Tiene una valoración

Normas Éticas

  • Seguridad y Legitimidad y licitud del documentos de proceso
  • Privacidad: de los datos de un dato personal, es decir, Toda la información sobre una PF, cuya identidad pueda determinarse (in)directamente

Gestión y Ejercicio de la Procura

  • Poder usar el sistema de justicia
  • Tener un lugar físico
  • Seguir unos correctos Estatutos
  • Contemplar alternativas y diferentes ramas
  • Uso de programas externos y software propio

Modelos de Despacho

  • Oficial habilitado: empleado del procurador, habilitado por el Colegio, que puede sustituir al procurador en determinadas actuaciones procesales
  • En cuanto al modelo de sociedad puede ser multidisciplinar
  • Siempre su desempeño no se haya declarado incompatible por norma de rango legal.
  • Los profesionales de la abogacía y de la procura podrán ser socios y socias profesionales de una sociedad profesional
  • Los asociados y no se puede asumir posiciones de partes contrapuestas

Aspectos De Tramitación

  • Gestión procesal, programar los expedientese
  • La licitud, los juicios expeditos
  • El punto a tener en cuenta en el aspecto dinámico sobre el procurador es el secreto procesal

Contribuciones (Emails)

  • Distribución del email
  • Estudio estadístico
  • Automatización del 10% con creación de reglas de Outlook
  • Programación de OCR

Circuito De Notificaciones

  • Descarga de notificaciones
  • Resumen
  • Resumen del proceso
  • Liquidación

Temas Generales Sobre La Procura

  • Es necesario conocer el valor del servicio, el valor de la estructura, tener una organización electrónica
  • Siempre pensando el valor añadido y la especialización al proceso, si nos involucramos en una sociedad
  • Es necesario tener Máster y examen

La Procura Debe

  • Adaptarse a las nuevas tecnologías
  • La territorialidad, digitalización
  • Tener buena comunicación digital
  • En materia de protección de datos (evitanto hackeos).
  • Fomentar nuevas estrategias como mas auxilio y justicia social
  • Innovar las herramientas, crear modelos y crear modelos legislativos.

Para Los Examenes

  • Tener conocimientos sobre bases de datos
  • La toma de documentación (procesos)
  • Para tener conocimiento de plazos de pago de la información

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