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Questions and Answers
¿Cuál es el salario mínimo que debe recibir un adolescente que trabaja por cuenta ajena?
¿Cuál es el salario mínimo que debe recibir un adolescente que trabaja por cuenta ajena?
- Menor al del adulto por el mismo trabajo
- Mayor al salario mínimo nacional
- Cero, si trabaja menos de 20 horas
- Igual al del adulto por el mismo trabajo (correct)
¿Qué derecho no puede ser limitado por el empleador para los adolescentes que trabajan?
¿Qué derecho no puede ser limitado por el empleador para los adolescentes que trabajan?
- El derecho a descansar
- El derecho a trabajar más horas
- El derecho a un salario justo
- El derecho a la educación (correct)
¿Cuál es la jornada laboral máxima permitida para un adolescente que trabaja?
¿Cuál es la jornada laboral máxima permitida para un adolescente que trabaja?
- Ocho horas diarias y cuarenta horas semanales (correct)
- Siete horas diarias y treinta y cinco horas semanales
- Diez horas diarias y cincuenta horas semanales
- Seis horas diarias y treinta horas semanales
¿En qué horario se permite que los adolescentes trabajen?
¿En qué horario se permite que los adolescentes trabajen?
¿Qué deben hacer los adolescentes menores de catorce años antes de trabajar?
¿Qué deben hacer los adolescentes menores de catorce años antes de trabajar?
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Study Notes
Derechos Laborales de los Adolescentes
- Los adolescentes que trabajan por cuenta ajena tienen derecho a un salario igual o superior al de un adulto por el mismo trabajo.
- El salario mínimo para adolescentes debe ser al menos el salario mínimo nacional.
- El salario debe estar en procura de una calidad de vida y beneficio para el adolescente.
- Los empleadores deben garantizar las condiciones de seguridad en el trabajo para los adolescentes.
- Los empleadores no pueden limitar el derecho a la educación de los adolescentes.
- Deben otorgar dos horas diarias de estudio remuneradas.
- Los empleadores deben permitir la participación de los adolescentes en organizaciones sindicales.
- La jornada laboral para un adolescente no puede exceder las ocho horas diarias ni las cuarenta horas semanales.
- La jornada laboral no puede ser después de las diez de la noche.
- Los adolescentes menores de catorce años necesitan la autorización de las Defensorías de la Niñez y Adolescencia para trabajar.
- La jornada laboral para adolescentes menores de catorce años no debe ser mayor a seis horas diarias ni a treinta horas semanales.
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