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Tema1 CNP (Emparejamiento)
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Tema1 CNP (Emparejamiento)

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Questions and Answers

Relaciona los tipos de Derecho con su definición:

Derecho Positivo = Conjunto de normas escritas establecidas por el poder legislativo Derecho Sustantivo = Establece derechos y obligaciones a los sujetos Derecho Público = Regula las relaciones entre el Estado y los ciudadanos Derecho Privado = Regula las relaciones entre particulares

Relaciona los tipos de fuentes del Derecho con su significado:

La Ley = Norma escrita establecida por los órganos competentes La Costumbre = Normas no escritas por práctica constante Principios Generales del Derecho = Fundamentos éticos y jurídicos que inspiran el ordenamiento Jurisprudencia = Complementa el Ordenamiento con la doctrina del Tribunal Supremo

Relaciona las categorías del Derecho Internacional con su función:

Derecho Internacional Público = Normas que regulan relaciones entre Estados Derecho Internacional Privado = Resuelve conflictos de leyes a nivel internacional Derecho Interno = Regula relaciones entre individuos y el Estado dentro del país Derecho General o Común = Normas aplicables en todo el territorio del Estado

Relaciona los conceptos de Derecho con su clasificación:

<p>Derecho Adjetivo = Establece procedimientos para hacer efectivos derechos Derecho Particular = Aplica en ámbitos específicos y tiene especialidades regionales Derecho General o Común = Normas que no hacen distinción en su aplicación Derecho Interno o Nacional = Normas que regulan las relaciones dentro de un país</p> Signup and view all the answers

Relaciona conceptos relacionados con las fuentes del Derecho:

<p>Fuentes Formales = Modos reconocidos oficialmente para crear normas Fuentes Materiales = Elementos que influyen en la creación del Derecho Costumbre = Rige en defecto de ley aplicable Principios Generales = Se aplican en defecto de ley o costumbre</p> Signup and view all the answers

Asocia los términos con sus definiciones:

<p>Derecho Objetivo = Conjunto de normas que rigen la conducta en una sociedad de manera general Derecho Subjetivo = Facultades específicas que las normas reconocen a las personas Derecho Natural = Principios fundamentales basados en la naturaleza humana Derecho Positivo = Normas creadas por el hombre para regular la conducta</p> Signup and view all the answers

Asocia las características del Derecho con sus descripciones:

<p>Normativo = Establece reglas obligatorias de conducta Bilateral = Implica interacción entre dos o más individuos Coercitivo = Se puede aplicar fuerza para hacer cumplir la norma Evolutivo = Se adapta a los cambios de la vida social</p> Signup and view all the answers

Asocia las acepciones del Derecho con ejemplos adecuados:

<p>Derecho Objetivo = Leyes que establecen la mayoría de edad Derecho Subjetivo = Derecho a contraer matrimonio Derecho Natural = Ideales de justicia universales e inmutables Derecho Positivo = Normas de tráfico aplicadas en un país</p> Signup and view all the answers

Asocia los términos latinos con su significado actual:

<p>Directum = Derecho en lenguaje cotidiano Ius = Derecho en contextos más formales Justicia = Principio de equidad y moralidad Judicium = Proceso de evaluación jurídica</p> Signup and view all the answers

Asocia las características del Derecho Natural con sus explicaciones:

<p>Eterno = No es creado por el hombre Universal = Aplicable a todos los seres humanos Intrínseco = Está implícito en la naturaleza humana Inmutable = No cambia con el tiempo</p> Signup and view all the answers

Relaciona los tipos de Derecho con su característica principal:

<p>Derecho Objetivo = Conjunto de normas generales Derecho Subjetivo = Facultades específicas del individuo Derecho Natural = Principios universales e inmutables Derecho Positivo = Normas creadas y escritas por el hombre</p> Signup and view all the answers

Asocia las características del Derecho con sus definiciones:

<p>Normativo = Establece reglas obligatorias Bilateral = Interacción entre individuos Coercitivo = Puede aplicar fuerza en casos de incumplimiento General = Aplica a todas las personas en la sociedad</p> Signup and view all the answers

Relaciona los principios del Derecho Natural con sus características:

<p>Eterno = No creado por el hombre Universal = Aplicable a todos los seres humanos Justo y Racional = Basado en la objetividad y la razón Inmutable = No cambia con el tiempo</p> Signup and view all the answers

Asocia las acepciones del Derecho con un ejemplo adecuado:

<p>Derecho Objetivo = Leyes sobre la mayoría de edad Derecho Subjetivo = Poder de reclamar una propiedad Derecho Natural = Principios de justicia inherentes Derecho Positivo = Códigos civiles y penales</p> Signup and view all the answers

Asocia los tipos de Derecho con su correspondiente característica:

<p>Derecho Positivo = Normas creadas por el poder legislativo Derecho Público = Regula las relaciones entre el Estado y los ciudadanos Derecho Privado = Regula relaciones entre particulares Derecho Internacional = Normas que regulan relaciones entre Estados</p> Signup and view all the answers

Relaciona las fuentes del Derecho con su descripción:

<p>La Ley = Norma escrita establecida por el Estado La Costumbre = Normas no escritas por práctica constante Jurisdicción = Interpretación y aplicación de normas por tribunales Principios Generales = Fundamentos éticos que inspiran el ordenamiento</p> Signup and view all the answers

Relaciona los conceptos de Derecho con sus ejemplos:

<p>Derecho a contraer matrimonio = Ejemplo de Derecho Subjetivo Leyes de mayoría de edad = Ejemplo de Derecho Objetivo Principios de justicia universales = Ejemplo de Derecho Natural Derechos establecidos por el Estado = Ejemplo de Derecho Positivo</p> Signup and view all the answers

Asocia los tipos de fuentes del Derecho con su categoría correspondiente:

<p>La Ley = Fuente Formal (Directa) La Costumbre = Fuente Formal (Directa) Jurisprudencia = Fuente Material (Indirecta) Principios Generales del Derecho = Fuente Material (Indirecta)</p> Signup and view all the answers

Relaciona los principios establecidos en el artículo 1 del Código Civil español con su contenido:

<p>Las fuentes son la ley, la costumbre y principios generales = Bases del ordenamiento jurídico español Disposiciones que contradicen otras de rango superior = Carecen de validez La costumbre regirá en defecto de ley = Siempre que no sea contraria a la moral Jueces y Tribunales deben resolver casos = Ateniéndose al sistema de fuentes establecido</p> Signup and view all the answers

Asocia los elementos de la norma jurídica con su definición:

<p>Supuesto de Hecho = Descripción de la situación o conducta que la norma regula Consecuencia Jurídica = Reacción legal que se produce al verificarse el supuesto de hecho Norma Jurídica Positiva = Mandato general creado por la autoridad competente Estado = Institución que exige el cumplimiento de las normas</p> Signup and view all the answers

Relaciona las características de las normas jurídicas positivas con sus explicaciones:

<p>Generalidad = Se aplica a todos los individuos bajo condiciones específicas Imperatividad = Contiene un mandato que impone una obligación o prohibición Coercibilidad = Puede ser exigida y cumplida forzosamente por el Estado Publicación = Entrarán en vigor tras su completa publicación</p> Signup and view all the answers

Asocia los ejemplos de normas jurídicas con sus características:

<p>Ley que impone el uso del cinturón de seguridad = Generalidad Norma que prohíbe el robo = Imperatividad Reglamento que regula el tráfico = Coercibilidad Ley que no puede aplicarse retroactivamente = Irretroactividad</p> Signup and view all the answers

Relaciona las secciones del artículo 2 del Código Civil español con su contenido:

<p>Las leyes entrarán en vigor = A los veinte días de publicación Las leyes sólo se derogan = Por otras leyes posteriores La derogación tendrá el alcance = Que expresamente se disponga en la nueva ley Las leyes no tendrán efecto = Retroactivo si no se dispusiera lo contrario</p> Signup and view all the answers

Relaciona cada característica de las normas jurídicas con su definición:

<p>Coercibilidad = Su cumplimiento puede ser exigido por la fuerza Bilateralidad = Establecen derechos y obligaciones entre dos partes Legitimidad = Creación por órganos competentes y autorizados Heteronomía = Impuestas por un ente diferente al destinatario</p> Signup and view all the answers

Relaciona los tipos de normas según su ámbito de aplicación con sus descripciones:

<p>Normas Generales = Se aplican en todo el territorio del Estado Normas Locales = Su aplicación se limita a un municipio específico Normas Permanentes = No tienen fecha de expiración definida Normas Transitorias = Tienen una vigencia temporal definida</p> Signup and view all the answers

Relaciona los tipos de normas según su modo de aplicación con sus características:

<p>Normas Rígidas = No admiten interpretaciones Normas Flexibles = Permiten adaptación según circunstancias Normas Escritas = Elaboradas por órganos legislativos competentes Normas No Escritas = Derivan de la costumbre aceptada</p> Signup and view all the answers

Study Notes

El Derecho: Concepto y Acepciones

  • La palabra "Derecho" proviene del latín "directum", mientras que "ius" ha dado origen a términos como "justicia", "juez", "juicio" y "jurídico".
  • El Derecho es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta humana en sociedad.
  • Estas normas son obligatorias y su objetivo es resolver conflictos de relevancia jurídica.

Características del Derecho

  • Normativo: Establece reglas obligatorias de conducta.
  • Bilateral: Implica la interacción entre dos o más individuos.
  • Coercitivo: Se puede aplicar la fuerza para hacer cumplir la norma.
  • General: Se aplica a todas las personas dentro de la sociedad.
  • Evolutivo: Se adapta a los cambios sociales.

Acepciones del Derecho

  • Derecho Objetivo: Conjunto de normas que rigen la conducta en sociedad de manera general. (ej. leyes que establecen la mayoría de edad).
  • Derecho Subjetivo: Facultades específicas que las normas reconocen a las personas. (Ej. el derecho a contraer matrimonio)

Derecho Natural

  • Principios fundamentales basados ​​en la naturaleza humana y la razón.
  • Representan ideales de justicia universales e inmutables.
  • Sirven de base para la creación e interpretación del Derecho positivo.

Características del Derecho Natural

  • Eterno: No es creado por el hombre.
  • Intrínseco: Implícito en la naturalez humana.
  • Universal: Aplicable a todos los seres humanos.
  • Justo y Racional: Basado en la objetividad y la razón.
  • Inmutable: No cambia con el tiempo.
  • No escrito: Se manifiesta a través de la conciencia y la razón humana.

Derecho Positivo

  • Conjunto de normas escritas y establecidas por el poder legislativo.
  • Se basa en el iuspositivismo, que sostiene que el Derecho es creado por el hombre y puede ser modificado según las necesidades de la sociedad.

Derecho Sustantivo

  • Conjunto de normas que establecen derechos y obligaciones a los sujetos dentro del orden jurídico. (Ej. Código Civil)

Derecho Adjetivo

  • También conocido como Derecho Procesal, establece los procedimientos para hacer efectivos los derechos y obligaciones del Derecho Sustantivo.

Derecho Público

  • Regula las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, así como la organización y funcionamiento del propio Estado.
  • Incluye ramas como el Derecho Constitucional y Administrativo.

Derecho Privado

  • Regula las relaciones entre particulares, enfocándose en los negocios y contratos entre ciudadanos.
  • Incluye el Derecho Civil, Mercantil y Laboral.

Derecho General o Común

  • Normas que tienen aplicación en todo el territorio del Estado.

Derecho Particular

  • Se aplica en ámbitos específicos, como regiones o comunidades.

Derecho Interno o Nacional

  • Conjunto de normas que regulan las relaciones entre individuos y entre estos y el Estado dentro de un país.

Derecho Internacional

  • Regula las relaciones entre Estados y otros sujetos internacionales.
  • Se divide en:
    • Derecho Internacional Público: Regula las relaciones entre Estados y organismos internacionales.
    • Derecho Internacional Privado: Resuelve conflictos de leyes y competencias a nivel internacional en asuntos de interés privado.

Las Fuentes del Derecho

  • Los orígenes de donde emanan las normas jurídicas que conforman el ordenamiento legal de una sociedad.
  • En el ordenamiento jurídico español, las principales fuentes son:
    • La Ley: Norma escrita establecida por los órganos competentes del Estado.
    • La Costumbre: Normas no escritas establecidas por la práctica constante y uniforme de una comunidad.
    • Los Principios Generales del Derecho: Fundamentos éticos y jurídicos que inspiran el ordenamiento legal.

Clasificación de las Fuentes del Derecho

  • Fuentes Formales (Directas): formas reconocidas para crear normas (Ej. ley y costumbre)
  • Fuentes Materiales (Indirectas): elementos que influyen en la creación del Derecho, pero no lo establecen directamente (Ej. jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del Derecho).

Derecho: Concepto y Acepciones

  • El término "Derecho" proviene del latín "directum" e "ius".
  • El Derecho se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta humana en sociedad.
  • Las normas jurídicas son de cumplimiento obligatorio y buscan resolver conflictos de relevancia jurídica.
  • El incumplimiento de las normas puede conllevar sanciones.

Características del Derecho

  • Normativo: Establece reglas obligatorias de conducta para las personas.
  • Bilateral: Implica interacción entre dos o más individuos.
  • Coercitivo: Permite aplicar la fuerza para asegurar el cumplimiento de las normas.
  • General: Se aplica a todas las personas en la sociedad.
  • Evolutivo: Se adapta a los cambios y desarrollos sociales.

Acepciones del Derecho

  • Derecho Objetivo: Conjunto de normas generales que rigen la conducta en una sociedad. (ej: leyes sobre mayoría de edad o propiedad).
  • Derecho Subjetivo: Facultades específicas que las normas reconocen a las personas. (ej: derecho a contraer matrimonio, reclamar una deuda).

Derecho Natural

  • Principios fundamentales basados en la naturaleza humana y la razón.
  • Representan ideales de justicia universales e inmutables.
  • Sirven de base para la creación e interpretación del Derecho positivo.

Características del Derecho Natural

  • Eterno: No creado por el hombre.
  • Intrínseco: Implícito en la naturaleza humana.
  • Universal: Aplicable a todos.
  • Justo y Racional: Basado en la objetividad y la razón.
  • Inmutable: No cambia con el tiempo.
  • No escrito: Se manifiesta a través de la conciencia y la razón.

Derecho Positivo

  • Conjunto de normas escritas establecidas por el poder legislativo.
  • Basado en el iuspositivismo, que sostiene que el Derecho es creado por el hombre y puede ser modificado.

Derecho Sustantivo

  • Normas que establecen derechos y obligaciones de los sujetos dentro del orden jurídico.
  • Ejemplo: Código Civil.

Derecho Adjetivo

  • Conocido como Derecho Procesal.
  • Establece procedimientos y mecanismos para hacer efectivos los derechos y obligaciones del Derecho Sustantivo.

Derecho Público

  • Regula la relación entre el Estado y los ciudadanos, y la organización del propio Estado.
  • Incluye ramas como el Derecho Constitucional y Administrativo.

Derecho Privado

  • Regula las relaciones entre particulares, enfocado en negocios y contratos entre ciudadanos.
  • Incluye el Derecho Civil, Mercantil y Laboral.

Derecho General o Común

  • Normas aplicables en todo el territorio del Estado.

Derecho Particular

  • Se aplica en ámbitos específicos con especialidades propias de ciertas regiones o comunidades autónomas.

Derecho Interno o Nacional

  • Conjunto de normas que regulan las relaciones dentro de un país.

Derecho Internacional

  • Regula las relaciones entre Estados y otros sujetos internacionales.

Derecho Internacional Público

  • Regula la relación entre Estados y organismos internacionales.

Derecho Internacional Privado

  • Resuelve conflictos de leyes y competencias a nivel internacional en asuntos de interés privado.

Fuentes del Derecho

  • Los orígenes de las normas jurídicas que conforman el ordenamiento legal de una sociedad.
  • Las principales fuentes en el ordenamiento jurídico español son:
    • La Ley: Norma escrita establecida por los órganos competentes del Estado.
    • La Costumbre: Normas no escritas establecidas por la práctica constante y uniforme de una comunidad.
    • Los Principios Generales del Derecho: Fundamentos éticos y jurídicos que inspiran el ordenamiento legal.

Clasificación de las Fuentes del Derecho

  • Fuentes Formales (Directas): Formas reconocidas oficialmente para crear normas jurídicas.
  • Fuentes Materiales (Indirectas): Elementos que influyen en la creación del Derecho pero no lo establecen directamente.

### El Derecho: Concepto y acepciones

  • El Derecho proviene del latín "directum" e "ius", el primero usado en el lenguaje cotidiano y el segundo en contextos más formales.
  • Se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta humana en sociedad.
  • Estas normas son de cumplimiento obligatorio y buscan resolver conflictos de relevancia jurídica.
  • El incumplimiento puede acarrear sanciones.
  • Las características del Derecho son:
    • Normativo: Establece reglas de conducta.
    • Bilateral: Implica la interacción entre individuos.
    • Coercitivo: Puede usarse la fuerza para su cumplimiento.
    • General: Se aplica a todos en la sociedad.
    • Evolutivo: Se adapta a los cambios sociales.

Acepciones del Derecho

  • El Derecho Objetivo es el conjunto de normas generales para la conducta en una sociedad, como las leyes de mayoría de edad o propiedad privada.
  • El Derecho Subjetivo son las facultades específicas que las normas reconocen a las personas, otorgando poder para actuar y proteger intereses dentro de los límites del interés general.
  • Ejemplos: Derecho a contraer matrimonio, a reclamar una deuda.

Derecho Natural

  • Se basa en principios fundamentales de la naturaleza humana y la razón, ideales de justicia universales e inmutables.
  • Sirve como base para la creación e interpretación del Derecho positivo.
  • Sus características:
    • Eterno: Existe de manera ilimitada en el tiempo.
    • Intrínseco: Inherente a la naturaleza humana.
    • Universal: Aplica a todos.
    • Justo y Racional: Basado en la objetividad y la razón.
    • Inmutable: No cambia.
    • No escrito: Se manifiesta a través de la conciencia.

Derecho Positivo

  • Es el conjunto de normas escritas, establecidas por el poder legislativo, vigentes en un momento histórico específico.
  • Se basa en el iuspositivismo, que dice que el Derecho es creado por el hombre y se puede modificar según las necesidades de la sociedad.
  • Ejemplo: Constitución Española

### Clasificación del Derecho

  • Derecho Sustantivo: Establece derechos y obligaciones de los sujetos dentro del orden jurídico.
    • Derecho Adjetivo: También conocido como Derecho Procesal, establece los procedimientos para hacer efectivos los derechos y obligaciones del Derecho Sustantivo.
  • Derecho Público: Regula relaciones entre el Estado y los ciudadanos, y el funcionamiento del propio Estado.
    • Derecho Privado: Regula relaciones entre particulares, enfocándose en negocios y contratos entre ciudadanos.
  • Derecho General o Común: Normas aplicables en todo el territorio del Estado.
    • Derecho Particular: Se aplica en ámbitos específicos y puede contener particularidades de regiones o comunidades autónomas.
  • Derecho Interno o Nacional: Conjunto de normas que regulan las relaciones entre individuos y entre estos y el Estado dentro de un país.
    • Derecho Internacional: Regula relaciones entre Estados y otros sujetos internacionales.
      • Derecho Internacional Público: Establece normas que regulan las relaciones entre Estados y organismos internacionales.
      • Derecho Internacional Privado: Resuelve conflictos de leyes y competencias a nivel internacional en cuestiones de interés privado.

Las Fuentes del Derecho

  • Son los orígenes de las normas jurídicas que conforman el ordenamiento legal de una sociedad.
  • En España:
    • La Ley: Norma escrita establecida por órganos del Estado.
    • La Costumbre: Normas no escritas por la práctica constante de una comunidad.
    • Los Principios Generales del Derecho: Fundamentos éticos y jurídicos que inspiran el ordenamiento legal y suplen lagunas legales.

Clasificación de las Fuentes del Derecho

  • Fuentes Formales (Directas): Formas reconocidas oficialmente para crear normas, como la ley y la costumbre.
  • Fuentes Materiales (Indirectas): Influyen en la creación del Derecho pero no lo establecen directamente, como la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del Derecho.

Normas Jurídicas Positivas

  • Las normas jurídicas positivas son mandatos generales creados por la autoridad competente para regular la convivencia en la sociedad.
  • Estas normas imponen deberes y otorgan derechos, y su cumplimiento puede ser exigido coactivamente por el Estado.

Concepto de Norma Jurídica Positiva

  • Las normas buscan ordenar las conductas humanas para garantizar una convivencia armoniosa.
  • Tienen el respaldo del poder coercitivo del Estado, lo que significa que el incumplimiento puede conllevar sanciones legales.

Estructura de la Norma Jurídica

  • Consta de dos elementos:
    • Supuesto de hecho: Describe la situación o conducta que se regula.
    • Consecuencia jurídica: Es la reacción o efecto legal que se produce al verificarse el supuesto de hecho (derechos, obligaciones, sanciones).

Características de las Normas Jurídicas Positivas

  • Generalidad: Se aplican a todos los individuos que se encuentren en las condiciones previstas por la norma.
  • Imperatividad: Contienen un mandato que impone una conducta determinada (obligación o prohibición).
  • Coercibilidad: El Estado puede imponer la observancia de la norma.
  • Bilateralidad: Establecen derechos y obligaciones implicando a dos partes.
  • Legitimidad: Son creadas por órganos competentes y autorizados legalmente.
  • Heteronomía: Son dictadas por un ente distinto al destinatario, independientemente de su voluntad.
  • Exterioridad: Se centran en regular la conducta externa de las personas, sin considerar sus intenciones internas.

Clases de Normas Jurídicas Positivas

Según su Jerarquía

  • Coordinadas: Normas de igual rango que se aplican simultáneamente sin subordinación.
  • Subordinadas: Normas que dependen de otras de mayor jerarquía y deben estar en consonancia con ellas.

Según su Complementación

  • Primarias: Tienen sentido completo por sí mismas.
  • Secundarias: Necesitan complementarse con normas primarias para tener sentido y aplicabilidad.

Según el Sistema al que Pertenecen

  • Nacionales: Forman parte del ordenamiento jurídico de un país específico.
  • Extranjeras: Pertenecen al sistema jurídico de otro país.
  • Internacionales: Son normas acordadas entre dos o más países.

Según su Fuente

  • Escritas (Legislativas): Elaboradas y promulgadas por órganos legislativos competentes.
  • No Escritas (Consuetudinarias): Derivan de la costumbre y la práctica reiterada.
  • Jurisprudenciales: Emanan de las decisiones y criterios establecidos por los tribunales.

Según su Ámbito de Aplicación

  • Ámbito Espacial*

  • Generales: Se aplican en todo el territorio del Estado.

  • Locales o Municipales o Comarcales: Su aplicación se limita a una región, comunidad o municipio específico.

  • Ámbito Temporal*

  • Permanentes: No tienen una fecha de expiración definida.

  • Transitorias: Tienen una vigencia temporal definida.

  • Ámbito Personal*

  • Generales o Comunes: Dirigidas a todas las personas sin distinción.

  • Especiales: Aplicables a un grupo específico de personas o situaciones particulares.

Según su Contenido

  • Derecho Público: Normas que regulan la organización del Estado y sus relaciones con los individuos.
  • Derecho Privado: Normas que regulan las relaciones entre particulares.

Según la Voluntad de las Partes

  • Imperativas, necesarias o Ius Cogens: De obligado cumplimiento, no pueden ser modificadas por la voluntad de las partes.
  • Dispositivas o Supletorias: Pueden ser derogadas o modificadas por acuerdo entre las partes involucradas.

Según su Modo de Aplicación

  • Rígidas o Taxativas (o de derecho estricto): No admiten interpretaciones; su aplicación es estricta y literal.
  • Flexibles o Elásticas (o de derecho equitativo): Permiten interpretación y adaptación según las circunstancias particulares de cada caso.

Según su Modo de Aplicación

  • Sustantivas o Materiales: Determinan los derechos y obligaciones de las personas.
  • Adjetivas o Procesales: Establecen el proceso para hacer valer las normas sustantivas en los tribunales.

Aplicación e Interpretación de las Normas Jurídicas

  • Artículo 3 del Código Civil:
    • Las normas se interpretarán literalmente, sistemáticamente, históricamente, sociológicamente y finalísticamente.

Analogía en el Derecho

  • Artículo 4.1 del Código Civil:

    • Procedrá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.
  • Tipos de Analogía:

    • Analogía Legis: Aplicación de una norma a un caso similar no contemplado en ella.
    • Analogía Iuris: Utilización de los principios generales del Derecho para resolver casos no previstos.
  • Limitaciones: No es aplicable en Derecho Penal ni en normas excepcionales o temporales.

Cálculo de Plazos (Artículo 5 del Código Civil)

  • Se comienza a contar a partir del día siguiente al establecido como inicio del plazo.
  • Si el plazo es por meses o años, se cuenta "de fecha a fecha".
  • Se incluyen los días inhábiles (fines de semana y festivos).

Eficacia General de las Normas Jurídicas

  • Eficacia Obligatoria: Todos los ciudadanos deben cumplirlas; la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento.
  • Eficacia Sancionadora: El incumplimiento acarrea sanciones legales.
  • Eficacia Constitutiva: Transforman situaciones sociales en realidades jurídicas al aplicarse.

Buena Fe y Abuso de Derecho

  • Artículo 7 del Código Civil:
    • Los derechos deben ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.
    • La Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo.
  • Artículo 6 del Código Civil:
    • La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento.
    • Los actos contrarios a las normas imperativas y prohibitivas son nulos de pleno derecho.

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Este cuestionario explora el concepto y las características del Derecho, incluyendo sus acepciones. Se analizarán normas jurídicas, su aplicabilidad y el significado de Derecho objetivo y subjetivo. Es ideal para estudiantes de Derecho que buscan profundizar en estos temas fundamentales.

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