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Derecho Positivo = Conjunto de normas escritas establecidas por el poder legislativo Derecho Sustantivo = Establece derechos y obligaciones a los sujetos Derecho Público = Regula las relaciones entre el Estado y los ciudadanos Derecho Privado = Regula las relaciones entre particulares
Relaciona los tipos de fuentes del Derecho con su significado:
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La Ley = Norma escrita establecida por los órganos competentes La Costumbre = Normas no escritas por práctica constante Principios Generales del Derecho = Fundamentos éticos y jurídicos que inspiran el ordenamiento Jurisprudencia = Complementa el Ordenamiento con la doctrina del Tribunal Supremo
Relaciona las categorías del Derecho Internacional con su función:
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Derecho Internacional Público = Normas que regulan relaciones entre Estados Derecho Internacional Privado = Resuelve conflictos de leyes a nivel internacional Derecho Interno = Regula relaciones entre individuos y el Estado dentro del país Derecho General o Común = Normas aplicables en todo el territorio del Estado
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Study Notes
El Derecho: Concepto y Acepciones
- La palabra "Derecho" proviene del latín "directum", mientras que "ius" ha dado origen a términos como "justicia", "juez", "juicio" y "jurídico".
- El Derecho es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta humana en sociedad.
- Estas normas son obligatorias y su objetivo es resolver conflictos de relevancia jurídica.
Características del Derecho
- Normativo: Establece reglas obligatorias de conducta.
- Bilateral: Implica la interacción entre dos o más individuos.
- Coercitivo: Se puede aplicar la fuerza para hacer cumplir la norma.
- General: Se aplica a todas las personas dentro de la sociedad.
- Evolutivo: Se adapta a los cambios sociales.
Acepciones del Derecho
- Derecho Objetivo: Conjunto de normas que rigen la conducta en sociedad de manera general. (ej. leyes que establecen la mayoría de edad).
- Derecho Subjetivo: Facultades específicas que las normas reconocen a las personas. (Ej. el derecho a contraer matrimonio)
Derecho Natural
- Principios fundamentales basados en la naturaleza humana y la razón.
- Representan ideales de justicia universales e inmutables.
- Sirven de base para la creación e interpretación del Derecho positivo.
Características del Derecho Natural
- Eterno: No es creado por el hombre.
- Intrínseco: Implícito en la naturalez humana.
- Universal: Aplicable a todos los seres humanos.
- Justo y Racional: Basado en la objetividad y la razón.
- Inmutable: No cambia con el tiempo.
- No escrito: Se manifiesta a través de la conciencia y la razón humana.
Derecho Positivo
- Conjunto de normas escritas y establecidas por el poder legislativo.
- Se basa en el iuspositivismo, que sostiene que el Derecho es creado por el hombre y puede ser modificado según las necesidades de la sociedad.
Derecho Sustantivo
- Conjunto de normas que establecen derechos y obligaciones a los sujetos dentro del orden jurídico. (Ej. Código Civil)
Derecho Adjetivo
- También conocido como Derecho Procesal, establece los procedimientos para hacer efectivos los derechos y obligaciones del Derecho Sustantivo.
Derecho Público
- Regula las relaciones entre el Estado y los ciudadanos, así como la organización y funcionamiento del propio Estado.
- Incluye ramas como el Derecho Constitucional y Administrativo.
Derecho Privado
- Regula las relaciones entre particulares, enfocándose en los negocios y contratos entre ciudadanos.
- Incluye el Derecho Civil, Mercantil y Laboral.
Derecho General o Común
- Normas que tienen aplicación en todo el territorio del Estado.
Derecho Particular
- Se aplica en ámbitos específicos, como regiones o comunidades.
Derecho Interno o Nacional
- Conjunto de normas que regulan las relaciones entre individuos y entre estos y el Estado dentro de un país.
Derecho Internacional
- Regula las relaciones entre Estados y otros sujetos internacionales.
- Se divide en:
- Derecho Internacional Público: Regula las relaciones entre Estados y organismos internacionales.
- Derecho Internacional Privado: Resuelve conflictos de leyes y competencias a nivel internacional en asuntos de interés privado.
Las Fuentes del Derecho
- Los orígenes de donde emanan las normas jurídicas que conforman el ordenamiento legal de una sociedad.
- En el ordenamiento jurídico español, las principales fuentes son:
- La Ley: Norma escrita establecida por los órganos competentes del Estado.
- La Costumbre: Normas no escritas establecidas por la práctica constante y uniforme de una comunidad.
- Los Principios Generales del Derecho: Fundamentos éticos y jurídicos que inspiran el ordenamiento legal.
Clasificación de las Fuentes del Derecho
- Fuentes Formales (Directas): formas reconocidas para crear normas (Ej. ley y costumbre)
- Fuentes Materiales (Indirectas): elementos que influyen en la creación del Derecho, pero no lo establecen directamente (Ej. jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del Derecho).
Derecho: Concepto y Acepciones
- El término "Derecho" proviene del latín "directum" e "ius".
- El Derecho se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta humana en sociedad.
- Las normas jurídicas son de cumplimiento obligatorio y buscan resolver conflictos de relevancia jurídica.
- El incumplimiento de las normas puede conllevar sanciones.
Características del Derecho
- Normativo: Establece reglas obligatorias de conducta para las personas.
- Bilateral: Implica interacción entre dos o más individuos.
- Coercitivo: Permite aplicar la fuerza para asegurar el cumplimiento de las normas.
- General: Se aplica a todas las personas en la sociedad.
- Evolutivo: Se adapta a los cambios y desarrollos sociales.
Acepciones del Derecho
- Derecho Objetivo: Conjunto de normas generales que rigen la conducta en una sociedad. (ej: leyes sobre mayoría de edad o propiedad).
- Derecho Subjetivo: Facultades específicas que las normas reconocen a las personas. (ej: derecho a contraer matrimonio, reclamar una deuda).
Derecho Natural
- Principios fundamentales basados en la naturaleza humana y la razón.
- Representan ideales de justicia universales e inmutables.
- Sirven de base para la creación e interpretación del Derecho positivo.
Características del Derecho Natural
- Eterno: No creado por el hombre.
- Intrínseco: Implícito en la naturaleza humana.
- Universal: Aplicable a todos.
- Justo y Racional: Basado en la objetividad y la razón.
- Inmutable: No cambia con el tiempo.
- No escrito: Se manifiesta a través de la conciencia y la razón.
Derecho Positivo
- Conjunto de normas escritas establecidas por el poder legislativo.
- Basado en el iuspositivismo, que sostiene que el Derecho es creado por el hombre y puede ser modificado.
Derecho Sustantivo
- Normas que establecen derechos y obligaciones de los sujetos dentro del orden jurídico.
- Ejemplo: Código Civil.
Derecho Adjetivo
- Conocido como Derecho Procesal.
- Establece procedimientos y mecanismos para hacer efectivos los derechos y obligaciones del Derecho Sustantivo.
Derecho Público
- Regula la relación entre el Estado y los ciudadanos, y la organización del propio Estado.
- Incluye ramas como el Derecho Constitucional y Administrativo.
Derecho Privado
- Regula las relaciones entre particulares, enfocado en negocios y contratos entre ciudadanos.
- Incluye el Derecho Civil, Mercantil y Laboral.
Derecho General o Común
- Normas aplicables en todo el territorio del Estado.
Derecho Particular
- Se aplica en ámbitos específicos con especialidades propias de ciertas regiones o comunidades autónomas.
Derecho Interno o Nacional
- Conjunto de normas que regulan las relaciones dentro de un país.
Derecho Internacional
- Regula las relaciones entre Estados y otros sujetos internacionales.
Derecho Internacional Público
- Regula la relación entre Estados y organismos internacionales.
Derecho Internacional Privado
- Resuelve conflictos de leyes y competencias a nivel internacional en asuntos de interés privado.
Fuentes del Derecho
- Los orígenes de las normas jurídicas que conforman el ordenamiento legal de una sociedad.
- Las principales fuentes en el ordenamiento jurídico español son:
- La Ley: Norma escrita establecida por los órganos competentes del Estado.
- La Costumbre: Normas no escritas establecidas por la práctica constante y uniforme de una comunidad.
- Los Principios Generales del Derecho: Fundamentos éticos y jurídicos que inspiran el ordenamiento legal.
Clasificación de las Fuentes del Derecho
- Fuentes Formales (Directas): Formas reconocidas oficialmente para crear normas jurídicas.
- Fuentes Materiales (Indirectas): Elementos que influyen en la creación del Derecho pero no lo establecen directamente.
### El Derecho: Concepto y acepciones
- El Derecho proviene del latín "directum" e "ius", el primero usado en el lenguaje cotidiano y el segundo en contextos más formales.
- Se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta humana en sociedad.
- Estas normas son de cumplimiento obligatorio y buscan resolver conflictos de relevancia jurídica.
- El incumplimiento puede acarrear sanciones.
- Las características del Derecho son:
- Normativo: Establece reglas de conducta.
- Bilateral: Implica la interacción entre individuos.
- Coercitivo: Puede usarse la fuerza para su cumplimiento.
- General: Se aplica a todos en la sociedad.
- Evolutivo: Se adapta a los cambios sociales.
Acepciones del Derecho
- El Derecho Objetivo es el conjunto de normas generales para la conducta en una sociedad, como las leyes de mayoría de edad o propiedad privada.
- El Derecho Subjetivo son las facultades específicas que las normas reconocen a las personas, otorgando poder para actuar y proteger intereses dentro de los límites del interés general.
- Ejemplos: Derecho a contraer matrimonio, a reclamar una deuda.
Derecho Natural
- Se basa en principios fundamentales de la naturaleza humana y la razón, ideales de justicia universales e inmutables.
- Sirve como base para la creación e interpretación del Derecho positivo.
- Sus características:
- Eterno: Existe de manera ilimitada en el tiempo.
- Intrínseco: Inherente a la naturaleza humana.
- Universal: Aplica a todos.
- Justo y Racional: Basado en la objetividad y la razón.
- Inmutable: No cambia.
- No escrito: Se manifiesta a través de la conciencia.
Derecho Positivo
- Es el conjunto de normas escritas, establecidas por el poder legislativo, vigentes en un momento histórico específico.
- Se basa en el iuspositivismo, que dice que el Derecho es creado por el hombre y se puede modificar según las necesidades de la sociedad.
- Ejemplo: Constitución Española
### Clasificación del Derecho
-
Derecho Sustantivo: Establece derechos y obligaciones de los sujetos dentro del orden jurídico.
- Derecho Adjetivo: También conocido como Derecho Procesal, establece los procedimientos para hacer efectivos los derechos y obligaciones del Derecho Sustantivo.
-
Derecho Público: Regula relaciones entre el Estado y los ciudadanos, y el funcionamiento del propio Estado.
- Derecho Privado: Regula relaciones entre particulares, enfocándose en negocios y contratos entre ciudadanos.
-
Derecho General o Común: Normas aplicables en todo el territorio del Estado.
- Derecho Particular: Se aplica en ámbitos específicos y puede contener particularidades de regiones o comunidades autónomas.
-
Derecho Interno o Nacional: Conjunto de normas que regulan las relaciones entre individuos y entre estos y el Estado dentro de un país.
-
Derecho Internacional: Regula relaciones entre Estados y otros sujetos internacionales.
- Derecho Internacional Público: Establece normas que regulan las relaciones entre Estados y organismos internacionales.
- Derecho Internacional Privado: Resuelve conflictos de leyes y competencias a nivel internacional en cuestiones de interés privado.
-
Derecho Internacional: Regula relaciones entre Estados y otros sujetos internacionales.
Las Fuentes del Derecho
- Son los orígenes de las normas jurídicas que conforman el ordenamiento legal de una sociedad.
- En España:
- La Ley: Norma escrita establecida por órganos del Estado.
- La Costumbre: Normas no escritas por la práctica constante de una comunidad.
- Los Principios Generales del Derecho: Fundamentos éticos y jurídicos que inspiran el ordenamiento legal y suplen lagunas legales.
Clasificación de las Fuentes del Derecho
- Fuentes Formales (Directas): Formas reconocidas oficialmente para crear normas, como la ley y la costumbre.
- Fuentes Materiales (Indirectas): Influyen en la creación del Derecho pero no lo establecen directamente, como la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del Derecho.
Normas Jurídicas Positivas
- Las normas jurídicas positivas son mandatos generales creados por la autoridad competente para regular la convivencia en la sociedad.
- Estas normas imponen deberes y otorgan derechos, y su cumplimiento puede ser exigido coactivamente por el Estado.
Concepto de Norma Jurídica Positiva
- Las normas buscan ordenar las conductas humanas para garantizar una convivencia armoniosa.
- Tienen el respaldo del poder coercitivo del Estado, lo que significa que el incumplimiento puede conllevar sanciones legales.
Estructura de la Norma Jurídica
- Consta de dos elementos:
- Supuesto de hecho: Describe la situación o conducta que se regula.
- Consecuencia jurídica: Es la reacción o efecto legal que se produce al verificarse el supuesto de hecho (derechos, obligaciones, sanciones).
Características de las Normas Jurídicas Positivas
- Generalidad: Se aplican a todos los individuos que se encuentren en las condiciones previstas por la norma.
- Imperatividad: Contienen un mandato que impone una conducta determinada (obligación o prohibición).
- Coercibilidad: El Estado puede imponer la observancia de la norma.
- Bilateralidad: Establecen derechos y obligaciones implicando a dos partes.
- Legitimidad: Son creadas por órganos competentes y autorizados legalmente.
- Heteronomía: Son dictadas por un ente distinto al destinatario, independientemente de su voluntad.
- Exterioridad: Se centran en regular la conducta externa de las personas, sin considerar sus intenciones internas.
Clases de Normas Jurídicas Positivas
Según su Jerarquía
- Coordinadas: Normas de igual rango que se aplican simultáneamente sin subordinación.
- Subordinadas: Normas que dependen de otras de mayor jerarquía y deben estar en consonancia con ellas.
Según su Complementación
- Primarias: Tienen sentido completo por sí mismas.
- Secundarias: Necesitan complementarse con normas primarias para tener sentido y aplicabilidad.
Según el Sistema al que Pertenecen
- Nacionales: Forman parte del ordenamiento jurídico de un país específico.
- Extranjeras: Pertenecen al sistema jurídico de otro país.
- Internacionales: Son normas acordadas entre dos o más países.
Según su Fuente
- Escritas (Legislativas): Elaboradas y promulgadas por órganos legislativos competentes.
- No Escritas (Consuetudinarias): Derivan de la costumbre y la práctica reiterada.
- Jurisprudenciales: Emanan de las decisiones y criterios establecidos por los tribunales.
Según su Ámbito de Aplicación
-
Ámbito Espacial*
-
Generales: Se aplican en todo el territorio del Estado.
-
Locales o Municipales o Comarcales: Su aplicación se limita a una región, comunidad o municipio específico.
-
Ámbito Temporal*
-
Permanentes: No tienen una fecha de expiración definida.
-
Transitorias: Tienen una vigencia temporal definida.
-
Ámbito Personal*
-
Generales o Comunes: Dirigidas a todas las personas sin distinción.
-
Especiales: Aplicables a un grupo específico de personas o situaciones particulares.
Según su Contenido
- Derecho Público: Normas que regulan la organización del Estado y sus relaciones con los individuos.
- Derecho Privado: Normas que regulan las relaciones entre particulares.
Según la Voluntad de las Partes
- Imperativas, necesarias o Ius Cogens: De obligado cumplimiento, no pueden ser modificadas por la voluntad de las partes.
- Dispositivas o Supletorias: Pueden ser derogadas o modificadas por acuerdo entre las partes involucradas.
Según su Modo de Aplicación
- Rígidas o Taxativas (o de derecho estricto): No admiten interpretaciones; su aplicación es estricta y literal.
- Flexibles o Elásticas (o de derecho equitativo): Permiten interpretación y adaptación según las circunstancias particulares de cada caso.
Según su Modo de Aplicación
- Sustantivas o Materiales: Determinan los derechos y obligaciones de las personas.
- Adjetivas o Procesales: Establecen el proceso para hacer valer las normas sustantivas en los tribunales.
Aplicación e Interpretación de las Normas Jurídicas
-
Artículo 3 del Código Civil:
- Las normas se interpretarán literalmente, sistemáticamente, históricamente, sociológicamente y finalísticamente.
Analogía en el Derecho
-
Artículo 4.1 del Código Civil:
- Procedrá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.
-
Tipos de Analogía:
- Analogía Legis: Aplicación de una norma a un caso similar no contemplado en ella.
- Analogía Iuris: Utilización de los principios generales del Derecho para resolver casos no previstos.
-
Limitaciones: No es aplicable en Derecho Penal ni en normas excepcionales o temporales.
Cálculo de Plazos (Artículo 5 del Código Civil)
- Se comienza a contar a partir del día siguiente al establecido como inicio del plazo.
- Si el plazo es por meses o años, se cuenta "de fecha a fecha".
- Se incluyen los días inhábiles (fines de semana y festivos).
Eficacia General de las Normas Jurídicas
- Eficacia Obligatoria: Todos los ciudadanos deben cumplirlas; la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento.
- Eficacia Sancionadora: El incumplimiento acarrea sanciones legales.
- Eficacia Constitutiva: Transforman situaciones sociales en realidades jurídicas al aplicarse.
Buena Fe y Abuso de Derecho
-
Artículo 7 del Código Civil:
- Los derechos deben ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.
- La Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo.
-
Artículo 6 del Código Civil:
- La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento.
- Los actos contrarios a las normas imperativas y prohibitivas son nulos de pleno derecho.
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Description
Este cuestionario explora el concepto y las características del Derecho, incluyendo sus acepciones. Se analizarán normas jurídicas, su aplicabilidad y el significado de Derecho objetivo y subjetivo. Es ideal para estudiantes de Derecho que buscan profundizar en estos temas fundamentales.