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Questions and Answers
¿Cómo influye la naturaleza 'básica' de la Ley General de Sanidad en la autonomía legislativa de las Comunidades Autónomas, considerando el artículo 149.1.16 de la Constitución Española y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la distribución de competencias?
¿Cómo influye la naturaleza 'básica' de la Ley General de Sanidad en la autonomía legislativa de las Comunidades Autónomas, considerando el artículo 149.1.16 de la Constitución Española y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la distribución de competencias?
- Las Comunidades Autónomas están completamente impedidas de legislar en materia sanitaria, ya que la Ley General de Sanidad agota la regulación posible.
- Las Comunidades Autónomas tienen plena libertad para legislar en materia sanitaria, siempre y cuando no contradigan explícitamente lo dispuesto en la Ley General de Sanidad.
- Las Comunidades Autónomas pueden desarrollar normativamente la Ley General de Sanidad, pero solo en aquellos aspectos no considerados esenciales por el Tribunal Constitucional.
- Las Comunidades Autónomas pueden dictar normas de desarrollo y complementarias, pero la Ley General de Sanidad actúa como norma supletoria en las materias no reguladas específicamente por aquellas. (correct)
En el contexto del artículo 3, que prioriza la promoción de la salud y la prevención de enfermedades, ¿cómo deben las políticas sanitarias abordar la interseccionalidad de los determinantes sociales de la salud para reducir las desigualdades?
En el contexto del artículo 3, que prioriza la promoción de la salud y la prevención de enfermedades, ¿cómo deben las políticas sanitarias abordar la interseccionalidad de los determinantes sociales de la salud para reducir las desigualdades?
- Ignorando las diferencias individuales y grupales, y aplicando un enfoque universalista que garantice el acceso igualitario a los servicios sanitarios.
- Desarrollando programas específicos que aborden simultáneamente múltiples factores de riesgo interrelacionados, como la pobreza, la educación y el acceso a recursos sanitarios. (correct)
- Implementando campañas de concienciación genéricas dirigidas a toda la población, independientemente de sus circunstancias socioeconómicas y culturales.
- Focalizando los recursos exclusivamente en la atención médica de alta complejidad, ya que esta garantiza un impacto directo en la salud de los individuos.
¿De qué manera la Ley General de Sanidad articula la participación comunitaria en la formulación de la política sanitaria y el control de su ejecución, considerando las complejidades de la representación proporcional según el Título III de la Ley Orgánica de Libertad Sindical?
¿De qué manera la Ley General de Sanidad articula la participación comunitaria en la formulación de la política sanitaria y el control de su ejecución, considerando las complejidades de la representación proporcional según el Título III de la Ley Orgánica de Libertad Sindical?
- Garantizando la participación directa de cada ciudadano en las decisiones sanitarias a través de referendos vinculantes.
- Estableciendo cuotas fijas para cada organización empresarial y sindical, independientemente de su representatividad real.
- Delegando completamente la formulación de la política sanitaria a expertos técnicos, sin participación de la comunidad.
- Articulando la participación a través de las Corporaciones territoriales, organizaciones empresariales y sindicales, con representación proporcional basada en criterios definidos en la Ley Orgánica de Libertad Sindical. (correct)
¿Cuál es la implicación del artículo 7 en la gestión de recursos sanitarios, considerando la tensión inherente entre los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad en un contexto de presupuestos limitados y demandas crecientes?
¿Cuál es la implicación del artículo 7 en la gestión de recursos sanitarios, considerando la tensión inherente entre los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad en un contexto de presupuestos limitados y demandas crecientes?
En el marco del artículo 8, ¿cómo interactúan las actividades de epidemiología y veterinaria de salud pública para abordar las zoonosis emergentes y la resistencia antimicrobiana, considerando la complejidad de los ecosistemas y las cadenas de transmisión?
En el marco del artículo 8, ¿cómo interactúan las actividades de epidemiología y veterinaria de salud pública para abordar las zoonosis emergentes y la resistencia antimicrobiana, considerando la complejidad de los ecosistemas y las cadenas de transmisión?
Si los derechos del artículo 10, específicamente los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11, también aplican a los servicios sanitarios privados, ¿cómo se garantiza su cumplimiento efectivo y se equilibra con la autonomía de gestión de estos servicios, especialmente en el contexto del derecho a la confidencialidad y la no discriminación?
Si los derechos del artículo 10, específicamente los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11, también aplican a los servicios sanitarios privados, ¿cómo se garantiza su cumplimiento efectivo y se equilibra con la autonomía de gestión de estos servicios, especialmente en el contexto del derecho a la confidencialidad y la no discriminación?
¿Cómo deben las Administraciones Públicas interpretar y aplicar el artículo 12 para orientar sus políticas de gasto sanitario, considerando la complejidad de medir y corregir las desigualdades sanitarias en un contexto de recursos limitados y diversas necesidades de salud?
¿Cómo deben las Administraciones Públicas interpretar y aplicar el artículo 12 para orientar sus políticas de gasto sanitario, considerando la complejidad de medir y corregir las desigualdades sanitarias en un contexto de recursos limitados y diversas necesidades de salud?
En el contexto del artículo 15, ¿qué criterios deben utilizarse para definir y acreditar los 'servicios de referencia' a nivel nacional, garantizando el acceso equitativo y oportuno de todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud, independientemente de su lugar de residencia?
En el contexto del artículo 15, ¿qué criterios deben utilizarse para definir y acreditar los 'servicios de referencia' a nivel nacional, garantizando el acceso equitativo y oportuno de todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud, independientemente de su lugar de residencia?
¿Cómo se equilibra el derecho a la protección de la salud de los extranjeros no residentes en España, según el artículo 1.3, con las limitaciones presupuestarias y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, considerando la diversidad de acuerdos y convenios internacionales?
¿Cómo se equilibra el derecho a la protección de la salud de los extranjeros no residentes en España, según el artículo 1.3, con las limitaciones presupuestarias y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, considerando la diversidad de acuerdos y convenios internacionales?
En el contexto del artículo 18, que enumera las actuaciones sanitarias del sistema de salud, ¿cómo deben las Administraciones Públicas integrar la perspectiva de género en todas las políticas y programas, más allá de la 'educación diferenciada' mencionada, para abordar las desigualdades estructurales que afectan la salud de las mujeres?
En el contexto del artículo 18, que enumera las actuaciones sanitarias del sistema de salud, ¿cómo deben las Administraciones Públicas integrar la perspectiva de género en todas las políticas y programas, más allá de la 'educación diferenciada' mencionada, para abordar las desigualdades estructurales que afectan la salud de las mujeres?
¿De qué manera el artículo 25, al regular la exigencia de autorizaciones sanitarias, equilibra la protección de la salud pública con la libertad de empresa y la no discriminación, considerando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre restricciones a la libre circulación de bienes y servicios?
¿De qué manera el artículo 25, al regular la exigencia de autorizaciones sanitarias, equilibra la protección de la salud pública con la libertad de empresa y la no discriminación, considerando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre restricciones a la libre circulación de bienes y servicios?
Si el artículo 26 faculta a las autoridades sanitarias a adoptar medidas preventivas en caso de riesgo inminente para la salud, ¿cómo se garantiza el debido proceso y la protección de los derechos fundamentales de los afectados, considerando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre intervenciones estatales en situaciones de emergencia?
Si el artículo 26 faculta a las autoridades sanitarias a adoptar medidas preventivas en caso de riesgo inminente para la salud, ¿cómo se garantiza el debido proceso y la protección de los derechos fundamentales de los afectados, considerando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre intervenciones estatales en situaciones de emergencia?
En el contexto del artículo 28, que establece los principios que deben guiar las medidas preventivas, ¿cómo se pondera la preferencia por la colaboración voluntaria con la necesidad de proteger la salud pública en situaciones de crisis sanitaria, como una pandemia?
En el contexto del artículo 28, que establece los principios que deben guiar las medidas preventivas, ¿cómo se pondera la preferencia por la colaboración voluntaria con la necesidad de proteger la salud pública en situaciones de crisis sanitaria, como una pandemia?
¿Cómo se articula la coordinación entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de sanidad exterior, según el artículo 38, considerando la distribución de competencias establecida en la Constitución Española y los Tratados de la Unión Europea?
¿Cómo se articula la coordinación entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de sanidad exterior, según el artículo 38, considerando la distribución de competencias establecida en la Constitución Española y los Tratados de la Unión Europea?
En el marco del artículo 40, ¿cómo se garantiza la participación de las Comunidades Autónomas en la determinación de los requisitos sanitarios de los alimentos y otros productos relacionados con el uso y consumo humanos, evitando la fragmentación del mercado y garantizando la seguridad alimentaria?
En el marco del artículo 40, ¿cómo se garantiza la participación de las Comunidades Autónomas en la determinación de los requisitos sanitarios de los alimentos y otros productos relacionados con el uso y consumo humanos, evitando la fragmentación del mercado y garantizando la seguridad alimentaria?
Si el artículo 42 reconoce las competencias de las Corporaciones Locales en materia de control sanitario, ¿cómo se articula la colaboración y coordinación con los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas para evitar duplicidades y garantizar la eficiencia en la gestión de los recursos?
Si el artículo 42 reconoce las competencias de las Corporaciones Locales en materia de control sanitario, ¿cómo se articula la colaboración y coordinación con los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas para evitar duplicidades y garantizar la eficiencia en la gestión de los recursos?
En el contexto del artículo 46, que define las características del Sistema Nacional de Salud, ¿cómo se equilibra la extensión de los servicios a toda la población con la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema, considerando el envejecimiento de la población y el aumento de la demanda de servicios?
En el contexto del artículo 46, que define las características del Sistema Nacional de Salud, ¿cómo se equilibra la extensión de los servicios a toda la población con la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema, considerando el envejecimiento de la población y el aumento de la demanda de servicios?
¿De qué manera las Comunidades Autónomas, al organizar sus Servicios de Salud según el artículo 49, deben tener en cuenta la diversidad territorial y socioeconómica de sus poblaciones, garantizando la equidad en el acceso y la calidad de los servicios?
¿De qué manera las Comunidades Autónomas, al organizar sus Servicios de Salud según el artículo 49, deben tener en cuenta la diversidad territorial y socioeconómica de sus poblaciones, garantizando la equidad en el acceso y la calidad de los servicios?
Considerando el artículo 53, ¿cómo se asegura una 'efectiva participación' en ámbitos territoriales diferentes de los Consejos de Salud de Área y de Comunidad Autónoma, garantizando que las voces de las minorías y los grupos vulnerables sean escuchadas en la toma de decisiones sanitarias?
Considerando el artículo 53, ¿cómo se asegura una 'efectiva participación' en ámbitos territoriales diferentes de los Consejos de Salud de Área y de Comunidad Autónoma, garantizando que las voces de las minorías y los grupos vulnerables sean escuchadas en la toma de decisiones sanitarias?
En el marco del artículo 56, que define las Áreas de Salud, ¿cómo se equilibran los factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales y climatológicos al delimitar las demarcaciones territoriales, garantizando la accesibilidad y la equidad en la distribución de los recursos?
En el marco del artículo 56, que define las Áreas de Salud, ¿cómo se equilibran los factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales y climatológicos al delimitar las demarcaciones territoriales, garantizando la accesibilidad y la equidad en la distribución de los recursos?
Considerando lo establecido en los artículos 57, 58, 59 y 60, ¿cómo se garantiza la coordinación y la coherencia entre los Consejos de Salud de Área, los Consejos de Dirección de Área y los Gerentes de Área, evitando conflictos de competencias y asegurando la eficiencia en la gestión de las Áreas de Salud?
Considerando lo establecido en los artículos 57, 58, 59 y 60, ¿cómo se garantiza la coordinación y la coherencia entre los Consejos de Salud de Área, los Consejos de Dirección de Área y los Gerentes de Área, evitando conflictos de competencias y asegurando la eficiencia en la gestión de las Áreas de Salud?
¿Cómo deben las Comunidades Autónomas interpretar y aplicar el artículo 66 para integrar los hospitales generales del sector privado en el Sistema Nacional de Salud, garantizando la complementariedad, la calidad y la eficiencia de los servicios, y respetando la titularidad y las relaciones laborales del sector privado, en un contexto de recursos limitados?
¿Cómo deben las Comunidades Autónomas interpretar y aplicar el artículo 66 para integrar los hospitales generales del sector privado en el Sistema Nacional de Salud, garantizando la complementariedad, la calidad y la eficiencia de los servicios, y respetando la titularidad y las relaciones laborales del sector privado, en un contexto de recursos limitados?
En el marco del artículo 69, ¿cómo se implementa una 'dirección participativa por objetivos' en los servicios sanitarios públicos, garantizando la autonomía de gestión, la rendición de cuentas y la participación de los profesionales y los ciudadanos en la toma de decisiones?
En el marco del artículo 69, ¿cómo se implementa una 'dirección participativa por objetivos' en los servicios sanitarios públicos, garantizando la autonomía de gestión, la rendición de cuentas y la participación de los profesionales y los ciudadanos en la toma de decisiones?
Si el artículo 70 establece que la Coordinación General Sanitaria incluirá el establecimiento de 'índices o criterios mínimos básicos y comunes' para evaluar las necesidades de personal, ¿cómo se asegura que estos criterios tengan en cuenta la diversidad de perfiles epidemiológicos y socioeconómicos de las diferentes Comunidades Autónomas, evitando la homogeneización excesiva y garantizando la equidad en la asignación de recursos humanos?
Si el artículo 70 establece que la Coordinación General Sanitaria incluirá el establecimiento de 'índices o criterios mínimos básicos y comunes' para evaluar las necesidades de personal, ¿cómo se asegura que estos criterios tengan en cuenta la diversidad de perfiles epidemiológicos y socioeconómicos de las diferentes Comunidades Autónomas, evitando la homogeneización excesiva y garantizando la equidad en la asignación de recursos humanos?
Considerando el artículo 79, ¿cómo se garantiza la suficiencia y la estabilidad de la financiación de la asistencia sanitaria, teniendo en cuenta las diferentes fuentes de financiación (cotizaciones sociales, transferencias del Estado, tasas, aportaciones de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, tributos cedidos) y las fluctuaciones económicas?
Considerando el artículo 79, ¿cómo se garantiza la suficiencia y la estabilidad de la financiación de la asistencia sanitaria, teniendo en cuenta las diferentes fuentes de financiación (cotizaciones sociales, transferencias del Estado, tasas, aportaciones de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, tributos cedidos) y las fluctuaciones económicas?
En el marco del artículo 84, que regula el personal al servicio de las Administraciones Públicas, ¿cómo se compatibiliza la estabilidad en el empleo y la categoría profesional con la necesidad de flexibilizar la gestión de los recursos humanos, adaptando las plantillas a las necesidades cambiantes de los servicios sanitarios?
En el marco del artículo 84, que regula el personal al servicio de las Administraciones Públicas, ¿cómo se compatibiliza la estabilidad en el empleo y la categoría profesional con la necesidad de flexibilizar la gestión de los recursos humanos, adaptando las plantillas a las necesidades cambiantes de los servicios sanitarios?
¿Cómo deben las Administraciones Públicas interpretar y aplicar el artículo 87 para garantizar la 'formación y perfeccionamiento continuados' del personal sanitario adscrito al Área, considerando la rápida evolución de la ciencia y la tecnología, y la necesidad de adaptar las competencias a las nuevas demandas de la población?
¿Cómo deben las Administraciones Públicas interpretar y aplicar el artículo 87 para garantizar la 'formación y perfeccionamiento continuados' del personal sanitario adscrito al Área, considerando la rápida evolución de la ciencia y la tecnología, y la necesidad de adaptar las competencias a las nuevas demandas de la población?
En el contexto del artículo 20, sobre la salud mental, ¿cómo se coordinan los servicios de salud mental con los servicios sociales para garantizar una atención integral a los problemas psicosociales que acompañan a la pérdida de salud en general, considerando la complejidad de las necesidades de los pacientes y la diversidad de recursos disponibles?
En el contexto del artículo 20, sobre la salud mental, ¿cómo se coordinan los servicios de salud mental con los servicios sociales para garantizar una atención integral a los problemas psicosociales que acompañan a la pérdida de salud en general, considerando la complejidad de las necesidades de los pacientes y la diversidad de recursos disponibles?
Si el artículo 35 tipifica las infracciones sanitarias, ¿cómo se garantiza la proporcionalidad de las sanciones administrativas impuestas, considerando los criterios de riesgo para la salud, cuantía del eventual beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración sanitaria y social producida, generalización de la infracción y reincidencia?
Si el artículo 35 tipifica las infracciones sanitarias, ¿cómo se garantiza la proporcionalidad de las sanciones administrativas impuestas, considerando los criterios de riesgo para la salud, cuantía del eventual beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración sanitaria y social producida, generalización de la infracción y reincidencia?
¿Cuál es la implicación más crítica de la preeminencia otorgada a la promoción de la salud y la prevención de enfermedades en el artículo 3 de la Ley General de Sanidad, considerando la asignación presupuestaria y la formación del personal sanitario?
¿Cuál es la implicación más crítica de la preeminencia otorgada a la promoción de la salud y la prevención de enfermedades en el artículo 3 de la Ley General de Sanidad, considerando la asignación presupuestaria y la formación del personal sanitario?
¿Cómo se manifiesta la 'igualdad efectiva' en el acceso y las prestaciones sanitarias, según el artículo 3.2, en un contexto de escasez de recursos y diversidad de necesidades médicas complejas, considerando la justicia distributiva rawlsiana?
¿Cómo se manifiesta la 'igualdad efectiva' en el acceso y las prestaciones sanitarias, según el artículo 3.2, en un contexto de escasez de recursos y diversidad de necesidades médicas complejas, considerando la justicia distributiva rawlsiana?
Según el artículo 5, ¿cuál es la implicación más crítica de la articulación de la participación comunitaria en la formulación de la política sanitaria, considerando las asimetrías de poder entre los diferentes actores sociales y la complejidad de la evidencia científica en salud pública?
Según el artículo 5, ¿cuál es la implicación más crítica de la articulación de la participación comunitaria en la formulación de la política sanitaria, considerando las asimetrías de poder entre los diferentes actores sociales y la complejidad de la evidencia científica en salud pública?
¿Cuál es la consecuencia más significativa de la obligación de los servicios sanitarios de adecuar su organización a los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad (artículo 7), considerando la teoría de la elección pública y la potencial captura regulatoria por parte de los proveedores de servicios?
¿Cuál es la consecuencia más significativa de la obligación de los servicios sanitarios de adecuar su organización a los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad (artículo 7), considerando la teoría de la elección pública y la potencial captura regulatoria por parte de los proveedores de servicios?
¿Cómo se pondera el derecho a la confidencialidad (artículo 10.3) frente a la necesidad de auditorías clínicas y evaluaciones de calidad en instituciones sanitarias, considerando el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la supervisión por parte de las Agencias de Protección de Datos?
¿Cómo se pondera el derecho a la confidencialidad (artículo 10.3) frente a la necesidad de auditorías clínicas y evaluaciones de calidad en instituciones sanitarias, considerando el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la supervisión por parte de las Agencias de Protección de Datos?
¿Qué implicaciones éticas y prácticas surgen de la aplicación del artículo 15, que regula el acceso a 'servicios de referencia', en un contexto de recursos limitados y variabilidad en la prevalencia de enfermedades raras entre diferentes Comunidades Autónomas, considerando la justicia espacial y la equidad interterritorial?
¿Qué implicaciones éticas y prácticas surgen de la aplicación del artículo 15, que regula el acceso a 'servicios de referencia', en un contexto de recursos limitados y variabilidad en la prevalencia de enfermedades raras entre diferentes Comunidades Autónomas, considerando la justicia espacial y la equidad interterritorial?
¿Cómo se equilibra la protección de la salud de los extranjeros no residentes (artículo 1.3) con la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Salud, considerando los principios de justicia global y la responsabilidad social corporativa de las empresas turísticas?
¿Cómo se equilibra la protección de la salud de los extranjeros no residentes (artículo 1.3) con la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Salud, considerando los principios de justicia global y la responsabilidad social corporativa de las empresas turísticas?
¿Cómo se operativiza la integración de la perspectiva de género en las políticas y programas sanitarios (artículo 18), superando la 'educación diferenciada', para abordar las desigualdades estructurales que afectan la salud de las mujeres, considerando las teorías feministas interseccionales y la medicina basada en el sexo?
¿Cómo se operativiza la integración de la perspectiva de género en las políticas y programas sanitarios (artículo 18), superando la 'educación diferenciada', para abordar las desigualdades estructurales que afectan la salud de las mujeres, considerando las teorías feministas interseccionales y la medicina basada en el sexo?
¿Cómo equilibra el artículo 25 la protección de la salud pública con la libertad de empresa y la no discriminación, al regular las autorizaciones sanitarias, considerando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre restricciones a la libre circulación de bienes y servicios y la Directiva de Servicios?
¿Cómo equilibra el artículo 25 la protección de la salud pública con la libertad de empresa y la no discriminación, al regular las autorizaciones sanitarias, considerando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre restricciones a la libre circulación de bienes y servicios y la Directiva de Servicios?
¿Qué salvaguardias procesales deben implementarse al adoptar medidas preventivas urgentes (artículo 26) ante un riesgo inminente para la salud, considerando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre intervenciones estatales en situaciones de emergencia y el principio de proporcionalidad?
¿Qué salvaguardias procesales deben implementarse al adoptar medidas preventivas urgentes (artículo 26) ante un riesgo inminente para la salud, considerando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre intervenciones estatales en situaciones de emergencia y el principio de proporcionalidad?
¿Cómo se pondera la 'preferencia por la colaboración voluntaria' (artículo 28) con la necesidad de proteger la salud pública en situaciones de crisis sanitaria, como una pandemia, considerando la teoría de juegos y la potencial aparición de comportamientos free-rider que comprometan el éxito de las intervenciones?
¿Cómo se pondera la 'preferencia por la colaboración voluntaria' (artículo 28) con la necesidad de proteger la salud pública en situaciones de crisis sanitaria, como una pandemia, considerando la teoría de juegos y la potencial aparición de comportamientos free-rider que comprometan el éxito de las intervenciones?
¿Cómo se asegura la participación efectiva de las Comunidades Autónomas en la determinación de los requisitos sanitarios de los alimentos (artículo 40), evitando la fragmentación del mercado y garantizando la seguridad alimentaria, considerando el principio de subsidiariedad y la Directiva Marco sobre Seguridad Alimentaria?
¿Cómo se asegura la participación efectiva de las Comunidades Autónomas en la determinación de los requisitos sanitarios de los alimentos (artículo 40), evitando la fragmentación del mercado y garantizando la seguridad alimentaria, considerando el principio de subsidiariedad y la Directiva Marco sobre Seguridad Alimentaria?
¿Cómo se articula la colaboración entre las Corporaciones Locales y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas (artículo 42) para evitar duplicidades y garantizar la eficiencia en el control sanitario, considerando la teoría de la administración relacional y la necesidad de alinear incentivos?
¿Cómo se articula la colaboración entre las Corporaciones Locales y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas (artículo 42) para evitar duplicidades y garantizar la eficiencia en el control sanitario, considerando la teoría de la administración relacional y la necesidad de alinear incentivos?
¿Cómo se equilibra la extensión de los servicios a toda la población (artículo 46) con la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema, considerando el envejecimiento de la población, el aumento de la demanda y la elasticidad ingreso de la demanda de servicios sanitarios?
¿Cómo se equilibra la extensión de los servicios a toda la población (artículo 46) con la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema, considerando el envejecimiento de la población, el aumento de la demanda y la elasticidad ingreso de la demanda de servicios sanitarios?
¿Cómo deben las Comunidades Autónomas organizar sus Servicios de Salud (artículo 49), teniendo en cuenta la diversidad territorial y socioeconómica de sus poblaciones, garantizando la equidad en el acceso y la calidad de los servicios y considerando la geografía de la salud y las externalidades de red?
¿Cómo deben las Comunidades Autónomas organizar sus Servicios de Salud (artículo 49), teniendo en cuenta la diversidad territorial y socioeconómica de sus poblaciones, garantizando la equidad en el acceso y la calidad de los servicios y considerando la geografía de la salud y las externalidades de red?
¿Cómo se asegura una 'efectiva participación' en ámbitos territoriales diferentes de los Consejos de Salud (artículo 53), garantizando que las voces de las minorías y los grupos vulnerables sean escuchadas, considerando la teoría de la democracia deliberativa y la representación descriptiva?
¿Cómo se asegura una 'efectiva participación' en ámbitos territoriales diferentes de los Consejos de Salud (artículo 53), garantizando que las voces de las minorías y los grupos vulnerables sean escuchadas, considerando la teoría de la democracia deliberativa y la representación descriptiva?
¿Cómo se equilibran los factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales y climatológicos al delimitar las Áreas de Salud (artículo 56), garantizando la accesibilidad y la equidad en la distribución de los recursos y considerando los modelos de localización de servicios y la teoría de los bienes públicos?
¿Cómo se equilibran los factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales y climatológicos al delimitar las Áreas de Salud (artículo 56), garantizando la accesibilidad y la equidad en la distribución de los recursos y considerando los modelos de localización de servicios y la teoría de los bienes públicos?
¿Cómo se garantiza la coordinación y la coherencia entre los Consejos de Salud, los Consejos de Dirección y los Gerentes de Área (artículos 57-60), evitando conflictos de competencias y asegurando la eficiencia en la gestión, considerando la teoría de la agencia y los mecanismos de gobernanza multi-nivel?
¿Cómo se garantiza la coordinación y la coherencia entre los Consejos de Salud, los Consejos de Dirección y los Gerentes de Área (artículos 57-60), evitando conflictos de competencias y asegurando la eficiencia en la gestión, considerando la teoría de la agencia y los mecanismos de gobernanza multi-nivel?
¿Cómo se implementa una 'dirección participativa por objetivos' (artículo 69) en los servicios sanitarios públicos, garantizando la autonomía de gestión, la rendición de cuentas y la participación de los profesionales y los ciudadanos, considerando el balanced scorecard y los círculos de calidad?
¿Cómo se implementa una 'dirección participativa por objetivos' (artículo 69) en los servicios sanitarios públicos, garantizando la autonomía de gestión, la rendición de cuentas y la participación de los profesionales y los ciudadanos, considerando el balanced scorecard y los círculos de calidad?
¿Cómo se asegura que los criterios mínimos para evaluar las necesidades de personal (artículo 70) tengan en cuenta la diversidad de perfiles epidemiológicos y socioeconómicos de las Comunidades Autónomas, evitando la homogeneización excesiva y garantizando la equidad, considerando los métodos de ajuste de riesgo y la ponderación de factores sociales?
¿Cómo se asegura que los criterios mínimos para evaluar las necesidades de personal (artículo 70) tengan en cuenta la diversidad de perfiles epidemiológicos y socioeconómicos de las Comunidades Autónomas, evitando la homogeneización excesiva y garantizando la equidad, considerando los métodos de ajuste de riesgo y la ponderación de factores sociales?
¿Cómo se garantiza la suficiencia y la estabilidad de la financiación de la asistencia sanitaria (artículo 79), teniendo en cuenta las diferentes fuentes de financiación y las fluctuaciones económicas, considerando los ciclos económicos y las políticas fiscales pro-cíclicas y contra-cíclicas?
¿Cómo se garantiza la suficiencia y la estabilidad de la financiación de la asistencia sanitaria (artículo 79), teniendo en cuenta las diferentes fuentes de financiación y las fluctuaciones económicas, considerando los ciclos económicos y las políticas fiscales pro-cíclicas y contra-cíclicas?
En la aplicación del artículo 1.2 de la Ley General de Sanidad, ¿cómo se pondera el derecho a la protección de la salud de ciudadanos extranjeros residentes en España, cuyo estatus migratorio se encuentra en proceso de regularización, frente a la exigencia de ‘tener establecida su residencia’?
En la aplicación del artículo 1.2 de la Ley General de Sanidad, ¿cómo se pondera el derecho a la protección de la salud de ciudadanos extranjeros residentes en España, cuyo estatus migratorio se encuentra en proceso de regularización, frente a la exigencia de ‘tener establecida su residencia’?
¿Qué implicaciones tendría una interpretación estricta del artículo 2.1 de la Ley General de Sanidad, que define la Ley como norma básica, en la capacidad de una Comunidad Autónoma para legislar sobre terapias alternativas no reconocidas por la medicina convencional, pero con demanda social?
¿Qué implicaciones tendría una interpretación estricta del artículo 2.1 de la Ley General de Sanidad, que define la Ley como norma básica, en la capacidad de una Comunidad Autónoma para legislar sobre terapias alternativas no reconocidas por la medicina convencional, pero con demanda social?
Considerando el artículo 3.1 sobre la orientación prioritaria a la promoción de la salud, ¿cómo debería una administración sanitaria asignar recursos en un contexto de recortes presupuestarios, priorizando entre programas de vacunación infantil y tratamientos de alto costo para enfermedades raras en adultos?
Considerando el artículo 3.1 sobre la orientación prioritaria a la promoción de la salud, ¿cómo debería una administración sanitaria asignar recursos en un contexto de recortes presupuestarios, priorizando entre programas de vacunación infantil y tratamientos de alto costo para enfermedades raras en adultos?
En el marco del artículo 4.2, que faculta a las Comunidades Autónomas a crear sus Servicios de Salud, ¿qué límites impondría el principio de coordinación del Sistema Nacional de Salud a la implementación de un modelo de gestión sanitaria radicalmente descentralizado que transfiera la responsabilidad de la atención primaria a entidades locales?
En el marco del artículo 4.2, que faculta a las Comunidades Autónomas a crear sus Servicios de Salud, ¿qué límites impondría el principio de coordinación del Sistema Nacional de Salud a la implementación de un modelo de gestión sanitaria radicalmente descentralizado que transfiera la responsabilidad de la atención primaria a entidades locales?
¿Cómo se articula la participación comunitaria mencionada en el artículo 5.1 en un contexto de crecientes tensiones políticas y polarización social, donde la legitimidad de las Corporaciones territoriales es cuestionada por movimientos ciudadanos y plataformas sociales?
¿Cómo se articula la participación comunitaria mencionada en el artículo 5.1 en un contexto de crecientes tensiones políticas y polarización social, donde la legitimidad de las Corporaciones territoriales es cuestionada por movimientos ciudadanos y plataformas sociales?
En el contexto del artículo 6.2, ¿cómo se debe abordar la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres en la investigación biomédica, considerando la histórica infrarrepresentación de mujeres en ensayos clínicos y la necesidad de generar evidencia científica específica sobre la salud femenina?
En el contexto del artículo 6.2, ¿cómo se debe abordar la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres en la investigación biomédica, considerando la histórica infrarrepresentación de mujeres en ensayos clínicos y la necesidad de generar evidencia científica específica sobre la salud femenina?
¿Cómo se equilibran los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad (artículo 7) en la gestión de un servicio de urgencias hospitalarias saturado, donde la demanda supera la capacidad instalada y los tiempos de espera comprometen la seguridad de los pacientes?
¿Cómo se equilibran los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad (artículo 7) en la gestión de un servicio de urgencias hospitalarias saturado, donde la demanda supera la capacidad instalada y los tiempos de espera comprometen la seguridad de los pacientes?
Considerando el artículo 8.2 sobre la Veterinaria de Salud Pública, ¿cómo se debe abordar la creciente amenaza de resistencia antimicrobiana en la producción animal, coordinando las acciones de las autoridades sanitarias y veterinarias para proteger la salud humana?
Considerando el artículo 8.2 sobre la Veterinaria de Salud Pública, ¿cómo se debe abordar la creciente amenaza de resistencia antimicrobiana en la producción animal, coordinando las acciones de las autoridades sanitarias y veterinarias para proteger la salud humana?
En el contexto del artículo 10.1, ¿cómo se protege el derecho a la no discriminación de personas con identidades de género no binarias en el acceso a servicios sanitarios, garantizando un trato respetuoso y adaptado a sus necesidades específicas?
En el contexto del artículo 10.1, ¿cómo se protege el derecho a la no discriminación de personas con identidades de género no binarias en el acceso a servicios sanitarios, garantizando un trato respetuoso y adaptado a sus necesidades específicas?
Ante una campaña de desinformación sobre vacunación infantil que genera alarma social y reduce la tasa de vacunación, ¿cómo deben actuar las Administraciones Públicas, equilibrando el derecho a la libertad de expresión con la obligación de proteger la salud pública (artículo 11.1)?
Ante una campaña de desinformación sobre vacunación infantil que genera alarma social y reduce la tasa de vacunación, ¿cómo deben actuar las Administraciones Públicas, equilibrando el derecho a la libertad de expresión con la obligación de proteger la salud pública (artículo 11.1)?
En el contexto del artículo 12, ¿cómo se prioriza la asignación de recursos para corregir desigualdades sanitarias en un Área de Salud con alta prevalencia de enfermedades crónicas relacionadas con la pobreza, considerando la complejidad de los determinantes sociales de la salud?
En el contexto del artículo 12, ¿cómo se prioriza la asignación de recursos para corregir desigualdades sanitarias en un Área de Salud con alta prevalencia de enfermedades crónicas relacionadas con la pobreza, considerando la complejidad de los determinantes sociales de la salud?
¿Qué implicaciones éticas y prácticas surgen al aplicar el artículo 14 sobre la elección de médico en la atención primaria en un contexto de escasez de profesionales y alta demanda en determinadas zonas urbanas, considerando la equidad en el acceso y la sostenibilidad del sistema?
¿Qué implicaciones éticas y prácticas surgen al aplicar el artículo 14 sobre la elección de médico en la atención primaria en un contexto de escasez de profesionales y alta demanda en determinadas zonas urbanas, considerando la equidad en el acceso y la sostenibilidad del sistema?
En el marco del artículo 15.2, ¿cómo se garantiza el acceso equitativo a 'servicios de referencia' para pacientes con enfermedades raras que residen en Comunidades Autónomas con recursos limitados, considerando la variabilidad en la prevalencia de estas enfermedades y la necesidad de evitar la 'peregrinación sanitaria'?
En el marco del artículo 15.2, ¿cómo se garantiza el acceso equitativo a 'servicios de referencia' para pacientes con enfermedades raras que residen en Comunidades Autónomas con recursos limitados, considerando la variabilidad en la prevalencia de estas enfermedades y la necesidad de evitar la 'peregrinación sanitaria'?
¿Cómo se equilibra el acceso a los servicios sanitarios de personas sin derecho a la asistencia (artículo 16) con la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Salud y evitar el 'turismo sanitario'?
¿Cómo se equilibra el acceso a los servicios sanitarios de personas sin derecho a la asistencia (artículo 16) con la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Salud y evitar el 'turismo sanitario'?
En el contexto del artículo 18.1, ¿cómo se implementa una 'educación diferenciada' sobre los riesgos, características y necesidades de mujeres y hombres, evitando reforzar estereotipos de género y promoviendo la igualdad efectiva en la salud?
En el contexto del artículo 18.1, ¿cómo se implementa una 'educación diferenciada' sobre los riesgos, características y necesidades de mujeres y hombres, evitando reforzar estereotipos de género y promoviendo la igualdad efectiva en la salud?
Considerando el artículo 20 sobre la salud mental, ¿cómo se equilibra la necesidad de proteger la autonomía y los derechos de las personas con trastornos mentales con la obligación de garantizar su seguridad y la de terceros en situaciones de crisis?
Considerando el artículo 20 sobre la salud mental, ¿cómo se equilibra la necesidad de proteger la autonomía y los derechos de las personas con trastornos mentales con la obligación de garantizar su seguridad y la de terceros en situaciones de crisis?
En el marco del artículo 25 sobre las autorizaciones sanitarias, ¿cómo se justifica la exigencia de requisitos adicionales para establecimientos sanitarios ubicados en zonas rurales con baja densidad de población, considerando la necesidad de garantizar la accesibilidad y la viabilidad económica de estos servicios?
En el marco del artículo 25 sobre las autorizaciones sanitarias, ¿cómo se justifica la exigencia de requisitos adicionales para establecimientos sanitarios ubicados en zonas rurales con baja densidad de población, considerando la necesidad de garantizar la accesibilidad y la viabilidad económica de estos servicios?
Ante una alerta sanitaria por un brote de enfermedad transmitida por alimentos en un restaurante, ¿cómo se aplica el principio de proporcionalidad (artículo 28.c) al decidir las medidas preventivas, considerando el impacto económico en el establecimiento y el riesgo para la salud pública?
Ante una alerta sanitaria por un brote de enfermedad transmitida por alimentos en un restaurante, ¿cómo se aplica el principio de proporcionalidad (artículo 28.c) al decidir las medidas preventivas, considerando el impacto económico en el establecimiento y el riesgo para la salud pública?
¿Cómo se concilian las competencias del Estado en materia de sanidad exterior (artículo 38) con la autonomía de las Comunidades Autónomas en la gestión de sus servicios de salud, ante la detección de un caso importado de una enfermedad infecciosa en un aeropuerto autonómico?
¿Cómo se concilian las competencias del Estado en materia de sanidad exterior (artículo 38) con la autonomía de las Comunidades Autónomas en la gestión de sus servicios de salud, ante la detección de un caso importado de una enfermedad infecciosa en un aeropuerto autonómico?
En la aplicación del artículo 40, que asigna a la Administración del Estado la determinación de los requisitos sanitarios de los alimentos, ¿cómo se garantiza la participación de las Comunidades Autónomas para reflejar las particularidades de la producción agroalimentaria local y asegurar la protección de la salud pública a nivel regional?
En la aplicación del artículo 40, que asigna a la Administración del Estado la determinación de los requisitos sanitarios de los alimentos, ¿cómo se garantiza la participación de las Comunidades Autónomas para reflejar las particularidades de la producción agroalimentaria local y asegurar la protección de la salud pública a nivel regional?
Flashcards
¿Objeto de la Ley General de Sanidad?
¿Objeto de la Ley General de Sanidad?
Regula las acciones para hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en la Constitución Española.
¿Quiénes son titulares del derecho a la protección de la salud?
¿Quiénes son titulares del derecho a la protección de la salud?
Españoles y extranjeros residentes en España.
¿Prioridad del sistema sanitario?
¿Prioridad del sistema sanitario?
Promoción de la salud y prevención de las enfermedades.
¿Objetivo de la asistencia sanitaria pública?
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¿Qué deben promover las Administraciones Públicas Sanitarias?
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¿Principios del funcionamiento del Sistema de Salud?
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¿Qué deben hacer los poderes públicos con los usuarios?
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¿Derechos de los usuarios ante las administraciones sanitarias?
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¿Obligaciones de los ciudadanos con el sistema sanitario?
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¿Qué deben evitar los poderes públicos?
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¿Derecho tras superar la atención primaria?
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¿Actuaciones de las Administraciones Públicas?
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¿Dónde debe realizarse la atención a la salud mental?
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¿Qué deben crear las Administraciones Sanitarias?
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¿A qué se someterán las actividades con consecuencias negativas para la salud?
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¿Qué se exigirá para empresas o productos?
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¿Medidas ante un riesgo inminente para la salud?
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¿Sanciones por infracciones sanitarias?
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¿Competencias exclusivas del Estado en sanidad?
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¿Qué homologa la Administración del Estado?
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¿Competencias de las Comunidades Autónomas?
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¿Responsabilidades mínimas de los Ayuntamientos?
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¿Qué integra el Sistema Nacional de Salud?
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¿Características del Sistema Nacional de Salud?
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¿Qué deben hacer las Comunidades Autónomas?
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¿Base de la planificación de los Servicios de Salud?
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¿Qué se creará para la participación en las Comunidades Autónomas?
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¿Qué debe englobar el Plan de Salud de cada Comunidad Autónoma?
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¿Qué deben delimitar y constituir las Comunidades Autónomas?
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¿Por quién serán dirigidas las Áreas de Salud?
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¿Qué factores se tienen en cuenta para delimitar las Áreas de Salud?
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¿Cuáles son los órganos mínimos de las Áreas de Salud?
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¿Función de los Consejos de Salud de Área?
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¿A quién corresponde formular las directrices en política de salud?
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¿Quién es el órgano de gestión del Área de Salud?
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¿Qué deben hacer las Áreas de Salud para el funcionamiento a nivel primario?
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¿Qué tener en cuenta en la delimitación de las zonas básicas?
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¿Qué es la zona básica de salud?
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¿Actividades del Centro de Salud?
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¿Funciones del Centro de Salud?
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¿De qué debe disponer cada Área de Salud?
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¿Qué ofrece el hospital?
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¿Qué política sanitaria deben seguir todas las Administraciones Públicas?
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¿Cómo se realiza la vinculación a la red pública de los hospitales?
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¿Qué establece el Convenio?
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¿Qué funciones desarrollan los centros hospitalarios?
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¿Hacia dónde se tenderá en los Servicios sanitarios públicos?
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¿Qué incluyen los planes de salud?
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¿Qué debe garantizar el Estatuto-Marco?
¿Qué debe garantizar el Estatuto-Marco?
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Study Notes
Derecho a la Protección de la Salud
- El objeto de esta Ley es regular las acciones para hacer efectivo el derecho a la protección de la salud, reconocido en el artículo 43 de la Constitución Española.
- Son titulares de este derecho todos los españoles y extranjeros residentes en España
- Los extranjeros no residentes y los españoles fuera del territorio nacional tienen garantizado este derecho según leyes y convenios internacionales.
- Las personas mencionadas en el apartado 2 están legitimadas para ejercer los derechos establecidos en esta Ley, tanto administrativa como jurídicamente.
Condición de Norma Básica y Aplicación Territorial
- Esta Ley es una norma básica según el artículo 149.1.16 de la Constitución, aplicable en todo el territorio del Estado.
- Los artículos 31.1 b) y c), y 57 a 69 son derecho supletorio en las Comunidades Autónomas con normas aplicables en dicha materia.
- Las Comunidades Autónomas pueden desarrollar y complementar esta Ley en el ejercicio de sus competencias según sus Estatutos de Autonomía.
Principios Generales del Sistema de Salud
- Los medios y actuaciones del sistema sanitario se orientan prioritariamente a la promoción de la salud y prevención de enfermedades.
- La asistencia sanitaria pública se extiende a toda la población española, con acceso y prestaciones en condiciones de igualdad efectiva.
- La política de salud busca superar los desequilibrios territoriales y sociales.
- Las políticas de salud integran el principio de igualdad entre mujeres y hombres, evitando discriminaciones por diferencias físicas o estereotipos sociales.
Organización y Desarrollo de Acciones Sanitarias
- Tanto el Estado como las Comunidades Autónomas organizan y desarrollan acciones sanitarias dentro de una concepción integral del sistema sanitario.
- Las Comunidades Autónomas crean sus Servicios de Salud dentro del marco de esta Ley y sus Estatutos de Autonomía.
Participación Comunitaria
- Los Servicios Públicos de Salud se organizan para permitir la participación comunitaria a través de las Corporaciones territoriales en la formulación de la política sanitaria y el control de su ejecución.
- Se incluyen las organizaciones empresariales y sindicales, cuya representación se fija proporcionalmente según la Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Orientación de las Actuaciones de las Administraciones Públicas Sanitarias
- Las Administraciones Públicas Sanitarias orientan sus actuaciones a: la promoción de la salud, el interés individual, familiar y social por la salud a través de la educación sanitaria, garantizar acciones sanitarias dirigidas a la prevención de enfermedades, garantizar la asistencia sanitaria en todos los casos de pérdida de salud y promover la rehabilitación funcional y la reinserción social del paciente.
- Tales Administraciones aseguran la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres, garantizando su igual derecho a la salud.
Principios de Organización y Funcionamiento de los Servicios Sanitarios
- Los servicios sanitarios y administrativos adecuarán su organización y funcionamiento a los principios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad.
Actividades Fundamentales del Sistema Sanitario
- Se considera actividad fundamental la realización de estudios epidemiológicos necesarios para orientar la prevención de riesgos para la salud y la planificación y evaluación sanitaria, basándose en un sistema organizado de información sanitaria, vigilancia y acción epidemiológica.
- También se considera actividad básica la que incide sobre la Veterinaria de Salud Pública en el control de higiene, tecnología e investigación alimentarias, prevención y lucha contra la zoonosis.
Información a los Usuarios
- Los poderes públicos informarán a los usuarios de los servicios del sistema sanitario público, o vinculados a él, de sus derechos y deberes.
Derechos de los Ciudadanos con Respecto a las Administraciones Públicas Sanitarias
- Derecho al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin discriminación por origen racial o étnico, género, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social.
- Derecho a la información sobre los servicios sanitarios a los que puede acceder y sobre los requisitos necesarios para su uso en formatos accesibles y comprensibles.
- Derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso y estancia en instituciones sanitarias públicas y privadas que colaboren con el sistema público.
- Derecho a ser advertido si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación, requiriendo autorización previa por escrito del paciente y aceptación del médico y de la Dirección del Centro Sanitario.
- Derecho a que se le asigne un médico, cuyo nombre se le dará a conocer, que será su interlocutor principal con el equipo asistencial. En caso de ausencia, otro facultativo del equipo asumirá tal responsabilidad.
- Derecho a participar, a través de las instituciones comunitarias, en las actividades sanitarias, en los términos establecidos en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen.
- Derecho a utilizar las vías de reclamación y de propuesta de sugerencias en los plazos previstos, recibiendo respuesta por escrito en los plazos que reglamentariamente se establezcan.
- Derecho a elegir el médico y los demás sanitarios titulados de acuerdo con las condiciones contempladas en esta Ley en las disposiciones que se dicten para su desarrollo y en las que regulen el trabajo sanitario en los Centros de Salud.
- Derecho a obtener los medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar o restablecer su salud, en los términos que reglamentariamente se establezcan por la Administración del Estado.
- Respetando el peculiar régimen económico de cada servicio sanitario, los derechos contemplados en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11 de este artículo serán ejercidos también con respecto a los servicios sanitarios privados.
Obligaciones de los Ciudadanos con el Sistema Sanitario
- Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria y las específicas determinadas por los Servicios Sanitarios.
- Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las Instituciones Sanitarias.
- Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario.
Políticas de Gasto Sanitario
- Orientación de las políticas de gasto sanitario para corregir desigualdades sanitarias y garantizar la igualdad de acceso a los Servicios Sanitarios Públicos en todo el territorio español.
Intrusismo Profesional y Mala Práctica
- El Gobierno aprobará normas para evitar el intrusismo profesional y la mala práctica.
Elección de Médico en Atención Primaria
- Desarrollo normativo para la aplicación de la facultad de elección de médico en la atención primaria del Área de Salud. En núcleos de población de más de 250.000 habitantes se podrá elegir en el conjunto de la ciudad.
Acceso a Servicios Especializados Hospitalarios
- Los usuarios tienen derecho a ser atendidos en los servicios especializados hospitalarios del Área de Salud una vez superadas las posibilidades de diagnóstico y tratamiento de la atención primaria.
- El Ministerio de Sanidad y Consumo acreditará servicios de referencia, a los que podrán acceder todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud una vez superadas las posibilidades de diagnóstico y tratamiento de los servicios especializados de la Comunidad Autónoma donde residan.
Normas de Utilización de los Servicios Sanitarios
- Las normas de utilización de los servicios sanitarios serán iguales para todos, independientemente de la condición en que se acceda a los mismos
- Los usuarios sin derecho a la asistencia de los Servicios de Salud, así como los previstos en el artículo 80, podrán acceder a los servicios sanitarios con la consideración de pacientes privados:.
- Se aplicarán las mismas normas sobre asignación de equipos y libre elección que al resto de los usuarios en la atención primaria.
- El ingreso en centros hospitalarios se efectuará a través de la unidad de admisión del hospital, por medio de una lista de espera única, existiendo un sistema de acceso y hospitalización diferenciado según la condición del paciente.
- La facturación por la atención de estos pacientes será efectuada por las respectivas, administraciones de los Centros, tomando como base los costes efectivos, teniendo la condición de propios de los Servicios de Salud. En ningún caso estos ingresos podrán revertir directamente en aquellos que intervienen en la atención de estos pacientes.
Gastos por Utilización de Servicios Sanitarios Distintos
- Las Administraciones Públicas obligadas a atender sanitariamente a los ciudadanos no abonarán a éstos los gastos que puedan ocasionarse por la utilización de servicios sanitarios distintos de aquellos que les correspondan en virtud de lo dispuesto en esta Ley
Actuaciones Sanitarias del Sistema de Salud
- Las Administraciones Públicas, a través de sus Servicios de Salud y de los Órganos competentes desarrollarán:
- Adopción sistemática de acciones para la educación sanitaria como elemento primordial para la mejora de la salud individual y comunitaria, comprendiendo la educación diferenciada sobre los riesgos, características y necesidades de mujeres y hombres, y la formación contra la discriminación de las mujeres.
- La atención primaria integral de la salud, incluyendo, además de las acciones curativas y rehabilitadoras, las que tiendan a la promoción de la salud y a la prevención de la enfermedad del individuo y de la comunidad.
- La asistencia sanitaria especializada, que incluye la asistencia domiciliaria, la hospitalización y la rehabilitación.
- La prestación de los productos terapéuticos precisos, atendiendo a las necesidades diferenciadas de mujeres y hombres.
- Los programas de atención a grupos de población de mayor riesgo y programas específicos de protección frente a factores de riesgo, así como los programas de prevención de las deficiencias, tanto congénitas como adquiridas.
- La promoción y la mejora de los sistemas de saneamiento, abastecimiento de aguas, eliminación y tratamiento de residuos líquidos y sólidos; la promoción y mejora de los sistemas de saneamiento y control del aire, con especial atención a la contaminación atmosférica; la vigilancia sanitaria y adecuación a la salud del medio ambiente en todos los ámbitos de la vida, incluyendo la vivienda.
- Los programas de orientación en el campo de la planificación familiar y la prestación de los servicios correspondientes.
- La promoción y mejora de la salud mental.
- La protección, promoción y mejora de la salud laboral, con especial atención al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
- El control sanitario y la prevención de los riesgos para la salud derivados de los productos alimentarios, incluyendo la mejora de sus cualidades nutritivas.
- El control sanitario de los productos farmacéuticos, otros productos y elementos de utilización terapéutica, diagnóstica y auxiliar y de aquellos otros que, afectando al organismo humano, puedan suponer un riesgo para la salud de las personas.
- Promoción y mejora de las actividades de Veterinaria de Salud Pública, sobre todo en las áreas de la higiene alimentaria, en mataderos e industrias de su competencia, y en la armonización funcional que exige la prevención y lucha contra la zoonosis.
- La difusión de la información epidemiológica general y específica para fomentar el conocimiento detallado de los problemas de salud.
- La mejora y adecuación de las necesidades de formación del personal al servicio de la organización sanitaria, incluyendo actuaciones formativas dirigidas a garantizar su capacidad para detectar, prevenir y tratar la violencia de género.
- El fomento de la investigación científica en el campo específico de los problemas de salud, atendiendo a las diferencias entre mujeres y hombres.
- El control y mejora de la calidad de la asistencia sanitaria en todos sus niveles.
- El tratamiento de los datos contenidos en registros, encuestas, estadísticas u otros sistemas de información médica para permitir el análisis de género, incluyendo, siempre que sea posible, su desagregación por sexo.
- La promoción, extensión y mejora de los sistemas de detección precoz de discapacidades y de los servicios destinados a prevenir y reducir al máximo la aparición de nuevas discapacidades o la intensificación de las preexistentes.
Participación en Elaboración y Ejecución de Legislación
- Las autoridades sanitarias propondrán o participarán con otros Departamentos en la elaboración y ejecución de la legislación sobre: Calidad del aire, Aguas, Alimentos e industrias alimentarias, Residuos orgánicos sólidos y líquidos, El suelo y subsuelo, Las distintas formas de energía, Transporte colectivo, Sustancias tóxicas y peligrosas, La vivienda y el urbanismo, El medio escolar y deportivo, El medio laboral, Lugares, locales e instalaciones de esparcimiento público y cualquier otro aspecto del medio ambiente relacionado con la salud.
Salud Mental
- La atención a los problemas de salud mental se realizará en el ámbito comunitario, potenciando los recursos asistenciales a nivel ambulatorio y los sistemas de hospitalización parcial y atención a domicilio, reduciendo al máximo la necesidad de hospitalización.
- Se considerarán de modo especial aquellos problemas referentes a la psiquiatría infantil y psicogeriatría.
- La hospitalización de los pacientes por procesos que así lo requieran se realizará en las unidades psiquiátricas de los hospitales generales.
- Se desarrollarán los servicios de rehabilitación y reinserción social necesarios para una adecuada atención integral de los problemas del enfermo mental, buscando la necesaria coordinación con los servicios sociales.
- Los servicios de salud mental y de atención psiquiátrica del sistema sanitario general cubrirán, asimismo, en coordinación con los servicios sociales, los aspectos de prevención primaria y la atención a los problemas psicosociales que acompañan a la pérdida de salud en general.
Intervención Pública en Salud Individual y Colectiva
- Las Administraciones Sanitarias crearán los Registros y elaborarán los análisis de información necesarios para el conocimiento de las distintas situaciones de las que puedan derivarse acciones de intervención de la autoridad sanitaria.
- Las actividades públicas y privadas con consecuencias negativas para la salud serán sometidas a limitaciones preventivas de carácter administrativo.
- La exigencia de autorizaciones sanitarias, así como la obligación de someter a registro por razones sanitarias a las empresas o productos, serán establecidas reglamentariamente.
- Deberán establecerse, asimismo, prohibiciones y requisitos mínimos para el uso y tráfico de los bienes, cuando supongan un riesgo o daño para la salud.
- Cuando la actividad desarrollada tenga una repercusión excepcional y negativa en la salud de los ciudadanos, las Administraciones Públicas podrán decretar la intervención administrativa pertinente, con el objeto de eliminar aquélla.
- En caso de riesgo inminente y extraordinario para la salud, las autoridades sanitarias adoptarán las medidas preventivas que estimen pertinentes. La duración de las medidas no excederá de lo que exija la situación de riesgo.
- Las Administraciones públicas realizarán un control de la publicidad y propaganda comerciales para que se ajusten a criterios de veracidad en lo que atañe a la salud
Principios de las Medidas Preventivas
- Preferencia de la colaboración voluntaria con las autoridades sanitarias.
- No se podrán ordenar medidas obligatorias que conlleven riesgo para la vida.
- Las limitaciones sanitarias deberán ser proporcionadas a los fines que en cada caso se persigan.
- Se deberán utilizar las medidas que menos perjudiquen al principio de libre circulación de las personas y de los bienes, la libertad de Empresa y cualesquiera otros derechos afectados.
Centros y Establecimientos Sanitarios
- Los centros y establecimientos sanitarios precisarán autorización administrativa previa para su instalación y funcionamiento, así como para las modificaciones que puedan establecerse.
- La previa autorización administrativa se referirá también a las operaciones de calificación, acreditación y registro del establecimiento.
- Cuando la defensa de la salud de la población lo requiera, las Administraciones Sanitarias competentes podrán establecer regímenes temporales y excepcionales de funcionamiento de los establecimientos sanitarios.
- Todos los Centros y establecimientos sanitarios estarán sometidos a la inspección y control por las Administraciones Sanitarias competentes.
Funciones de Inspección
- El personal al servicio de las Administraciones Públicas que desarrolle las funciones de inspección estará autorizado para entrar libremente en cualquier centro o establecimiento, proceder a las pruebas e investigaciones necesarias y tomar o sacar muestras
- Como consecuencia de las actuaciones de inspección y control, las autoridades sanitarias competentes podrán ordenar la suspensión provisional, prohibición de las actividades y clausura definitiva de los Centros y establecimientos
Infracciones y Sanciones en Materia de Sanidad
- Las infracciones en materia de sanidad serán objeto de las sanciones administrativas correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.
- En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito, la Administración pasará el tanto de culpa a la jurisdicción competente y se abstendrá de seguir el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte sentencia firme.
- En ningún caso se impondrá una doble sanción por los mismos hechos y en función de los mismos intereses públicos protegidos, si bien deberán exigirse las demás responsabilidades que se deduzcan de otros hechos o infracciones concurrentes.
- Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves, atendiendo a los criterios de riesgo para la salud, cuantía del eventual beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración sanitaria y social producida, generalización de la infracción y reincidencia.
Tipificación de Infracciones Sanitarias
Infracciones Leves
- Las simples irregularidades en la observación de la normativa sanitaria vigente, sin trascendencia directa para la salud pública.
- Las cometidas por simple negligencia, siempre que la alteración o riesgo sanitarios producidos fueren de escasa entidad.
- Las que, en razón de los criterios contemplados en este artículo, merezcan la calificación de leves o no proceda su calificación como faltas graves o muy graves.
Infracciones Graves
- Las que reciban expresamente dicha calificación en la normativa especial aplicable en cada caso.
- Las que se produzcan por falta de controles y precauciones exigibles en la actividad, servicio o instalación de que se trate.
- Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias leves, o hayan servido para facilitarlas o encubrirlas.
- El incumplimiento de los requerimientos específicos que formulen las autoridades sanitarias, siempre que se produzcan por primera vez.
- La resistencia a suministrar datos, facilitar información o prestar colaboración a las autoridades sanitarias.
- Las que, en razón de los elementos contemplados en este artículo, merezcan la calificación de graves o no proceda su calificación como faltas leves o muy graves.
- La reincidencia en la comisión de infracciones leves en los últimos tres meses.
Infracciones Muy Graves
- Las que reciban expresamente dicha calificación en la normativa especial aplicable en cada caso.
- Las que se realicen de forma consciente y deliberada, siempre que se produzca un daño grave.
- Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias graves, o hayan servido para facilitar o encubrir su comisión.
- El incumplimiento reiterado de los requerimientos específicos que formulen las autoridades sanitarias.
- La negativa absoluta a facilitar información o prestar colaboración a los servicios de control e inspección.
- La resistencia, coacción, amenaza, represalia, desacato o cualquier otra forma de presión ejercida sobre las autoridades sanitarias o sus agentes.
- Las que, en razón de los elementos contemplados en este artículo y de su grado de concurrencia, merezcan la calificación de muy graves o no proceda su calificación como faltas leves o graves.
- La reincidencia en la comisión de faltas graves en los últimos cinco años.
Sanciones
- Las infracciones son sancionadas con multas según su gravedad: leves (hasta 3.005,06 euros), graves (desde 3.005,07 a 15.025,30 euros) y muy graves (desde 15.025,31 a 601.012,10 euros) que pueden alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción
- En infracciones muy graves, puede acordarse el cierre temporal del establecimiento por un máximo de cinco años.
Actividades que no son Sanciones
- El cierre de establecimientos sin autorizaciones o registros sanitarios preceptivos no se considera sanción.
Competencias del Estado en Materia de Sanidad
- Competencia exclusiva del Estado: sanidad exterior y relaciones y acuerdos sanitarios internacionales.
- Son actividades de sanidad exterior todas aquellas que se realicen en materia de vigilancia y control de los posibles riesgos para la salud derivados de la importación, exportación o tránsito de mercancías y del tráfico internacional de viajeros.
- Mediante las relaciones y acuerdos sanitarios internacionales, España colaborará con otros países y Organismos internacionales en el control epidemiológico, en la lucha contra las enfermedades transmisibles, en la conservación de un medio ambiente saludable en la elaboración, perfeccionamiento y puesta en práctica de normativas internacionales, en la investigación biomédica.
- Prestará especial atención a la cooperación con las naciones con las que tiene mayores lazos por razones históricas, culturales, geográficas y de relaciones en otras áreas, así como a las acciones de cooperación sanitaria que tengan como finalidad el desarrollo de los pueblos.
Actuaciones de la Administración del Estado
- La determinación, con carácter general, de los métodos de análisis y medición y de los requisitos técnicos y condiciones mínimas, en materia de control sanitario del medio ambiente.
- La determinación de los requisitos sanitarios de las reglamentaciones técnico-sanitarias de los alimentos, servicios o productos directa o indirectamente relacionados con el uso y consumo humanos.
- El registro general sanitario de alimentos y de las industrias, establecimientos o instalaciones que los producen, elaboran o importan.
- La autorización mediante reglamentaciones y listas positivas de aditivos.
- La reglamentación, autorización y registro u homologación de los medicamentos de uso humano y veterinario y de los demás productos y artículos sanitarios.
- La reglamentación y autorización de las actividades de las personas físicas o jurídicas dedicadas a la preparación, elaboración y fabricación de los productos mencionados en el número anterior
- La determinación con carácter general de las condiciones y requisitos técnicos mínimos para la aprobación y homologación de las instalaciones y equipos de los centros y servicios.
- La reglamentación sobre acreditación, homologación, autorización y registro de centros o servicios, de acuerdo con lo establecido en la legislación sobre extracción y trasplante de órganos.
- El Catálogo y Registro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios
- La homologación de programas de formación postgraduada, perfeccionamiento y especialización del personal sanitario.
- La homologación general de los puestos de trabajo de los servicios sanitarios.
- Los servicios de vigilancia y análisis epidemiológicos y de las zoonosis.
- El establecimiento de sistemas de información sanitaria y la realización de estadísticas, de interés general supracomunitario.
- La coordinación de las actuaciones dirigidas a impedir o perseguir todas las formas de fraude, abuso, corrupción o desviación de las prestaciones o servicios sanitarios con cargo al sector público cuando razones de interés general así lo aconsejen.
- La elaboración de informes generales sobre la salud pública y la asistencia sanitaria.
- El establecimiento de medios y de sistemas de relación que garanticen la información y comunicación recíprocas entre la Administración Sanitaria del Estado y la de las Comunidades Autónomas en las materias objeto de la presente Ley.
Competencias de las Comunidades Autónomas
- Las Comunidades Autónomas ejercen las competencias asumidas en sus Estatutos y las que el Estado les transfiera o delegue.
- Las decisiones y actuaciones públicas no reservadas al Estado se atribuyen a las Comunidades Autónomas.
Competencias de las Corporaciones Locales
- Las normas de las Comunidades Autónomas, al disponer sobre la organización de sus respectivos servicios de salud, deberán tener en cuenta las responsabilidades y competencias de las provincias, municipios y demás Administraciones Territoriales intracomunitarias
- Las Corporaciones Locales participarán en los órganos de dirección de las Areas de Salud.
- No obstante, los Ayuntamientos, sin perjuicio de las competencias de las demás Administraciones Públicas, tendrán las siguientes responsabilidades mínimas en relación al obligado cumplimiento de las normas y planes sanitarios:
- Control sanitario del medio ambiente: Contaminación atmosférica, abastecimiento de aguas, saneamiento de aguas residuales, residuos urbanos e industriales.
- Control sanitario de industrias, actividades y servicios, transportes, ruidos y vibraciones.
- Control sanitario de edificios y lugares de vivienda y convivencia humana, especialmente de los centros de alimentación, peluquerías, saunas y centros de higiene personal, hoteles y centros residenciales, escuelas, campamentos turísticos y áreas de actividad físico deportivas y de recreo.
- Control sanitario de la distribución y suministro de alimentos, bebidas y demás productos, directa o indirectamente relacionados con el uso o consumo humanos, así como los medios de su transporte.
- Control sanitario de los cementerios y policía sanitaria mortuoria.
Estructura del Sistema Sanitario Público
- Todas las estructuras y servicios públicos al servicio de la salud integrarán el Sistema Nacional de Salud.
- El Sistema Nacional de Salud es el conjunto de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas
- El Sistema Nacional de Salud integra todas las funciones y prestaciones sanitarias para el cumplimiento del derecho a la protección de la salud.
Características Fundamentales del Sistema Nacional de Salud
- La extensión de sus servicios a toda la población.
- La organización adecuada para prestar una atención integral a la salud
- La coordinación y, en su caso, la integración de todos los recursos sanitarios públicos en un dispositivo único.
- La financiación de las obligaciones se realizará mediante recursos de las Administraciones Públicas, cotizaciones y tasas por la prestación de determinados servicios.
- La prestación de una atención integral de la salud procurando altos niveles de calidad debidamente evaluados y controlados.
- El Estado y las Comunidades Autónomas podrán constituir comisiones y comités técnicos, celebrar convenios y elaborar los programas en común que se requieran para la mayor eficacia y rentabilidad de los Servicios Sanitarios.
Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas
- Las Comunidades Autónomas deben organizar sus Servicios de Salud de acuerdo con los principios básicos de esta Ley.
- En cada Comunidad Autónoma se constituirá un Servicio de Salud integrado por todos los centros, servicios y establecimientos que estará gestionado bajo la responsabilidad de la respectiva Comunidad Autónoma.
- Los Servicios de Salud que se creen en las Comunidades Autónomas se planificarán con criterios de racionalización de los recursos, de acuerdo con las necesidades sanitarias de cada territorio. La base de la planificación será la división de todo el territorio en demarcaciones geográficas.
- Las Comunidades Autónomas, en ejercicio de las competencias asumidas en sus Estatutos, dispondrán acerca de los órganos de gestión y control de sus respectivos Servicios de Salud,.
- Las Comunidades Autónomas ajustarán el ejercicio de sus competencias en materia sanitaria a criterios de participación democrática de todos los interesados, así como de los representantes sindicales y de las organizaciones empresariales.
- Para articular la participación, se creará el Consejo de Salud de la Comunidad Autónoma y órganos de participación en los servicios sanitarios en cada Área.
- Cada Comunidad Autónoma elaborará un Plan de Salud que comprenderá todas las acciones sanitarias necesarias para cumplir los objetivos de sus Servicios de Salud, ajustándose a los criterios generales de coordinación aprobados por el Gobierno..
- Las Comunidades Autónomas regularán la organización, funciones, asignación de medios personales y materiales de cada uno de los Servicios de Salud.
Áreas de Salud
- Las Comunidades Autónomas delimitarán y constituirán en su territorio demarcaciones denominadas Áreas de Salud, debiendo tener en cuenta a tal efecto los principios básicos que en esta Ley se establecen, para organizar un sistema sanitario coordinado e integral.
- Las Áreas de Salud son las estructuras fundamentales del sistema sanitario, responsabilizadas de la gestión unitaria de los centros y establecimientos del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma en su demarcación territorial y de las prestaciones sanitarias y programas sanitarios a desarrollar por ellos.
- Las Áreas de Salud desarrollarán las siguientes actividades:
- En el ámbito de la atención primaria de salud, mediante fórmulas de trabajo en equipo, se atenderá al individuo, la familia y la comunidad; desarrollándose, mediante programas, funciones de promoción de la salud, prevención, curación y rehabilitación, a través tanto de sus medios básicos como de los equipos de apoyo a la atención primaria.
- En el nivel de atención especializada, a realizar en los hospitales y centros de especialidades dependientes funcionalmente de aquéllos, se prestará la atención de mayor complejidad a los problemas de salud y se desarrollarán las demás funciones propias de los hospitales.
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- Las Áreas de Salud serán dirigidas por un órgano propio, donde deberán participar las Corporaciones Locales en ellas situadas con una representación no inferior al 40 por 100, dentro de las directrices y programas generales sanitarios establecidos por la Comunidad Autónoma.
- Las Áreas de Salud se delimitarán teniendo en cuenta factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos y de dotación de vías y medios de comunicación, así como las instalaciones sanitarias del Área que extienda su acción a una población no inferior a 200.000 habitantes ni superior a 250.000. Se exceptúan de la regla anterior las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias y las ciudades de Ceuta y Melilla. En todo caso, cada provincia tendrá, como mínimo, un Área.
- Las Áreas de Salud contarán, como mínimo, con los siguientes órganos:
- De participación: El Consejo de Salud de Área.
- De dirección: El Consejo de Dirección de Área.
- De gestión: El Gerente de Área.
- Los Consejos de Salud de Área son órganos colegiados de participación comunitaria para la consulta y el seguimiento de la gestión,
- Al Consejo de Dirección del Área de Salud corresponde formular las directrices en política de salud y controlar la gestión del Área, dentro de las normas y programas generales establecidos por la Administración autonómica.
- El Gerente del Área de salud será nombrado y cesado por la Dirección del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejo de Dirección del Área.El Gerente del Área de Salud es el órgano de gestión de la misma. Será el encargado de la ejecución de las directrices establecidas por el Consejo de Dirección.
Zonas Básicas de Salud
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Para conseguir la máxima operatividad y eficacia en el funcionamiento de los servicios a nivel primario, las Áreas de Salud se dividirán en zonas básicas de salud.
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En la delimitación de las zonas básicas deberán tenerse en cuenta:
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Las distancias máximas de las agrupaciones de población más alejadas de los servicios y el tiempo normal a invertir en su recorrido usando los medios ordinarios.
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El grado de concentración o dispersión de la población.
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Las características epidemiológicas de la zona.
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Las instalaciones y recursos sanitarios de la zona.
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La zona básica de salud es el marco territorial de la atención primaria de salud donde desarrollan las actividades sanitarias los Centros de Salud, centros integrales de atención primaria.
Funciones del Centro de Salud
- Albergar la estructura física de consultas y servicios asistenciales personales correspondientes a la población en que se ubica.
- Albergar los recursos materiales precisos para la realización de las exploraciones complementarias de que se pueda disponer en la zona.
- Servir como centro de reunión entre la comunidad y los profesionales sanitarios.
- Facilitar el trabajo en equipo de los profesionales sanitarios de la zona.
- Mejorar la organización administrativa de la atención de salud en su zona de influencia.
Hospitales
- Cada Área de Salud estará vinculada o dispondrá, al menos, de un hospital general, con los servicios que aconseje la población a asistir, la estructura de ésta y los problemas de salud.
- El hospital es el establecimiento encargado tanto del internamiento clínico como de la asistencia especializada y complementaria que requiera su zona de influencia.
Red Integrada de Hospitales
- Formará parte de la política sanitaria de todas las Administraciones Públicas la creación de una red integrada de hospitales del sector público.
- Los hospitales generales del sector privado que lo soliciten serán vinculados al Sistema Nacional de Salud.
- La vinculación a la red pública de los hospitales se realizará mediante convenios singulares. Se establecerán los derechos y obligaciones recíprocas en cuanto a duración, prórroga, suspensión temporal, extinción definitiva del mismo, régimen económico, número de camas hospitalarias y demás condiciones de prestación de la asistencia sanitaria. el régimen de jornada de los hospitales será el mismo que el de los hospitales públicos.
- La atención sanitaria prestada por hospitales privados a los usuarios del Sistema Sanitario se imparte en condiciones de gratuidad, por lo que las actividades sanitarias de dicho hospital no podrán tener carácter lucrativo.
- Los hospitales privados vinculados con el Sistema Nacional de la Salud estarán sometidos a las mismas inspecciones y controles sanitarios, administrativos y económicos que los hospitales públicos.
Funciones de los Centros Hospitalarios
- Los centros hospitalarios, además de las tareas estrictamente asistenciales, funciones de promoción de salud, prevención de las enfermedades e investigación y docencia
- En los Servicios sanitarios públicos se tenderá hacia la autonomía y control democrático de su gestión, implantando una dirección participativa por objetivos.
- La evaluación de la calidad de la asistencia prestada deberá ser un proceso continuado que informará todas las actividades del personal de salud y de los servicios sanitarios del Sistema Nacional de Salud.
Coordinación General Sanitaria
- El Estado y las Comunidades Autónomas aprobarán planes de salud en el ámbito de sus respectivas competencias, en los que se preverán las inversiones y acciones sanitarias a desarrollar, anual o plurianualmente
- La Coordinación General Sanitaria incluirá:
- El establecimiento con carácter general de índices o criterios mínimos básicos y comunes para evaluar las necesidades de personal, centros o servicios sanitarios.
- La determinación de fines u objetivos mínimos comunes en materia de prevención, protección, promoción y asistencia sanitaria.
- El marco de actuaciones y prioridades para alcanzar un sistema sanitario coherente, armónico y solidario.
- El establecimiento con carácter general de criterios mínimos básicos y comunes de evaluación de la eficacia y rendimiento de los programas, centros o servicios sanitarios.
- El Estado y las Comunidades Autónomas podrán establecer planes de salud conjuntos
- La coordinación general sanitaria se ejercerá por el Estado, fijando medios y sistemas de relación para facilitar la información recíproca, la homogeneidad técnica en determinados aspectos y la acción conjunta de las Administraciones Públicas sanitarias.
- El Plan Integrado de Salud recogerá en un documento único los planes estatales, los planes de las Comunidades Autónomas y los planes conjuntos. Asimismo relacionará las asignaciones a realizar por las diferentes Administraciones Públicas y las fuentes de su financiación.
- El Plan Integrado de Salud se entenderá definitivamente formulado una vez que tenga conocimiento del mismo el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que podrá hacer las observaciones y recomendaciones que estime pertinentes. Corresponderá al Gobierno la aprobación definitiva de dicho Plan
- El Estado y las Comunidades Autónomas podrán hacer los ajustes y adaptaciones que vengan exigidos por la valoración de circunstancias o por las disfunciones observadas en la ejecución de sus respectivos planes y comunicarlo al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Financiación del Sistema
- Los Presupuestos del Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales y Seguridad Social consignarán las partidas precisas para atender las necesidades sanitarias de todos los Organismos e Instituciones dependientes de las Administraciones Públicas y para el desarrollo de sus competencias.
- La financiación de la asistencia prestada se realizará con cargo a:
- Cotizaciones sociales.
- Transferencias del Estado,
- Tasas por la prestación de determinados servicios.
- Por aportaciones de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales.
- Tributos estatales cedidos.
- La generalización del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria que implica la homologación de las atenciones y prestaciones del sistema sanitario público se efectuará mediante una asignación de recursos financieros que tengan en cuenta tanto la población a atender en cada Comunidad Autónoma como las inversiones sanitarias a realizar para corregir las desigualdades territoriales sanitarias.
- Los ingresos procedentes de la asistencia sanitaria en los supuestos de seguros obligatorios especiales y en todos aquellos supuestos, asegurados o no, en que aparezca un tercero obligado al pago, tendrán la condición de ingresos propios del Servicio de Salud correspondiente. Los gastos inherentes a la prestación de tales servicios no se financiarán con los ingresos de la Seguridad Social. En ningún caso estos ingresos podrán revertir en aquellos que intervinieron en la atención a estos pacientes.
Personal Sanitario
- En materia de personal se contendrá la normativa básica aplicable en materia de clasificación, selección, provisión de puestos de trabajo y situaciones, derechos, deberes, régimen disciplinario, incompatibilidades y sistema retributivo, garantizando la estabilidad en el empleo y su categoría profesional.
- El ejercicio de la labor del personal sanitario deberá organizarse de forma que se estimule en los mismos la valoración del estado de salud de la población y se disminuyan las necesidades de atenciones reparadoras de la enfermedad.
- Los recursos humanos pertenecientes a los Servicios del Área se considerarán adscritos a dicha unidad de gestión, garantizando la formación y perfeccionamiento continuados del personal sanitario adscrito al Área.
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