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Questions and Answers
¿Cuál es la diferencia principal entre la parte 1 y la parte 2 de la Constitución Nacional?
¿Cuál es la diferencia principal entre la parte 1 y la parte 2 de la Constitución Nacional?
- La parte 1 es únicamente sobre derechos internacionales, y la parte 2 sobre derechos nacionales.
- La parte 1 trata sobre la organización del gobierno, y la parte 2 sobre derechos y garantías.
- La parte 1 trata sobre derechos y garantías, y la parte 2 sobre la organización del gobierno. (correct)
- Ambas partes se centran en los derechos humanos sin ninguna otra temática.
¿Qué establece el Artículo 75, sección 22 de la Constitución Nacional?
¿Qué establece el Artículo 75, sección 22 de la Constitución Nacional?
- Los derechos internacionales solo son vinculantes si están mencionados en la Constitución.
- El estado argentino no tiene obligaciones internacionales relacionadas con derechos humanos.
- Las leyes nacionales siempre prevalecen sobre los derechos internacionales.
- Hay 11 instrumentos internacionales que tienen superioridad sobre las leyes nacionales. (correct)
¿Cómo se considera a los derechos que no están explícitamente listados en la Constitución?
¿Cómo se considera a los derechos que no están explícitamente listados en la Constitución?
- Son considerados como derechos preexistentes que la Constitución reconoce. (correct)
- Son derechos que pueden ser ignorados por el Estado.
- Solo se reconocen si se desarrollan a través de leyes específicas.
- No son reconocidos por la Constitución.
¿Qué tipo de fuentes reconoce el sistema de derechos en un país democrático como Argentina?
¿Qué tipo de fuentes reconoce el sistema de derechos en un país democrático como Argentina?
¿Qué papel juega la tecnología de la información en los derechos reconocidos por la Constitución?
¿Qué papel juega la tecnología de la información en los derechos reconocidos por la Constitución?
¿Qué significa que la Constitución no crea derechos, sino que los reconoce?
¿Qué significa que la Constitución no crea derechos, sino que los reconoce?
¿Qué ocurre si alguna ley nacional o provincial contradice un instrumento internacional reconocido?
¿Qué ocurre si alguna ley nacional o provincial contradice un instrumento internacional reconocido?
¿Qué garantiza el sistema de derechos dentro de la democracia en Argentina?
¿Qué garantiza el sistema de derechos dentro de la democracia en Argentina?
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es falsa respecto a los derechos reconocidos por la Constitución?
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es falsa respecto a los derechos reconocidos por la Constitución?
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Study Notes
La Constitución Nacional y los Derechos
- La Constitución Nacional de Argentina reconoce los derechos de las personas y grupos, así como los mecanismos o garantías para protegerlos.
- Los derechos y garantías se encuentran principalmente en la primera parte de la Constitución, llamada "Declaraciones, Derechos y Garantías", que históricamente era el Capítulo 1.
- Una reforma en 1994 agregó el Capítulo 2, sobre "Nuevos Derechos y Garantías".
- Estos dos capítulos son complementarios y se complementan con la segunda parte de la Constitución, que trata sobre la organización de los gobiernos nacional y provincial.
- El sistema de derechos en un país democrático como Argentina reconoce dos fuentes: internas y externas.
- Las fuentes internas son la Constitución Nacional y las leyes nacionales.
- Las fuentes externas son los instrumentos internacionales de derechos humanos.
- El artículo 75, sección 22, de la Constitución enumera 11 instrumentos internacionales (declaraciones, pactos y un protocolo adicional) que tienen un rango superior a cualquier ley nacional.
- Ninguna ley nacional o provincial puede contradecir estas normas internacionales.
- El Estado argentino tiene la obligación internacional (ante los tribunales) de cumplir con estos acuerdos.
- Se pueden introducir otros acuerdos similares bajo condiciones similares.
- La Constitución reconoce los derechos, pero no los crea.
- Los derechos existen antes de la Constitución, y la Constitución solo los formaliza.
- Se reconocen otros derechos no explícitamente enumerados en la Constitución, como los que derivan de la soberanía del pueblo y la forma republicana de gobierno, tal como se establece en el artículo 33.
- Los desarrollos modernos (como la tecnología de la información) pueden llevar a nuevas demandas de derechos.
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