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Questions and Answers
¿A quiénes se considera discapacitados según la normativa de SUDEBAN?
¿A quiénes se considera discapacitados según la normativa de SUDEBAN?
¿Qué obligación establece SUDEBAN en cuanto a la atención a personas de tercera edad y discapacitadas en todas las oficinas y agencias?
¿Qué obligación establece SUDEBAN en cuanto a la atención a personas de tercera edad y discapacitadas en todas las oficinas y agencias?
¿Qué establece SUDEBAN en cuanto a la atención a personas con discapacidad, de tercera edad y mujeres embarazadas en instituciones financieras?
¿Qué establece SUDEBAN en cuanto a la atención a personas con discapacidad, de tercera edad y mujeres embarazadas en instituciones financieras?
Study Notes
Normas de SUDEBAN para la atención a personas de tercera edad y discapacitadas en instituciones financieras.
- SUDEBAN establece normas para la atención a personas con discapacidad, de tercera edad y mujeres embarazadas en instituciones financieras.
- La resolución 487.10 sustituye a la anterior de 2008.
- La normativa se aplica a bancos, entidades de ahorro y préstamo, casas de cambio y arrendadoras financieras.
- Se define a personas con discapacidad como aquellas con disfunción o ausencia de capacidades físicas, mentales, intelectuales o sensoriales.
- Se reconocen como discapacitados a sordos, ciegos, autistas, entre otros.
- Se establece la obligación de adecuar al menos una taquilla preferencial para personas de tercera edad y discapacitadas en todas las oficinas y agencias.
- Las instalaciones deben contar con taquillas o puestos de atención integral para personas en sillas de ruedas.
- Deben disponer de mecanismos para facilitar la atención y orientación a personas con discapacidad auditiva, visual y múltiples.
- Se debe incorporar mobiliario que facilite el llenado de formularios a personas en sillas de ruedas.
- La taquilla preferencial y el puesto de atención integral deben estar disponibles en horario bancario, incluyendo horas de almuerzo.
- Deben acondicionar un área con sillas exclusivas para personas de tercera edad y discapacitadas.
- Deben contar con personal que facilite información y atención a personas discapacitadas.
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¿Conoces las normas de SUDEBAN para la atención a personas de tercera edad y discapacitadas en instituciones financieras? ¡Pon a prueba tus conocimientos en este quiz! Aprenderás sobre la resolución 487.10 y todas las obligaciones que tienen los bancos, entidades de ahorro y préstamo, casas de cambio y arrendadoras financieras para garantizar una atención adecuada a estas personas