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Questions and Answers
¿Qué implica el principio de independencia y autonomía profesional según el Código Deontológico del Psicólogo?
¿Qué implica el principio de independencia y autonomía profesional según el Código Deontológico del Psicólogo?
- La autonomía para ejercer la profesión sin importar la posición jerárquica en una organización. (correct)
- La libertad para establecer honorarios sin regulación.
- La capacidad de priorizar los objetivos personales sobre los del paciente.
- El derecho a no colaborar con otros profesionales.
¿Cómo debe actuar un psicólogo ante intereses contrapuestos, ya sean personales o institucionales, según el Código Deontológico?
¿Cómo debe actuar un psicólogo ante intereses contrapuestos, ya sean personales o institucionales, según el Código Deontológico?
- Evitar cualquier conflicto renunciando a la actividad profesional.
- Realizar su actividad con la máxima imparcialidad posible. (correct)
- Buscar el máximo beneficio personal sin importar el contexto.
- Priorizar siempre los intereses de la institución.
Según el Código Deontológico, ¿qué acción constituye una grave violación de la ética profesional?
Según el Código Deontológico, ¿qué acción constituye una grave violación de la ética profesional?
- Cobrar honorarios excesivos.
- Participar en actos de tortura o malos tratos. (correct)
- Criticar públicamente a otros psicólogos.
- Revelar información confidencial con consentimiento del cliente.
En el contexto de la investigación psicológica, ¿qué debe garantizar el psicólogo cuando se requiere el uso de la decepción o el engaño?
En el contexto de la investigación psicológica, ¿qué debe garantizar el psicólogo cuando se requiere el uso de la decepción o el engaño?
¿Qué principio fundamental debe regir la actividad del psicólogo en la prestación de sus servicios, según el Código Deontológico?
¿Qué principio fundamental debe regir la actividad del psicólogo en la prestación de sus servicios, según el Código Deontológico?
¿Cuál es la obligación del psicólogo al comunicar los resultados de una evaluación o intervención psicológica solicitada por un tercero?
¿Cuál es la obligación del psicólogo al comunicar los resultados de una evaluación o intervención psicológica solicitada por un tercero?
¿Qué aspecto debe cuidar especialmente el psicólogo al elaborar informes escritos, según el Código Deontológico?
¿Qué aspecto debe cuidar especialmente el psicólogo al elaborar informes escritos, según el Código Deontológico?
De acuerdo con el Código Deontológico, ¿qué debe hacer un psicólogo si se da cuenta de que es incapaz de alcanzar los objetivos propuestos en una intervención?
De acuerdo con el Código Deontológico, ¿qué debe hacer un psicólogo si se da cuenta de que es incapaz de alcanzar los objetivos propuestos en una intervención?
¿Qué se establece en relación con la experimentación con animales en el Código Deontológico?
¿Qué se establece en relación con la experimentación con animales en el Código Deontológico?
¿Cuál es la principal función de la Comisión Deontológica estatal del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos?
¿Cuál es la principal función de la Comisión Deontológica estatal del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos?
Según el Código Deontológico, ¿qué tipo de información está sujeta al deber y derecho de secreto profesional?
Según el Código Deontológico, ¿qué tipo de información está sujeta al deber y derecho de secreto profesional?
¿Qué exige el Código Deontológico en relación con el uso de seudónimos por parte de un psicólogo en su actividad profesional?
¿Qué exige el Código Deontológico en relación con el uso de seudónimos por parte de un psicólogo en su actividad profesional?
En el caso de que un psicólogo se encuentre ante un conflicto de normas legales y deontológicas, ¿cómo debe actuar?
En el caso de que un psicólogo se encuentre ante un conflicto de normas legales y deontológicas, ¿cómo debe actuar?
¿Qué indica el Código Deontológico sobre la mezcla del ejercicio de la psicología con otros procedimientos ajenos a su fundamento científico?
¿Qué indica el Código Deontológico sobre la mezcla del ejercicio de la psicología con otros procedimientos ajenos a su fundamento científico?
Según el Código Deontológico, ¿qué debe asegurar un psicólogo antes de involucrar a sujetos en una investigación que requiera daños pasajeros o molestias?
Según el Código Deontológico, ¿qué debe asegurar un psicólogo antes de involucrar a sujetos en una investigación que requiera daños pasajeros o molestias?
En relación con la publicidad de los servicios psicológicos, ¿qué deben hacer los profesionales según el Código Deontológico?
En relación con la publicidad de los servicios psicológicos, ¿qué deben hacer los profesionales según el Código Deontológico?
¿Qué se establece sobre la manipulación de personas en el contexto de una intervención psicológica, según el Código Deontológico?
¿Qué se establece sobre la manipulación de personas en el contexto de una intervención psicológica, según el Código Deontológico?
Según el Código Deontológico, ¿qué debe hacer un psicólogo ante violaciones de los derechos humanos o malos tratos de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión?
Según el Código Deontológico, ¿qué debe hacer un psicólogo ante violaciones de los derechos humanos o malos tratos de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión?
¿Qué actitud debe mantener el psicólogo hacia las intervenciones iniciadas por otros colegas?
¿Qué actitud debe mantener el psicólogo hacia las intervenciones iniciadas por otros colegas?
Según el Código Deontológico, ¿qué criterio debe primar al fijar los honorarios por los servicios profesionales?
Según el Código Deontológico, ¿qué criterio debe primar al fijar los honorarios por los servicios profesionales?
Flashcards
¿Qué es el Código Deontológico?
¿Qué es el Código Deontológico?
Regla de conducta profesional en el ejercicio de la Psicología, juzgada por el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.
¿En qué se rige la actividad del psicólogo?
¿En qué se rige la actividad del psicólogo?
Se basa en principios de convivencia y legalidad democrática establecidos en el Estado Español.
¿Qué debe considerar el psicólogo?
¿Qué debe considerar el psicólogo?
Tener en cuenta las normas sociales explícitas e implícitas del entorno.
¿Qué debe rechazar el psicólogo?
¿Qué debe rechazar el psicólogo?
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¿Cuál es la finalidad del ejercicio de la Psicología?
¿Cuál es la finalidad del ejercicio de la Psicología?
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¿Qué rige la profesión de Psicólogo?
¿Qué rige la profesión de Psicólogo?
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¿Qué prácticas no debe realizar el psicólogo?
¿Qué prácticas no debe realizar el psicólogo?
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¿Qué debe informar el psicólogo?
¿Qué debe informar el psicólogo?
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¿Qué debe respetar el psicólogo de sus clientes?
¿Qué debe respetar el psicólogo de sus clientes?
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¿Qué tipo de discriminación evitará un psicólogo?
¿Qué tipo de discriminación evitará un psicólogo?
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¿Qué no debe aprovechar el psicólogo?
¿Qué no debe aprovechar el psicólogo?
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¿Cómo debe ser el psicólogo en sus informes escritos?
¿Cómo debe ser el psicólogo en sus informes escritos?
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¿Qué maniobras no debe realizar el psicólogo?
¿Qué maniobras no debe realizar el psicólogo?
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¿Qué no debe prestar el psicólogo?
¿Qué no debe prestar el psicólogo?
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¿Cómo debe actuar el psicólogo ante conflictos de interés?
¿Cómo debe actuar el psicólogo ante conflictos de interés?
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¿Qué principio esencial existe en la profesión del psicólogo?
¿Qué principio esencial existe en la profesión del psicólogo?
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¿Qué debe hacer el profesional de la Psicología?
¿Qué debe hacer el profesional de la Psicología?
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¿Qué debe evitar usar el psicólogo?
¿Qué debe evitar usar el psicólogo?
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¿Qué debe evitar el psicólogo?
¿Qué debe evitar el psicólogo?
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¿Qué información se debe ofrecer al paciente?
¿Qué información se debe ofrecer al paciente?
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Study Notes
Código Deontológico del Psicólogo
- El Código Deontológico de la profesión de Psicólogo está destinado a servir como regla de conducta profesional en el ejercicio de la Psicología.
- El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos juzgará el ejercicio de la profesión de los colegiados según sus normas.
- La actividad del Psicólogo se rige por los principios de convivencia y legalidad democráticamente establecidos en España.
- Un Psicólogo tendrá en cuenta las normas explícitas e implícitas del entorno social en el que actúa.
- Un Psicólogo rechazará impedimentos a su independencia profesional dentro del marco de derechos y deberes del Código.
- El ejercicio de la Psicología se ordena a una finalidad humana y social, como el bienestar, la salud, la calidad de vida y el desarrollo de las personas y los grupos.
- Se promueve la colaboración interdisciplinar con otros profesionales, respetando las competencias y el saber de cada uno.
- La profesión se rige por principios como el respeto a la persona, la protección de los derechos humanos, la responsabilidad y la prudencia.
- Un psicólogo no realizará ni contribuirá a prácticas que atenten contra la libertad e integridad física y psíquica de las personas.
- La tortura y los malos tratos constituyen la más grave violación de la ética profesional.
- Un psicólogo debe informar a los organismos colegiales sobre violaciones de los derechos humanos y malos tratos.
- Un psicólogo respetará los criterios morales y religiosos de sus clientes, sin impedir su cuestionamiento necesario durante la intervención.
- Un psicólogo no hará discriminación por razones de nacimiento, edad, raza, sexo, credo, ideología, nacionalidad, clase social u otra diferencia.
- Un psicólogo no aprovechará la situación de poder que el ejercicio de la profesión pueda conferirle sobre los clientes.
- Se insta a ser cauto, prudente y crítico en los informes escritos, evitando etiquetas devaluadoras y discriminatorias.
- Un psicólogo no realizará maniobras de captación contrarias a la ley para obtener casos ni asegurará su monopolio profesional.
- Un psicólogo no prestará su nombre ni su firma a personas que ejerzan ilegítimamente la Psicología.
- Se espera que un psicólogo actúe con imparcialidad ante intereses personales o institucionales contrapuestos.
Competencia Profesional y Relación con Otros Profesionales
- Los deberes y derechos del psicólogo se basan en la independencia y autonomía profesional, sin importar su posición jerárquica en una organización.
- La autoridad profesional del psicólogo se basa en su capacitación para las tareas que realiza, manteniéndose actualizado y reconociendo los límites de su competencia.
- Un psicólogo no utilizará medios o procedimientos que no estén suficientemente contrastados científicamente.
- El material psicológico, tanto de evaluación como de intervención, está reservado para el uso de psicólogos.
- Los Psicólogos gestionarán o garantizarán la debida custodia de los documentos psicológicos.
- Cuando una evaluación o intervención involucre relaciones con otras áreas disciplinares, el psicólogo asegurará las conexiones correspondientes.
- El ejercicio de la psicología no debe mezclarse con procedimientos ajenos al fundamento científico, cuando esté legalmente prohibido.
- Un psicólogo no desacreditará a colegas u otros profesionales, hablando con respeto de las escuelas y tipos de intervención con credibilidad científica.
- El ejercicio de la Psicología se basa en el respeto recíproco entre el psicólogo y otras profesiones.
Intervención
- Un psicólogo debe rechazar prestar servicios que puedan ser mal utilizados o en contra de los legítimos intereses de las personas.
- Al iniciar una intervención, el psicólogo debe ofrecer información sobre las características de la relación, los problemas, los objetivos y el método utilizado.
- En caso de menores o incapacitados, se informará a sus padres o tutores.
- Se evitará la manipulación de las personas, promoviendo su desarrollo y autonomía.
- Un psicólogo debe terminar su intervención cuando se alcanzan los objetivos o si es incapaz de lograrlos, indicando a otros profesionales.
- El paciente tiene libertad para elegir y cambiar de psicólogo, y el psicólogo puede negarse a simultanear su intervención con otra.
- Un psicólogo no aprovechará su posición para reclamar condiciones especiales de trabajo o remuneraciones superiores.
- Un psicólogo no se prestará a situaciones confusas donde su papel y función sean ambiguos.
- No corresponde al nuevo psicólogo valorar las intervenciones iniciadas por otros psicólogos, respetando la libre elección del paciente.
- En campañas de publicidad, el psicólogo colaborará en salvaguardar la veracidad y el respeto a las personas.
- Un psicólogo debe evitar crear falsas expectativas que no pueda cumplir.
Investigación y Docencia
- En su profesión, un psicólogo procurará contribuir al avance de la ciencia y de la profesión, comunicando su saber a estudiantes y otros profesionales.
- Un psicólogo rehusará causar daños permanentes o innecesarios en la investigación.
- La participación en la investigación debe ser autorizada por los participantes o sus tutores legales si son menores o incapacitados.
- Si la investigación requiere daños pasajeros, el investigador se asegurará de la libertad y el consentimiento informado de los participantes.
- Los participantes pueden interrumpir su participación en cualquier momento.
- Cuando la investigación requiera engaño, el psicólogo se asegurará de que no cause perjuicios duraderos y revelará la naturaleza del engaño al concluir.
- La investigación psicológica se hará con respeto a la dignidad, creencias, intimidad y pudor de las personas.
- La experimentación con animales evitará sufrimientos innecesarios, y las operaciones se realizarán con anestesia.
Obtención y Uso de la Información
- Un psicólogo mostrará respeto por la intimidad de su cliente, recabando solo la información necesaria y con su autorización.
- Toda la información recogida está sujeta al secreto profesional, del cual solo se exime con el consentimiento del cliente.
- Se protegerá el secreto profesional por el psicólogo y sus colaboradores.
- La información obtenida solo se comunicará a terceros con autorización del interesado y dentro de los límites de esta autorización.
- En evaluaciones solicitadas por terceros, el sujeto tiene derecho a ser informado y a conocer el contenido del informe, siempre que no cause perjuicio.
- Los informes psicológicos realizados a petición de instituciones estarán sometidos a confidencialidad.
- Las listas de sujetos evaluados se realizarán omitiendo nombres y datos de identificación, a menos que sea estrictamente necesario.
- Un psicólogo no utilizará la información profesionalmente adquirida en beneficio propio o de terceros, ni en perjuicio del interesado.
- La exposición de casos clínicos debe hacerse de modo que no sea posible la identificación de la persona. Si se usa un medio que pueda identificar al sujeto, se requiere su consentimiento previo.
- Los registros de datos psicológicos se conservarán bajo seguridad y secreto.
- Se requiere el consentimiento del cliente para la presencia de terceras personas en el acto profesional.
- Los informes psicológicos deben ser claros, precisos, rigurosos e inteligibles, expresando su alcance, limitaciones y datos del profesional.
- El fallecimiento del cliente no libera al psicólogo de las obligaciones del secreto profesional.
Publicidad
- Los profesionales colegiados ajustarán su conducta en materia de comunicaciones comerciales a lo dispuesto en la Ley.
- Constituye una grave violación de la deontología profesional atribuirse una titulación que no se posee o utilizar títulos ambiguos que puedan inducir a error.
- Un psicólogo puede participar en campañas de asesoramiento e información a la población con fines sociales.
- El psicólogo que utilice seudónimo deberá declararlo al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.
Honorarios y Remuneración
- Los criterios orientativos en materia de honorarios y remuneración solo pueden referirse a los supuestos de tasación de costas.
- El psicólogo informará previamente al cliente sobre la cuantía de los honorarios por sus servicios.
- La Comisión Deontológica velará por la interpretación y aplicación de este Código.
- El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos garantiza la defensa de los colegiados que se vean atacados por el ejercicio de actos profesionales legítimos.
- El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos promoverá el compromiso formal de las instituciones colegiales y de la profesión ante la sociedad española.
- En caso de conflicto de normas adversas, un psicólogo resolverá en conciencia, informando a las partes interesadas y a la Comisión Deontológica Colegial.
Anexo Reglamento de la Comisión Deontológica Estatal
- El Código Deontológico sirve como pauta de conducta profesional, basado en los principios de convivencia y legalidad.
- El Título VIII del Código Deontológico recoge el marco general para el procedimiento de quejas y demandas.
- Los Colegios Territoriales tienen Comisiones Deontológicas que difunden y cumplen el Código.
- Ahora compete al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos constituir y reglamentar la Comisión Deontológica Estatal.
- La Comisión Deontológica Estatal (C.D.E.) vela por la difusión y cumplimiento del Código Deontológico en su ámbito.
- La C.D.E. promueve y coordina la actividad de las Comisiones Deontológicas de los Colegios Territoriales.
- La C.D.E. asume las competencias de las Comisiones Deontológicas Territoriales en ciertos supuestos.
- La C.D.E. establece relaciones con las Comisiones Deontológicas de otros Colegios, asociaciones, etc.
- La C.D.E. tramita y propone Resoluciones de los Expedientes deontológicos remitidos.
- La C.D.E. asume el conocimiento de las demandas deontológicas en las cuales existan conflictos de competencia territorial.
- La Comisión Deontológica Estatal estará compuesta por los Presidentes de las Comisiones Deontológicas de los Colegios Territoriales.
- La Comisión Deontológica Estatal tiene un Presidente, Vicepresidente, Secretario y Vicesecretario, elegidos por votación.
- Las sesiones de trabajo son convocadas y moderadas por el Presidente, y el Secretario levanta Actas.
- La Comisión Deontológica Estatal se reunirá al menos dos veces al año o a petición de un tercio de sus miembros.
- El Presidente, Vicepresidente, Secretario y Vicesecretario, asistidos por el Asesor Jurídico, constituyen la Comisión Permanente.
- Toda duda en la interpretación de las normas de este Código será resuelta a criterio de la Comisión Deontológica Estatal.
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