Acogimiento Residencial: Ley 7/2023 Castilla-La Mancha

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Questions and Answers

¿Cuál es el propósito principal del acogimiento residencial según la Ley 7/2023 de Castilla-La Mancha?

  • Ofrecer atención médica especializada a menores con problemas de salud graves.
  • Facilitar la adopción de menores por familias previamente seleccionadas.
  • Proporcionar alojamiento temporal a menores de edad mientras se busca una solución permanente.
  • Satisfacer las necesidades integrales de menores de edad en un entorno residencial, priorizando su desarrollo y bienestar. (correct)

¿Qué entidades participan en la supervisión del acogimiento residencial de un menor, según la legislación vigente?

  • El director del centro residencial y los servicios sociales municipales.
  • La Comisión Provincial de Protección a la Infancia y el Ministerio Fiscal. (correct)
  • Los padres biológicos del menor y un representante legal.
  • El equipo educativo del centro y la Consejería de Educación.

Según la ley, ¿qué se debe garantizar a los menores en acogimiento residencial con respecto a su identidad e intimidad?

  • Se debe restringir el contacto con su familia de origen para evitar conflictos de identidad.
  • Se debe limitar la expresión de sus opiniones personales para mantener la armonía en el centro.
  • Se debe promover la asimilación a la cultura del centro de acogida para facilitar su integración.
  • Se debe garantizar el respeto a su intimidad e identidad, permitiendo un trato afectivo y una vida cotidiana personalizada. (correct)

¿Qué documento debe existir para cada menor en un hogar o centro de atención residencial, además del Plan Individualizado de Protección?

<p>Un Proyecto Educativo Individualizado que establezca la finalidad del ingreso, los objetivos a conseguir, la valoración del daño y el plazo para su consecución. (C)</p> Signup and view all the answers

Además de las visitas familiares, ¿qué otras experiencias de convivencia se pueden favorecer para un menor en acogimiento residencial?

<p>Convivencia o visitas con familiares o allegados que participen en el programa de referentes o con personas y familias que hayan acogido previamente al niño, niña o adolescente y se considere positivo mantener el contacto. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es un objetivo prioritario para los menores en acogimiento residencial a partir de los 16 años?

<p>La preparación para la vida independiente, la finalización de los estudios y acciones formativas ya iniciadas y la orientación y formación hacia la inserción laboral y la inclusión social. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué tipo de autorización se requiere para la apertura de un recurso de acogimiento residencial en Castilla-La Mancha?

<p>Autorización de la Entidad Pública conforme a su planificación. (C)</p> Signup and view all the answers

En el contexto de la atención especializada en acogimiento residencial, ¿qué principio se debe aplicar al determinar las actuaciones a seguir?

<p>Principio de normalización, proporcionalidad, estabilidad de las figuras educativas y arraigo. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la finalidad principal de los centros de primera acogida y valoración?

<p>Llevar a cabo la primera acogida del niño, niña o adolescente, la valoración diagnóstica de los efectos que la situación de desprotección ha podido provocarle, y la propuesta de las medidas más adecuadas, de manera complementaria y coordinada con el Equipo Interdisciplinar, en el marco del Plan individualizado de protección. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es el límite general de tiempo que un niño, niña o adolescente puede permanecer en un centro de primera acogida y valoración?

<p>Seis meses. Transcurrido este tiempo deberán acreditarse los motivos o las dificultades encontradas para mantener la estancia. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Qué característica principal define a los centros especializados en el sistema de acogimiento residencial?

<p>Atienden a menores con medidas de protección que presentan una problemática muy específica o grave valorada por los servicios de salud mental o discapacidad, y de protección a la infancia, por la que requieren atención intensiva a la que no es posible dar respuesta en hogares ordinarios de acogimiento residencial ni en acogimiento familiar ordinario o especializado con el apoyo de otros recursos comunitarios ni con la atención especializada recogida en el artículo 74. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Qué requisito específico se establece para que un menor de doce años pueda ser admitido en un centro especializado?

<p>Que tenga un grado de discapacidad reconocido que requiera de la atención de tercera persona y atención y vigilancia continuada para garantizar la integridad física o la vida del niño, niña o adolescente. (A)</p> Signup and view all the answers

En el contexto de los recursos de acogimiento residencial, ¿qué se entiende por 'hogar' según la Ley 7/2023?

<p>Las unidades de convivencia. (B)</p> Signup and view all the answers

Según la ley, ¿qué se debe promover en relación con la educación de los niños, niñas y adolescentes en acogimiento residencial?

<p>Se debe promover la educación integral e inclusiva de los niños, niñas y adolescentes residentes, facilitando el acceso a los sistemas ordinarios de carácter educativo, formativo, laboral, sanitario y a cualquier equipamiento o servicio de su entorno social, con actividades o programas que potencien hábitos de vida saludable, tales como una adecuada alimentación, la práctica del deporte, la educación emocional y afectivo-sexual, y otros temas de interés para las personas menores de edad. (D)</p> Signup and view all the answers

En relación con la diversidad cultural de los menores acogidos, ¿qué se debe contemplar en los hogares y centros de atención residencial?

<p>Se debe contemplar la diversidad cultural de las personas acogidas, fomentando tanto el conocimiento mutuo de culturas como la competencia cultural, llevando a cabo una adecuada gestión de dicha diversidad en términos de igualdad y justicia social. (A)</p> Signup and view all the answers

En caso de que un menor en acogimiento residencial presente necesidades específicas que no pueden ser atendidas a través de recursos normalizados, ¿qué tipo de actuaciones se pueden promover?

<p>Apoyo psicoterapéutico, refuerzo temporal del equipo educativo del hogar, estancia por tiempo determinado en recurso residencial especializado, si la dificultad que se trata de atender se prevé temporal, estancia permanente con delegación del ejercicio de la guarda del niño, niña o adolescente en recurso residencial especializado, si la dificultad que se trata de atender no tiene carácter temporal, siempre y cuando la atención en recurso ordinario con los apoyos existentes se haya revelado insuficiente y contraria al interés de la persona menor de edad, cualquier otra que se determine para el niño, niña o adolescente residente de manera coherente con su Plan individualizado de protección y sus necesidades, teniendo siempre en cuenta el consenso científico y aplicando los principios de normalización, proporcionalidad, estabilidad de las figuras educativas y arraigo, apoyo para el aprendizaje escolar. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Qué aspecto fundamental debe tenerse en cuenta al asignar un recurso de atención especializada a un menor en acogimiento residencial?

<p>El consenso científico y aplicando los principios de normalización, proporcionalidad, estabilidad de las figuras educativas y arraigo. (B)</p> Signup and view all the answers

En el marco del acogimiento residencial, ¿qué papel juega el Plan Individualizado de Protección (PIP)?

<p>Es un documento que guía las actuaciones y decisiones relacionadas con el menor acogido, incluyendo las relaciones con su familia de origen. (C)</p> Signup and view all the answers

En el contexto de la atención a menores con especial vulnerabilidad ante delitos de abuso o explotación sexual, ¿qué se debe garantizar desde los recursos de atención residencial?

<p>Se debe velar desde los recursos de atención residencial por las personas menores de edad acogidas con especial situación de vulnerabilidad ante delitos de abuso o explotación sexual, y trata de seres humanos, en coordinación con el resto de agentes implicados en garantizar su seguridad y protección. (D)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con la ley, ¿qué tipo de entidades pueden colaborar con la Entidad Pública para llevar a cabo las medidas de acogimiento residencial?

<p>Entidades sociales del tercer sector que figuren inscritas en el correspondiente Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué aspectos se deben considerar al preparar a un menor para su salida de un hogar o centro de atención residencial?

<p>La previsión de su preparación tanto a la llegada como a la salida, en el marco del Plan individualizado de protección. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Qué implicación tiene la expresión «hogar» para las unidades de convivencia dentro del acogimiento residencial?

<p>Representa un entorno seguro y de buen trato. (A)</p> Signup and view all the answers

En caso de que la atención en recursos normalizados resulte insuficiente para un niño en acogimiento residencial con necesidades específicas, ¿qué medida puede promoverse?

<p>La estancia permanente con delegación del ejercicio de la guarda del niño, niña o adolescente en recurso residencial especializado, si la dificultad que se trata de atender no tiene carácter temporal, siempre y cuando la atención en recurso ordinario con los apoyos existentes se haya revelado insuficiente y contraria al interés de la persona menor de edad. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el artículo 72, ¿cómo se promueve la participación de los niños, niñas y adolescentes en su acogimiento residencial?

<p>Debe promoverse la participación activa de los niños, niñas y adolescentes, en cualquier aspecto relativo a su medida de acogimiento residencial, así como se establecerán canales adecuados para su comunicación con la Entidad Pública u otros organismos que defiendan sus intereses. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál de las siguientes NO es una función específica de los recursos de acogimiento residencial según el artículo 73.1?

<p>Centros de atención a personas mayores dependientes. (B)</p> Signup and view all the answers

Según el artículo 73.4, ¿qué tipo de colaboración puede establecer la Entidad Pública para llevar a cabo las medidas de acogimiento residencial?

<p>Convenios, conciertos, contratos o acuerdos de colaboración con entidades sociales del tercer sector que figuren inscritas en el correspondiente Registro de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, sin que en ningún caso suponga la cesión de la titularidad y la responsabilidad pública de la ejecución de la medida. (A)</p> Signup and view all the answers

En el artículo 75, ¿qué se establece respecto a la prolongación de la estancia en un centro de primera acogida y valoración?

<p>Transcurrido este tiempo deberán acreditarse los motivos o las dificultades encontradas para mantener la estancia. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el artículo 76, ¿qué se requiere para el acceso a un centro especializado, además de un informe de la Comisión Provincial de Protección a la Infancia?

<p>La autorización de la Comisión Regional de Atención a la Infancia. (A)</p> Signup and view all the answers

En el contexto del acogimiento residencial, ¿qué implica el principio de 'estabilidad de las figuras educativas'?

<p>Garantizar la continuidad y coherencia en las figuras de referencia para el menor. (D)</p> Signup and view all the answers

Flashcards

Acogimiento residencial

Medida de protección para satisfacer necesidades residenciales, educativas y emocionales de menores.

Finalidad del acogimiento residencial

Proporcionar atención en unidades de convivencia, garantizando derechos e intimidad de los menores con figuras de referencia estables.

¿Qué es un 'hogar'?

Unidades de convivencia en acogimiento residencial.

¿Qué es un 'centro'?

Centros de primera acogida y valoración, o centros especializados.

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Constitución de acogimiento residencial

Se constituye por acuerdo de la Comisión Provincial de Protección a la Infancia, delegando la guarda al director del recurso.

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Promoción en acogimiento residencial

Participación activa del menor y comunicación con la Entidad Pública.

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Relaciones familiares en acogimiento

Facilitar las relaciones entre el menor y su familia de origen, según el Plan individualizado de protección.

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Proyecto Educativo Individualizado

Documento que establece la finalidad del ingreso, objetivos, valoración del daño y plazos.

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Participación en el hogar

Promover la participación del menor en decisiones que le afecten, incluyendo la gestión y organización del centro.

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Experiencias de convivencia

Favorecer experiencias de convivencia o visitas con familiares, allegados o personas que hayan acogido previamente al menor.

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Educación integral e inclusiva

Facilitar el acceso a sistemas educativos, formativos, laborales, sanitarios y actividades para hábitos saludables.

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Atención a menores con discapacidad

Procurar su inclusión normalizada en hogares ordinarios.

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Diversidad cultural

Fomentar el conocimiento mutuo de culturas y la competencia cultural, gestionando la diversidad con igualdad y justicia social.

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Protección ante abusos

Vigilar a menores vulnerables ante delitos de abuso o explotación sexual, en coordinación con otros agentes.

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Objetivo para mayores de 16 años

Preparación para la vida independiente, finalización de estudios, orientación laboral e inclusión social.

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Configuración de hogares residenciales

Entornos seguros y de buen trato.

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Tipología de recursos residenciales

Centros de primera acogida y valoración, hogares de atención residencial, y centros especializados.

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Centros de primera acogida y valoración

Atención integral inmediata para estudio pormenorizado y Plan individualizado de protección.

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Objetivo de primera acogida

Valoración diagnóstica de los efectos de la desprotección y propuesta de medidas.

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Estancia en centro de primera acogida

Máximo seis meses, salvo que se acrediten motivos o dificultades para mantener la estancia.

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Centros especializados

Atienden a menores con problemáticas específicas o graves que requieren atención intensiva.

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Acceso a centro especializado

Informe de la Comisión Provincial de Protección a la Infancia y autorización de la Comisión Regional de Atención a la Infancia.

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Study Notes

Acogimiento Residencial (Ley 7/2023 de Castilla-La Mancha)

  • El acogimiento residencial es una medida de protección que busca satisfacer las necesidades integrales (residenciales, educativas, sanitarias, emocionales) de los menores de edad.
  • El objetivo es brindar atención en unidades de convivencia, adaptadas a las necesidades de cada menor, garantizando sus derechos, respetando su intimidad e identidad y facilitando figuras de referencia estables.
  • Se denomina "hogar" a las unidades de convivencia y "centro" a los centros de primera acogida y valoración y a los centros especializados.
  • La decisión de acogimiento residencial se toma por la Comisión Provincial de Protección a la Infancia, delegando la guarda en el director del recurso residencial bajo supervisión de la Comisión y el Ministerio Fiscal.
  • La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se asegura de que se cumplan los derechos de los menores acogidos, según la Ley Orgánica 1/1996.

Criterios de Actuación en Acogimiento Residencial

  • Se fomenta que los niños, niñas y adolescentes participen activamente en las decisiones sobre su acogimiento.
  • Se facilitan canales de comunicación con la Entidad Pública y otros organismos de defensa de sus intereses.
  • Se promueven las relaciones entre el menor acogido y su familia de origen, según el Plan Individualizado de Protección.
  • Cada menor residente tiene un Proyecto Educativo Individualizado que define la finalidad del ingreso, los objetivos, la valoración del daño y el plazo para alcanzarlos, preparando al menor tanto para la llegada como para la salida.
  • Se incluirá y promoverá la participación de las personas residentes en las decisiones que les afecten, incluida la propia gestión y organización del centro y la programación de actividades.
  • Además de las visitas familiares, se pueden fomentar convivencias con familiares, allegados, o familias que hayan acogido al menor previamente, siempre que sea positivo según el Equipo Interdisciplinar.
  • Se promueve la educación integral e inclusiva, facilitando el acceso a los sistemas ordinarios educativos, formativos, laborales, sanitarios y a los servicios de su entorno.
  • Se ofrecen actividades y programas que fomentan hábitos de vida saludable, como alimentación adecuada, deporte, educación emocional y afectivo-sexual.
  • Se presta atención especial a las necesidades de menores con discapacidad, buscando su inclusión en hogares ordinarios.
  • Se considera la diversidad cultural de los menores acogidos, fomentando el conocimiento mutuo y la competencia cultural, gestionando la diversidad en términos de igualdad y justicia social.
  • Se protege a los menores en situación de vulnerabilidad ante delitos de abuso o explotación sexual y trata de seres humanos.
  • Para los mayores de 16 años, se prioriza la preparación para la vida independiente, la finalización de estudios y la formación para la inserción laboral e inclusión social.
  • Los hogares residenciales se configuran como pequeñas unidades de convivencia, entornos seguros y de buen trato.

Tipología de Recursos de Acogimiento Residencial

  • Los recursos de acogimiento residencial pueden ser:
    • Centros de primera acogida y valoración.
    • Hogares de atención residencial.
    • Centros especializados.
  • La apertura de estos recursos requiere autorización de la Entidad Pública y su planificación.
  • Excepcionalmente, se pueden utilizar centros en otras comunidades autónomas si es necesario para el interés superior del menor.
  • Las condiciones y el régimen de funcionamiento se regulan reglamentariamente.
  • El personal debe tener la competencia y preparación adecuadas, formación continua y una titulación mínima.
  • La Entidad Pública puede establecer convenios con entidades sociales del tercer sector para llevar a cabo las medidas de acogimiento residencial, sin ceder la titularidad ni la responsabilidad pública.

Atención Especializada en Acogimiento Residencial

  • Se garantiza atención especializada a menores en acogimiento residencial con necesidades específicas, cuando los recursos normalizados no son suficientes.
  • Esto puede incluir:
    • Apoyo psicoterapéutico.
    • Refuerzo temporal del equipo educativo del hogar.
    • Estancia temporal en recurso residencial especializado.
    • Estancia permanente en recurso especializado si la dificultad no es temporal y la atención ordinaria es insuficiente.
    • Otras medidas coherentes con el Plan Individualizado de Protección.
    • Apoyo para el aprendizaje escolar.
  • Se consideran los principios de normalización, proporcionalidad, estabilidad de las figuras educativas y arraigo.

Centros de Primera Acogida y Valoración

  • Son recursos residenciales abiertos para la atención integral e inmediata de menores bajo medida de protección.
  • Se realiza un estudio detallado para orientar la toma de decisiones y el Plan Individualizado de Protección.
  • El objetivo es la primera acogida, la valoración diagnóstica de los efectos de la desprotección y la propuesta de medidas adecuadas, coordinado con el Equipo Interdisciplinar.
  • La estancia no suele superar los seis meses, debiendo justificarse si se prolonga.

Centros Especializados

  • Atienden a menores con problemáticas muy específicas o graves valoradas por servicios de salud mental o discapacidad y protección infantil.
  • Requieren atención intensiva que no puede darse en hogares ordinarios de acogimiento residencial ni en acogimiento familiar ordinario o especializado.
  • Generalmente, no atienden a menores de 12 años, salvo en casos de discapacidad que requiera atención de tercera persona y vigilancia continua.
  • El acceso requiere informe de la Comisión Provincial de Protección a la Infancia y autorización de la Comisión Regional de Atención a la Infancia.
  • Se garantiza el respeto a los derechos de los menores y se aplica lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1996 sobre centros de protección específicos de menores con problemas de conducta.

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