Diapositivas Sesión-Evaluación Forense 24-25 PDF
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Universidad Europea
2024
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These slides provide an overview of the course "Evaluación Psicológica Forense", covering topics such as the definition of forensic psychology, expert witness testimony, and courtroom procedures. This is a presentation of topics within legal psychology aimed at a professional audience rather than an academic one.
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EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE CURSO 24-25 Ve más allá ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN PERICIAL 3. EL PROCESO JUDICIAL 4. CONCEPT...
EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE CURSO 24-25 Ve más allá ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN PERICIAL 3. EL PROCESO JUDICIAL 4. CONCEPTOS BÁSICOS EN DERECHO DE FAMILIA 5. FORMULACIÓN FORENSE 6. EL INFORME PERICIAL 7. RATIFICACIÓN DEL INFORME EN LA VISTA ORAL 8. LA ENTREVISTA PERICIAL 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL 10.HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN 11.CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO 12.PRUEBA PRECONSTITUIDA © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 2 1. INTRODUCCIÓN DEFINICIÓN DE PSICOLOGÍA JURÍDICA La psicología jurídica comprende el estudio, explicación, evaluación, prevención, asesoramiento y tratamiento de los fenómenos psicológicos, conductuales y relacionales que inciden en el comportamiento legal de las personas. Para eso, utiliza los métodos propios de la psicología científica. La psicología jurídica es, en definitiva, un área de trabajo cuyo objeto de estudio es el comportamiento de los actores jurídicos en el ámbito del derecho, la ley y la justicia. Se trata de una disciplina reconocida por asociaciones y organizaciones de todo el mundo. De ahí que dentro de la psicología jurídica proceda se interviene, estudia y analiza la victimología, la psicología penitenciaria, la psicología de la delincuencia, la psicología policial y la mediación. Todo ello sin olvidar tampoco que también trabaja en áreas como la psicología del menor, la familia y el derecho civil, penal y laboral. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 3 1. INTRODUCCIÓN DEFINICIÓN DE PSICOLOGÍA FORENSE Es la rama de la psicología jurídica que aplica los principios e investigaciones generales de esta disciplina (ya sea psicología criminal, psicología del testimonio o víctimología) para asesorar a jueces y tribunales en los litigios de los distintos órdenes jurisdiccionales (civil, penal o social, entre otros). Para el ejercicio de sus funciones, el principal instrumento de los psicólogos forenses son los peritajes psicológicos: informes técnicos que asesoran a los jueces en aquellas cuestiones para las que solicitan la intervención de un psicólogo forense. El psicólogo forense no deja de ser así un experto, un asesor, un técnico al servicio de la administración de justicia para aquellas cuestiones relacionadas con la psicología que requieren de una aclaración o de una opinión experta. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 4 1. INTRODUCCIÓN DEFINICIÓN DE PERITO Es una persona experimentada, hábil o entendida en una ciencia o arte. El perito es el experto en una determinada materia que, gracias a sus conocimientos, actúa como fuente de consulta para la resolución de conflictos. En un juicio, pueden encontrarse peritos judiciales (que son nombrados por el juez, de oficio) y peritos de parte (propuestos por los involucrados). Estos peritos aportan sus conocimientos especializados sobre los asuntos en litigio. No tiene, antes de realizar el dictamen pericial, conocimiento de los hechos discutidos en el juicio; mientras que el testigo-perito posee un conocimiento directo de los mismos, por haberlos presenciado con carácter previo al proceso. El perito es sustituible pues basta con encontrar a otro técnico que quiera proceder a la valoración © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 5 1. INTRODUCCIÓN DEFINICIÓN DE TESTIGO-PERITO El testigo-perito es una persona que ha presenciado los hechos directamente sobre los que se le va a interrogar, no como perito sino como testigo. Lo que ocurre es que ese testigo, además tiene conocimientos técnicos, científicos, artísticos o prácticos. El testigo-perito declara en el acto del juicio de forma oral, como cualquier testigo, por lo que no emite dictamen previo por escrito. También puede ser tachado, como cualquier testigo. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 6 1. INTRODUCCIÓN DERECHOS Y DEBERES DE LOS PERITOS 1. Derechos: Cobrar provisión Pedir provisión de fondos 2. Deberes Elaborar el dictamen correctamente Jurar o prometer hacerlo así. Comparecer en juicio si son reclamados © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 7 1. INTRODUCCIÓN ÓRDENES JURISDICCIONALES (LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES) 1. PENAL: procesamiento por delitos y faltas 2. CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: cuando la pretensión que se deduzca se refiera a disposiciones de carácter general o a actos de las Administraciones Públicas españolas. 3. SOCIAL/LABORAL: Derechos y obligaciones derivados de contrato de trabajo Control de legalidad de los convenios colectivos Pretensiones de Seguridad Social 4. CIVIL: examina los litigios cuyo conocimiento no venga expresamente atribuido a otro orden jurisdiccional. Por ello puede ser catalogado como ordinario o común. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 8 1. INTRODUCCIÓN ÓRGANOS JUDICIALES TRIBUNAL SUPREMO AUDIENCIA NACIONAL (EN PENAL) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA AUDIENCIA PROVINCIAL Juzgado Menores / Juzgado de lo Penal /Juzgado de vigilancia penitenciaria (en penal) Juzgado Primera Instancia / Juzgado de lo Mercantil /Juzgado de Familia Juzgado Violencia sobre la Mujer Juzgado de Paz © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 9 1. INTRODUCCIÓN PERSONAS PARTICIPANTES EN UNA VISTA/JUICIO 1. JUEZ/ MAGISTRADOS (según sea primera instancia o no): 1. Interpretan y aplican la ley. 2. La función principal del juez es defender el derecho y velar porque se cumplan todas las leyes relacionadas con el asunto sometido a su consideración. 3. Los magistrados son responsables de emitir juicios finales y resolver casos legales complejos 1. MINISTERIO FISCAL: 1. Es una institución independiente e integrada en el Poder Judicial, tiene autonomía funcional. 2. Su función es promover e impulsar la acción de la justicia, asegurar la legalidad e imparcialidad del funcionamiento de la justicia y la protección de los derechos de algunos colectivos, como menores (“interés superior del menor”), personas con discapacidad, etc. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 10 1. INTRODUCCIÓN PERSONAS PARTICIPANTES EN UNA VISTA/JUICIO 3. LETRADOS: Se encargan de defender a sus clientes. Pueden mentir 4. PROCURADORES: 1. Se trata de un profesional especializado en derecho procesal. 2. Se encarga de representar mediante un poder notarial o un poder apud acta tanto a particulares como a empresas que deben acudir a los tribunales 3. Recibe las notificaciones y presenta los escritos que demande el juzgado © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 11 1. INTRODUCCIÓN PERSONAS PARTICIPANTES EN UNA VISTA/JUICIO 4. AUXILIAR JUDICIAL: 1. Se encargan de la práctica de los actos de comunicación que consistan en notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos, en la forma prevista en las leyes procesales. 2. Además, realizan funciones de archivo de autos y expedientes judiciales, bajo la supervisión del secretario judicial. 3. Velan por las condiciones de utilización de las salas de vistas y mantienen el orden en las mismas y comprueban que los medios técnicos necesarios para el proceso judicial se encuentren en condiciones de utilización. 5. PARTES IMPLICADAS: 1. Demandante vs. Demandado (civil) 2. (1º) Denunciado (2º) Investigado (3º) Procesado (4º) Acusado (5º) Condenado o penado VS. Acusación/víctima (penal) 6. TESTIGOS Y PERITOS © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 12 2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN PERICIAL(COP Cataluña, 2014) DERECHO DE FAMILIA Valoración del estado emocional y adaptación del/los menor/es al régimen actual. Valoración de la competencia parental y del ejercicio de la parentalidad y coparentalidad responsable. Recomendaciones sobre el régimen de guarda y contacto de los menores con sus núcleos familiares. Recomendaciones en todo tipo de cuestiones relacionadas con la separación y el divorcio: enfermedad mental y abuso de alcohol y tóxicos de los padres, cambios de lugar de residencia de los menores, disidencias de los padres en pautas educativas o de salud, etc. Evaluación de la presencia de interferencias parentales y/o dificultades en las relaciones intra-familiares. Evaluación de situaciones de peligro y/o riesgo para los menores derivadas de: maltrato de género, en familia, abuso físico, sexual, psicológico y abandono del menor, etc.; de las que se pueden derivar consecuencias para el ejercicio de la parentalidad y la patria potestad. Informes de idoneidad en procesos de acogida y adopción de menores y en procesos de recurso ante decisiones de la administración referentes a esta temática. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 14 2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN PERICIAL (COP Cataluña, 2014) DERECHO CIVIL Incapacitación civil. Informes sobre reasignación de sexo. Informes sobre internamiento no voluntario de enfermos mentales. Valoración de daños y secuelas Valoración de secuelas psicopatológicas y emocionales. Valoración de secuelas cerebrales (cognitivas, neuropsicológicas, etc.). Valoración del daño moral. Autopsia psicológica (determinar causas o resolver casos de suicídio). © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 15 2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN PERICIAL(COP Cataluña, 2014) DERECHO CIVIL Informes sobre la conservación de competencias civiles: La capacidad de dictar testamento. La capacidad de conducción de vehículos (coches, aviones, etc.) y uso de armas. La capacidad de automanejo de la medicación. La capacidad de consentimiento informado sobre el tratamiento. La capacidad de consentimiento para someterse a ensayos clínicos. DERECHO CANÓNICO Informes para la obtención de la nulidad matrimonial © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 16 2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN PERICIAL (COP Cataluña, 2014) DERECHO PENAL Sobre los imputados: Valoración de la imputabilidad (grado de “normalidad psíquica”): capacidad cognitiva y volitiva. Evaluación de enfermedad mental sobrevenida y sus consecuencias. Propuesta de medidas alternativas. Predicción de peligrosidad. Determinación de perfiles criminológicos. Sobre las víctimas: Evaluación de la víctima: secuelas cognitivas, emocionales y psicológicas, determinación de la estructura de personalidad. Valoración técnica del relato (credibilidad del testimonio) © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 17 2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN PERICIAL (COP Cataluña, 2014) DERECHO LABORAL Valoración de la incapacidad laboral transitoria por psicopatología y/o daño cerebral. Valoración de la incapacidad laboral permanente por psicopatología y/o daño cerebral. Valoración del tipo de contingencia laboral asociado a la incapacidad transitoria o permanente por psicopatología y/o daño cerebral. Evaluación del estrés laboral. Situaciones de maltrato dentro de la organización (mobbing, acoso sexual, etc.). © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 18 2. ÁREAS DE INTERVENCIÓN PERICIAL (COP Cataluña, 2014) DERECHO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Elaboración de informes sobre minusvalías, ley de dependencia, etc., y en procesos de recurso ante decisiones de la administración en este tema. Informes y recomendaciones de selección, valoración y cualificación de personal y/o ascensos que se realizan en las administraciones públicas y en procesos de recurso ante decisiones de la administración en este tema. Evaluaciones e informes en demandas a la administración pública (bulling, mobbing…). © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 19 3. EL PROCESO JUDICIAL (COP Cataluña, 2014) ÁMBITO PENAL UN JUICIO PENAL está encaminado hacia la identificación, investigación e imposición de la pena que corresponda fruto de aquellas conductas que la legislación vigente ha tipificado como delitos y que se encuentran reguladas por el Código Penal. El informe puede ser requerido en momentos procesales diferentes: 1. En el momento de la presentación o interposición de la denuncia: adjuntar a la denuncia un informe pericial en el que se exponga una determinada situación con la finalidad de argumentar la acusación penal. 2. En la fase de instrucción del procedimiento: una vez iniciado el proceso, se da paso a la fase de instrucción para que se produzca la investigación de los hechos. Es en este momento procesal en el que se puede solicitar la participación del experto o experta que, podrá ser designado de oficio, a iniciativa del tribunal (realizados por mandato judicial), o bien de parte a propuesta de alguno de los letrados o letradas. En función de cada caso, la pericia puede aportar al juez o jueza elementos suficientes que le permitan archivar o continuar el procedimiento, o bien la apertura de juicio oral. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 20 3. EL PROCESO JUDICIAL (COP Cataluña, 2014) ÁMBITO PENAL 3. En la fase de juicio oral: ya se ha concretado la acusación (o acusaciones) formales, debemos distinguir entre dos tipos de pericias posibles. Por un lado, podría darse el caso que en el juicio oral lo que se realice sea una utilización de la pericia presentada en la fase de instrucción. Por otro lado, aunque excepcionalmente, podrían requerirse la realización de una nueva pericia (de oficio o de parte) de cara a la vista oral que sirviera de auxilio judicial o como justificación de las pretensiones de cada una de las partes del proceso. La motivación de esta pericia puede estar relacionada con la inexistencia de una pericia previa en las fases anteriores, por la necesidad de que sean evaluados nuevos aspectos o, entre otros, por considerar inválidas las conclusiones de la pericia (o pericias) previamente presentada. 4. En la fase de ejecución de sentencia: ya no requiere de la participación forense, puesto que se refiere a la intervención profesional en caso de que la persona sea condenada por el delito y se empiece a realizar intervención con la persona penada y/o la víctima desde un enfoque más propio de la psicología jurídica que no la forense. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 21 3. EL PROCESO JUDICIAL ÁMBITO CIVIL (FAMILIA) LOS JUICIOS DE FAMILIA tratan principalmente temas como el matrimonio, la filiación, la adopción, las uniones y la convivencia, la tutela, la custodia, el estado civil y el derecho de alimentos. Se encuentra regulado por el Código Civil. El informe puede ser propuesto y aportado en diferentes momentos procesales: 1. Demanda: es el escrito formal a través del cual se inicia un proceso judicial en el que la Persona A (el demandante) reclama a la Persona B (el demandado) cualquier cuestión relativa al ámbito de familia. 2. Contestación a la demanda: es el acto procesal real realizado por una parte denominada demandado, por el que éste se opone a lo pretendido por el demandante, argumentando las razones, tanto de hecho como de derecho, que justifican la postura que defiende. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 22 3. EL PROCESO JUDICIAL ÁMBITO CIVIL (FAMILIA) 3. Antes de la audiencia previa o la vista: audiencia preliminar o comparecencia previa a la vista principal, que ha de practicarse en todo Juicio Ordinario, una vez contestada la demanda con el objeto de que se pueda obtener una conciliación entre las partes y en cualquier otro caso, se resuelvan los presupuestos y excepciones procesales, se complementen y fijen los hechos controvertidos y su material probatorio y se decida sobre la proposición y admisión de la prueba. 4. Antes del juicio (5 días antes) © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 23 4. CONCEPTOS BÁSICOS EN DERECHO DE FAMILIA La guarda y custodia puede ser: exclusiva o monoparental compartida Tabla obtenida de Trujillo, 2021 © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 24 4. CONCEPTOS BÁSICOS EN DERECHO DE FAMILIA TUTELA Autoridad que se confiere para cuidar de la persona y los bienes de aquel que, por minoría de edad o por otra causa, no tiene completa capacidad civil. La persona sometida a tutela carece de capacidad y, por ello, la medida de protección es la designación de un tutor que ostente su representación, pudiendo gestionar su persona y sus bienes, aunque necesita autorización judicial para realizar determinados actos de más transcendencia, como por ejemplo, para vender o hipotecar bienes inmuebles pertenecientes al incapaz. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 25 4. CONCEPTOS BÁSICOS EN DERECHO DE FAMILIA CURATELA Medida de apoyo a una persona que no cuenta con plena capacidad y requiere de asistencia continuada. La finalidad de la curatela es la de asistencia, apoyo y ayuda en el ejercicio de la capacidad jurídica La persona bajo curatela es capaz, pero requiere de un complemento de asistencia mediante el establecimiento de medidas de apoyo que deben respetar siempre la voluntad y preferencias de la persona con discapacidad, pero ya no se la sustituye y representa en la toma de decisiones. Podrán ser curadores todas las personas mayores de edad que, según la autoridad judicial, sean aptas para el correcto desempeño de esta función. También podrán ejercer como tal, las fundaciones y personas jurídicas sin ánimo de lucro entre cuyos fines figure la asistencia a las personas con discapacidad. El Juez determinará los actos para los que la persona con discapacidad requerirá el apoyo del curador, pero será el discapacitado quien tome sus propias decisiones con dicha ayuda y solo excepcionalmente el Juez determinará los actos concretos en los que el curador asuma la representación. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 26 4. CONCEPTOS BÁSICOS EN DERECHO DE FAMILIA MEDIDAS URGENTES Establecidas en el artículo 158 del código civil Reservadas para aquellos casos de EXTREMA URGENCIA que, por las características de la situación, hacen necesario que se realice un pronunciamiento urgente que establezca un cambio en la regulación o medidas existentes respecto a los hijos. MEDIDAS PREVIAS O PROVISIONALÍSIMAS Son el medio para establecer una primera regulación provisional, cuando no existe regulación de ningún tipo MEDIDAS DEFINITIVAS Aquellas medidas que regularán, una vez recaída sentencia de nulidad, separación o divorcio, tanto las relaciones personales y patrimoniales de los cónyuges entre sí, como las de estos para con sus hijos y con respecto a los animales de compañía, tales como la atribución de guarda y custodia de los hijos, el destino de los animales de compañía, el uso y disfrute del familiar, la contribución a las cargas matrimoniales, etc. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 27 4. CONCEPTOS BÁSICOS EN DERECHO DE FAMILIA PENSIÓN ALIMENTICIA Es la contribución económica que deben pagar ciertos familiares en favor de sus parientes en estado de necesidad. Generalmente se utiliza el término para referirse a la pensión que deben recibir los hijos de padres divorciados o separados. PENSIÓN COMPENSATORIA La pensión compensatoria es el derecho de un ex-cónyuge a recibir una compensación económica de parte del otro cónyuge Esto es posible cuando tras producirse la separación o divorcio, la situación económica o patrimonial de uno de los cónyuges se haya visto afectada respecto a la que tenía anteriormente durante su matrimonio. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 28 5. FORMULACIÓN FORENSE PASOS A SEGUIR EN UNA EVALUACIÓN FORENSE 1. Si es de oficio, nos avisan de la designación por correo electrónico. Acudir a juzgados. 2. Solicitud y lectura de la documentación obrante en autos (si son amables dejarán copia de la documentación más relevante: generalmente demanda y contestación). En raros casos permiten hacerlo telemáticamente. Desde el COP-CV se está intentando facilitar todo el proceso. 1. Podría darse el caso de tener que renunciar (por no contar con suficiente formación para el caso o por tener algún vínculo con las partes implicadas) 2. Si no tiene justicia gratuita se realiza provisión de fondos. No comenzar nada del proceso hasta que nos indiquen que se ha provisionado. 3. Aceptación del cargo 3. Contactar con los letrados (información obtenida en la documentación del juzgado). En ocasiones hay que contactar con el procurador. 1. Nos presentamos y solicitamos teléfonos de contacto de las partes a evaluar © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 29 5. FORMULACIÓN FORENSE 4. Contactamos con las partes y citamos 1. Si no responden, notificamos al juzgado y ellos los citan mediante citación judicial 2. Al contactar, nos presentamos e indicamos hora y lugar de la evaluación 5. Realizamos la evaluación 1. En casos de familia, explicamos que se va a realizar lo mismo a ambas partes 2. Realizamos entrevista 3. Realizamos pase de pruebas (acordes a las circunstancias y características del caso) 4. En casos de familia, citamos al menor/es una vez con cada progenitor y se les evalúa (entrevista y pase de pruebas) 6. Corregimos pruebas (volvemos a citar en caso de necesitar más información) 7. Redactamos informe 8. Asistencia a juicio y ratificación en sala si así se requiere © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 30 6. EL INFORME PERICIAL EPÍGRAFES PORTADA 1. “De uso restringido, no público, en beneficio de la necesaria preservación de la intimidad de los informados”. INFORMA 1. DATOS DEL EVALUADOR (nombre y apellidos, nº col, formación) DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS PERITADOS 1. Nombre, apellidos y DNI 31 © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 6. EL INFORME PERICIAL EPÍGRAFES JURAMENTO A los oportunos efectos legales, manifiesto bajo juramento de decir verdad, que he actuado y en su caso, actuaré con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pudiera favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conozco las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliere mi deber como perito. MOTIVO DEL INFORME/ OBJETO DE LA PERICIAL “El presente informe se emite a petición del juzgado X en el procedimiento XXX. El objeto de la pericial es xxxxxxxx” “El presente informe se emite a petición de D/Dña. XXX con el objetivo de xxx” En caso de que haya menores y el informe sea de parte: indicar que se ha cumplido con la deontología profesional con el documento de compromiso de información entre progenitores. Si la otra parte ha contactado, indicarlo también. 32 © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 6. EL INFORME PERICIAL EPÍGRAFES METODOLOGÍA FECHAS DE VALORACIÓN INSTRUMENTOS EMPLEADOS (indicar nombre, autores y para qué se utilizan) ANAMNESIS/ANTEDECENTES ENTREVISTA/S RESULTADOS PRUEBAS PSICOMÉTRICAS: con valores e interpretación ENTREVISTA (MENOR/ES) (en caso de que lo haya) y OBSERVACIÓN DE LA INTERACCIÓN RESULTADOS PRUEBAS PSICOMÉTRICAS Y PROYECTIVAS DEL MENOR/ES: con valores e interpretación 33 © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 6. EL INFORME PERICIAL EPÍGRAFES DISCUSIÓN FORENSE Se trata de un análisis de los resultados junto con literatura científica relevante que justifique nuestras conclusiones No siempre es necesario CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Indicamos de forma sencilla y concreta nuestras conclusiones dando respuesta siempre al objeto de la pericial Indicamos recomendaciones técnicas En caso de que haya menores hay que hacer hincapié en “el interés superior del menor” 34 © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 6. EL INFORME PERICIAL EPÍGRAFES FRASE FINAL: “La conclusión que, como recomendación, se formula en el presente informe del caso que nos ocupa, se refiere únicamente a la situación que existía en el momento de practicarse el estudio y, por ello, los resultados no pueden extrapolarse a otras circunstancias o condiciones ambientales. Por esa razón, caso de producirse una variación sustancial o modificación de tales circunstancias, convendría una nueva evaluación y efectuar un nuevo análisis situacional.” ANEXOS (a veces puede ser útil adjuntar perfiles de las pruebas) 35 © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 6. EL INFORME PERICIAL CUESTIONES A TENER EN CUENTA EN EL ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE RESULTADOS (COP Cataluña, 2014) Los resultados de la evaluación se refieren únicamente al momento y circunstancias actuales Los resultados de los instrumentos psicométricos y otros cuestionarios administrados no han de ser interpretados y valorados de forma aislada, sino de forma convergente con los datos de las múltiples fuentes de información Importante detectar las inconsistencias encontradas y la información contradictoria entre las diferentes fuentes de información y múltiples métodos, y valorar la limitación que eso puede conllevar para dar respuesta al motivo de la pericia. Aunque en el objetivo inicial de la pericial no esté contemplado, se puede valorar la necesidad de realizar alguna recomendación con respecto al caso o en relación a una posible intervención profesional o tratamiento terapéutico, siempre y cuando estas recomendaciones se deriven de los resultados obtenidos en la evaluación y estén justificados desde el punto de vista técnico. 36 © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 7. RATIFICACIÓN DEL INFORME EN LA VISTA ORAL Si nos citan es obligatorio acudir, salvo causa justificada Acudiremos en calidad de peritos Entraremos los últimos a ratificar Debemos jurar o prometer decir la verdad No siempre entraremos, en ocasiones llegan a acuerdos previamente Si entramos: nos preguntarán los abogados de ambas partes sobre cualquier cuestión relativa al caso, a continuación el fiscal y para finalizar el juez © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 37 7. RATIFICACIÓN DEL INFORME EN LA VISTA ORAL (Adaptado de Vázquez y Catalán, 2011) Durante la vista oral el perito contesta a las preguntas de las partes en el litigio y a las preguntas del Juez. La vista oral es diferente en Civil y en Penal y responde a un ritual jurídico establecido que se debe seguir al pie de la letra. El perito jura o promete contestar bien y fielmente a las preguntas, en ese mismo momento puede añadir, matizar o explicar algún aspecto que haya observado desde la emisión del informe a su ratificación. También se pueden subsanar erratas… En Civil las ratificaciones suelen ser más inmediatas en el tiempo entre el momento de la emisión de informe y la ratificación oral. En Penal suele transcurrir tiempo prolongado desde la emisión del informe a su ratificación. Se debe acudir con el informe impreso y se debe repasar antes de entrar en Sala. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 38 7. RATIFICACIÓN DEL INFORME EN LA VISTA ORAL (Adaptado de Vázquez y Catalán, 2011) Procuraremos aparecer ante el Tribunal de la siguiente forma: o Ofreceremos respuesta narrativas, mejor aportar datos sin necesidad de consultarlos o No nos salimos de lo expuesto en el peritaje excepto para ampliarlo o matizarlo o No contestamos a preguntas sobre las que no tenemos información o Hablamos de una forma clara. Frases cortas y comprensibles. Tono de voz intermedio. o Nunca se debe hablar rápido. Resta credibilidad. o No nos mostramos enfadados ante las cuestiones. No nos lo tomamos como algo personal. Forman parte del pleito. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 39 7. RATIFICACIÓN DEL INFORME EN LA VISTA ORAL (Adaptado de Vázquez y Catalán, 2011) o No entramos a descalificar el trabajo de otros peritos aunque lo hayan hecho previamente con nosotros. Simplemente mantenemos nuestra posición. o Si nos ofrecen datos que no conocemos y que pueden afectar a nuestras conclusiones, lo tenemos en cuenta y en caso necesario, rectificamos. o Evitamos muestras de inseguridad y nerviosismo. o Acudimos adecuadamente vestidos. Sin exceso y sin defecto o Cuando se nos hace una pregunta que se sale de nuestras competencias pedimos que se nos aclare o expresamos que no podemos contestar a esa pregunta. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 40 8. LA ENTREVISTA PERICIAL (Adaptado de Vázquez y Catalán, 2011) PRINCIPIOS BÁSICOS 1. Toma de contacto inicial: minimizar la tensión, la ansiedad (presentarnos, motivo de nuestra intervención, explicar cómo va a ser el proceso y metodología a emplear) 2. El peritado debe saber que no nos movemos en el ámbito terapéutico, que nuestra intervención es a demanda judicial 3. No iniciar directamente con preguntas personales, sino iniciar con alguna conversación neutral (“¿te ha costado mucho encontrar la calle?) 4. Neutralidad 5. Hablar despacio y claro 6. Escuchar más que intervención directiva 7. Las preguntas deben ser en la medida de lo posible, abiertas (salvo en casos en los que necesitemos datos concretos) © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 41 8. LA ENTREVISTA PERICIAL (Adaptado de Vázquez y Catalán, 2011) 9. La entrevista debe ser semi-estructurada 10. En ningún caso el perito debe responder a intentos de manipulación o a preguntas personales 11. Ante respuestas como “bien”, “mal”, “lo normal”: se debe preguntar: ¿qué entiende usted por…? 12. Recomendable no entrar a explorar aspectos de la intimidad de la persona que no están relacionados con el objetivo de la pericial. Al transcribir, siempre indicar “refiere”, “indica”, “refleja”, comenta…” La entrevista ya comienza en la toma de contacto telefónica © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 42 8. LA ENTREVISTA PERICIAL (Adaptado de Vázquez y Catalán, 2011) DATOS QUE SE RECOGEN EN LA ENTREVISTA 1. Datos sociodemográficos (nombre, edad, fecha de nacimiento) 2. Residencia y descripción (en caso de un asunto de familia) 3. Profesión y horario laboral 4. Antecedentes personales médicos y psiquiátricos (tratamientos farmacológicos…) 5. Antecedentes médicos familiares 6. Consumo de sustancias (alcohol, tabaco, cannabis, cocaína…) 7. Relaciones de pareja 8. Historia del matrimonio: historia del emparejamiento, convivencia, roles, llegada de los hijos, implicación con los hijos, desarrollo de los menores, explicaciones sobre la ruptura, interacción entre los progenitores, hostilidad entre ellos… © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 43 8. LA ENTREVISTA PERICIAL (Adaptado de Vázquez y Catalán, 2011) DATOS QUE SE RECOGEN EN LA ENTREVISTA 9. Relación con los hijos y grado de implicación en la crianza (rutinas, ayuda con los deberes, amigos de los hijos…) 10.Salud de los menores 11.Relación con la familia y con la ex familia política 12.Apoyo y vida social 13.Historia delincuencial 14.Pregunta interesante: si pudieras elegir, ¿cuál sería la situación que desas? 15.Observación durante la entrevista: psicopatograma © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 44 8. LA ENTREVISTA PERICIAL (Adaptado de Vázquez y Catalán, 2011) CIERRE DE LA ENTREVISTA Es un acto importante, en la despedida la persona puede volver a tener sensación de ansiedad anticipatoria sobre el resultado de la prueba. A veces, se obtiene información valiosa porque la persona baja sus defensas psicológicas. Indicar que se le citará a posteriori para la administración de pruebas y que también podrá aportar más información si hay algo que se le ha quedado pendiente por comentar o matizar. Es adecuado que pasen unos días entre la entrevista y el pase de pruebas, aunque en ocasiones, el tiempo y la disponibilidad del peritado no lo hace posible. A veces es necesario matizar o ampliar la entrevista en otra sesión para contrastar información… © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 45 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL (COP Cataluña, 2023) El proceder de cada profesional está guiado por la normativa legal vigente y el código deontológico de la comunidad autónoma en la que ejerce y que, a falta de código propio, será el general (CDCG, 2010) al que deba atender como pauta para su intervención. Así, la figura y labor profesional de la psicología forense, además de encontrarse amparada por la ley de enjuiciamiento criminal (LECRIM), se verá supeditada a tres normativas o códigos: A. Código Civil, al poder incurrir, por acción u omisión, en algún daño a otro, tanto desde la vertiente contractual (fruto de la relación previa entre profesional y paciente/cliente) como no contractual (acusándolo de la ruptura de los deberes propios del o la profesional al no actuar según las reglas de las técnicas de actuación profesional). B. Código Penal, pudiéndose acusar a peritos que faltasen maliciosamente a la verdad en su dictamen, o la alterasen con reticencias, inexactitudes o silenciando datos (Art. 459 y 460 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre). C. Código ético profesional establecido por los reglamentos colegiales © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 46 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL (COP Cataluña, 2023) PRINCIPIOS DE BUENA PRAXIS 1. RESPETO A LA PERSONA: garantizar una práctica responsable, honesta y sincera atendiendo a los principios éticos más universales y sin atentar a la dignidad humana. 2. RESPONSABILIDAD: integridad, objetividad, imparcialidad y rechazo de los conflictos de intereses en que pudieran incurrir. 3. COMPETENCIA: garantizar su capacitación y cualificación 4. RELACIONES PREVIAS: se evitará intervenir con personas con las que se haya tenido previamente relación personal o profesional. 5. MÉTODOS Y PROCEDIMIENTOS: rigor en la obtención de información y en los procedimientos de actuación profesional utilizados, y ser consciente de las limitaciones de éstas y las conclusiones que pudieran obtenerse. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 47 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL PRINCIPIOS DE BUENA PRAXIS (COP Cataluña, 2023) 6. CONFIDENCIALIDAD, SECRETO PROFESIONAL Y CONSENTIMIENTO INFORMADO: Se informará en todo momento de las características de la intervención, características de la relación establecida, problema que se está abordando, objetivos y método utilizado. De manera particular, en el ámbito forense deberá informarse de la exención del secreto profesional de cualquier cuestión vinculada al proceso objeto de pericia (pudiéndose, eso sí, mantener la confidencialidad respecto a cualquier otra información que no sea objeto directo de evaluación). © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 48 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL CAUSAS DE RECUSACIÓN (peritos designados por el tribunal) O TACHA (peritos de parte) Las causas por las que un profesional no podría ejercer el rol pericial, son: parentesco de consanguinidad con cualquiera de las partes interés directo o indirecto en la causa amistad íntima o enemistad manifiesta con algún miembro del procedimiento A modo de ejemplo, sería causa de recusación que un perito realizase una intervención forense sobre un familiar suyo. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 49 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL EVALUACIÓN A MENORES En caso de atender a menores es fundamental informar a la otra parte e invitarla a participar, pero no necesitamos su autorización Fundamental el documento de: COMPROMISO DE INFORMACIÓN ENTRE PROGENITORES Justificación según los artículos del Código Deontológico 25 y 42: Artículo 25. “Al hacerse cargo de una intervención sobre personas, grupos, instituciones o comunidades, el/la Psicólogo/a ofrecerá la información adecuada sobre las características esenciales de la relación establecida, los problemas que está abordando, los objetivos que se propone y el método utilizado. En caso de menores de edad o legalmente incapacitados, se hará saber a sus padres o tutores. En cualquier caso, se evitará la manipulación de las personas y se tenderá hacia el logro de su desarrollo y autonomía.” © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 50 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL EVALUACIÓN A MENORES Justificación según los artículos del Código Deontológico 25 y 42: Artículo 42. “Cuando dicha evaluación o intervención ha sido solicitada por otra persona _jueces, profesionales de la enseñanza, padres, empleadores, o cualquier otro solicitante diferente del sujeto evaluado, este último o sus padres o tutores tendrán derecho a ser informados del hecho de la evaluación o intervención y del destinatario del Informe Psicológico consiguiente. El sujeto de un Informe Psicológico tiene derecho a conocer el contenido del mismo, siempre que de ello no se derive un grave perjuicio para el sujeto o para el/la Psicólogo/a, y aunque la solicitud de su realización haya sido hecha por otras personas”. En psicología clínica, sí que necesitamos autorización de la otra parte para la realización de terapia, salvo excepciones (p ej, sentencia de violencia de género o maltrato) Si el otro progenitor solicita los resultados de la evaluación, estamos obligados a darle dichos resultados. No obstante, no tenemos por qué dar el informe completo si hay datos de la otra parte. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 51 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL DOCUENTO DE COMPROMISO DE INFORMACIÓN ENTRE PROGENITORES © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 52 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL COMUNICADO COP 2012 © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 53 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 54 9. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL CONTRAINFORMES Definimos un contrainforme como la crítica o revisión de un informe pericial forense previamente elaborado con el fin de informar sobre posibles fallos metodológicos y/o conclusiones erróneas, indicando los pasos que serían necesarios para completar objetivamente la evaluación. Según el artículo nº 347.1 de la LEC (Ley 13/2009, de 3 de noviembre), en el que se exponen las posibles actuaciones de los peritos en el juicio o en la vista, se incluye en el 5º punto la «Crítica del dictamen de que se trate por el perito de la parte contraria». Bajo una perspectiva legal, queda justificada la realización de los contrainformes, siempre que se realicen con los más altos niveles de objetividad y respeto por el trabajo del/los otro/s profesional/es, © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 55 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PSICOMÉTRICAS A ADULTOS HABILIDADES Y CAPACIDADES PARENTALES: CUIDA. Cuestionario para la evaluación de adoptantes, cuidadores, tutores y mediadores (Bermejo, F.A., Estévez. I., Puig, M.L., Garcia-Camara, E., Lapastora, M., Letamendía, P., Parra, J.C., Polo, A., Sueiro, M.J y Velázquez Sáez, F. 2006). Este instrumento mide características relevantes para el establecimiento competente y funcional de relaciones de cuidado afectivas, cognitivas y sociales. PEE. Perfil de estilos educativos (Magaz y García, 2011): valorar de manera cuantitativa y cualitativa bien las actitudes y valores ante la educación de hijos o alumnos, bien, los hábitos educativos de los padres. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 56 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 57 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PSICOMÉTRICAS A ADULTOS ADAPTACIÓN Y EDUCACIÓN RECIBIDA TAMADUL. Cuestionario Clínico de Personalidad para Adolescentes y Adultos (Hernández-Guanir, P., Hernández, G.A, 2013). Evalúa distintos problemas clínicos tomando como punto de partida los posibles síndromes y desajustes generalmente considerados en las taxonomías del DSM y la CIE. A partir de los resultados en el test es posible conocer el grado de adaptación de la persona en los diferentes ámbitos de su vida. Además, evalúa el estilo educativo familiar en el que se ha desarrollado la persona, permitiendo conocer cuáles pueden ser sus influencias actuales y aportando una visión más amplia de la personalidad. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 58 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 59 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PSICOMÉTRICAS A ADULTOS PSICOPATOLOGÍA Y PERSONALIDAD: PAI. Inventario de Evaluación de la Personalidad (Adaptación española: Ortiz-Tallo, M., Santamaría, P., Cardenal, V., Sánchez, P. 2011). Este instrumento proporciona información sobre las variables clínicas y de personalidad más relevantes en los ámbitos clínico y forense. CPS. Cuestionario de Personalidad Situacional (Fernández-Seara, J.L., Seisdedos, N y M. Mielgo. 2011). El CPS, es un instrumento de evaluación de la personalidad que parte de una aproximación conductual y tiene en cuenta las características de la persona y su interacción con las situaciones concretas. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 60 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PSICOMÉTRICAS A ADULTOS © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 61 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 62 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 63 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PSICOMÉTRICAS A ADULTOS PSICOPATOLOGÍA Y PERSONALIDAD: MILLON o MCMI-IV. Inventario Clínico Multiaxal de Millon (Millon, Gossman y Millon, 2015). Es una prueba utilizada para el diagnóstico o evaluación clínica de adultos que presentan problemas emocionales, interpersonales o que están en tratamiento. Asiste a evaluar y diagnosticar utilizando como partida DSM V (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorder 4th ed), los desórdenes relacionados a la personalidad u otros desordenes clínicos. Otros cuestionarios clásicos: 16-PF, MMPI… © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 64 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PSICOMÉTRICAS A ADULTOS © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 65 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PSICOMÉTRICAS A MENORES ADAPTACIÓN Y ESTILOS EDUCATIVOS PERCIBIDOS TAMAI. Test Autoevaluativo Multifactorial de Adaptación Infantil (Hernández-Guanir, 2012). Es un instrumento que está destinado a la apreciación del grado de adaptación de los menores. Asimismo, incluye la percepción de los hijos de las actitudes educadoras de los padres. PSICOPATOLOGÍA Y OTROS PROBLEMAS SENA. Sistema de Evaluación de Niños y Adolescentes (Fernández-Pinto, I., Santamaría, P., Sánchez- Sánchez, F., Carrasco, M.A., Del Barrio, V. 2015). Es un instrumento que permite realizar una evaluación integral de los problemas emocionales y de conducta de los niños (desde distintos puntos de vista: de los progenitores, de la escuela y autoinforme). Otros: PAI-A… © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 66 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 67 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PROYECTIVAS A MENORES TEST BENDER (Bender, 1932). Este test proyectivo, basado en las leyes de la percepción Gestáltica, posibilita la determinación del nivel de maduración de los niños y un examen de la patología mental infantil. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 68 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN PRUEBAS PROYECTIVAS A MENORES DIBUJO DE LA PERSONA BAJO LA LLUVIA (A. Amchin). En este test, el sujeto “proyecta” de manera inconsciente sus ideas, deseos, conflictos y temores. Permite evaluar la ansiedad y el temor del paciente en determinados ámbitos. DIBUJO DE LA FAMILIA (Porot, 1952). Es una prueba proyectiva que posibilita la libre expresión de los sentimientos de los menores hacia sus familiares, especialmente de sus progenitores y refleja, además, la situación en la que se colocan ellos mismos con su medio doméstico. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 69 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN OTRAS PRUEBAS A MENORES JUEGO DE LAS INTERRELACIONES FAMILIARES (Colombo, R.), juego de encaje con dibujos de personas para formar una familia cuyo objetivo es profundizar en los conflictos del paciente, la exploración de los tipos de vínculos y estilos relacionales con las figuras significativas en la vida del niño. LISTADO DE LAS PREFERENCIAS INFANTILES (Ramírez, 2003): Se trata de una prueba en la que el menor selecciona a uno u otro progenitor para determinadas actividades. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 70 10. HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN Estas son las herramientas más utilizadas en las pruebas periciales. No obstante, se podrán utilizar aquellos instrumentos que el técnico considere necesarios para el análisis concreto del caso (por ejemplo instrumentos concretos sobre alguna patología), siempre y cuando sean instrumentos adecuadamente validados y su uso tenga relación con el objeto del informe pericial. No se debe evaluar un ámbito que no esté relacionado o aporte información útil para el objeto de la pericial. Las pruebas se deben realizar en el entorno de evaluación, no se recomienda la realización de los test de forma telemática (a excepción de casos en los que sea inevitable, debiéndose hacer con la cámara web en todo momento). Se debe comenzar a interpretar siempre desde los criterios de fiabilidad y validez. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 71 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO (Vázquez, 2007) La credibilidad del testigo y en concreto del testigo infantil dentro de los procesos penales de agresión sexual es uno de los temas estrella en la Psicología Forense en España. EL SISTEMA DE ANÁLISIS DE LA VALIDEZ DE LAS DECLARACIONES (SVA) Ventaja: es un método formulado. Limitación: la validez disminuye en función de la edad del niño, el tiempo transcurrido desde el suceso, la información post-evento, el número de interrogatorios y la complicación del suceso así como la existencia de otros tratamientos en curso La técnica central es el CBCA El planteamiento central es considerar que una declaración será veraz si muestra criterios que indiquen que está basada en hechos experimentados directamente por el niño que declara, aunque esa declaración pueda ser “imprecisa”. No será válida si se basa en invenciones (mentiras) o si obedece a influencia de otras personas, ya sea instruyendo para hacer una declaración falsa o sugestionando. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 72 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO LA SVA INCLUYE: Una entrevista que no sesgue las respuestas del niño Aplicar a la transcripción de la entrevista los 19 criterios del CBCA: cuantos más cirterios se den, más veraz puede considerarse la declaración. Información del expediente Criterios de validez: entrevista, congruencia, motivación para mentir Información clínica © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 73 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO LA ENTREVISTA AL MENOR: Se aconseja que haya transcurrido el menor tiempo posible Se deben obtener narraciones libres El esquema aconsejado es provocar la narración libre del menor y posteriormente pasar a clarificar, mediante preguntas lo más abiertas posibles, aquellos aspectos que se considera que deben ser aclarados. Se recomienda: En ningún caso el entrevistador debe referirse explícitamente al abuso sexual ni al presunto perpetrador Las preguntas focalizadas en un episodio concreto, para completar cuestiones mencionadas con anterioridad Las preguntas directas se usan cuando la declaración es ambigua o inconsistente Que el entrevistador simule confusión y pida aclaraciones para el contraste de hipótesis alternativas Preguntas sugerentes (si se introducen debe ser al final), para apreciar hasta qué punto es sugestionable. En el cierre de la entrevista se debe liberar al menor de la carga emocional y agradecer su colaboración © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 74 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO Rango de edad sobre el que trabajar el SVA: los autores difieren. En menores de 5 años es de difícil utilidad por las limitaciones cognitivas de los menores. Por encima de los 17 años los conocimientos sexuales de los menores restan validez al relato. También se ha aplicado a mayores de 17 años en casos de abusos crónicos, siempre teniendo en cuenta el factor edad. En cuanto al uso de muñecos anatómicos hay bastante controversia. Se desaconseja su uso porque pueden ser sugerentes. Se pueden usar muñecos no anatómicos, que representan personajes. Es imprescindible que la entrevista se grabe, a ser posible en vídeo. También se debe tener en cuenta características de la entrevista cognitiva de Geiselman y Fisher (1989) para mejorar la cantidad y calidad de la información (se desaconseja en niños pequeños menores de 7 años): Solicitar reconstrucción de las circunstancias Solicitar todos los detalles posibles Solicitar el recuerdo en un orden diferente Solicitar cambios de perspectiva © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 75 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO EL ANÁLISIS DE CONTENIDO BASADO EN CRITERIOS: CBCA A. CARACTERÍSTICAS GENERALES: 1. Estructura lógica: con sentido y coherencia 2. Elaboración no estructurada: secuencia de la narración desorganizada 3. Cantidad de detalles: es difícil elaborar un relato falso con muchos detalles B. CONTENIDOS ESPECÍFICOS 4. Incardinación en contexto o adecuación contextual: referencias espacio-temporales 5. Descripción de interacciones: referencias a secuencias de acciones y reacciones del testigo y el agresor 6. Reproducción de conversaciones: expresiones o palabras poco comunes para la edad 7. Complicaciones inesperadas durante el incidente: detalles como interrupciones u otros problemas del episodio del abuso. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 76 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO C. PECULIARIDADES DEL CONTENIDO 8. Detalles inusuales: aspectos concretos mencionados por el menor en relación al agresor, objetos… 9. Detalles superfluos: sucesos irrelevantes que ocurren a la vez y que se mezclan con el suceso del abuso. 10. Incomprensión de detalles sexuales relatados con precisión: por ejemplo interpretar el semen como orina, los gemidos con dolor 11. Asociaciones externas relacionadas: referirse a otros acontecimientos como conversaciones te tipo sexual con el agresor fuera del episodio del abuso. 12. Alusiones al estado mental subjetivo del menor: descripción de pensamientos y sentimientos de la víctima. Importancia cualitativa. 13. Atribuciones al estado mental del agresor: pensamientos, sentimientos y motivos que el menor atribuye al agresor, p ej “estaba nervioso”. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 77 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO D. CONTENIDOS RELACIONADOS CON LA MOTIVACIÓN 14. Correcciones espontáneas: rectificaciones o adiciones de información 15. Admisión de falta de memoria: es un signo de credibilidad 16. Dudas sobre el propio testimonio: plantear objeciones a la corrección del propio testimonio 17. Atuodesaprobación: mención de detalles auto-incriminativos y desfavorables 18. Perdón al agresor: explicaciones, justificaciones o exoneraciones de la conducta del agresor E. ELEMENTOS ESPECÍFICOS DE LA AGRESIÓN 19. Detalles característicos: detalles relevantes desde un punto de vista “criminológico”, p ej secretismo impuesto al niño, intentos de implicar al niño en el hecho abusivo a cambio de regalos… © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 78 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO A pesar de que en algunos casos sólo se emplean los 19 criterios del CBCA, para completar la valoración del testimonio es necesario tener en cuenta otros criterios que constituye el LISTADO DE CRITERIOS DE VALIDEZ A. CARACTERÍSTICAS PSICOLÓGICAS: 1. Lenguaje y conocimientos adecuados: habilidades cognitivas y expresiones acordes a edad 2. Afecto apropiado: controvertido. En ocasiones se espera un estado de ánimo afectado, pero un e. de ánimo inhibido también puede ser adecuado. 3. Susceptibilidad a la sugestión: no obstante, aceptar una sugestión no invalida su declaración. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 79 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO B. CARACTERÍSTICAS DE LA ENTREVISTAS 4. Preguntas sugestivas, directas o coercitivas: han podido influir negativamente sobre el contenido de la declaración 5. Adecuación global de la entrevista: si ha seguido las directrices del SVA. C. MOTIVACIÓN PARA INFORMAR EN FALSO 6. Motivos para denunciar: verificar si hay motivos para una acusación falsa 7. Contexto de la revelación o informe original: si es el menor quien revela, la validez se ve reforzada. 8. Presiones para informar en falso: valorar posible influencia de otros © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 80 11. CREDIBILIDAD DEL TESTIMONIO D. CUESTIONES DE LA INVESTIGACIÓN 9. Consistencia con las leyes de la naturaleza: relato realista 10. Consistencia con otras declaraciones: no es necesaria una consistencia total, pero al menos en el acontecimiento central, el papel que desempeñó y el lugar de los hechos 11.Consistencia con otras evidencias: contrarrestar con datos médicos… VALORACIÓN FINAL: El testimonio puede ser: muy probablemente creíble, probablemente creíble, indeterminado, probablemente increíble, muy probablemente increíble © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 81 12. PRUEBA PRECONSTITUIDA La Prueba Preconstituida se fundamenta en tres cuestiones fundamentales: 1) Está enfocada en la víctima (NNA o persona con discapacidad), evitando la victimización secundaria y procurándole un marco apropiado para la recogida del testimonio; 2) En segundo lugar se centra en la recogida de la declaración de la víctima, señalándose las garantías que debe de cumplir, recalcándose la formación especializada para poder llevarla a cabo. 3) Se enmarca dentro del proceso judicial y por tanto debe acomodarse a las necesidades de información del órgano juzgador, es decir, necesita información sobre el quién, el cómo y la frecuencia. El psicólogo/a forense durante la prueba preconstituida tiene que tener presentes todas estas premisas, para garantizar el bienestar emocional del NNA, obtener un testimonio en el marco de los conocimientos científicos actuales de la psicología, y teniendo en cuenta las necesidades de la justicia. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 82 12. PRUEBA PRECONSTITUIDA Entrevista adaptada a los NNA: La entrevista se ha de adaptar a la edad y desarrollo, nivel cognitivo y social, antecedentes culturales y estado emocional del NNA y tener en cuenta las necesidades especiales, incluida las idiomáticas. El número de entrevistas se limita al mínimo. Además, conviene minimizar la duración de las entrevistas, permitir descansos y, únicamente si fuera estrictamente necesario, realizar la entrevista en más de una sesión. La entrevista extendida es una práctica restringida. El uso de materiales de apoyo como el dibujo libre, dibujos de la familia, plastilina, muñecos, etc. ha mostrado su eficacia en la parte previa a la entrevista para facilitar el rapport y disminuir la ansiedad del NNA y también puede resultar válido para aportar información acerca de sus circunstancias y contexto de desarrollo Prácticas y protocolos basados en la evidencia: El objetivo principal de la entrevista es evitar la revictimización que produce la reiteración narrativa de acontecimientos emocionalmente desagradables o incluso traumáticos y obtener la narrativa libre de los NNA con el mayor detalle posible, al tiempo que se cumplen las reglas de evidencia y los derechos de defensa. Para ello se han de utilizar los protocolos que más ampliamente han mostrado estar basados en la evidencia científica tales como el Protocolo NICHD o el Protocolo NCAC. Ambos contienen una guía de entrevista para NNA con una alta validez al estar basados en los resultados de estudios empíricos y en las etapas de desarrollo infantil y se adaptan a sus características cognitivas y comunicativas. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 83 12. PRUEBA PRECONSTITUIDA Personal especializado Las entrevistas forenses son realizadas por personal especializado que reciben formación regular, tanto inicial o de base como de actualización, para realizar entrevistas forenses y exploratorias. Ubicación y grabación Las entrevistas forenses se llevan a cabo en salas especiales para NNA que garanticen un ambiente seguro y neutral, que aporte privacidad, informalidad y esté libre de distracciones innecesarias, equipadas con sistemas de cámara y de sonido, lo que permite una grabación de alta calidad, así como una vista en vivo. Presencia multidisciplinaria e interinstitucional La entrevista forense es realizada normalmente por un solo profesional. Los miembros relevantes del equipo multidisciplinario e interinstitucional pueden observar la entrevista forense, en vivo en una habitación contigua o grabada. Derecho del investigado a un juicio justo Se permite a la defensa letrada plantear preguntas a la víctima/testigo infantil a través de un entrevistador forense que garantiza el principio de contradicción necesario para la validez de la declaración judicial como prueba judicial. Esas preguntas han de ser admitidas por el juez presente y no han de repetirse. Si la persona investigada tiene el derecho legal de observar el testimonio de las niñas o los niños,. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 84 SÍNTESIS GENERAL: 1- El informe no debe ser aislado del contexto que lo motiva 2- Debe ser relevante en cuanto al objetivo excluyendo todo lo no relativo al mismo 3- Debe ser útil, facilitando la toma de decisiones posterior 4- Debe ser riguroso, veraz y objetivo tanto en los aspectos metodológicos como en uso de contenidos 5- Debe hacer referencia a la persona objeto o extremo evaluado de forma específica y personalizada 6- Es preciso que presente coherencia interna en su redacción, planteamientos teóricos y metodológicos 7- Debe atender a la validez transversal de los datos 8- Debe transmitir los datos de forma organizada y fácilmente localizables 9- Sus conclusiones deben ser estrechamente vinculadas a los datos 10- Las conclusiones asimismo deben ser enumeradas, breves y concisas, respondiendo a las cuestiones planteadas inicialmente 11- No se debe cerrar nunca un informe si no se tienen datos para ello 12- No se deben realizar diagnósticos si existen datos contradictorios. Se debe atender siempre al diagnóstico diferencial 13- Preciso respetar los principios éticos, deontológicos y legales 14- Resulta altamente aconsejable incluir distintos apartados y subtítulos 15- Se debe ir de lo general a lo específico 16- Se deben utilizar contrastes 17- Requiere analizar la consistencia de los datos obtenidos 18- Es aconsejable utilizar estrategias multimétodo ,multiárea, multisesión 19- Los datos deben ser interpretados de forma cuidadosa y apropiada 20- Hay que explicar con claridad los datos obtenidos y su significado REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS COP Cataluña. (2023). Guía ética y de buenas prácticas en psicología aplicada al ámbito penal. Grupo de trabajo en Psicología jurídica aplicada al ámbito penal. Sección de Psicología jurídica.(https://www.anpjmx.com/wp- content/uploads/2023/07/Guia-etica-y-de-buenas-practicas-en-psicologia-forense-aplicada-al-ambito-penal.pdf) COP Cataluña. (2014). Guía de buenas prácticas para la evaluación psicológica forense y la práctica pericial. Trujillo,E. (2021). Guarda y custodia (Recuperado el 10 de julio de 2023). https://economipedia.com/definiciones/guarda-y-custodia.html Vázquez, B. (2007). Manual de psicología forense. Madrid: Síntesis. Vázquez, B., Catalán, M.J. (2011).Casos prácticos en psicología forense. Madrid: EOS Psicología Jurídica. APF (asociación psicología forense) (2023).https://www.psicologosforenses.org/wp-content/uploads/2023/06/Guia- para-la-Evaluacion-Pericial-Psicologica-en-los-Procedimientos-de-Provision-de-Apoyos-para-Personas-con- Discapacidad-MAYO2023.pdf Carrasco M.A ; Rubio F. (2020) Psicología Jurídica y Forense ( 2 Volúmenes). Madrid :Sanz y Torres. © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 86 GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN Ve más allá © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados