Resumen de la Constitución Española de 1978 PDF

Summary

Este documento resume la organización del Estado español, enfocándose en la Constitución Española de 1978. Explica su estructura, incluyendo preámbulo, títulos, disposiciones adicionales, transitorias y derogatorias. Se destaca la separación de poderes, los derechos fundamentales, y el procedimiento de reforma constitucional, incluyendo la reforma ordinaria y agravada. Se detalla también la institución de la Corona y el papel del Defensor del Pueblo.

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Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español La Constitución Española de 1978 es la norma suprema del Ordenamiento jurídico español. Fue aprobada por las Cort...

Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español La Constitución Española de 1978 es la norma suprema del Ordenamiento jurídico español. Fue aprobada por las Cortes Generales y ratificada mediante referéndum por el pueblo español el 6 de diciembre de 1978. El régimen constitucional vigente es consecuencia de un complejo proceso de transición que va desde la muerte del anterior jefe de Estado, el general y dictador Francisco Franco, el 20 de noviembre de 1975, hasta la sanción, por el Rey Don Juan Carlos I, del texto constitucional el 27 de diciembre de 1978, periodo en el cual tuvieron lugar una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un ¨Estado social y democrático de Derecho que propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político¨. En él también se afianza el principio de soberanía popular, y se establece la monarquía parlamentaria como forma de gobierno. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Principales características de la Constitución Española – Rígida, muy difícil de modificar. – Escasa originalidad del texto, ya que está inspirada en otros textos constitucionales europeos. – Extensa, constando de 169 artículos. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español La Constitución Española de 1978 se compone de: Un preámbulo 11 títulos (1 Título Preliminar y 10 numerados) 4 disposiciones adicionales 9 transitorias 1 derogatoria 1 final. Su contenido puede estructurarse en una parte dogmática, con los principios constitucionales y los derechos fundamentales, y una parte orgánica, con la división de poderes y la organización política y territorial. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español 1 Preámbulo: sirve para que todos sepan por qué era necesario mi nacimiento y para que se cumplan los objetivos. Es como una introducción y está fuera de la Constitución. 4 Disposiciones adicionales y 9 transitorias: para cuando haya problemas de ordenar los territorios. 1 Disposición derogatoria: elimina todo lo que vaya en contra de la Constitución. 1 Disposición final: dice que exista inmediatamente y ordena que yo sea publicada en todas las lenguas además del castellano. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español CONSTITUCIÓN: ESTRUCTURA Y CONTENIDO TÍTULOS- Capítulos Secciones Artículos Preámbulo Artículos Título Preliminar 1-9 Título I. De los derechos y deberes fundamentales 10-55 Capítulo primero. De los Españoles y Extranjers 11-13 Capítulo segundo. Derechos y libertades 14 Sección 1ª. De los Derechos fundamentales y las libertades públicas 15-29 Sección 2ª. De los Derechos y Deberes de los ciudadanos. 30-38 Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica. Capítulo cuarto. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales. 53-54 Capítulo quinto De la suspensión de los derechos y libertades 55 Título II. De la Corona 56-65 Título III. De las Cortes Generales 66-96 Capítulo primero. De las Cámaras 66-80 Capítulo segundo. De la elaboración de las leyes 81-92 Capítulo tercero. De los Tratados Internacionales 93-96 Título IV. Del gobierno y de la Administración 97-107 Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las cortes Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español CONSTITUCIÓN: ESTRUCTURA Y CONTENIDO TÍTULOS- Capítulos Secciones Artículos Preámbulo Artículos Título VIII. De la Organización Territorial del Estado 117-127 Capítulo primero. Principios Generales 137-139 Capítulo segundo. De la Administración Local. 140-142 Capítulo tercero. De las Comunidades Autónomas. Título IX. Del Tribunal Constitucional 159-165 Título X. De la reforma constitucional 166-169 Disposiciones Adicionales (1ª a 4ª) Disposiciones Transitorias (1ª a 9ª) Disposiciones derogatoria (única) Disposición final (única) Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El carácter rígido de la Constitución española supone la existencia de dos procedimientos específicos para la modificación del texto constitucional, contenidos en el Título X (arts. 166-169). La iniciativa de la reforma constitucional corresponde al Gobierno y a las Cortes Generales (Congreso de los Diputados y Senado). Así mismo, las Asambleas autonómicas tienen atribuida una iniciativa indirecta, pudiendo: Remitir su propuesta a la Mesa del Congreso, enviando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros para defenderla, o Solicitar al Gobierno que adopte la iniciativa de reforma mediante proyecto de Ley. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Reforma ordinaria El procedimiento ordinario de reforma constitucional exige la aprobación de la iniciativa de reforma por una mayoría de 3/5 de cada una de las Cámaras, tanto del Congreso como del Senado. De haber desacuerdo entre ambas, una comisión mixta tratará de presentar un texto consensuado que de nuevo se someterá a votación. Si mediante este procedimiento no se obtiene el apoyo de los 3/5 del Senado y del Congreso, existe la posibilidad de conseguir su aprobación mediante la mayoría absoluta del Senado y la mayoría de 2/3 del Congreso. Finalmente, aprobada ésta, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los 15 días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de las Cámaras. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Reforma agravada La Constitución considera de especial trascendencia la reforma del Título Preliminar, del Título II - relativo a la Corona-, o de la Sección I del Capítulo II del Título I-que establece los derechos fundamentales y las libertades públicas-. Por ello, su modificación exigirá la utilización de un procedimiento agravado de reforma, cuya aprobación requerirá mayoría de 2/3 en ambas Cámaras, y supondrá la disolución inmediata de las Cortes. Tras las consiguientes elecciones generales, las nuevas Cortes habrán de volver a aprobar la modificación por una nueva mayoría de 2/ 3. La reforma será finalmente aprobada si obtiene su ratificación mediante referéndum. No puede iniciarse una reforma constitucional en tiempos de guerra o si está vigente el estado de alarma, de excepción o de sitio. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español La forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria. El Jefe del Estado es un Rey hereditario y vitalicio, que reina pero no gobierna, puesto que carece de poder ejecutivo. El Rey simboliza la unidad y permanencia del Estado español. Por ello: Le corresponde formalizar los actos más importantes del Estado, ya sean de carácter legislativo o gubernamental. Arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, y asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales. El Rey no está sujeto a responsabilidad, por lo que sus actos necesitan ser refrendados Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español La Constitución dedica a la institución de la Corona su Título II. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, tratándose de un monarca que reina pero no gobierna, jugando un papel de árbitro y moderador entre los tres poderes que conforman el Estado: el ejecutivo, el legislativo y el judicial. ¨La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad¨ El carácter eminentemente simbólico de la Corona se refleja en la exigencia de refrendo para los actos del Rey, que habrá de proceder del Presidente del Gobierno y, en su caso, del Ministro correspondiente, en los cuales recae la responsabilidad del acto. Sólo existen dos actos que no requieren de refrendo: el nombramiento y relevo de los miembros civiles y militares de la Casa Real y la distribución del presupuesto de la Casa Real. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas. El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo. Cualquier ciudadano puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su intervención, que es gratuita, para que investigue cualquier actuación de la Administración pública o sus agentes, presuntamente irregular. También puede intervenir de oficio en casos que lleguen a su conocimiento aunque no se haya presentado queja sobre ellos. El Defensor del Pueblo da cuenta de su gestión a las Cortes Generales en un informe anual y puede presentar informes monográficos sobre asuntos que considere graves, urgentes o que requieran especial atención. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español La garantía del respeto de los derechos y libertades individuales y el ejercicio de la soberanía popular se basan en la separación y la independencia de los órganos que ostentan los siguientes poderes: Poder Legislativo (Cortes Generales). Poder Ejecutivo (Gobierno). Poder Judicial (Jueces y Magistrados). Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Las cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el congreso de los Diputados y el Senado. Las cortes Generales son inviolables (no pueden ser objeto de control, represión o actuación que limite sus poderes). Sus funciones son , entre otras: Ejercer la potestad legislativa del Estado. Controlar la acción del gobierno. Sus miembros gozan de inmunidad y son elegidos mediante sufragio universal, libre, igual , directo y secreto. Actualmente, el congreso cuenta con 350 Diputados y el senado con 265 Senadores en activo. En ambos casos, su mandato termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El Senado El senado , es la Cámara de representación territorial, está compuesto por un número variable de senadores elegidos por un sistema mixto; a) Mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto en cada elección general: 4 senadores por provincia. 3 senadores en cada una de las islas mayores (Mayorca, Gran Canaria y Tenerife) 1 senador para cada isla menor. 2 senadores por Ceuta 2 senadores por Melilla. b) Por las Comunicades Autónomas: 1 senador elegido por cada Asamblea Legislativa de las Comunidades Autónomas. 1 senador más por cada millón de habitantes de las Comunidades Autçoomas. A diferencia del Congreso, el sistema seguido para la elección de senadores es el denomainado “mayoritario”. Resulta elegido el candidato que haya obtenido mayor número de votos en su circunscripción. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Las funciones que la Constitución reserva al Senado le sitúan en una posición de subordinación frente al Congreso de los diputados. De esta manera, España sigue el modelo de “Cámara de enfriamiento”. La posible reforma del Senado es una de las cuestiones políticas y constitucionales más polémicas. Existe una gran corriente defensora de un Senado en igualdad de condiciones con el Congreso, que realmente se configure como una Cámara de representación territorial con competencias en materia de comunidades autónomas. También existe posturas que defienden la permanencia de la configuración actual del Senado, e incluso posiciones que defienden el abandono del bicameralismo. Por considerar que el Congreso de los Diputados puede reunir /y reúne) la representación poblacional y la representación territorial. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Las Cámaras ser reunirán en sesiones ordinarias, extraordinarias y conjuntas. Sesiones ordinarias. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos periodos ordinarios de sesiones: el primero , de septiembre a diciembre; y el segundo, de febrero a junio. Sesiones extraordinarias. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno , de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deberán convocarse sobre un orden del día determinado y serán clausuradas una vez que se haya agotado. Sesiones Conjuntas. Las Cámaras se reunirán en sesión conjunta para ejercer las competencias no legislativas que el Título II de la Constitución-De la Corona- atribuye expresamente a las Cortes Generales. Serán presididas por el Presidente del congreso y se regirán por un reglamento de la Cortes Generales, aprobado por mayoría absoluta en cada Cámara. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del gobierno la adopción de un Proyecto de Ley o una Proposición de Ley. Se admitirá además, la iniciativa popular con un mínimo de 500.000 firmas. Los proyectos de ley del gobierno serán aprobado en Consejo de Ministros, que los someterá la Congreso acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica, el Presidente del congreso dará inmediata cuenta del Mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste, que en l plazo de dos meses, a partir de la recepción del texto, puede oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. Una vez cumplidos los tramites anteriores, lo proyectos legislativos aprobados por el congreso s convierten en leyes aprobadas por las cortes Generales. El Rey sancionará en el plazo de 15 días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación, sin la cual la ley no entrará en vigor y carecerá de eficacia jurídica. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El poder ejecutivo en España responde al modelo de monarquía parlamentaria establecido en la Constitución Española, lo cual significa que al frente del mismo se encuentran dos magistraturas diferentes: La jefatura del Estado, representada por el Rey , y la jefatura del Gobierno, que recaen en la persona del Presidente del Gobierno. Como ya se ha indicado anteriormente, el Rey es el símbolo de unidad y permanencia del Estado y actúa como mediador de los demás poderes del Estado. Además, nombra al Presidente del gobierno (designación que ha de ser aprobada por el Parlamento en la votación de investidura). El Rey carece de poder político: es el Presidente del Gobierno quien, junto con sus Ministros, lleva a cabo la acción de gobierno. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El Gobierno ejerce el Poder Ejecutivo. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la constitución y las leyes. El Gobierno se forma mediante el procedimiento de investidura de su presidente y cesa por la celebración de elecciones generales, pérdida de confianza parlamentaria (moción de censura o cuestión de confianza), dimisión o muerte de su presidente. El Gobierno Español se encuentra actualmente compuesto por: El Presidente, que dirige la acción del gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo. Unos o varios Vicepresidentes: su presencia en el gobierno depende de la voluntad del Presidente, asumiendo las funciones de éste en caso de fallecimiento, ausencia en el extranjero o enfermedad. Los Ministros. Los miembros del Gobierno se reúnen: En el consejo de Ministros: Reunión del gobierno en pleno, presidida por el presidente del Gobierno (Las reuniones se celebran los viernes) En las Comisiones Delegadas del Gobierno: entre otras cosas, estudian, preparan y coordinan la acción de los asuntos comunes o varios Ministerios. Por ejemplo, se forman Comisiones Delegadas para asuntos económicos, para asuntos de inteligencia, para asuntos culturales. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El Gobierno ejerce el Poder Ejecutivo. Dirigen la política interior y exterior Dirigen la Administración civil y militar Declaran los estados de alarma y excepción, y proponer al Congreso de los Diputados la declaración del estado de sitio. Ejercen la función ejecutiva Ejercen la potestad reglamentaria Ejercen la potestad legislativa Aprobar el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Presidente del Gobierno. Ostenta la jefatura del gobierno de la nación, dirigiendo la acción de su equipo y coordinando las funciones de los demás miembros , es decir, de los Ministros. Vicepresidente o vicepresidentes del gobierno. Se trata de una figura que puede existir o no. En caso de existir, puede haber uno o varios, cuyas funciones corresponden con las encomendadas por el Presidente. Ministros. Como titulares de sus departamentos , tienen competencia y responsabilidad en la esfera especifica de su actuación. Comisiones Delegadas del gobierno. Se trata de órganos colegiados del gobierno cuya función básica es apoyar al consejo de Ministros. Su creación, modificación y supresión se acuerda por Consejo de Ministros a propuesta del Presidente del Gobierno, Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El poder judicial está integrado por el conjunto de órganos a los que se les atribuye la función de juzgar y hacer cumplir lo juzgado. Estos órganos son los Jueces y Tribunales. Según la Constitución Española, los principios que inspiran la actuación del poder judicial, son: Unidad jurisdiccional. En España solamente hay una única justicia, con jueces y magistrados pertenecientes al mismo cuerpo. Independencia Judicial. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente a la constitución y al imperio de la Ley. Publicidad. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones ue prevean las leyes de procedimiento. Garantista. Las sentencia serán siempre motivadas, será gratuita para quién no acredite suficientes recursos y los errores judiciales darán derecho e indemnizaciones. El ministerio Fiscal promoverá la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos, y éstos podrán también ejercer la acción popular y participar en la Administración de justicia (jurado) Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El poder judicial está integrado por el conjunto de órganos a los que se les atribuye la función de juzgar y hacer cumplir lo juzgado. Estos órganos son los Jueces y Tribunales. Según la Constitución Española, los principios que inspiran la actuación del poder judicial, son: Unidad jurisdiccional. En España solamente hay una única justicia, con jueces y magistrados pertenecientes al mismo cuerpo. Independencia Judicial. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente a la constitución y al imperio de la Ley. Publicidad. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones ue prevean las leyes de procedimiento. Garantista. Las sentencia serán siempre motivadas, será gratuita para quién no acredite suficientes recursos y los errores judiciales darán derecho e indemnizaciones. El ministerio Fiscal promoverá la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos, y éstos podrán también ejercer la acción popular y participar en la Administración de justicia (jurado) Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Las normas jurídicas regulan la conducta de seres libres, que pueden desobedecer su mandato básico. Por ello, es necesario un sistema de órganos (Tribunales y Juzgados) que obliguen a cumplir esas normas. Los jueces y magistrados son independientes. No están sometidos a órdenes ni mandatos de ningún tipo. Sólo están sometidos en sus decisiones a lo dispuesto en las leyes, sin que tenga libertad de juzgar al margen de la ley o con una interpretación libre de ésta. El consejo General del Poder judicial es el órgano de gobierno de jueces y magistrados. Se encarga de sus nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario. La ordenación jerárquica de Tribunales y Juzgados es la de la imagen: Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Se puede considerar la Administración como el conjunto de órganos administrativos que realizan unos trabajos para satisfacer las necesidades de los ciudadanos, organizaciones e instituciones (servicios públicos). Por ejemplo cuando nos ponemos enfermos acudimos a la administración sanitaria; es decir a un hospital para que nos curen (servicio sanitario) Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS Cuando hablamos de “órgano administraivo”, nos estamos refiriendo a un grupo de personas que dentro de la Administración se ocupa de un trabajo concreto y cuyas decisiones tendrán consecuencias legales sobre los ciudadanos, las organizaciones o las instituciones. Por ejemplo, cuando nosotros solicitamos a la Administración una pensión, habrá_: Un órgano en la Administración que se ocupará de comprobar si tenemos derecho a esa pensión o no. Luego, habrá otro órganos que se encargará de pagarnos la pensión si el primer órgano decisió favorablemente a nuestra petición Después, existirá otro órgano administrativo que vigilará para que no se “haga trampas” por parte de los ciudadanos y que la Administración cumpla como es debido etc. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Los Procedimientos La administración para llevar a cabo su trabajo está muy organizada. Siempre que hace algo, lo hace de la misma manera. Sigue “un procedimiento”. Un procedimiento es el modo de ejecutar determinadas acciones que suelen realizarse de la misma forma, con una serie común de pasos claramente definidos, que permiten realizar un trabajo Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Complejidad de la Administración ¿Por qué la Administración es tan compleja? Como las instituciones y los ciudadanos (las personas) necesitamos muchos servicios diferentes, la Administración es muy complicada, con muchos órganos diferentes para tender a esas necesidades. Por ejemplo necesidades educativas, sanitarias, de pensiones etc. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español Personalidad jurídica Como esos órganos administrativos deben trabajar siempre para atender las necesidades de los ciudadanos, las leyes reconocen a dichos órganos personalidad jurídica. ¿Qué es tener personalidad jurídica los órganos administrativos? Tener personalidad jurídica significa que dichos órganos, tienen derechos y obligaciones y tienen que responder jurídicamente de sus acciones. Por ejemplo, el ayuntamiento de Murcia puede comprar una casa o denunciar a un ciudadano que incumple la ley. Es lo mismo que podrías hacer tu o cualquier otra persona. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español El Patrimonio Las leyes, también, atribuyen a los órganos administrativos un patrimonio. ¿Qué es tener un patrimonio? Tener un patrimonio significa que los órganos administrativos pueden tener cosas que son suyas (en propiedad). Por ejemplo, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias tiene en propiedad: edificios, colegios, centros ocupaciones. Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español conclusión En definitiva, a los órganos administrativos se les reconoce personalidad jurídica y patrimonio para atender las necesidades de los ciudadanos. Por ejemplo, si nosotros le pedimos una pensión a la Administración, deberá estudiar nuestro caso y en el caso de que diga que sí, tendrá que tener dinero para poder pagarnos la pensión, Ciclo Administración y Finanzas Módulo: Gestión de la Documentación Jurídica Empresarial Tema 1 La organización del Estado Español La Administración está formada por organismo e instituciones, y es atendida por funcionarios que gestionan los servicios públicos bajo la dirección del Gobierno. Por tanto, la Administración Pública del Estado se encuentra subordinada al Gobierno de la nación y es la mano que ejecuta las decisiones de éste, ajustando sus actuaciones a una serie de principios. Eficacia. Las actuaciones de las Administraciones Públicas deben conseguir sus objetivos con el mejor uso de los recursos disponibles. Por tanto, el principio de eficacia debe ir unido al principio de eficiencia. Jerarquía. Casa órgano de la Administración depende de otros superior, de tal forma que cada uno de los mismos sabe en todo momento ante quién ha de responder por sus actuaciones (principio de unidad de mando) Descentralización. Consiste en el traspaso de competencias a los órganos de una Administración distinta (autonómica o local, por ejemplo), que ejerce en lo sucesivo estas competencias. Desconcentración. Es una transferencia de funciones de carácter permanente de los órganos superiores a los órganos inferiores jerárquicamente ordenados, sin que esta transferencia signifique que el órgano que transfiere deje de tener responsabilidades por las actuaciones que realice el órgano inferior al que transfirió la competencia. Coordinación. La unidad de actuación de la Administración no siempre se consigue mediante su estructuración jerarquizada. En determinado casos existe, respecto de un tema de interés general, una confluencia de varias Administraciones que tienen diversas competencia sobre éste ámbito. Esta situación hace necesaria la creación de órganos que coordinen la actuación de unos y otros, de tal forma que consigan la eficacia en su labor. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS CICLO SUPERIOR ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS MÓDULO Gestión de la documentación jurídica y empresarial TEMA 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS Contenido 2.1. El Estado y la Administración................................................................................................... 3 2.2. La Administración General del Estado................................................................................... 5 2.3. Dimensión organizativa de la Administración General del Estado........................................ 6 2.3.1 La Administración Central del Estado............................................................................7 2.3.2 La Administración Territorial..................................................................................... 11 2.3.3 La Administración Exterior......................................................................................... 13 2.3.4 Sector público institucional....................................................................................... 14 2.3.5 La Administración Consultiva..................................................................................... 14 2.4. Organos de control sobre la Administración........................................................................ 15 2.4.1 Intervención General del Estado.................................................................................... 15 2.4.2 Tribunal de Cuentas................................................................................................... 15 Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS 2.1. El Estado y la Administración El Estado es un conjunto de instituciones que poseen la potestad para establecer las normas que regulan el funcionamiento de la sociedad dentro de un determinado territorio. Es necesario separar los conceptos de Estado y Gobierno siendo este último el encargado de realizar las funciones del Estado. El Gobierno será el conjunto de gobernantes que de forma temporal, ejercen cargos en las instituciones del Estado. El Estado se compone de tres elementos:  Población: Es un grupo más o menos homogéneo de personas que conviven y tienen raíces históricas comunes.  Territorio: Es el espacio físico donde el Estado ejerce su poder soberano. Los límites territoriales de un Estado son las fronteras, naturales (ríos, montañas, etc...)  Soberanía: El Estado decide e impone sus normas dentro de su territorio a los nacionales y a las personas que permanezcan en el mismo. La soberanía estatal a nivel internacional supone un reconocimiento por el resto de los Estados y la posibilidad de actuar en igualdad con ellos. Desde el punto de vista territorial: Estados unitarios: se caracterizan por una mayor concentración y estructura única de poder, que les permite tomar decisiones, administrar y dirigir a toda la nación desde un único centro de impulso político. No obstante, pueden existir cierta descentralización administrativa a través de los entes territoriales con capacidad de gestión y administración de servicios, con cierta autonomía respecto al poder central, que continúa ejerciendo control sobre ellos, lo que supone un mayor número de Administraciones Públicas, encargadas de la gestión y administración de los distintos territorios que estructuran el estado nacional. Estados descentralizados: Tiene varios centros de impulso político repartidos por todo el territorio y el poder se organiza distribuyendo las competencias entre un poder central y los poderes territoriales, todos ellos independientes. Es un estado políticamente descentralizado en el coexisten varios estado soberanos e independientes, que abandonan parte de su soberanía en provecho de un autoridad superior, como es el caso de Alemania, Suiza… Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS La constitución española señala que España está constituida por estos tres tipos de Estado. 1. Estado Social: aquel que no sólo debe de garantizar las condiciones mínimas entre los ciudadanos, sino que además, promoverá las condiciones favorables para el progreso social y económico, por ejemplo, sanidad, educación… 2. Estado Democrático: implica que son las leyes las que deben garantizar los derechos y libertades de las personas. 3. Estado de Derecho: es aquel que se basa en la división de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Está sometido a las normas jurídicas. La Administración Es el instrumento a través del cual el Estado desarrolla las funciones que tiene encomendadas. Es una organización dependiente del Gobierno, que actúa de acuerdo con la ley y que busca satisfacer las necesidades y los intereses de la sociedad. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS 2.2. La Administración General del Estado. Tiene competencias sobre todo el territorio nacional y para desarrollar sus políticas públicas y prestar servicios, usa distintos medios: Recursos Económicos: que se recogen de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. La gestión del Patrimonio del Estado (www.patrimonionacional.es) Contratación pública para la adquisición de bienes y servicios que aseguren la satisfacción del interés general. Comunicación institucional mediante el portal web de la Moncloa en (www.lamocloa.gob.es) Administración electrónica a través de su propio portal. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS En el siguiente esquema se representa la división de la Administración Pública: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS 2.3. Dimensión organizativa de la Administración General del Estado. La organización de la Administración General del Estado responde a los principios de división funcional en departamentos ministeriales y de gestión territorial. En la organización central, dirige el Gobierno; en la territorial, los delegados del Gobierno en las CCAA, los subdelegados del Gobierno en las provincias y los directores insulares en las islas, y , en el exterior, los embajadores y representantes antes organizaciones internacionales. 2.3.1 La Administración Central del Estado La administración Central pone en práctica la política del Gobierno de contenido administrativo; para realizar estas actuaciones, se organiza en Ministerios, que cuentan con los servicios centrales en Madrid y con determinados servicios en su dimensión territorial. La política interior: sanidad, educación, trabajo, comercial, pesquera,… La política exterior: tratados internacionales, política comercial de intercambios,… La Administración civil y militar: Ministerio de Defensa y Ejército. La defensa del Estado: Ministerio del Interior, delegados de Gobierno, orden público… Los siguientes principios configuran el funcionamiento del Gobierno: El principio de dirección presidencial, que otorga al Presidente del Gobierno la competencia para determinar directrices que deberá seguir el Gobierno y cada uno de los departamentos. La colegialidad y consecuente responsabilidad solidaria de sus miembros. Principio departamental que otorga al titular de cada departamento una amplia autonomía y responsabilidad en el ámbito de su respectiva gestión. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS Mecanismos de control sobre el poder ejecutivo Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS El Presidente del Gobierno La constitución prevé dos sistemas para la designación y nombramiento del presidente del Gobierno: El Presidente del Gobierno es políticamente responsable ante el Congreso de los Diputados. Competencias del Presidente del Gobierno: Establecer el programa político del Gobierno y determinar las directrices de la política interior y exterior y velar por el cumplimiento. Dirigir la política de defensa. Convocar, presidir y fijar el orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros. Proponer al Rey: la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, la convocatoria de un referéndum consultivo y el nombramiento y separación de los vicepresidentes y ministros. Plantear ante el Congreso de los Diputados, previa deliberación del Consejo de Ministros, la cuestión de confianza. Interponer el recurso de inconstitucionalidad. Refrendar los actos del Rey. El Vicepresidente del Gobierno Le corresponderá el ejercicio de las funciones que le encomiende el presidente. El vicepresidente que asuma la titularidad de un departamento ministerial ostentará, además, la condición de ministro. Entre sus funciones está la de sustituir al presidente en caso de ausencia, enfermedad o fallecimiento. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS Los Ministerios La Administración central del estado se organiza en ministerios, comprendiendo cada uno de ellos uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa. La determinación del número, la denominación y ámbito de competencia respectivo de los ministerios y de las secretarías de Estado se establecen mediante el real decreto del Presidente del Gobierno. Cada ministerio se divide en órganos superiores y órganos directivos.  Órganos superiores: Les corresponde establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad y a los órganos directivos su desarrollo y ejecución.  Órganos directivos: Desarrollan y ejecutan los planes de actuación diseñados por el ministro y los secretarios de estado. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS  Órganos de nivel inferior: son servicios, secciones y negociados que no pertenecen a los órganos directivos de la Administración. Consejo de Ministros Es la reunión de los ministros bajo la presidencia del Presidente del Gobierno, es un órgano colegiado y tiene estas funciones: Las comisiones delegadas de Gobierno Está formado por varios ministros para examinar cuestiones de carácter general que tengan relación con los ministerios que integren la comisión y resolver los asuntos que, afectando a más de un ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros. Las deliberaciones serán secretas. 2.3.2 La Administración Territorial La presencia de la Administración General del Estado en todo el territorio se manifiesta a través de la Administración Territorial. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS Los delegados de Gobierno Representan al Gobierno dentro de las comunidades autónomas, sin perjuicio de la representación ordinaria del Estado en ellas. Ejercen la dirección y supervisión de todos los servicios de la Administración General del Estado y sus organismos públicos situados en su territorio. Dependen de la presidencia del Gobierno y el Ministro de Administraciones Públicas es el encargado de darles las instrucciones. Deben de mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Administración General del Estado y sus organismos públicos con la de la comunidad autónoma y con las correspondientes entidades locales. Sus funciones son las siguientes: Los subdelegados de Gobierno En cada provincia y bajo la dependencia del Delegado de Gobierno, existirá un subdelegado que será nombrado por el procedimiento de libre designación entre funcionarios de la carrera del Estado. Sus funciones son las siguientes: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS Los directores insulares Existirá un director en cada una de las islas, dependerán del Delegado del Gobierno o del Subdelegado de la provincia cuando este cargo exista. 2.3.3 La Administración Exterior Los embajadores y representantes permanentes ante organizaciones internacionales representan a España en el Estado u organización internacional ante los que están acreditados. Dirigen la Administración General del Estado en el exterior y colaboran en la formulación y ejecución de la Política Estado, definida por el Gobierno. 2.3.4 Sector público institucional Se encargan de realizar o gestionar actividades prestacionales de fomento, de gestión de servicios etc.… y son: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS 2.3.5 La Administración Consultiva Es el conjunto de organismos o entidades que están capacitados para realizar labores de asesoramiento para las diferentes administraciones a través de la elaboración de los dictámenes o informes. Consejo de estado Es el supremo órgano consultivo del Gobierno, ejerce la función consultiva del con autonomía orgánica y funcional para garantizar la objetividad e independencia de acuerdo con la Constitución y las leyes. Emite dictámenes sobre los teas que propone el Presidente del Gobierno o cualquiera de sus ministros, así como los presidentes de las comunidades autónomas y los titulares de determinados organismos estatales (Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de las Competencia, etc..) Los particulares pueden pedir audiencia cuando estén interesados en el asunto que se somete a dictamen del Consejo de Estado. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 2: EL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. LOS ORGANISMOS PUBLICOS El Consejo Económico y social (CES) Facilita la participación de los ciudadanos y de las asociaciones en la vida económica y social. Es un órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral. Está formado por 61 miembros, incluido su presidente, nombrados por el Gobierno:  20 Consejeros en representación de las organizaciones sindicales.  20 Consejeros en representación de las organizaciones empresariales.  20 Consejeros, correspondiendo 3 de ellos al sector agrario, 3 al marítimo pesquero, 4 a consumidores y usuarios, 4 al sector de la economía social y 6 restantes son expertos en las materias competencia del Consejo. 2.4 Órganos de control sobre la Administración. El control sobre la Administración se realiza a través de organismos tanto externos como internos, que tratan de delimitar que la actividad financiera realizada por la Administración se ajuste a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y economía. 2.4.1. Intervención General del Estado (IGAE) Depende de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Es el órgano de control interno económico – financiero de la administración Pública. Entre sus funciones destaca la de examinar que la actividad del sector público se ajusta a los principios constitucionales de legalidad, eficiencia y eficacia, además de elaborar la contabilidad pública. 2.4.2. Tribunal de Cuentas Es un órgano de control externo a la Administración Pública. Las cuentas del Estado y del sector público estatal se someterán al examen del Tribunal de Cuentas y serán censuradas por este. Está formado por 12 consejeros nombrados por las Cortes Generales para un periodo de nueve años. Su presidente será nombrado por el Rey de entre sus miembros y a propuesta de los mismos, siendo la duración del mandato presidencial de 3 años. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas CICLO SUPERIOR ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS MÓDULO Gestión de la documentación jurídica y empresarial TEMA 3: LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Contenido 3.1 El Origen de las autonomias..................................................................................................... 3 3.2 La Normativa autonómica....................................................................................................... 8 3.3 La Organización política y la administración de las comunidades autónomas....................... 9 3.4 Distribución de las competencias entre el Estado y las comunidades autónomas............. 15 3.5 El sistema fiscal y financiero de las comunidades autónomas............................................. 17 Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas 3.1 El Origen de las autonomías La organización territorial del Estado y la creación de las comunidades autónomas, es una de las novedades más importantes introducidas por la Constitución en 1978, ya que se establece una nueva estructura la del Estado Regional, que se articula en una serie de comunidades autónomas como base de una organización política que muestra la riqueza histórica de nuestras regiones. Características de las comunidades autónomas:  La autonomía de las comunidades autónomas es de carácter político, disfrutan de la potestad legislativa, mientras que los municipios y provincias tienen una autonomía administrativa.  Las comunidades autónomas se autogobiernan, para lo cual disponen de un órgano legislativo (y pueden elaborar normas con rango de ley aplicables en el territorio autonómico) y un órgano ejecutivo (con poder de dirección política y potestad reglamentaria).  Las comunidades autónomas tienen personalidad jurídica propia y distinta del Estado.  Las comunidades autónomas tienen reconocida autonomía financiera para poder llevar a cabo las funciones propias del autogobierno.  Las comunidades autónomas participan en los órganos y en las tareas generales del Estado. Principios / Límites de las CCAA:  Principio de unidad de la Nación: ART.2 de la Constitución “se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”.  Principio de la unidad en el orden económico y social: reflejado en la prohibición de privilegios económicos y sociales entre las diferentes CCAA y en la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.  Principio de igualdad: todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.  Principio de solidaridad: se pretende evitar las desigualdades económicas y sociales entre las distintas CCAA.  Principio de cooperación: las CCAA podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios y acuerdos de cooperación, sin que ningún caso se admita la federación de CCAA. A partir de estos principios se ha formado el Estado de las autonomías. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Proceso de formación de las CCAA: En España existen 17 CCAA y cada una de ellas compuesta por una o varias provincias, y dos ciudades autónomas ( Ceuta y Melillla). Para la creación de estas CCAA, con sus respectivas provincias, se tuvieron en cuenta criterios tanto históricos o económicos, cómo geográfico o políticos. En concreto, el derecho a la autonomía se establece por: a) Todas las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes ( Galicia, Aragón, Cataluña, etc) b) Los territorios insulares ( Canarias e Islas Baleares) c) Las provincias con entidad regional histórica ( Comunidad foral de Navarra) Las Cortes pueden por motivos de interés nacional, autorizan la creación de: a) CCAA de ámbito no superior a la provincia ( Comunidad de Madrid) b) Territorios no integrados en la organización provincial ( Ceuta y Melilla) Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Sujetos del derecho a la autonomía: Ordinarios (art 143 y 151): Provincias limítrofes con características comunes, Islas y Provincias con entidad histórica regional. Especiales (art 144): Territorios no superiores al de una provincia y que no incluyan ene le artículo anterior y territorios no integrados en la organización provincial. El acceso a la autonomía no se trata de una obligación, sino de un derecho, lo que supone que podía solicitarse o no, aunque la mayoría lo solicitan. La CE, establece distintos procedimientos o vías para acceder al autogobierno tal y como vemos en la siguiente figura. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Los Estatutos de autonomía: Podemos hablar de una serie de elemento de las CCAA que definen la estructura y significado: El territorio: La unidad básica para la formación de la CCAA es la provincia. La población: Serán los ciudadanos de un CCAA todos aquellos que se encuentren empadronados en cualquier de sus municipios, lo que les permitirá tener acceso a las distintas prestaciones públicas y participar en los procesos electorales. La pertenencia a una comunidad les concede así un estatus administrativo y político. El autogobierno: derecho a darse una organización propia, con unas instituciones propias, y asumir determinadas funciones dentro del marco institucional. Los estatutos: norma institucional básica de la CCAA, con rango de ley orgánica, pero que necesita un procedimiento especial para su elaboración, aprobación y reforma. Así los Estatutos podríamos decir que son la “Constitución” de la CCAA a la que está sometido el resto de las normas de la comunidad, puesto que, aunque no supone el ejercicio de la soberanía por la CCAA, en ellos se regulan las instituciones de su organización política y administrativa, las competencias que asume la CCAA, las fuentes de financiación para llevarlas a cabo y las vías de reforma del Estatuto, todo ello respetando los límites constitucionales, puesto que forman parte del ordenamiento jurídico del Estado, ya que es una norma estatal. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Todos los estatutos de Autonomía deberán contener como mínimo: 1. La denominación de la comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica. 2. La delimitación de su territorio. 3. La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias. 4. Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas. 5. El procedimiento de reforma. Además de lo anterior, los de la vía especial del artículo 151 deberán regular: a) Una Asamblea Legislativa o Parlamento autonómico. b) Un Consejo de Gobierno: Gobierno autonómico. c) Un presidente del Gobierno: presidente de la CCAA. d) Un Tribunal Superior de Justicia. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas 3.2 La Normativa autonómica Las CCAA pueden elaborar leyes aplicables en su territorio autonómico. Luego, además de los Estatutos de Autonomía que son la norma básica de la comunidad, dichas comunidades tiene potestad legislativa para dictar normas sobre determinadas materias, siempre y cuando se refieran a competencias que figuren en sus Estatutos de Autonomía, o que hayan sido transferidas, por lo que podemos decir que ambos tipos de normas (estatales y autonómicas) no interfieren entre sí. En caso de conflicto normativo, prevalecerán las normas del Estado sobre las CCAA en todo aquello que no tengan asumido las CCAA como competencia propia exclusiva. Por lo tanto, las normas estatales seguirán siendo aplicables en las CCAA en todos aquellos casos en los que estas no hayan asumido las competencias correspondientes o se produzca ausencia de regulación autonómica. Las normas de las CCAA se publican en el BOE y en los Boletines Oficiales de la correspondiente CCAA que sirven de medio de publicación de las leyes de las Asambleas y de los Reglamentos aprobados por el Gobierno de la comunidad, así como de otros actos previstos en sus Estatutos. El diario oficial autonómico se es un servicio público de acceso universal y de consulta gratuita para todo los ciudadanos que garantiza el acceso libre y gratuito a todos los documentos que se publiquen en el mismo y a una base de datos que facilite su consulta, así como las posibilidad de archivo e impresión, tanto del diario completo como de cada una de las disposiciones, actos o anuncios que lo componen. A través de la web del BOE, podemos acceder a un enlace con los diferentes boletines autonómicos. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas 3.3 La organización política y la administración de las comunidades autónomas. La organización institucional de las CCAA viene regulada en la Constitución, en los Estatutos de Autonomía y en las leyes dictadas por la propia comunidad autónoma. En todas las CCAA existe una Asamblea legislativa, que elige al presidente de la comunidad; un Consejo de Gobierno, presidido por dicho presidente, y un Tribunal superior de Justicia. En algunas CCAA, este marco institucional se completa con instituciones propias y similares a otras del Estado, como el Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas, Consejo de Estado, Consejo Económico y Social. Las CCAA tienen sus propias Administraciones, Consejerías o Departamentos, actuando como un régimen descentralizado funcional: es el caso de organismos autónomos, las agencias, las entidades públicas, las fundaciones, consorcios o sociedades mercantiles o empresas propias. La Asamblea Legislativa El parlamento autonómico unicameral recibe distintas de nominaciones en las distintas CCAA: Cada una de las asambleas legislativas, parlamentos o cortes se eligen por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. Como norma general las elecciones se realizan cada cuatro años. La organización del Parlamento Regional radica en el presidente, la Mesa, la Junta de Portavoces y la Diputación Permanente que opera en periodos vacacionales. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas El Parlamento autonómico funciona en Pleno y en Comisiones. El Pleno podrá delegaren las comisiones legislativas la aprobación de proyectos y proposiciones de ley, estableciendo los criterios pertinentes. El Pleno podrá recabar en cualquier momento el debate y votación de los proyectos o proposiciones de ley que hayan sido objeto de esta delegación. En todo caso, corresponde al Pleno la aprobación de los presupuestos de la respectiva CCAA y de aquellas leyes que requieran una mayoría cualificada de acuerdo al Estatuto respectivo. Las funciones más importantes del Parlamento son las siguientes: Los parlamentarios de las CCAA se integran en grupos parlamentarios y tienen un estatuto similar a los parlamentarios de la nación. El Consejo de Gobierno. El Consejo de Gobierno, Consejo Ejecutivo, Junta o equivalente, es el órgano colegiado que dirige la política de la CCAA y al que responden las funciones del ejecutiva y administrativa y el ejercicios de la potestad reglamentaria no reservada al Parlamento regional. Dependiendo de la CCAA recibe diferentes denominaciones: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Funciones de Consejo de Gobierno: El Presidente del Consejo Elegido por Asamblea entre sus miembros y nombrado por el Rey. Una vez celebradas las elecciones y constituida la Cámara (Asamblea, Cortes o Parlamento), el presidente de la Asamblea propone al candidato del partido con mayor representación. Este candidato debe ser aprobado por mayoría absoluta en primera votación y sino la obtuviese, mayoría simple en la segunda. Si no consigue salir en la segunda tampoco se repetirá el proceso pasados dos meses y sino sigue sin salir elegido, se disuelve la Cámara y se preparan convocan nuevas elecciones. Sus funciones son muy parecidas a las del presidente del Gobierno: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Sin embargo, la Constitución no contempla la posibilidad de que el Presidente, por sí, o previa deliberación del Consejo de Gobierno, acuerde la disolución de la Asamblea, a diferencia de lo que ocurre a nivel estatal. En algunas CCAA el presidente autonómico tiene la facultad de convocar elecciones de forma anticipada, mientras que en otras de forma ordinaria. Cada CCAA establece las atribuciones del presidente en su estatuto de autonomía. En los casos establecidos que no pueda desempeñar su actividad normal, será sustituido por el vicepresidente. La Administración Autonómica. Los consejeros son los máximos responsables de las distintas consejerías en las que se estructura la Administración de la CCAA. Su número puede estar especificado en el Estatuto o realizarse por ley. Suelen tener un esquema similar al de los ministerios nacionales, exceptuando los Asuntos Exteriores, Defensa y Justicia, por no tener competencias en las CCAA. Una organización de una Consejería podría ser la siguiente: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Por último, hay que hacer referencia a que las CCAA pueden tener organismos autónomos y empresas públicas que dependan de las consejerías. El Tribunal Superior de Justicia. A Toma el nombre de la CCAA y extiende su jurisdicción al ámbito territorial de la misma. Está integrado por tres salas: de lo Civil y Penal, de lo Contencioso Administrativo y de lo Social, además de una Sala de Gobierno para la organización del funcionamiento diario de los juzgados y tribunales de la CCAA. El Tribunal Superior de Justicia no es un órgano propio de cada comunidad, sino del Estado. Competencias del Tribunal Superior de Justicia: En cuanto a su composición, tendrá un presidente con la consideración de magistrado del Tribunal Supremo mientras desempaña su cargo. Constará además, de los presidentes de Sala y de los Magistrados que de termine la ley para cada una de las salas y en su caso, de las secciones que puedan crearse en ellas. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas 3.4 Distribución de las competencias entre el Estado y las CCAA. En la regulación de la CE sobre la distribución competencial entre el Estado y las CCAA, es necesario diferenciar entre:  Materia: ámbito de actuación sobre el que se ejerce una competencia.  Competencia: titularidad de la potestad legislativa, reglamentaria o ejecutiva sobre una determinada materia. Así, las CCAA, en ejercicio de su derecho a la autonomía, tendrán la posibilidad de asumir funciones legislativas o ejecutivas, o ambas a la vez, sobre determinadas materias como la sanidad, educación, justicia, etc., para ello las CCAA plasmaran en su Estatutos las competencias que asumen, dichas competencias se pueden ampliar o modificar pasados 5 años. En la distribución de competencias entre el Estado y las CCAA, podemos diferenciar entre: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas 3.5 El sistema fiscal y financiero de las autonomías. Las CCAA, al igual que el Estado, para poder llevar a cabo el ejercicio de sus competencias y financiar las necesidades y servicios públicos que les son propicios, necesitan obtener ingresos necesarios. Los recursos financieros de las CCAA En lo relativo a los gastos de las CCAA, estos tienen que ajustar a los principios de la Ley Orgánica de Financiación de las CCAA (LOFCA) y quedarán bajo el control del Tribunal de Cuentas. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 3: Las Comunidades Autónomas Los modelos de financiación de las CCAA Existen dos modelos: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea CICLO SUPERIOR ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS MÓDULO Gestión de la documentación jurídica y empresarial TEMA 4: LA UNIÓN EUROPEA. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea Contenido 4.1 Antecedentes históricos y evolución de la Unión Europea..................................................... 3 4.2 Las Instituciones de la UE........................................................................................................ 7 4.3 El proceso de Elaboración de las normas de la UE.............................................................. 18 4.4 El presupuesto de la UE....................................................................................................... 18 Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.1 Antecedentes históricos y evolución de la Unión Europea La integración económica Europea surge como proyecto de unificación política y consolidación económica motivado por el deseo de establecer una Europa pacífica y próspera tras los errores de las dos guerras mundiales. La idea de la unidad europea había sido reclamada a lo largo de los siglos, pero las relaciones de los Estados se vieron sacudidas por los conflictos y enfrentamientos. 4.1.1 Antecedentes históricos: La Primera Guerra Mundial constituye un primer aviso sobre la necesidad de la unión de Europa si esta quería preservar la paz y su posición en el contexto mundial. 1923 y 1943 : Unión Económica BENELUX (Bélgica, Holanda y Luxemburgo). 1929: se presenta el proyecto de creación de los Estados Unidos de Europa por Aristid Brand. Pero, hasta después de la Segunda Guerra Mundial, no se dan los pasos hacia la integración, ya que destrozó económica y psicológicamente a los países europeos que participaron. Por ello se inicia la búsqueda de la integración europea que fomente la cooperación, sanee las economías y siente las bases de la paz. 1945: tras casi 6 años de lucha en Europa, finaliza la Segunda Guerra Mundial. 1946: el primer paso debía de ser la creación de un Consejo de Europa y una unión dirigida por Francia y Alemania. 1948: la aportación económica de EEUU, a través del Plan Marshall, sentó las bases de la cooperación europea se creó la Organización Europea de Cooperación Económica (OCDE) destinada a canalizar la ayuda norteamericana para la reconstrucción de Europa. 1949: se crea el Consejo de Europa, es un organismo estrictamente europeo, se encuentra con la dificultad principal de la reticencia de los Estados a renunciar a su soberanía a favor de una autoridad europea. 1951: El Tratado de Paris por el que se creó la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), para terminar con la rivalidad de Francia y Alemania. 1957: Los países firman el Tratado de Roma que da vida a la Comunidad Económica Europea (CEE), incorporaba el Tratado de París y además establecía el EURATOM (Comunidad Europea de la Energía Atómica), entre los países miembros se elaboró un espacio común sin precedentes, en el que se iniciaba un proceso de colaboración e intercambios comerciales. Constituyeron un Mercado Común o espacio económico en el que se pudiera ejercer libremente el comercio, las personas pudieran trabajar donde quisieran y las inversiones no se vieran coartadas por estrechos límites nacionales. 1968: Se crea la Unión Aduanera, por lo que se suprimen todos los aranceles a la importación entre los países de la CEE. El Mercado Europeo eliminó las barreras aduaneras entre los países miembros y puso una tarifa exterior frente al resto del mundo. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 1973: Constitución de la EFTA (Asociación Europea de Libre Comercio) en la que cada país queda libre de mejorar el arancel de importaciones frente a terceros. 1979: Se celebran las primeras elecciones al Parlamento Europeo. 1986: El Acta Única Europea estableció las bases para la existencia de un mercado interior sin fronteras. 1992: Se firma el Tratado de Mastricht impulsando la mayor reforma de las instituciones europeas. Se sustituye la CEE por la Unión Europea (UE) el 7 de febrero. Se establecen nuevos objetivos, la unión monetaria en 1999, nuevas políticas comunes (Política Exterior y de Seguridad Común o el PESC) y cooperación en asuntos de seguridad interior. 1995: Tratado de Schegen inicia la supresión de las fronteras, permite a casi todos los ciudadanos de la UE y a otros países no comunitarios asociados que puedan circular libremente sin estar sujetos a controles fronterizos. 1997: Tratado de Ámsterdam, que continua desarrollando el PESC, incide en las materias de seguridad, política exterior y defensa, así como de las políticas de empleo y protección social. 2001: El Tratado de Niza reforma las instituciones preparando la entrada de los países centro y este de Europa, reforzando los derechos de seguridad, defensa y cooperación en materia penal. 2002: Unión Económica y Monetaria (UEM) se culmina la entrada del euro como moneda de algunos países de la UE. Actualmente los países de la UE son: Alemania, Bélgica, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Malta, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Estonia, Letonia y Lituania. Está previsto que los siguientes países se vayan incorporando en la zona euro paulatinamente Bulgaria, Croacia, República Checa, Polonia , Rumania, Suecia y Hungría. 2009: Tratado de Lisboa, donde se refuerza la capacidad de la UE a nivel internacional y otorga mayor visibilidad al Parlamento Europeo. 2010: se establece la unión bancaria para crear un sector bancario más seguro y fiable, ya que la crisis del 2008 generó problemas en las finanzas públicas de varios países, por lo que los países de la zona Euro elaboran una estrategia para apoyarlos frente a sus déficits. 2012: se entrega el Premio Nobel de la Paz a la Unión Europea y como consecuencia de la crisis financiera los países de la UE, salvo Reino Unido y la República Checa firman el Tratado de Estabilidad, La Coordinación y la Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria. 2015: La crisis de los Refugiados, aumenta el extremismo religioso en Oriente medio y muchos países del mundo, dando lugar a revueltas y guerras obligando a muchas personas a huir de sus hogares en busca de refugio a Europa. La UE se enfrenta al dilema de cómo atenderlos y también es el objetivo de ataques terroristas. 2016: se convoca el referéndum en el Reino Unido para la salida de la Unión Europea, en el que se decide abandonarla (el Brexit), 31 de enero de 2020 el Reino Unido abandona la UE. 2019: se inicia el camino para lograr que Europa sea climáticamente neutra en 2050, impulsada por la creciente preocupación de la crisis climática. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.1.2 La Evolución: A La Unión Europea actual está compuesta de 27 países o estados miembros : Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Republica Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y Croacia. El Tratado de Roma 1957 daba vida a una potencia comercial de primera magnitud que inspiraba a la integración en temas políticos, sociales y de defensa. La buena marcha de la CEE y las posibilidades de crecimiento animaron a otros países a solicitar la adhesión, para ello tienen que completar una serie de requisitos necesarios para su ingreso, denominados los criterios de Copenhague. Criterios de adhesión: Puede solicitar adhesión todo Estado europeo que respete los valores democráticos de la UE y se comprometa a defenderlos. A esto hay que añadir una serie de criterios más específicos que estableció el Consejo de Copenhague en 1993 para aceptar a los países candidatos a) El primero de tipo político, con la exigencia de garantizar una democracia, el Estado de Derecho, el respeto de los Derechos Humanos y la protección de las minorías. b) El segundo económico, consistente en la economía de libre mercado y libre competencia dentro de la unión. c) El tercero jurídico, que los países candidatos de adhesión acepten e incorporen la legislación y prácticas comunitarias y en particular, los grandes objetivos de unión política, económica y monetaria. La Unión Europea destina unas ayudas para la preadhesión de los países candidatos, para que puedan cumplir con los requisitos que marca la UE. En concreto el proceso de adhesión consta de tres etapas (en cada una de ellas los estados miembros deben de dar su aprobación): 1. Candidatura: el país que desee adherirse presentará una solicitud de adhesión y una vez comprobada su capacidad para cumplir los criterios de adhesión, se concede el estatuto de candidato y se inician las negociaciones formales. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 2. Negociaciones de adhesión: el país candidato se prepara para aplicar la legislación y las normas de la UE, conocidas como el “acervo”. La UE irá supervisando los avances del candidato en las reformas necesarias a fin de introducir la legislación europea vigente en su propio ordenamiento jurídico. 3. Adhesión: concluidas las negociaciones y el candidato está listo, se prepara el Tratado de Adhesión que deberá ser aprobado por la Comisión Europea, el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo, antes de ser firmado y ratificado por todos los estados miembros. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.2 Las Instituciones de la UE. El art 13 del Tratado de la UE establece que para perseguir sus objetivos, defender sus intereses, los de los ciudadanos y los de los Estados miembros, así como los de garantizarla coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas y acciones, la UE dispone de las siguientes instituciones: Los poderes, las responsabilidades, las normas y los procedimientos que deben de seguir las instituciones se establecen en los tratados acordados por los jefes de Estado o de Gobierno de los países de la UE y ratificados por sus parlamentos. Las disposiciones relativas al marco institucional figuran en el Tratado de la Unión Europea; en el Tratado del Funcionamiento de la UE, en el Tratado de Lisboa, y en el Reglamento propio de cada una de las instituciones. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea Además de las anteriores, existen otros órganos necesarios para la organización y el funcionamiento de la UE, son el Comité Económico y Social y por un Comité de Regiones que ejercerán funciones consultivas. La Unión cuenta también con otros organismos de funciones y atribuciones diversas, como el Defensor del Pueblo Europeo, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.2.1 El Consejo Europeo: El Consejo Europeo comenzó a funcionar de manera informal en 1974 como foro de debate entre los dirigentes de la UE a través de conferencias, hasta convertirse en el órgano que fijaba los objetivos, el camino para alcanzarlos y las prioridades para el conjunto de países miembros. Tras adquirir su estatus en 1992 gracias al Tratado de Maastricht, que dispone que “el Consejo Europeo dará a la Unión los impulsos necesarios para su desarrollo y definirá sus orientaciones políticas generales” a partir del 2009, con el Tratado de Lisboa se ha convertido en una de las siete instituciones oficiales de la Unión, cuya sede está en Bruselas. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.2.2 El Parlamento Europeo: El Parlamento Europeo es la institución que representa a todos los ciudadanos de los Estados miembros a través de los parlamentarios europeos (eurodiputados) podemos hablar de una serie de elemento de las CCAA que definen la estructura y significado: Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.2.3 El Consejo de la Unión Europea: La denominación que recibe más habitualmente es la de “Consejo” y se trata de una institución intergubernamental, que representa los intereses nacionales de los países miembros, donde los ministros de los gobiernos de cada país de la UE se reúnen para debatir, modificar y adoptar medidas legislativas y coordinar políticas. Así, en él reside el poder legislativo de la Unión compartido con el Parlamento Europeo, al igual que tiene amplios poderes decisorios en política que comparte con el Consejo Europeo. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.2.4 La Comisión Europea: Es una institución supranacional, colegiada e independiente que encarna el poder ejecutivo y se encarga de defender el interés general europeo, garantizar el cumplimiento del Derecho de la Unión, ejecutar el presupuesto y las políticas comunes y llevar a cabo la iniciativa legislativa ante el Parlamento y el Consejo. Por último, lo que mejor define la naturaleza de la Comisión es su independencia de los Estados miembros de la UE, de las otras instituciones comunitarias y de cualquier grupo de presión o interés privado. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.2.5 El Tribunal de Justicia: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea creado en 1952 es la autoridad judicial de la UE y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA o EURATOM). En colaboración con los órganos jurisdiccionales de los Estado Miembros, es el encargado de velar por el cumplimiento de los Derechos de la UE y por la correcta interpretación de los Tratados e interpreta uniformemente el derecho de la UE para garantizar que se aplique de la misma forma en todos los estados miembros. También resuelve conflictos legales entre los Gobiernos y las instituciones de la UE. Los particulares, las empresas y las organizaciones pueden acudir también al Tribunal si consideran que una institución de la UE ha vulnerado sus derechos. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.2.6 El Banco Central Europeo: El Banco Central Europeo se creó en junio de 1998 y es el responsable de la política monetaria europea y junto con los bancos centrales de los 27 países de la UE forma parte del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), cuyo objetivo es mantener la estabilidad de los precios. Además es el eje central del sistema formado por el BCE y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea 4.2.7 El Tribunal de Cuentas: El Tribunal de Cuentas se creó en 1975 y se encarga de llevar a cabo el control extremo de las finanzas de la UE, fiscalizando las cuentas de las instituciones y órganos comunitarios, es decir, comprobar la legalidad de los ingresos y gastos públicos de la UE, así como informar sobre el uso que se les ha dado. 4.2.8 Órganos y organismos: En este apartado se estudian los diferentes órganos y organismos de la UE de carácter consultivo. Financiero y de garantía, así como otros especializados en tareas técnicas, científica y de gestión. Órganos consultivos Son órganos que ofrecen asesoramiento especializado a las principales instituciones de la UE (Comisión, Parlamento y Consejo de la UE) sobre sus propuestas legislativas o sobre temas que se consideren que deben abordarse. Son el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social. Ambos con sede en Bruselas. Órganos financieros Además del Banco Central Europeo, la Unión Europea cuenta con el Grupo Banco Europeo de Inversiones (Grupo BEI) formado por el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Fondo Europeo de Inversiones (FEI), dos organismos que desempeñan también funciones financieras. Organismos de garantía Tiene como función común garantizar que las instituciones de la UE llevan a cabo su gestión respetando la legalidad, los derechos humanos o la intimidad de los datos personales de los ciudadanos. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea Organismos interinstitucionales. Se trata de una serie de organismos que se encuentran al servicio de las instituciones de la UE y entre los que destacan por la importancia de su labor: Agencias europeas. Existe un gran número de agencias especializadas y descentralizadas que se ocupan de una serie de tareas técnicas, científicas y de gestión, distribuidas en los países miembros. La más destacable son las agencias de cooperación policial y judicial en asuntos penales: Europol y Eurojust. 4.3 El proceso de elaboración de las normas de la UE. La Unión Europea posee un sistema propio de elaboración de sus normas, autónomo y diferente del de cada uno de sus Estados miembros. El conjunto de reglas que establecen cómo elaborar las normas, así como las instituciones que tienen competencia para hacerlo, se conocen con el nombre de “procedimiento legislativo ordinario”. Para su elaboración intervienen tres instituciones: el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea, y la Comisión Europea, de manera que: 4.4 El presupuesto de la UE. Es distinto de los presupuestos nacionales. Como el presupuesto de todas las Administraciones, engloba las estimaciones de los ingresos con que se cuenta y las autorizaciones de los gastos que se pueden efectuar, que se consideran necesarios para un determinado ejercicio, teniendo en cuenta las principales prioridades políticas. Ciclo Superior Administración y Finanzas Gestión de la documentación jurídica y empresarial Tema 4: Las Unión Europea Deberá estar obligatoriamente equilibrado, es decir sin déficit ni deuda, gasta lo que ingresa. Tiene que ajustarse a un plan presupuestario a largo plazo: el marco financiero plurianual (MFP), es una herramienta de planificación que establece las prioridades y límites máximos anuales para el gasto de la UE (conocidos como “techos”), en diversas políticas (llamadas líneas presupuestarias). Las financiaciones se canalizan el programas como “Erasmus +” (educación) o “LIFE” (medioambiente) o a través de Fondos como el de Cohesión, destinado a las regiones y a los Estados miembros menos desarrollados de la UE. Los presupuestos suelen dejarse por debajo de los techos de gasto del marco financiero plurianual puede compararse con el limite anual de una tarjeta de crédito. El Presupuesto General de la Unión Europea se financia con recursos propios, que le transfieren los estado miembros y son: Recursos propios tradicionales: Los derechos de aduana sobre las importaciones procedentes de fuera de la UE son los únicos recursos propios tradicionales de la UE. Recurso del IVA : Se trata de la aportación de los Estados miembros consistentes en aplicar un tipo uniforme sobre la base imponible del IVA armonizado que recaudan los Estados miembros. El porcentaje se detrae del IVA recaudado por cada Estado y se integra en la UE. Recurso del PNB : Cada miembro se transfiere al presupuesto de la UE un determinado porcentaje de su riqueza,

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