Sistema Nacional de Endeudamiento - PDF
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Universidad Nacional del Centro del Perú
Dra. Ruth Carol Poma De La Cruz
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This presentation details the National Debt System in Peru. It covers the purpose, principles, and operations of the system. It also outlines the roles and responsibilities of various entities involved.
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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ FACULTAD DE CONTABILIDAD SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN PARA EL SECTOR PÚBLICO Semana 6: El Sistema Nacional de Endeudamiento Presentado por: Dra. Ruth Carol Poma De La Cruz Propósito: Conocer y analizar el...
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ FACULTAD DE CONTABILIDAD SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN PARA EL SECTOR PÚBLICO Semana 6: El Sistema Nacional de Endeudamiento Presentado por: Dra. Ruth Carol Poma De La Cruz Propósito: Conocer y analizar el Sistema Nacional de Endeudamiento Analizar, comprender y evaluar el Decreto Legislativo N° 1437 SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO LA DEUDA PÚBLICA La deuda pública es uno de los mecanismos para que los Estados obtengan financiación y recursos con los que lleva a cabo acciones. Cuando la economía toma un tamaño considerable, lo que el Estado obtiene vía impuestos empieza a ser insuficiente y la forma de financiar sus gastos es mediante la deuda pública SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO El Sistema Nacional de Endeudamiento Público es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos , técnicas e instrumentos mediante los cuales se ejecuta la gestión de pasivos financieros, sus riesgos financieros, y parte de la estructuración del financiamiento del Sector Público, de manera integrada con el Sistema Nacional de Tesorería. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO PRINCIPIOS Capacidad de Consiste en la obtención de financiamiento externo e interno, de acuerdo con las posibilidades de Pago atender los pasivos que contrae el Gobierno. Eficiencia y Consiste en el manejo y disposición de los Fondos Públicos viabilizando su óptima aplicación y Prudencia minimizando sus costos. Transparencia y Consiste en una gestión mediante mecanismos transparentes y predecibles que estén previstos en Predictibilidad el Decreto Legislativo. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO El Sistema Nacional de Endeudamiento Público está conformado por: La Dirección General del Las Unidades Ejecutoras de Tesoro Público, quien ejerce las entidades del Sector la rectoría. Público. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO La Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector Ejercer la máxima autoridad técnico-normativa. del Sistema Nacional de Endeudamiento Público. Aprobar la normatividad y los procedimientos. Programar, negociar y gestionar la aprobación de las Operaciones de Endeudamiento y de Administración de Deuda del Gobierno Nacional. Programar y autorizar el desembolso de las Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional. Absolver las consultas, asesorar y emitir opinión vinculante respecto de todos los asuntos normativos del Sistema Nacional de Endeudamiento Público. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Unidades Ejecutoras Gestionar Fondos Públicos provenientes del endeudamiento público. Determinar y recaudar ingresos. Contraer compromisos, devengar gastos y ordenar pagos, con arreglo a la legislación aplicable. Registrar la información generada por las acciones y operaciones realizadas. Recibir y ejecutar desembolsos de Operaciones de Endeudamiento. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO GESTIÓN DE PASIVOS FINANCIEROS: El Sistema Nacional de Endeudamiento Público gestiona los pasivos financieros correspondientes a: Operaciones de Operaciones de Endeudamiento Financiamientos Contingentes Endeudamiento de Corto Plazo Garantías en los Procesos de Promoción de la Inversión Operaciones de Asunciones de Deuda Privada mediante Asociaciones Administración de Deuda Público Privadas SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO La Operación de Endeudamiento es el Etapas: financiamiento sujeto a reembolso acordado a plazos mayores de un año, que puede ser externo o interno. Pago de Concertación Desembolso Deuda SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO Las Operaciones de Endeudamiento pueden destinarse a: Ejecución de proyectos de inversión. Cumplimiento de las funciones de defensa nacional, orden interno y previsional a cargo del Estado. Apoyo a la balanza de pagos. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO Las Operaciones de Endeudamiento pueden destinarse a: Financiamiento del cumplimiento de metas de los programas presupuestales , previstos en los presupuestos anuales. Adquisición de bienes inmuebles a personas naturales o jurídicas. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Las Operaciones de Endeudamiento , según su origen, puede ser de dos tipos: EXTERNO INTERNO SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A CORTO PLAZO Las Operaciones de Endeudamiento de Corto Plazo pueden adoptar las siguientes modalidades: La Operación de Endeudamiento de 1. Préstamos. Corto Plazo es el financiamiento cuyo 2. Emisión de títulos. reembolso a plazos son menores o 3. Adquisiciones a plazos. iguales a un año que concluye en el año fiscal siguiente al de su contratación. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A CORTO PLAZO Las Operaciones de Endeudamiento de Corto Plazo pueden destinarse a: La Operación de Endeudamiento de Corto Plazo es el financiamiento cuyo 1. Financiamiento de proyectos de inversión. reembolso a plazos son menores o 2. Adquisición de bienes de capital. iguales a un año que concluye en el año fiscal siguiente al de su contratación. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO FINANCIAMIENTO CONTINGENTE El Financiamiento Contingente es la facilidad financiera que permite, ante la eventual ocurrencia de un desastre de origen natural o tecnológico, situación de emergencia o crisis económica y/o financiera en el país, obtener financiamiento , bajo la modalidad de líneas de crédito, bonos, operaciones de endeudamiento, u operaciones de similar naturaleza. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Garantías en los Procesos de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas Son las autorizaciones al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, para otorgar garantías o para contratarlas a fin de responder por las obligaciones derivadas de dichos procesos. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO OPERACIONES DE ADMINISTRACIÓN DE DEUDA La Operación de Administración Pueden adoptar las siguientes modalidades: de Deuda es la renegociación de las condiciones de la deuda 1. Refinanciación. pública. 2. Reestructuración. 3. Prepagos. 4. Conversión. 5. Intercambio o canje de deuda. 6. Recompra de deuda. 7. Cobertura de riesgos. 8. Otras con efectos similares. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO ASUNCIONES DE DEUDA La Asunción de Deuda es la subrogación por el Gobierno Nacional de obligaciones a cargo de entidades del Sector Público distintas de dicho nivel de gobierno. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Prohibición de endeudamiento para fortalecimiento institucional Las entidades del Sector Público integrantes del Sistema Nacional de Endeudamiento Público quedan prohibidas de concertar Operaciones de Endeudamiento para financiar proyectos de inversión, cuando su objetivo sea fundamentalmente el fortalecimiento institucional. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Mecanismos de aseguramiento de pago Cuando el otorgamiento de los recursos previstos para efectuar dichos pagos o reembolsos se realicen mediante Asignaciones Financieras, la Dirección General del Tesoro Público está facultada a deducir los montos necesarios para atender las referidas obligaciones y transferirlos directamente a las cuentas previstas para el pago del servicio de deuda. Es responsabilidad de las entidades públicas que tienen a cargo dichas obligaciones , la emisión anticipada de la Certificación del Crédito Presupuestario respectivo, en el marco de las normas legales vigentes, por el monto de las obligaciones y en atención al cronograma establecido para el cumplimiento del servicio de deuda. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Concertación de Operaciones de Endeudamiento El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, es la entidad autorizada, de manera exclusiva, para evaluar, gestionar y negociar la concertación de Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Los requisitos para aprobar Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional destinadas a financiar proyectos de inversión son: Solicitud del titular del sector al que pertenece la Unidad Ejecutora. Los gobernadores regionales presentan su solicitud acompañada de copia del acuerdo que dé cuenta de la aprobación del Consejo Regional. Los alcaldes de los Gobiernos Locales, presentan su solicitud acompañada de copia del acuerdo que dé cuenta de la aprobación del Concejo Municipal. En ambos casos, y de ser necesario, se adjuntan la opinión favorable del sector vinculado al proyecto y el análisis de la capacidad de pago de la entidad para atender el servicio de la deuda en gestión. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Los requisitos para aprobar Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional destinadas a financiar proyectos de inversión son: Declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, para el caso de proyectos o programas de inversión. En caso de Operaciones de Endeudamiento Externo se requiere la opinión favorable de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones sobre el proyecto o programa de inversión y debe ser solicitada con anterioridad a la declaratoria de viabilidad. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Responsabilidad de las entidades en los desembolsos El titular de la entidad o Unidad Ejecutora es responsable por la utilización de los recursos de las Operaciones de Endeudamiento. La entidad o Unidad Ejecutora informa oficialmente la recepción de los desembolsos provenientes de Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, a la DGTP. Las entidades o Unidades Ejecutoras están obligadas, bajo responsabilidad , a conciliar con la DGTP, al 30 de junio y al 31 de diciembre, de cada año fiscal, el monto total de los desembolsos. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Pago de las operaciones de endeudamiento El pago del servicio correspondiente a las Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, lo efectúa la Dirección General del Tesoro Público, con cargo a los recursos que por dicho concepto han sido previstos en el presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas en cada ejercicio fiscal. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Informe de la Contraloría General de la República En las operaciones de endeudamiento que acuerden las entidades y organismos públicos, el informe previo de la Contraloría General de la República a que se refiere el literal l) del artículo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, debe ser emitido dentro de los cinco días hábiles siguientes de recibido el expediente por dicho órgano de control, bajo responsabilidad del titular. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Operaciones de Endeudamiento Externo Las Operaciones de Endeudamiento Externo Decreto Legislativo N° 1437 (Subcapítulo I que celebren los Gobiernos Regionales o los del Capítulo III del Título III) Gobiernos Locales, únicamente pueden ser Leyes de Endeudamiento del Sector Público concertados con garantía del Gobierno que se aprueban anualmente Nacional, por lo que tales operaciones se Ley Nº 27783, Ley de Bases de la regulan por: Descentralización Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Operaciones de Endeudamiento Externo Los recursos obtenidos por los Gobiernos Regionales o por los Gobiernos Locales a través de Operaciones de Endeudamiento Externo, se destinan, única y exclusivamente , al financiamiento de proyectos de inversión. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO FINANCIAMIENTO TEMPORAL Constituye Financiamiento Temporal los recursos que las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales así como los pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales, pueden obtener de manera directa del Banco de la Nación o de otras entidades del Sistema Financiero Nacional, sujeto a reembolso dentro del mismo Año Fiscal en el que se acuerda el financiamiento, únicamente con el propósito de cubrir los descalces estacionales de los ingresos respecto de los pagos en dicho Año Fiscal, en las fuentes de financiamiento diferentes de Recursos Ordinarios. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Requisitos para gestionar Financiamiento Temporal a) Contar con el correspondiente Compromiso Anual con cargo a la fuente de financiamiento materia del descalce estacional y el informe del jefe de la Oficina de Presupuesto o del funcionario quien haga sus veces en la Entidad, en el que debe constar el mencionado Compromiso. b) La consistente proyección de captación u obtención de sus ingresos por la fuente de financiamiento materia del descalce estacional, de manera que permita asegurar su efectiva y oportuna cancelación en el transcurso del mismo Año Fiscal. c) Justificación de la necesidad de disponer del Financiamiento Temporal en cuanto al monto y oportunidad a través de un informe del Director General de Administración o de quien haga sus veces en la Entidad. d) Que resulte insuficiente el Saldo de Balance acumulado a la fecha de la elaboración del Informe referido en el literal inmediato precedente. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Requisitos para gestionar Financiamiento Temporal Una vez cumplidos los requisitos indicados, la gestión de dicha operación de financiamiento es autorizada mediante resolución del Titular del Pliego, Acuerdo de Concejo Municipal ó Acuerdo de Consejo Regional, según sea el caso. Dicha autorización deberá precisar de manera expresa que el desembolso y el repago del Financiamiento Temporal se realizan dentro del mismo Año Fiscal, estableciendo las responsabilidades a que hubiera lugar en caso de incumplimiento. SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Registro: SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Registro: SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO Registro: SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO “El éxito es la suma de pequeños esfuerzos, repetidos día tras día”