Administración Pública y Derecho Administrativo
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Questions and Answers

¿Cuál de las siguientes NO es una característica del derecho administrativo?

  • Poder de autotutela, permitiendo a la administración resolver conflictos sin intervención judicial.
  • Igualdad de condiciones entre las Administraciones Públicas y los particulares en el ejercicio de sus derechos. (correct)
  • Poder reglamentario, que permite a la Administración interpretar y complementar las leyes.
  • Desproporción de los plazos para el ejercicio de las garantías de los derechos, favoreciendo a la Administración Pública.

¿Cuál de las siguientes opciones describe mejor la concepción objetiva de la Administración?

  • Un organismo público encargado de regular todas las actividades internas del Estado.
  • Un complejo orgánico dentro del poder ejecutivo que realiza actos administrativos y judiciales.
  • La entidad formal que administra y ejecuta las competencias delegadas por el poder político.
  • Cualquier actuación materialmente administrativa de los poderes públicos, incluso fuera del ejecutivo. (correct)

¿Cuál de las siguientes opciones describe mejor la relación entre la Constitución y las leyes ordinarias en el ordenamiento jurídico español?

  • La Constitución es la norma suprema y las leyes ordinarias están subordinadas a ella. (correct)
  • Las leyes ordinarias pueden modificar la Constitución siempre que cuenten con mayoría simple del Congreso.
  • Existe una jerarquía normativa donde las leyes ordinarias siempre prevalecen sobre la Constitución.
  • Tanto la Constitución como las leyes ordinarias tienen el mismo rango y pueden regular cualquier materia.

¿Qué rasgo distingue a las leyes orgánicas de las leyes ordinarias en el sistema legal español?

<p>Las leyes orgánicas desarrollan derechos fundamentales y libertades públicas y necesitan un quórum reforzado para su aprobación. (A)</p> Signup and view all the answers

¿En qué casos puede la Administración separarse del precedente administrativo?

<p>Cuando el acto invocado como precedente es ilegal y cuando concurre un factor de interés público que aconseje adoptar otro criterio. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la función principal de la jurisprudencia según el texto proporcionado?

<p>Interpretar y aplicar las leyes, la costumbre y los principios generales del derecho. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál de las siguientes NO es una limitación material a la potestad reglamentaria de la Administración?

<p>El procedimiento de elaboración, que debe seguirse para que el reglamento sea válido. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Qué característica principal tienen los Reales Decretos-leyes en el ordenamiento jurídico español?

<p>Son disposiciones legislativas provisionales dictadas por el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la diferencia fundamental entre un reglamento y un acto administrativo?

<p>Un reglamento es una norma de carácter general, mientras que un acto administrativo tiene efectos particulares. (B)</p> Signup and view all the answers

Según el texto, ¿qué órganos tienen potestad reglamentaria en la Administración General del Estado?

<p>El Gobierno y cada uno de los ministerios. (B)</p> Signup and view all the answers

Flashcards

¿Qué es la Administración Pública?

Personificación de parte del aparato organizativo del Estado en el Poder Ejecutivo, que sirve a los intereses generales con objetividad.

¿Puntos de vista de la Administración Pública?

Visión formal: organismo público con competencia. Visión material: actividad de gestión del organismo.

¿Concepciones de la Administración?

Subjetiva: complejo orgánico con actos ejecutivos, judiciales y legislativos. Objetiva: cualquier actuación administrativa de poderes públicos.

¿Qué es el poder reglamentario?

Es el poder mediante el cual la Administración interpreta y complementa las leyes.

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¿Cuáles son las fuentes directas del Derecho Administrativo?

Son la Constitución, leyes, normas del Gobierno, reglamentos, costumbre, precedentes y los principios generales del derecho.

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¿Cuáles son las fuentes indirectas del Derecho Administrativo?

Son la doctrina científica, los tratados internacionales y la jurisprudencia contencioso-administrativa.

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¿Qué es la ley?

Norma jurídica del poder legislativo, de obligatoriedad general.

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¿Qué son los Decretos-leyes?

Disposiciones legislativas provisionales del Gobierno ante casos de extrema necesidad.

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¿Qué son los Decretos Legislativos?

Disposiciones con rango de ley dictadas por el Gobierno por delegación de las Cortes.

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¿Qué es el Reglamento?

Disposición administrativa de carácter general de rango inferior a la ley.

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Study Notes

La Administración y el Derecho Administrativo

  • La Administración Pública es parte del aparato organizativo del Estado, ubicada en el Poder Ejecutivo.
  • Su función es satisfacer las necesidades de la comunidad.
  • Actúa con objetividad, eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, sujeta a la Constitución, la Ley y el Derecho.
  • El concepto de Administración Pública puede ser formal, como entidad que administra, u material, como actividad administrativa.
  • Las concepciones de la Administración son:
  • Subjetiva: es un complejo orgánico dentro del poder ejecutivo, sometido al Derecho Administrativo.
  • Objetiva: cualquier actuación materialmente administrativa de los poderes públicos, sujeta al Derecho Administrativo.
  • El derecho administrativo es la parte del derecho aplicable a la Administración.
  • Se aplica a particulares y la Administración está sujeta a todas las normas jurídicas.
  • Regula la organización, funcionamiento de la Administración Pública y sus relaciones con los administrados.
  • El derecho administrativo:
  • Permite poder reglamentario.
  • Permite poder de autotutela.
  • Permite poder sancionador directo.
  • Incluye la la desproporción de los plazos para el ejercicio de las garantías de los derechos.
  • Incluye garantías preferentes del Estado para el cobro de sus créditos.
  • Incluye privilegios de inembargabilidad e inejecutoriedad de los bienes de la Administración.

Las Fuentes del Derecho Administrativo

  • Las fuentes se definen como fuerza social normativa (material) o modos de nacimiento del derecho (formal).
  • Según el Código Civil, las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
  • La jurisprudencia complementa el ordenamiento con la doctrina reiterada del Tribunal Supremo.
  • El derecho administrativo tiene el mismo sistema de fuentes que el derecho civil.
  • La costumbre tiene una escasa relevancia en el derecho administrativo.
  • Las fuentes del derecho positivo se clasifican en directas (norma jurídica) e indirectas (ayudan a la producción y comprensión de la regla jurídica).
  • Las fuentes directas del derecho Administrativo son:
  • La Constitución.
  • Las leyes.
  • Las normas del Gobierno con fuerza de ley (Decreto-Ley y Real Decreto Legislativo).
  • Los Reglamentos del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades locales.
  • La costumbre.
  • Los precedentes y prácticas administrativas.
  • Los principios generales del derecho.
  • Las fuentes indirectas del derecho Administrativo son:
  • La doctrina científica.
  • Los tratados internacionales.
  • La jurisprudencia contencioso-administrativa establecida por el Tribunal Supremo.
  • La jurisprudencia menor de algunos órganos administrativos como el Tribunal Económico Administrativo Central y el Tribunal Especial de Recursos Contractuales es relevante.
  • El Tribunal Constitucional actúa como legislador negativo al declarar la inconstitucionalidad de una ley.
  • El precedente administrativo puede tener fuerza vinculante si existe identidad subjetiva y objetiva sustancial entre los casos, salvo si el precedente es ilegal o existe un interés público que aconseje otro criterio.

La Ley

  • La ley es una norma jurídica del poder legislativo del Estado, obligatoria y promulgada.
  • La Constitución es la norma primaria del poder constituyente, que organiza el Estado y los derechos y libertades.
  • Las leyes orgánicas se refieren a materias de especial relevancia constitucional y requieren un quórum reforzado en el Congreso de los Diputados.
  • Incluyen el desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas, la aprobación de los Estatutos de Autonomía, el régimen electoral general y otras leyes previstas en la Constitución.
  • Las leyes ordinarias se dividen en leyes de pleno y de comisión, sin jerarquía normativa entre ellas.
  • Conservan el rango de ley las normas anteriores a la Constitución que fueron aprobadas con ese rango.
  • Las leyes marco permiten a las Cortes Generales atribuir a las Comunidades Autónomas la facultad de dictar normas legislativas en materias de competencia estatal.
  • Las leyes de transferencia o delegación permiten al Estado transferir o delegar facultades estatales a las Comunidades Autónomas mediante ley orgánica.
  • Las leyes de armonización permiten al Estado dictar leyes para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas en materias de su competencia si lo exige el interés general.
  • Las leyes autonómicas son dictadas por las Comunidades Autónomas para regular materias dentro de sus competencias.
  • Las disposiciones normativas con fuerza de ley son los Decretos-Ley y Decretos Legislativos.

Disposiciones del Gobierno Con Rango de Ley

  • Las disposiciones del gobierno con rango de ley son los Reales Decretos-Ley y Reales Decretos Legislativos.
  • Los Decretos-leyes son disposiciones legislativas provisionales del Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad.
  • No pueden afectar a las instituciones básicas del Estado, derechos, deberes y libertades del Título I de la Constitución, régimen autonómico ni derecho electoral general.
  • Los Decretos-leyes deben ser sometidos a debate y votación en el Congreso de los Diputados en un plazo de treinta días para su convalidación o derogación.
  • La ratificación del Decreto-Ley no lo convierte en una ley verdadera, pues se realiza por una sola Cámara.
  • Si el procedimiento es negativo, el Decreto-Ley queda derogado, aunque la doctrina discrepa sobre los efectos de dicha derogación (ex nunc o ex tunc).
  • Los Decretos Legislativos son disposiciones con rango de ley dictadas por el Gobierno por delegación expresa de las Cortes Generales, sobre materias determinadas que no requieran ley orgánica.
  • La delegación legislativa debe otorgarse mediante una ley de bases para textos articulados o una ley ordinaria para refundir textos legales.
  • La delegación debe ser expresa, para materia concreta y con plazo determinado.
  • Las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa, sin autorizar la modificación de la propia ley de bases o facultar normas retroactivas.
  • La Jurisdicción Contencioso-Administrativa controlará los Decretos Legislativos, pero no los Decretos-Leyes, si se exceden de la delegación.

El Reglamento

  • El reglamento es una disposición administrativa de carácter general y rango inferior a la ley.
  • Es una regulación jurídica dictada por la Administración, respetada por sus destinatarios e integrada en el ordenamiento jurídico.
  • Diferencias entre reglamento y acto administrativo:
  • El reglamento se refuerza con su aplicación, mientras que el acto administrativo se agota en una sola aplicación.
  • Diferente procedimiento de aplicación.
  • Publicación en boletines oficiales (reglamentos) vs notificaciones (actos administrativos).
  • Periodo de vacatio legis (reglamentos) vs eficacia inmediata (actos administrativos).
  • Libre derogabilidad (reglamentos) vs condicionantes formales y materiales para anular actos administrativos declarativos de derechos.
  • Sanción de nulidad de pleno derecho (reglamentos ilegales) vs anulabilidad de los actos.
  • Recurribilidad judicial directa (reglamentos) vs previo recurso administrativo (actos administrativos).
  • El procedimiento de elaboración de los reglamentos se regula en la Ley 50/1997 del Gobierno y en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Incluye novedades para incrementar la participación ciudadana, como la necesidad de recabar opinión de ciudadanos y empresas.
  • El procedimiento consiste en:
  • Elaboración de informes previos.
  • Consulta ciudadana.
  • Elaboración de informes sobre el impacto normativo.
  • Dictamen del Consejo de Estado.
  • Elevación a Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
  • Remisión al Consejo de Ministros.
  • La clasificación del reglamento:
  • Por la forma: Reales Decretos (dictados por el Presidente o Consejo de Ministros) y Órdenes Ministeriales (dictadas por cada Ministro).
  • Por el órgano del que emanan: estatales, autonómicos, locales e institucionales.
  • Por su relación con la ley: ejecutivos (desarrollan una norma legal), independientes (regulan cuestiones organizativas y relaciones especiales de sujeción) y de necesidad (dictados por un estado extraordinario).

La Potestad Reglamentaria

  • La potestad reglamentaria es la facultad de la Administración para dictar reglamentos.
  • Se justifica por la necesidad de completar las tareas del legislador con normas complementarias o de desarrollo.
  • Razones para justificar la potestad reglamentaria:
  • Composición política y no técnica de las cámaras legislativas.
  • Gran movilidad de las normas administrativas.
  • Amplia esfera discrecional del poder ejecutivo.
  • Límites de la potestad reglamentaria:
  • Formales: procedimiento de elaboración e irretroactividad desfavorable.
  • Materiales: reserva de ley, jerarquía normativa, jerarquía reglamentaria y materia reglamentaria.
  • El procedimiento de elaboración debe ser respetado; su incumplimiento provoca la nulidad del reglamento (Ley 50/1997 del Gobierno y Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
  • La irretroactividad desfavorable impide establecer normas que afecten negativamente a los administrados (artículo 47.2 de la Ley 39/2015).
  • La reserva de ley impide dictar reglamentos en materias reservadas por las leyes sin autorización expresa de las Cortes Generales, vulnerando el principio de legalidad.
  • La jerarquía normativa ordena los reglamentos según la posición del órgano que los dicta, sin vulnerar normas de rango superior.
  • La jerarquía reglamentaria establece que un reglamento inferior debe respetar el contenido de los superiores.
  • La materia reglamentaria limita la potestad a materias administrativas, sin imponer obligaciones, deberes o límites a los derechos y libertades de los ciudadanos sin ley previa.

Órganos Con Potestad Reglamentaria

  • El artículo 128 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece al Gobierno de la Nación, órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y órganos de gobierno locales.
  • En la Administración General del Estado, el órgano es el Gobierno (artículo 97 de la Constitución Española).
  • La Ley 40/2015 reconoce la potestad reglamentaria a cada uno de los ministerios, limitada al ámbito organizativo del Departamento e relaciones especiales de supremacía.
  • Los Ministros ejercen la potestad reglamentaria en materias propias de su departamento (Ley 50/1997).
  • El Consejo de Ministros aprueba los reglamentos para desarrollar y ejecutar las leyes y demás disposiciones reglamentarias (Ley 50/1997).
  • Los reglamentos del Presidente o del Consejo de Ministros se aprueban mediante Real Decreto, los de los Ministros mediante Orden Ministerial.
  • En la Administración autonómica, los órganos son el Consejo de Gobierno de las Comunidades Autónomas y los Consejeros en las materias de su departamento.
  • Las normas reglamentarias se denominan Decretos (Consejo de Gobierno) y Órdenes (Consejeros), y las autoridades inferiores Resoluciónes.
  • En la Administración local, son los Plenos de los Ayuntamientos y las Diputaciones.
  • En los Ayuntamientos, el Pleno municipal aprueba el reglamento orgánico y las ordenanzas (Ley 7/1985).
  • En las Diputaciones Provinciales, corresponde al Pleno la aprobación de Ordenanzas (Ley 7/1985).

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La Administración Pública satisface las necesidades de la comunidad, operando bajo principios de objetividad y legalidad. El Derecho Administrativo regula tanto la organización como el funcionamiento de la Administración, aplicándose a entidades públicas y a particulares.

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